Preguntas Frecuentes

Línea de crédito educativo ETDH

 


Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán en el marco de este fondo serán estudiantes en situación de vulnerabilidad que se hayan visto afectados por motivos de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID – 19 y que estén cursando sus estudios en una Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano certificada en Calidad. Esta línea de crédito está dirigida. A estudiantes de estrato 1 y 2.


Se considera aspirante al crédito, el estudiante matriculado en una Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, certificada en calidad bajo la Norma Técnica de Calidad Colombiana NTC 5555 vigente al 30 de mayo de 2020 otorgada por un organismo de tercera parte debidamente reconocida por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC.


Para ser beneficiario de este crédito educativo, los estudiantes que estén cursando sus estudios en una Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano certificada en Calidad deberá reunir los siguientes requisitos:

  • Ser de nacionalidad colombiana.

  • Pertenecer a estratos 1 o 2.

  • Tener un máximo de 28 años de edad a la fecha de apertura de la convocatoria.

  • Encontrarse matriculado en un programa de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano con Registro de Programa vigente, debidamente aprobado por la Secretaría de Educación de la Entidad Territorial Certificada correspondiente, de una Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, certificada en calidad bajo la Norma Técnica de Calidad Colombiana NTC 5555 vigente al 30 de mayo de 2020 otorgada por un organismo de tercera parte debidamente reconocida por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC. Tanto la condición de matriculado en el programa, como la condición de institución certificada en calidad será comprobada en el Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano – SIET.

  • Inscribirse a través de la página web del ICETEX dentro de los plazos, términos y condiciones señalados en la respectiva convocatoria.

  • No ser beneficiario de otra línea de crédito del ICETEX.

  • Los demás requisitos que se establezca para la solicitud del crédito condonable en los términos de la convocatoria correspondiente.

El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos excluirá al candidato/a de participar en la respectiva convocatoria.

Una vez aprobado el crédito condonable el beneficiario deberá adjuntar los siguientes documentos en el momento de la legalización:

  • Fotocopia del documento de identidad del solicitante de crédito.

  • Recibo de servicio público del mes inmediatamente anterior al que se hace la solicitud, en el que figure el estrato socioeconómico del beneficiario (Luz, agua o gas).

  • Declaración juramentada en donde conste la disminución de ingresos como consecuencia de la pandemia del Covid-19 que incluya adicionalmente: dirección de residencia y el monto de los ingresos que percibe o percibía el miembro del núcleo familiar que financia la matrícula o del estudiante que con recursos propios paga su matrícula, como trabajador asalariado o independiente. Este documento deberá ser autenticado en notaría.

  • Recibo de matrícula o constancia expedida por Institución del programa que esté cursando.

La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito condonable se encuentran inconsistencias, podrá dar lugar a la no legalización y anulación de la aprobación de este sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y civil a las que haya lugar.


Recibo de servicio público del mes inmediatamente anterior al que se hace la solicitud, en el que figure el estrato socioeconómico del beneficiario de Luz, agua o gas.


La solicitud de crédito puede realizarse por el concepto de matrícula hasta de UN MILLÓN DE PESOS MCTE ($1.000.000) para financiar total o parcialmente el costo de un programa de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.


Si, máximo valor es de $1.000.000 el cual financia el valor de la matrícula.


Esta línea no financia periodos posteriores a 2020 II y solo tiene un desembolso para estudiantes que ya se encuentren matriculados a estudiar en segundo semestre del año 2020.


El Comité de Seguimiento seleccionará a los aspirantes entre los inscritos que cumplen los requisitos, de acuerdo al puntaje obtenido hasta completar el presupuesto asignado a la convocatoria. El Comité de Seguimiento y Criterios de Asignación de Beneficios aprobará la selección y el ICETEX publicará los resultados a través de su página web.

Los criterios de selección y puntajes de los factores socioeconómicos que permitan priorizar el proceso de selección se detalla a continuación:

Criterios de calificación
Criterio   
Indicador  
Puntuación 

Máximo puntaje por criterio

1. Estrato socioeconómicoEstrato 14040
Estrato 230
2. Ingresos estudiante / acudienteMenores a 1 millón de pesos3030
Entre 1 y 2 millones20
Entre 2 y 3 millones10
Más de 3 millones5
Desempleado30
3. Situación de afectación económica de las familiasCesación de ingresos como independiente3030
Disminución de más de 70% de sus ingresos como independiente20
TOTAL GENERAL100

En caso de puntuaciones iguales entre dos o más aspirantes, cuando los recursos disponibles no sean suficientes para atender más solicitudes de las proyectadas, los criterios de desempate serán los siguientes:

  • Menor estrato socioeconómico.

  • Fecha y hora de radicación de la solicitud en la plataforma dispuesta por el ICETEX para estos efectos.

  • Que los recursos a asignar cubran la mayor parte del valor de la matricula del programa.


Para continuar con la formalización del ingreso al Fondo y ser beneficiario del crédito condonable, es necesario que realice el proceso de legalización.

Para ello, contará con una plataforma electrónica en la que debe realizar el cargue de los documentos conforme a lo estipulado en la convocatoria. La información de este proceso le será comunicada por el ICETEX, vía correo electrónico.

A continuación, le indicamos los pasos a seguir:

  • Ingrese al siguiente enlace: https://aplicaciones.icetex.gov.co/CargueArchivos

  • Debe ingresar su usuario y contraseña que se informará a través de correo electrónico.

  • Debe realizar la operación matemática y escribir la respuesta (comprobación Captcha).

  • Dar clic en el botón ‘Iniciar sesión’

Importante: Antes de iniciar el cargue de documentos debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF. La plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.

  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.

  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas.


Plataforma electrónica: La información de este proceso le será comunicada por el ICETEX, vía correo electrónico.


Para la legalización del crédito condonable, a partir del 4 de agosto a 4 de septiembre.


Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos para iniciar el proceso de condonación:

  • Los beneficiarios del crédito condonable para programas de educación para el trabajo y desarrollo humano deberán radicar su solicitud de condonación máximo 2 meses después de la fecha de la obtención del certificado de aptitud ocupacional expedido por la Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano correspondiente.

  • Fotocopia simple del certificado de aptitud ocupacional expedido por la Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano correspondiente.

  • No incurrir en ninguna de las causales de suspensión definitiva del crédito educativo.


Con el fin de promover la permanencia de los estudiantes, el beneficiario, de acuerdo con su necesidad, podrá solicitar un periodo de gracia de seis (6) meses una vez se venza el periodo inicialmente acordado.

Tabla periodo de gracia
CondonaciónEstratos 1 y 2
100%

En caso de que el beneficiario desee pagar su obligación en un plazo menor, éste deberá informar al ICETEX para ajustar el plazo del crédito.

En caso de que el beneficiario desee que su obligación pase al cobro antes de terminar el periodo de gracia, éste deberá informar al ICETEX para iniciar los respectivos cobros a partir de la solicitud realizada. El beneficiario deberá haber cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 18 para ser objeto de la condonación.


No se requiere codeudor para esta línea de crédito.


Para ser beneficiario de esta línea de crédito no debe ser beneficiario de otra línea de crédito del ICETEX.


No puede ser deudor moroso de ICETEX, de acuerdo a los requisitos de Fondo y el reglamento de crédito de ICETEX.


No puede ser deudor moroso de ICETEX, de acuerdo a los requisitos de Fondo y el reglamento de crédito de ICETEX.


Solo si el solicitante es tutor legal del estudiante.


En caso de no contar un recibo de servicio público, debe presentar un certificado de estratificación socioeconómica. También se conoce como: Constancia de estratificación socioeconómica, Certificación de estratificación, Certificado de estrato. Este trámite debe ser adelantado en cada Alcaldía, ya que no hay un procedimiento estandarizado que aplique a todos los municipios por igual.


Si vale, pero se constata con la dirección de residencia aportada el formulario.


El documento deberá ser autenticado en notaría.


De manera virtual a través del vínculo de cargue de archivos.


Debe realizar solicitud por el sistema de atención virtual, es necesario adjuntar carta debidamente firmada con la solicitud de anulación del crédito.


Deben contar con los documentos indicados en el reglamento. No existen documentos homólogos.


Página Web del ICETEX.


Atención al usuario del ICETEX; todas las dudas las debe atender el ICETEX.


En el formulario de inscripción se encuentran las Instituciones oferentes de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano con Certificación de Calidad reportada en Sistema de Información de la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano – SIET.


Se otorgará un crédito por beneficiario, por una sola vez.


Se realizará un único desembolso que se girará directamente a la Institución oferente de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano certificada en calidad.


En caso de que el beneficiario no sea objeto de las condiciones de condonación o no cumpla con las obligaciones contenidas en el artículo 21, el ICETEX ejecutará las acciones correspondientes a fin de que aquel reintegre la totalidad del valor del crédito otorgado (capital e intereses), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del reglamento y su política de gestión de cartera y cobranza.

Intereses de crédito

Los créditos que no cumplan con la condonación serán reembolsables en dinero y generarán una tasa de interés equivalente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año, para el 2019 es del 3,8% Efectivo Anual. Al momento de realizar el paso al cobro se tendrá en cuenta el IPC del año inmediatamente anterior La tasa de interés de mora será la equivalente a IPC + 8 puntos porcentuales (Efectivo Anual).


En caso que el beneficiario desee pagar su obligación en un plazo menor a los estipulados en el reglamento, éste deberá informar al ICETEX para ajustar el plazo del crédito.


CONVOCATORIA PARA ASPIRANTES

Periodo 2020-2

Actividad

Concepto

Fechas a ejecutar

1Apertura a convocatoria6 de julio del 2020
2Inscripción ICETEX: diligenciamiento de formulario de registro a la convocatoria6 al 17 de julio del 2020
3Verificación de requisitos y calificación21 al 30 de julio del 2020
4Adjudicación de crédito educativo31 de julio del 2020
5Publicación de los resultados3 de agosto del 2020
6Proceso de legalización de crédito educativoDe 4 de agosto al 4 de septiembre del 2020
7Desembolso a IETDHDesde el 25 de agosto del 2020

 

Fecha de adjudicaciónFecha publicación de resultados
31 de julio del 20203 de agosto del 2020

 


  • La fecha de cierre de la convocatoria es el 17 de julio del 2020

  • Adjudicación: 31 de julio del 2020

  • Legalización: Del 4 de agosto al 4 de septiembre del 2020


La ruta de escalonamiento se está definiendo con el área de PQRSD.


Las recomendaciones son las mismas del correo que llega de noreply@icetex.gov.co.


Si, es posible que atención al usuario realice el restablecimiento de contraseñas.


El ICETEX descontará a los beneficiarios del Fondo el dos por ciento (2%) sobre cada desembolso que efectúe en créditos educativos, con el objetivo de llevarlo al Fondo de Garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario, eventos en los cuales el fondo de garantías del ICETEX reintegrará al fondo constituido por el presente convenio el saldo del capital girado que adeude el beneficiario, en el evento de que se presente la siniestralidad. En todo caso el beneficiario deberá cancelar a la institución educativa el valor correspondiente al porcentaje descontado de cada desembolso.