Listado de fondos en administación

Fondo SED Técnica y Tecnológica

Estudio   Técnico Profesional y Tecnológico
Estudiar en  
Para población   Bachilleres de estratos 1, 2 ó 3, egresados a partir del año 2005 del Sistema Educativo Distrital (colegios oficiales, colegios en administración y colegios en Convenio).
Estado   Cerrada
Constituyente   Secretaría de Educación del Distrito

Fondo SED Técnica y Tecnológica

Descripción del fondo

El *“Fondo Técnica y Tecnológica” hace parte del portafolio de estrategias de financiación de la Educación Superior de la Secretaría de Educación del Distrito - SED, en el marco del proyecto "Educación superior para una ciudad de conocimiento”. 

A través de este Fondo se otorga apoyo financiero para el acceso, apoyo y permanencia en la educación superior de los niveles Técnico Profesional y Tecnológico a los jóvenes egresados de la matrícula oficial distrital (colegios oficiales distritales, en administración de la prestación del servicio o en convenio de la ciudad de Bogotá D.C.), a partir de cualquier semestre y por el tiempo de duración establecido en el registro calificado del programa académico a cursar.

El beneficio se materializa en un crédito condonable entre un 75% y un 100%.

* Este Fondo fue creado mediante Convenio 1619 del 28 de junio de 2011.


Crédito condonable que financia hasta dos punto cinco (2.5) SMMLV para matrícula y un (1) SMMLV por semestre académico para sostenimiento.


Bachilleres de estratos 1, 2 ó 3, egresados a partir del año 2005 del Sistema Educativo Distrital (colegios oficiales, colegios en administración y colegios en Convenio). 


Programas financiados

El Fondo financia sólo un programa de Educación Superior en los niveles Técnico Profesional o Tecnológico.

Rubros financiados

El Fondo financia hasta dos punto cinco (2.5) SMMLV para matrícula y un (1) SMMLV por semestre académico para sostenimiento.

El Fondo sólo financia un (1) programa de pregrado en alguno de los  niveles de formación Técnico profesional o Tecnológico.


Requisitos del estudiante

  • Ser egresado o estudiante de colegio oficial distrital, oficial distrital en administración o de colegio privado en convenio con la Secretaría de Educación del Distrito. Se consideran como aspirantes al crédito los egresados a partir del 2005.

  • Pertenecer al estrato socioeconómico uno (1), dos (2) o tres (3).  

  • Haber presentado la Prueba SABER 11, antes ICFES. 

  • Acreditar domicilio en Bogotá D. C.

  • Estar en proceso de admisión o ser admitido en una Institución de Educación Superior y/o programa definido por la SED.

  • Aplicar al crédito educativo blando del Fondo a través de la convocatoria que la Secretaría de Educación del Distrito establezca por intermedio del ICETEX. 

  • Cumplir con cualquier otro requisito establecido en cada convocatoria.

  • Suministrar toda la información solicitada en el formulario del aspirante al crédito.  

  • No ser o haber sido beneficiario de las estrategias SED para el Acceso y Permanencia en educación superior.

    PARÁGRAFO. Para los egresados de colegio en convenio, el estudiante debe haber sido financiado con recursos de la Secretaría de Educación en grado 11° para ser considerado en el proceso de selección del Fondo SED Técnica y Tecnológica.

Requisitos del codeudor

Si es persona natural

  • Tener domicilio permanente en Colombia.
  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
  • No ser deudor moroso de El ICETEX.
  • No ser deudor solidario de más de dos beneficiarios ante El ICETEX.
  • No ser mayor de 65 años al momento de legalizar el crédito.
  • Demostrar ingresos que permitan garantizar la deuda.
  • Si es pensionado, demostrar ingresos diferentes a los de la pensión.
  • Tener historial financiero y crediticio favorable. 
  • No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de riesgo financiero.
  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por El ICETEX.
  • Las demás que El ICETEX considere necesario.

Si es persona jurídica

  • Tener domicilio permanente en el país.
  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.
  • No ser deudor moroso de El ICETEX.
  • Contar con más de dos años de constitución legal.
  • Demostrar un patrimonio neto superior a la obligación contraída.
  • Tener una duración igual o mayor a la vigencia del crédito educativo, incluido el periodo de amortización y tres años más.
  • Tener autorización por parte de la Junta de Accionistas o de Socios, según la empresa, para servir como deudor solidario con monto máximo permitido.
  • Tener historial financiero y crediticio favorable.
  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por El ICETEX.


1. Convocatoria

Apertura: 05 de noviembre de 2019

Cierre: 23 de noviembre de 2019

Número de cupos: De acuerdo con la disponibilidad de recursos del Fondo



  • Leer detenidamente el Texto de la Convocatoria y el Reglamento Operativo

  • Diligenciar el formulario de deudor solidario CIFIN

  • Realice el pago del estudio financiero del deudor solidario por PSE a través de la página web del ICETEX o imprima el recibo que genera la plataforma al finalizar el formulario y cancele en el banco que el recibo le indica.

  • 24 horas hábiles después del pago realizado en el Banco podrá consultar el resultado del estudio financiero del deudor solidario, de no ser aprobado su deudor solidario, usted podrá postular otro deudor solidario y pagar nuevamente el costo del estudio del historial financiero.

  • Una vez su deudor solidario se encuentre aprobado, continúe diligenciando el formulario de inscripción donde deberá́ registrar la información allí solicitada del aspirante, en el proceso de inscripción a la convocatoria del fondo no se solicitan documentos al estudiante. 

  • Una vez se cierra el proceso de inscripción se procede con la calificación de la convocatoria, es decir se selecciona a los aspirantes de acuerdo con los criterios de selección que pueden ser consultados en el Reglamento Operativo del Fondo y se procede con la adjudicación de los créditos hasta agotar los recursos disponibles para la convocatoria.

  • Publicación de resultados: Una vez se completa la verificación de la información registrada por el aspirante, se realiza la publicación de los resultados a través de la página web del ICETEX de acuerdo con la fecha establecida en el calendario de la convocatoria.  Si es aprobado debe proceder a la legalización del crédito.

Diligenciamiento del formulario

Recomendaciones e información importante:

Antes de ingresar los datos, es necesario que el solicitante lea cuidadosamente la información que se le pide, ser preciso con los datos que registra.

La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante. 

Si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.


Tenga en cuenta que debe cargar en formato PDF los siguientes documentos:

  • Escáner de recibo de servicios públicos domiciliarios (agua, energía o gas).

  • Resultado de la prueba Saber 11 (Ingresa a la publicación de resultados)

  • Escáner del recibo de pago del estudio de crédito del deudor solidario aprobado.


Criterios de selección

La aprobación para la adjudicación de los créditos condonables estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo de acuerdo con la calificación realizada con los criterios definidos en el capítulo IV, artículo 13 del Reglamento Operativo del Fondo.

Publicación de resultados

La publicación de resultados de la lista de elegibles a partir de la puntuación obtenida, se realizará hasta el punto de corte que permite agotar el recurso disponible para la convocatoria. Los aspirantes a los que se les adjudique el beneficio (crédito condonable) llevarán a cabo su proceso de legalización en las fechas establecidas en el calendario de la convocatoria y podrán consultar los resultados, el estado "APROBADO" (en caso de ser adjudicado) y "NO APROBADO" (en caso de no ser adjudicado).

Información importante

El aspirante y/o beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del ICETEX. Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades competentes.


Periodo 2020-1
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Apertura de inscripción a la convocatoriaA partir del 5 de noviembre de 2019
2Cierre de inscripción deudor solidario21 de noviembre de 2019
3Cierre de inscripción postulante23 de noviembre de 2019
4Publicación de resultados3 de diciembre de 2019
5Periodo de reclamacionesDel 4 hasta el 11 de diciembre de 2019

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos en la plataforma indicada para tal fin, únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



De acuerdo con la calificación realizada según los criterios de calificación indicados en el Reglamento Operativo Artículo 13°, criterios de selección y calificación, se publicarán los resultados y se notificará a los aspirantes aprobados, los cuales continuarán con su proceso de legalización de acuerdo con el procedimiento establecido por el administrador (ICETEX) y dentro del período que se determine en la convocatoria correspondiente, para lo cual el aspirante deberá cargar en la plataforma indicada para tal fin los siguientes documentos:


Lugar de entrega de los documentos

Enlace de la plataforma electrónica para cargue de documentos, que envía el ICETEX a tu correo electrónico.

Plazo de entrega de los documentos 

Cargue de documentos: hasta el 30 de diciembre de 2019

Documentos requeridos
Documentos generales

De acuerdo con la calificación realizada según los criterios de calificación indicados en el Reglamento Operativo Artículo 13°, criterios de selección y calificación, se publicarán los resultados y se notificará a los aspirantes aprobados, los cuales continuarán con su proceso de legalización de acuerdo con el procedimiento establecido por el administrador (ICETEX) y dentro del período que se determine en la convocatoria correspondiente, para lo cual el aspirante deberá cargar en la plataforma indicada para tal fin los siguientes documentos:

  • Fotocopia del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.

  • Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía, teléfono o gas) del lugar de residencia del aspirante al crédito de los últimos 6 meses.

  • Copia del resultado de la Prueba (ICFES) SABER 11.

  • Formulario de solicitud de crédito del aspirante diligenciado de conformidad con los términos de la convocatoria.

  • Certificado de admisión a la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de técnico profesional y tecnólogo o copia de la orden de matrícula.

  • Fotocopia del documento de identificación del joven a quien se le adjudicó el crédito. En caso que el aspirante sea menor de edad, la cédula del padre o acudiente y el documento de identificación del menor.

  • Acta de compromiso firmada por el estudiante ante la Secretaría de Educación, en caso de ser menor de edad, la debe firmar el estudiante y el padre o acudiente.

  • Pagaré y carta de instrucciones.

  • Formulario del deudor solidario aprobado y diligenciado de conformidad con los términos de la convocatoria.

  • Certificado de ingresos del deudor solidario o los soportes del mismo requeridos:

    Del deudor solidario (si es empleado):

    • Formulario de solicitud de crédito educativo blando que suministre información del deudor solidario (empleado), debidamente diligenciado y firmado.

    • Fotocopia ampliada y legible de la cédula de ciudadanía.

    • Certificación laboral: constancia original, no mayor a 30 días y en la cual conste el salario, cargo, fecha de ingreso y tipo de vinculación.

    • Certificado de ingresos y retenciones del último año.

    Del deudor solidario (si es independiente o pensionado):

    • Formulario de solicitud de crédito educativo blando que suministre información del deudor solidario (Independiente), debidamente diligenciado y firmado.

    • Fotocopia ampliada y legible de la cédula de ciudadanía.

    • Constancia de ingresos certificada por Contador Público y fotocopia de la cédula y de la tarjeta profesional del contador.

En caso de que deba realizar ajustes a la documentación aportada, su solicitud será marcada como “SUBSANACIÓN”, por tanto, deberá verificar cuál de los documentos no cumple con las calidades exigidas para su validez y deberá realizar el cargue del (los) documentos nuevamente con los ajustes requeridos (aplica para documento no legibles o cargue de documentos que no correspondían al solicitado. Recuerde que no se podrá modificar información del formulario, por tanto, si sus documentos presentan diferencias con lo registrado en el formulario, su proceso será anulado.

Importante: Antes de iniciar el cargue de documentos debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF, debido a que la plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.

  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.

  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas.

ACEPTACION DE GARANTÍAS

Una vez la documentación cargada en la plataforma sea verificada, el beneficiario y su codeudor recibirán a través de correo electrónico y mensaje de texto las instrucciones por parte de la compañía DECEVAL para firmar de manera electrónica el pagaré y las garantías que respaldan su crédito condonable. Si es menor de edad, su representante legal deberá constituir el pagaré y la carta de instrucciones desmaterializados (es decir, digitales).

Parámetros de la entrega

No aplica.


Importante antes de iniciar el cargue de documentos debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF, debido a que la plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.

  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.

  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas, tampoco aquello que no estén completos o legibles.


Periodo 2020-1
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Legalización de créditoDel 4 de diciembre de 2019 al 27 de enero de 2020
2Cargue de documentosHasta el 30 de diciembre de 2019
3Verificación de documentos (IES e ICETEX)Hasta el 20 de enero de 2020
4Generación y firma de garantíasHasta el 27 de enero de 2020

No aplica



3. Proceso de renovación

La financiación a través de crédito educativo blando para educación superior Técnica profesional o Tecnológica a favor del beneficiario, se garantizará por el número de períodos oficiales normales certificados por la Institución de Educación Superior de acuerdo con el programa de formación que cursará el beneficiario.

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario que debe realizarse semestralmente de acuerdo con los plazos establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito- SED y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para la renovación del crédito.



El proceso de renovación es la actualización de datos y el trámite de la documentación requerida, el beneficiario debe realizar el proceso de renovación cada semestre:

  • Semestralmente debes consultar la página WEB del ICETEX las fechas de renovación del Fondo.

  • Ingresa y registrarte para realizar consultas y procesos personales.

  • Si ya se registró realice la actualización de datos.

  • Reúne los documentos exigidos para el proceso de renovación y los radicas en la Universidad, en donde te registraran el estado de renovación de tu crédito en el aplicativo del ICETEX. 


Lugar de entrega de los documentos

INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR - IES (Universidades)

Plazo de entrega de los documentos

Del lunes 15 de mayo de 2023 al viernes 13 de octubre de 2023.

Documentos requeridos

En el proceso de renovación debe radicar los documentos para:

  • Acreditar que aprobó el período académico anterior.
  • Acreditar que ha sido matriculado para el período académico siguiente.
  • Acreditar que hizo la respectiva actualización de datos ante el ICETEX.

PARÁGRAFO: En caso de que el beneficiario del Fondo no cumpla con estos requisitos antes señalados perderá de inmediato el crédito educativo blando, al igual que el derecho de aplicar al beneficio de la condonación y se procederá al cobro de los valores del crédito, sin opción al período de gracia.


Los documentos para acreditar el cumplimiento de requisito de renovación deben ser originales y expedidos por la Entidad Competente.


Periodo 2024-1
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Proceso de renovaciónDel viernes 17 de noviembre de 2023 al viernes 10 de mayo de 2024.

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



El monto del desembolso corresponderá al valor autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito - SED  cada período académico, para los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo, previa validación de los reportes de notas y asistencia parcial o total presentados por las Instituciones de Educación Superior a la Secretaría de Educación del Distrito-SED.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

El ICETEX inicia el trámite de los giros una vez la Secretaría de Educación- SED, autoriza formalmente el desembolso.


Los giros para el rubro de  matrícula autorizados por la SED, será girados a la Universidad.

Los giros para el rubro de sostenimiento autorizados por la SED, serán girados con destino a la cuenta bancaria del beneficiario.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? 

El giro de sostenimiento, se realiza con destino a la cuenta bancaria a nombre del beneficiario, previamente reportada al ICETEX para éste proceso.


Es el monto que se le descuenta a los beneficiarios de créditos blandos y que va dirigido al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario, evento posterior a la legalización del crédito.  

Su valor está definido por el Reglamento de crédito del ICETEX, para el año 2019 es del 2% sobre el valor autorizado de giro.


Causales de suspensión temporal

Se suspenderán en forma temporal los desembolsos por las siguientes causas:

1) Retiro temporal del beneficiario del programa de estudios o de la IES debidamente autorizado por la Secretaría y reportado al ICETEX, previa solicitud escrita del beneficiario.

2) Cierre temporal de la IES o del programa de estudios para el cual se concedió el crédito educativo blando o subsidio.

3) Inhabilidad física o mental temporal del beneficiario, debidamente certificada.

4) Incumplimiento en la renovación o actualización de información en el aplicativo web, del crédito o subsidio según lo establecido en el presente reglamento, se considera como aplazamiento del semestre.

NOTAS:

1) La suspensión temporal (aplazamiento) de los desembolsos será máximo por un semestre académico, excepto por servicio militar obligatorio en cuyo caso se estudiará un plazo mayor de acuerdo con el tiempo requerido y el plazo de terminación del convenio entre la SED e ICETEX. En cualquier caso, la solicitud debe realizarse por escrito ante la Secretaría de Educación.

2) En caso del cierre definitivo del programa o de la Institución Educativa, el beneficiario tendrá la posibilidad de solicitar el cambio del crédito o subsidio para otra Institución de Educación Superior y programa, siempre y cuando se mantengan las condiciones de calidad y presupuesto con las que se aprobó el beneficio.

Causales de suspensión definitiva


a) Finalización de los períodos para los cuales se concedió el subsidio o crédito educativo.

b) Abandono del programa de estudios.

c) Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

d) Cambio de institución educativa o programa académico sin previa autorización.

e) Cambio de programas de estudios que impliquen una nivelación de dos períodos académicos o más.

f) Pérdida de un período académico.

g) Suspensión del beneficio del crédito o subsidio por más de un período académico.

h) Incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones, según lo establecido en el presente reglamento, los términos y condiciones de participación y adjudicación y de la respectiva convocatoria.

i) Muerte o incapacidad física o mental total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario.

j) Expresa voluntad del beneficiario.

La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos por las causales anteriormente mencionadas, se hará mediante comunicación expedida por la Secretaría de Educación del Distrito, y, tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata del 100% de la obligación del crédito, salvo los literales a) y j).


Si no tienes cuenta bancaria puedes activar una cuenta CATS

  • EL ICETEX dispone de las Cuentas de Ahorro de Trámite Simplificado (CATS) para uso de los usuarios que reciben el giro de sostenimiento.
  • ¿Ya tienes cuenta bancaria? ¡Regístrala!

Tener en Cuenta

  • El registro de tu cuenta lo realizas una vez tu crédito
  • Puedes activar y registrar una cuenta bancaria de la entidad financiera de tu preferencia.
  • Si actualizas tu cuenta bancaria debes volver a registrarla en ICETEX
  • Si tienes una cuenta CATS debes romper topes. Ingresa para descargar la infografía
  • La cuenta debe estar a nombre del beneficiario del crédito.
  • Si tu número de documento cambió, actualizalo:

Recuerda mantener tu documento de identidad actualizado en tu entidad bancaria en los sistemas de ICETEX



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



Para el estudio de la condonación del crédito blando, el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito- SED, la carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo

Toda solicitud, una vez sea estudiada por la Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito, se presentará a la Junta Administradora en los periodos establecidos para sesionar conforme al Reglamento del mismo.


Plazo de entrega de los documentos

El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED.

Lugar de entrega de los documentos

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO - SED (Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito)

Para el estudio de la condonación del crédito blando el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos:

  • Copia del título y acta de grado académico obtenido del programa para el cual se le otorgó el crédito. 

  • Copia de la cédula de ciudadanía

  • Certificado de pasantía social, según el caso.


El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación con la totalidad de los documentos exigidos para tal fin en el Reglamento Operativo del Fondo en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED.


No aplica