Listado de fondos en administación

Fondo ATENEA Técnica y Tecnológica

Estudio   Técnico Profesional y Tecnológico
Estudiar en   Bogotá
Para población   Egresados del Sistema Educativo Oficial de Bogotá
Estado   Cerrada
Constituyente   ATENEA

Fondo SED Técnica y Tecnológica

Descripción del fondo

El fondo constituido por la Agencia ATENEA financiara para la convocatoria 2025-1 en la modalidad de subsidio educativo, los rubros de matrícula por cada periodo académico hasta por tres y medio (3,5) SMMLV y sostenimiento hasta por un (1) SMMLV por beneficiario por semestre.

* Este Fondo fue creado mediante Convenio 1619 del 28 de junio de 2011.


Subsidios educativos que financiaran hasta tres punto cinco (3.5) SMMLV para matrícula y un (1) SMMLV por semestre académico para sostenimiento.


Podrán aspirar a los subsidios educativos que se otorgarán en el marco de esta convocatoria del FONDO ATENEA T y T, los egresados del Sistema Educativo oficial distrital de Bogotá (colegios oficiales distritales, en concesión o en convenio con la Secretaría de Educación Distrital), que, habiendo presentado la prueba SABER 11 (antes ICFES), se inscriban a la convocatoria en las fechas establecidas por la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – “ATENEA”, para acceder a un programa académico presencial, virtual, o a distancia en los niveles de técnico-profesional o tecnológico.


El Fondo Atenea T y T, a través de esta convocatoria, financiará estudios de educación superior en Colombia, en el nivel de formación técnico-profesional o tecnológico.

A través de este fondo, se otorga financiación para los siguientes rubros:

  • a. Costo de matrícula
    El valor de la Matrícula Ordinaria por cada periodo académico será hasta por 3,5 SMMLV, que se girará directamente a la Institución de Educación Superior en modalidad subsidiada
     
  • b. Recurso de sostenimiento
    El recurso de sostenimiento será hasta por 1 SMMLV, el cual se transfiere cada semestre a la cuenta bancaria registrada por el estudiante.
    El giro de los recursos de matrícula y sostenimiento está condicionado al proceso de renovación de cada periodo académico y al cumplimiento

Los aspirantes al Fondo deberán cumplir con todos los requisitos mínimos que se relacionan a continuación:

Los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano(a) colombiano(a)
  2. Pertenecer al estrato socioeconómico 1,2 o 3.
  3. Ser bachiller egresado de un colegio oficial distrital (colegios oficiales distritales, en concesión o en convenio con la Secretaría de Educación Distrital) ubicado en Bogotá y autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito y haber presentado en Bogotá la prueba de validación que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación ICFES.
  4. Haber presentado la prueba Saber 11° o pruebas ICFES en Bogotá.
  5. Tener hasta 28 años al cierre de la convocatoria.
  6. Estar admitido o en proceso de admisión en la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de técnico profesional y tecnólogo.
  7. Si en el último año a partir del cierre de la convocatoria, el aspirante se encontraba cursando un programa técnico profesional, podrá participar, previa validación de la Agencia Atenea, de haber finalizado su formación. Este requisito no aplica para los egresados o estudiantes del SENA que hayan finalizado su etapa lectiva y se encuentren en la etapa productiva.
  8. No encontrarse cursando un programa de nivel universitario en el último año a partir del cierre de la convocatoria.
  9. No ser egresado(a) de un programa de educación superior en el nivel profesional universitario.
  10. Inscribirse a la convocatoria a través de los enlaces definidos y en las fechas que para su realización se estipulen.
  11. No haber sido beneficiario(a) del Programa “Jóvenes a la E” (antes Jóvenes a la U) en sus convocatorias previas, o de otras estrategias que adelanten Atenea o la Secretaría de Educación del Distrito para el acceso y la permanencia en educación superior, a saber: Fondo Educación Superior para Todos (FEST), Fondo Alianza Ciudad Educadora, Fondo para la Reparación de las Víctimas del Conflicto Armado, Fondo Ciudad Bolívar, Fondo Técnica y Tecnológica, Fondo Universidades Públicas (Universidad Nacional de Colombia, Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Universidad Pedagógica Nacional y Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central) y becas Universidad Libre y América.


1. Convocatoria

Apertura: 16 de diciembre de 2024

Cierre: 17 de enero de 2025

Número de cupos: Para la presente convocatoria se financiarán aproximadamente 65 cupos, conforme la disponibilidad presupuestal, y los cuales se asignarán, en orden descendente, iniciando con los aspirantes que obtengan los mayores puntajes, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el fondo.



El aspirante debe Ingresar a través del siguiente enlace: https://solicitudes.icetex.gov.co/solicitudes/ingres.sm a través de la opción “Formulario de solicitud”.

Recuerde que cada aspirante debe contar con un correo electrónico propio y de fácil acceso para el proceso de inscripción y seguimiento al avance de la convocatoria.

Para el correcto diligenciamiento del formulario, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Verifique previamente a que convocatoria se está postulando (Convocatoria FONDO ATENEA TyT 20251 0).
  • Todos los campos solicitados en el formulario deben diligenciarse. Recuerde que usted podrá revisar la información las veces que requiera antes de guardar totalmente el formulario. Al seleccionar el botón “Completar solicitud”, se realizará la postulación a la convocatoria y no será posible realizar ningún cambio.
  • El usuario asignado y la contraseña que registre son requeridos para el acceso al diligenciamiento del formulario, por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente.
  • El programa académico para el que aspira la financiación debe estar activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES). Así mismo, el aspirante debe conocer exactamente el semestre académico el cual cursará para el período actual de la convocatoria 2025-1
  • El estrato socioeconómico de residencia y la dirección del domicilio ingresados en el formulario deben coincidir con la información registrada por el aspirante y acorde con la factura de un servicio público domiciliario.
  • Los datos de contacto (teléfonos, correos electrónicos y direcciones) deben estar correctos y vigentes.
  • La Agencia ATENEA, podrá contactar aspirantes de la convocatoria JE2, que no resultaron elegibles para que se postulen a la convocatoria del Fondo Atenea TyT 2025-1.

Nota: Por favor verifique que registra todos los campos solicitados y después seleccione el botón “Completar solicitud”. El ICETEX no se hace responsable por postulaciones que no queden guardadas, ni por información errónea registrada en el formulario de inscripción.


En un plazo máximo de 24 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace con su usuario y contraseña que le permitirán acceder a la plataforma de cargue de documentos por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente, ya que deberá ingresar de manera recurrente a validar el estado de revisión de los documentos. En este enlace deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato Pdf:

  1. Fotocopia del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.
  2. Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía o gas) de los últimos 6 meses del lugar de residencia del aspirante subsidio educativo, en donde se valide la dirección de residencia registrada y el estrato socioeconómico al que pertenece.
  3. Copia del resultado de la Prueba (ICFES) SABER 11 si ingresa al primer semestre, o certificado de notas del semestre inmediatamente anterior si ingresa a segundo semestre en adelante, expedido por la respectiva Universidad según aplique.
  4. Formulario de inscripción del aspirante a la respectiva convocatoria, diligenciado en la página del ICETEX de conformidad con los términos de la convocatoria.
  5. Certificado de admisión emitido por la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de Técnico-profesional o tecnológico o copia de la orden de matrícula, indicando el periodo académico 2025-1.
  6. Registro civil de hijos (solo aplica para mujeres madres), para asignación de puntaje diferencial.
  7. Fotocopia del documento de identificación del aspirante al subsidio educativo, legible y por ambas caras. En caso de que el aspirante sea menor de edad, la cédula del padre o acudiente y el documento de identificación del menor, legible y por ambas caras.
  8. Carta de compromiso del beneficiario con el fondo Atenea TyT. (anexo No 1 del texto de la convocatoria)

Las postulaciones recibidas que cumplan los requisitos mínimos y carguen a completitud los documentos requeridos dentro del plazo estipulado en el cronograma de la presente convocatoria, serán calificadas a partir de la aplicación de los siguientes criterios, y serán ordenadas de manera descendente (de mayor a menor), de acuerdo con el puntaje total obtenido en el proceso de calificación. Los recursos serán adjudicados en ese mismo orden hasta agotar la disponibilidad presupuestal:

CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Vulnerabilidad estructural
(Acumulable hasta 15 puntos)
Mujer515
Mujer con hijos5
Personas transgénero10
Personas con pertenencia étnica (Afrodescendientes, raizales, palenqueros, indígenas, Rrom)15
Víctimas del conflicto10
Víctimas de violencia de género10
Reincorporados y reinsertados10
Personas con discapacidad10
Miembro de la fuerza pública con discapacidad acreditado con el carnet de beneficios según ley 1699 de 2013 (numeral 2 y 3 del artículo 2).10
CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Vulnerabilidad económica-
(No acumulable)
Sisben A4040
Sisben B30
Sisben C20
Personas sin SISBEN egresadas de colegio oficial rural40
Personas sin SISBEN egresadas de colegio oficial urbano15
Aspirantes con pertenencia étnica indígena sin SISBEN30
CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Mérito académico- Puesto
(para quienes ingresan al primer semestre)
1 a 104040
11 a 5035
51 a 10030
101 a 15025
151 a 25020
251 a 35015
351 a 45010
451 a 4995
Mayor a 4995
CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Mérito académico- Percentil
(para quienes ingresan al primer semestre)
1004040
95 a 9935
90 a 9430
85 a 8925
75 a 8420
65 a 745
50 a 645
Menor a 500
CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Mérito académico para continuar trayectorias
(Promedio obtenido en el semestre académico inmediatamente anterior (para quienes ingresan al segundo semestre en adelante)
5,004040
4,75 a 4,9935
4,5 a 4,7430
4,25 a 4,525
4,00 a 4,2420
3,75 a 3,9915
3,25 a 3,495
Menor a 3,240
CriterioVariablePuntajePuntaje Máximo
Fomento a trayectorias-
(No acumulable)
Beneficiarios de UTC55
Beneficiarios de UTC5
Consejeros de juventud5
Deportista destacado IDRD5
Parceros o Reto SDIS o Jóvenes participantes de la Estrategia intersectorial para la inclusión social y productiva “Jóvenes con Oportunidades”5
Postulantes al programa Jóvenes a la E (anteriormente Jóvenes a la U) en todas sus convocatorias.6

Para la validación de los requisitos mínimos de participación y de aquellos que permiten el otorgamiento de puntuación, ATENEA solicitará a entidades del orden nacional o distrital la información de cada aspirante. No obstante, la Agencia ATENEA no se hace responsable por los datos verificados y entregados por parte de estas entidades:

Tipo criterioCriterioFuente Oficial de Consulta
HabilitanteSer ciudadano(a) colombiano(a)Registraduría Nacional del Estado Civil.
Ser bachiller egresado o estudiante de grado once de un colegio ubicado en Bogotá y autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito o haber presentado en Bogotá la prueba de validación que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la EducaciónMinisterio de Educación Nacional, Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación.
Haber presentado la prueba Saber 11° o pruebas ICFES.Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación.
Tener hasta 28 añosRegistraduría Nacional del Estado Civil.
Haber participado del proceso de admisión regular o especial establecido por la Institución de Educación Superior (en caso de participar en la línea de fortalecimiento de acceso, permanencia y calidad)Información sujeta a verificación por parte de Atenea con la IES oficiales.
Contar con estado “Graduado” si en el último año cursó un programa del nivel técnico profesional o tecnológico.SNIES- Ministerio de Educación Nacional
Egresado del SENA o estudiante en etapa práctica.Servicio Nacional de Aprendizaje SENA
No encontrarse cursando un programa de nivel universitario en el último año a partir del cierre de la convocatoria.Ministerio de Educación Nacional
No ser egresado(a) de un programa de educación superior en el nivel profesional universitario.Ministerio de Educación Nacional
No haber sido beneficiario(a) del Programa “Jóvenes a la E” en sus convocatorias previas, o de otras estrategias que adelanten Atenea o la Secretaría de Educación del Distrito para el acceso y la permanencia en educación superior.Agencia Atenea y Secretaría de Educación del Distrito.
Criterio 2.
Vulnerabilidad Económica
Nivel SISBEN IV y personas sin nivel SISBENDepartamento Nacional de Planeación
Criterio 3.
Mérito académico
Puesto o percentil según el año de presentación.Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación
Promedio del último semestre académico cursado (beneficiarios que ingresen del segundo semestre en adelante) y semestre académico de ingreso al fondoCertificación de notas emitido por la Universidad
Criterio 4.
Fomento a Trayectorias
Ser beneficiario de “Universidad en Tu Colegio”Agencia Atenea
Consejero de la juventudSecretaría Distrital de Gobierno
Ser deportista destacado según el listado del IDRDInstituto Distrital de Recreación y Deporte
Participación en estrategia Parceros (Secretaría Distrital de Gobierno)Secretaría Distrital de Integración Social
Postulantes al programa Jóvenes a la E (anteriormente Jóvenes a la U) en todas sus convocatorias.Agencia Atenea

En el evento en que se presente el mismo puntaje de selección para una cantidad de aspirantes que supere la disponibilidad de cupos, se ejecutará el proceso de desempate en el siguiente orden:

  1. Subgrupo del SISBEN IV.
  2. Poblaciones especiales señaladas en los criterios diferenciales. Se priorizará en estricto orden los criterios: 1 (Poblacional), 2 (Pertenencia étnica) y 3 (condiciones diferenciales).
  3. Resultado de la prueba de Estado para acceso a la educación superior.

Cuando no se logre el desempate por los criterios anteriores, se asignará el cupo de forma aleatoria.

Lista de espera: Las y los aspirantes que tengan un puntaje de selección cercano al del último elegible de acuerdo con los cupos ofertados estarán en la lista de espera y serán contactados en el evento en el que se libere uno de los cupos.


Periodo 2025-1
No.ActividadFecha
1Publicación convocatoria13 de diciembre de 2024
2Inscripción de aspirantes y cargue documentalDel 16 de diciembre al 17 de enero de 2025
3Subsanación documental*Del 23 de diciembre de 2024 al 22 de enero de 2025
4Calificación de Aspirantes (Validación de requisitos y asignación de puntaje)27 de enero de 2025 al 07 de febrero de 2025
5Publicación de Resultados14 de febrero de 2025
6Recepción de reclamaciones ATENEA14 de febrero al 17 de febrero de 2025
7Publicación Final de Aprobados (Incluidas reclamaciones si aplica)19 de febrero de 2025

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos en la plataforma indicada para tal fin, únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



De acuerdo con la calificación realizada según los criterios de calificación indicados en el Reglamento operativo Artículo 11°, proceso de inscripción y solicitud del subsidio educativo, y Artículo 12° .- criterios de selección y calificación para la adjudicación del subsidio educativo, se publicarán los resultados y se notificará a los aspirantes aprobados, los cuales continuarán con su proceso de legalización de acuerdo con el procedimiento establecido por el administrador (ICETEX) y dentro del período que se determine en la convocatoria correspondiente.


Los interesados en participar en las convocatorias del Fondo deberán:

  1. Diligenciar el formulario dispuesto en la página web del ICETEX.
  2. Los aspirantes al fondo deberán cargar los siguientes documentos conforme a las indicaciones de la respectiva convocatoria, para surtir el proceso de calificación indicado en el capítulo IV del presente documento, a través de los canales que sean habilitados por el administrador del fondo:
    1. Fotocopia del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.
    2. Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía o gas) del lugar de residencia del aspirante al subsidio de los últimos 6 meses, en donde se valide la dirección de residencia registrada.
    3. Copia del resultado de la prueba SABER 11 del ICFES únicamente para quienes ingresan al primer semestre, o certificado de notas del semestre inmediatamente anterior únicamente para quienes ingresan a segundo semestre en adelante, expedido por la respectiva universidad según aplique.
    4. Formulario de solicitud de inscripción al fondo diligenciado por el aspirante en la página del ICETEX de conformidad con los términos de la convocatoria.
    5. Certificado de admisión a la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de técnico profesional y tecnólogo o copia de la orden de matrícula.
    6. Registro civil de hijos (para mujeres madres), para asignación de puntaje diferencial. 
    7. Fotocopia del documento de identificación del aspirante al subsidio educativo. En caso de que el aspirante sea menor de edad, la cédula del padre o acudiente y el documento de identificación del menor.
    8. Carta de compromiso del beneficiario con el Fondo Atenea TyT. (anexo No. 01 del texto de la convocatoria)

Importante antes de iniciar el cargue de documentos debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF, debido a que la plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.

  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.

  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas, tampoco aquello que no estén completos o legibles.


Periodo 2025-1
No.ActividadFecha
1Calificación de Aspirantes (Validación de requisitos y asignación de puntaje)27 de enero de 2025 al 07 de febrero de 2025
2Publicación de Resultados 14 de febrero de 2025
3Recepción de reclamaciones ATENEA14 de febrero al 17 de febrero de 2025/td>
4Publicación Final de Aprobados (Incluidas reclamaciones si aplica)19 de febrero de 2025

No aplica



3. Proceso de renovación

La financiación a través de crédito educativo blando para educación superior Técnica profesional o Tecnológica a favor del beneficiario, se garantizará por el número de períodos oficiales normales certificados por la Institución de Educación Superior de acuerdo con el programa de formación que cursará el beneficiario.

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario que debe realizarse semestralmente de acuerdo con los plazos establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito- SED y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para la renovación del crédito.



El proceso de renovación es la actualización de datos y el trámite de la documentación requerida, el beneficiario debe realizar el proceso de renovación cada semestre:

  • Semestralmente debes consultar la página WEB del ICETEX las fechas de renovación del Fondo.

  • Ingresa y registrarte para realizar consultas y procesos personales.

  • Si ya se registró realice la actualización de datos.

  • Reúne los documentos exigidos para el proceso de renovación y los radicas en la Universidad, en donde te registraran el estado de renovación de tu crédito en el aplicativo del ICETEX. 


Lugar de entrega de los documentos

INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR - IES (Universidades)

Documentos requeridos

En el proceso de renovación debe radicar los documentos para:

  • Acreditar que aprobó el período académico anterior.
  • Acreditar que ha sido matriculado para el período académico siguiente.
  • Acreditar que hizo la respectiva actualización de datos ante el ICETEX.

PARÁGRAFO: En caso de que el beneficiario del Fondo no cumpla con estos requisitos antes señalados perderá de inmediato el crédito educativo blando, al igual que el derecho de aplicar al beneficio de la condonación y se procederá al cobro de los valores del crédito, sin opción al período de gracia.


Los documentos para acreditar el cumplimiento de requisito de renovación deben ser originales y expedidos por la Entidad Competente.


Periodo 2025-1
Actividad Concepto Fechas a ejecutar
1 Proceso de renovación Del lunes 28 de octubre de 2024 al viernes 16 de mayo de 2025

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



El monto del desembolso corresponderá al valor autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito - SED  cada período académico, para los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo, previa validación de los reportes de notas y asistencia parcial o total presentados por las Instituciones de Educación Superior a la Secretaría de Educación del Distrito-SED.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

El ICETEX inicia el trámite de los giros una vez la Secretaría de Educación- SED, autoriza formalmente el desembolso.


Los giros para el rubro de  matrícula autorizados por la SED, será girados a la Universidad.

Los giros para el rubro de sostenimiento autorizados por la SED, serán girados con destino a la cuenta bancaria del beneficiario.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? 

El giro de sostenimiento, se realiza con destino a la cuenta bancaria a nombre del beneficiario, previamente reportada al ICETEX para éste proceso.


Es el monto que se le descuenta a los beneficiarios de créditos blandos y que va dirigido al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario, evento posterior a la legalización del crédito.  

Su valor está definido por el Reglamento de crédito del ICETEX, para el año 2019 es del 2% sobre el valor autorizado de giro.


Causales de suspensión temporal

Se suspenderán en forma temporal los desembolsos por las siguientes causas:

1) Retiro temporal del beneficiario del programa de estudios o de la IES debidamente autorizado por la Secretaría y reportado al ICETEX, previa solicitud escrita del beneficiario.

2) Cierre temporal de la IES o del programa de estudios para el cual se concedió el crédito educativo blando o subsidio.

3) Inhabilidad física o mental temporal del beneficiario, debidamente certificada.

4) Incumplimiento en la renovación o actualización de información en el aplicativo web, del crédito o subsidio según lo establecido en el presente reglamento, se considera como aplazamiento del semestre.

NOTAS:

1) La suspensión temporal (aplazamiento) de los desembolsos será máximo por un semestre académico, excepto por servicio militar obligatorio en cuyo caso se estudiará un plazo mayor de acuerdo con el tiempo requerido y el plazo de terminación del convenio entre la SED e ICETEX. En cualquier caso, la solicitud debe realizarse por escrito ante la Secretaría de Educación.

2) En caso del cierre definitivo del programa o de la Institución Educativa, el beneficiario tendrá la posibilidad de solicitar el cambio del crédito o subsidio para otra Institución de Educación Superior y programa, siempre y cuando se mantengan las condiciones de calidad y presupuesto con las que se aprobó el beneficio.

Causales de suspensión definitiva


a) Finalización de los períodos para los cuales se concedió el subsidio o crédito educativo.

b) Abandono del programa de estudios.

c) Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

d) Cambio de institución educativa o programa académico sin previa autorización.

e) Cambio de programas de estudios que impliquen una nivelación de dos períodos académicos o más.

f) Pérdida de un período académico.

g) Suspensión del beneficio del crédito o subsidio por más de un período académico.

h) Incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones, según lo establecido en el presente reglamento, los términos y condiciones de participación y adjudicación y de la respectiva convocatoria.

i) Muerte o incapacidad física o mental total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario.

j) Expresa voluntad del beneficiario.

La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos por las causales anteriormente mencionadas, se hará mediante comunicación expedida por la Secretaría de Educación del Distrito, y, tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata del 100% de la obligación del crédito, salvo los literales a) y j).


Si no tienes cuenta bancaria puedes activar una cuenta CATS

  • EL ICETEX dispone de las Cuentas de Ahorro de Trámite Simplificado (CATS) para uso de los usuarios que reciben el giro de sostenimiento.
  • ¿Ya tienes cuenta bancaria? ¡Regístrala!

Tener en Cuenta

  • El registro de tu cuenta lo realizas una vez tu crédito
  • Puedes activar y registrar una cuenta bancaria de la entidad financiera de tu preferencia.
  • Si actualizas tu cuenta bancaria debes volver a registrarla en ICETEX
  • Si tienes una cuenta CATS debes romper topes. Ingresa para descargar la infografía
  • La cuenta debe estar a nombre del beneficiario del crédito.
  • Si tu número de documento cambió, actualizalo:

Recuerda mantener tu documento de identidad actualizado en tu entidad bancaria en los sistemas de ICETEX



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



Para el estudio de la condonación del crédito blando, el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito- SED, la carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo

Toda solicitud, una vez sea estudiada por la Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito, se presentará a la Junta Administradora en los periodos establecidos para sesionar conforme al Reglamento del mismo.


Plazo de entrega de los documentos

El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED.

Lugar de entrega de los documentos

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO - SED (Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito)

Para el estudio de la condonación del crédito blando el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos:

  • Copia del título y acta de grado académico obtenido del programa para el cual se le otorgó el crédito. 

  • Copia de la cédula de ciudadanía

  • Certificado de pasantía social, según el caso.


El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación con la totalidad de los documentos exigidos para tal fin en el Reglamento Operativo del Fondo en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED. 


No aplica