Listado de fondos en administación

Bicentenario Distrito de Cartagena

Estudio   Pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario.
Estudiar en   Instituciones de Educación Superior aliadas al Fondo Bicentenario Distrito de Cartagena
Para población   Estudiantes egresados de las Instituciones Educativas Oficiales y de las No Oficiales del Distrito con matrícula contratada, que se encuentre incluido en los grupos del SISBEN A, B y C o estratos socioeconómico 1,2 o 3 otorgando créditos condonables en los programas de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario en Instituciones de Educación Superior cuyo domicilio se encuentre en la ciudad de Cartagena. La Reina y la Virreina del Reinado de la Independencia de Cartagena tendrán derecho a solicitar al Fondo Educativo Bicentenario de Cartagena un crédito condonable para programas de pregrado, dentro de los dos (2) años siguientes a su coronación
Estado   Cerrado
Constituyente   Distrito de Cartagena

bicentenario-cartagena

Descripción del fondo

El Distrito de Cartagena financiará hasta el 75% del valor de la matrícula mediante créditos condonables en las Instituciones de Educación Superior que tengan domicilio en la ciudad de Cartagena y que desean vincularse al Fondo Educativo Bicentenario para cursar programas de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario.


Créditos condonables en las Instituciones de Educación Superior que tengan domicilio en la ciudad de Cartagena y que desean vincularse al Fondo Educativo Bicentenario para cursar programas de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario.


Estudiantes egresados de las Instituciones Educativas Oficiales y de las No Oficiales del Distrito con matrícula contratada, que se encuentre incluido en los grupos del SISBEN A, B y C o estratos socioeconómico 1,2 o 3 otorgando créditos condonables en los programas de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario en Instituciones de Educación Superior cuyo domicilio se encuentre en la ciudad de Cartagena.

La Reina y la Virreina del Reinado de la Independencia de Cartagena tendrán derecho a solicitar al Fondo Educativo Bicentenario de Cartagena un crédito condonable para programas de pregrado, dentro de los dos (2) años siguientes a su coronación


Programas de pregrado en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario en las Instituciones de Educación Superior que tengan domicilio en la ciudad de Cartagena y vinculadas al Fondo Educativo Bicentenario.

Se puede aplicar durante las convocatorias, a las Instituciones de Educación Superior vinculadas al Fondo Bicentenario del Distrito de Cartagena escritas en la sección de requisitos (3er item).

Rubros financiados

El Distrito de Cartagena financiara con cargo al Fondo los siguientes rubros:

Matrícula: El setenta y cinco por ciento (75%) del valor total de la matrícula por cada semestre conforme a lo solicitado y autorizado por el Distrito de Cartagena en una Institución de Educación Superior con domicilio en el Distrito de Cartagena que se encuentre vinculada al Fondo, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el presente reglamento. El rubro otorgado por concepto de matrícula tendrá la modalidad de crédito condonable.

El 25% restante del valor de la matricula será otorgado por la Institución de Educación Superior en calidad de descuento al beneficiario conforme a lo establecido en el artículo primero del presente reglamento.

Subsidio de Transporte: Hasta un (01) SMMLV salario mínimo mensual legal vigente, por semestre, a partir del periodo en el cual se otorga conforme a lo establecido en el Modificatorio No 19 del fondo, el cual indica: “Este Fondo también otorgará subsidio de transporte hasta de un (1) SMMLV por semestre, previa evaluación por parte de la Secretaría de Educación de Cartagena de las condiciones de ubicación geográfica (…)”


Los aspirantes al Fondo deberán cumplir los siguientes requisitos señalados en el Decreto 1674 del 18 de noviembre de 2024 y/o las demás normas que la sustituyan o modifiquen:

  1. Ser egresado de instituciones educativas oficiales o no oficiales del Distrito con matrícula contratada, de los últimos ocho (8) años previos a cada convocatoria.
  2. Estar registrado en la versión IV del Sisbén en los siguientes grupos de clasificación: A, B, y C.
  3. Pertenecer al Estrato Socioeconómico 1, 2 o 3
  4. Estar admitido o matriculado a un programa de una Institución de Educación Superior, perteneciente al Fondo y que se encuentre debidamente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional y con domicilio en el Distrito de Cartagena.
  5. Haber terminado satisfactoriamente el último periodo académico cursado, para los estudiantes que ingresen al segundo semestre en adelante, siempre y cuando éste último semestre haya sido realizado en el año inmediatamente anterior a la convocatoria.
  6. Contar con un tutor que hará las veces de deudor solidario y deberá realizar los trámites de garantías.
  7. No haber recibido desembolsos como beneficiario del Fondo Bicentenario de Cartagena anteriormente.
  8. No tener créditos vigentes con ICETEX al momento de ser seleccionado para ser beneficiario del Fondo.
  9. Los demás requisitos especificados por el Distrito de Cartagena en cada convocatoria.


1. Convocatoria

Apertura: 03 de diciembre de 2024

Cierre: 10 de diciembre de 2024

Cupos: 200



Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante

  • Antes de ingresar los datos, el solicitante debe leer cuidadosamente la información que debe diligenciar, ser preciso con los datos que registra ya que DESPUÉS DE ENVIADA NO SE PODRÁ MODIFICAR.

  • La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante. Si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, DARÁ LUGAR A LA NO LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.


En un plazo máximo de 24 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace para acceder a la plataforma de cargue de documentos, en la cual deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato pdf:

De orden General por parte del aspirante:

  1. Formulario ICETEX diligenciado vía Web
  2. Fotocopia del documento de identidad del beneficiario
  3. Fotocopia del documento de identidad del tutor.
  4. Fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario del lugar de residencia del solicitante donde conste estrato socioeconómico.
  5. Fotocopia de certificado de SISBEN
  6. Certificado de ingresos y retenciones del año gravable inmediatamente anterior o certificado laboral del tutor.

De orden Académico:

  1. Constancia expedida por la Institución de Educación Superior que contenga el valor de la matrícula por semestre o por año del periodo a cursar, semestre a cursar y programa académico.
  2. Resultado de Pruebas Saber 11, para estudiantes aspirantes a primer semestre.
  3. Certificado del promedio de notas acumulado expedido por la Institución de Educación Superior el cual especifique el último semestre académico cursado y el programa académico para aspirantes a partir de segundo semestre en adelante

Teniendo en cuenta la disponibilidad de los recursos, se tendrán en cuenta criterios de evaluación tales como:

  • Componentes de vulnerabilidad; calificando el nivel de Sisben y la estratificación socioeconómica de la vivienda donde reside el aspirante.

  • Componente académico; donde se analizarán los resultados de las pruebas Saber 11 de los egresados que vayan a iniciar estudios superiores, o el promedio acumulado de los aspirantes que ya adelantan estudios superiores en las Instituciones de Educación Superior que hacen parte de este proceso.

  • Componente Cobertura; se refiere al valor del programa académico ofrecido al Fondo Bicentenario, al cual se aspira. Se entenderá que a menor valor de matrícula mayor cobertura de la población.

Información importante

  • El beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del ICETEX.

  • Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades competentes.


Periodo 2025-1
EtapaFecha de aperturaFecha de cierre
Divulgación y promoción ICETEX03 de diciembre de 202405 de diciembre de 2024
Inscripción de aspirantes03 de diciembre de 202410 de diciembre de 2024
Cargue documental03 de diciembre de 202411 de diciembre de 2024
Subsanación documental03 de diciembre de 202413 de diciembre de 2024
Presentación listada preseleccionados ICETEX18 de diciembre de 2024
Reunión Junta Administradora selección aspirantes aprobados23 de diciembre de 2024
Publicación de listado final de aspirantes aprobados27 de diciembre de 2024
Firma de Garantías30 de diciembre de 202413 de febrero de 2025

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



  • Reunir toda la documentación solicitada incluidas las garantías. 

  • Entregar la documentación en las Instituciones de Educación Superior dentro de los plazos establecidos. 

  • Después de 15 días hábiles, consultar ante la IES o lugar donde legalizó el crédito el concepto de viabilidad de las garantías y los documentos. 


No aplica


  • La información registrada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, así como documentación fraudulenta, con tachones, enmendaduras o en mal estado que hagan dudar su originalidad dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar. 

  • Una vez el crédito ha sido legalizado DE NINGUNA MANERA se puede desistir sin previa autorización de la IES o el ICETEX.


Periodo 2025-1
EtapaFecha de aperturaFecha de cierre
Firma de garantías30 de diciembre de 202413 de febrero de 2025

No aplica.



3. Proceso de renovación

El proceso de renovación es la actualización de datos y trámite de la documentación requerida ante el ICETEX. 



  • Diligenciar el formulario de actualización datos en la página web del ICETEX. 

  • Reunir toda la documentación y entregarla en la Institución de Educación Superior.

  • Si está completa la documentación, se actualiza el estado a RENOVACIÓN IES.

  • Desembolso de los rubros financiados.


Para la renovación de los créditos para un nuevo periodo académico, el beneficiario deberá dentro de los plazos establecidos, actualizar los datos a través de la página web del ICETEX y entregar en la Institución de Educación Superior donde cursa el programa los siguientes documentos para formalizar su renovación:

  1. Formulario de actualización de datos de la página web del ICETEX impreso y firmado.
  2. Constancia de matrícula expedida por la Institución de Educación Superior correspondiente al siguiente periodo o año a cursar, donde se indique programa académico, semestre a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
  3. Certificado de notas del periodo académico inmediatamente anterior, expedido por la Institución Educativa donde conste como mínimo el promedio de notas acumulado de 3.2 sobre 5.0.

Una vez surtido lo anterior, el ICETEX trasladará los recursos por concepto de matrícula a las Instituciones de Educación Superior respectivas, y el subsidio de transporte a los beneficiarios que tengan derecho a él.

 


  • El crédito debe renovarse cada semestre previo cumplimiento de los requisitos.  

  • El beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del ICETEX. 

  • Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades competentes.


Periodo 2024-2
ActividadEtapaFechas de aperturaFecha de cierre
1Actualizacion de datos página web03 de diciembre de 202431 de marzo de 2025
2Renovaciones03 de diciembre de 202431 de marzo de 2025

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



Matrícula: El valor del desembolso cubre el 75% del valor de la matrícula.                         

Transporte: Hasta un (01) salario mínimo mensual legal vigente, por periodo semestral, previo evaluación por parte del Distrito de Cartagena de las condiciones de ubicación geográfica de residencia del estudiante.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

Desembolsos por adjudicación: se hace una vez el estudiante haya entregado las garantías y la documentación requerida y se encuentre con el estado “CONCEPTO JURÍDICO VÍABLE”. Caso contrario, debe repetir las garantías, para lo cual cuenta con cinco días hábiles después del concepto de éstas. 

Desembolsos por renovación: se realizan semestralmente cuando el beneficiario actualice sus datos y entregue todos los requisitos documentales presentados en la renovación y se encuentre con el estado “RENOVACIÓN IES”.


Se realiza de acuerdo al rubro que el beneficiario tiene aprobado por parte del Distrito, de esta manera: 

  • Si es matrícula: el destino de giro es a la IES. 

  • Si es transporte: El ICETEX gira a cuentas de ahorro del beneficiario.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? 

El ICETEX dispone de las Cuentas de Ahorro de Trámite Simplificado -CATS- para uso de los usuarios que reciben el giro de transporte que otorga el Distrito de Cartagena.

Este servicio permitirá que los beneficiarios ahora hagan uso de su giro de una manera rápida, fácil y segura. 

Con este sistema los beneficiarios del Fondo Bicentenario Distrito de Cartagena podrán disponer de las plataformas ‘Ahorro a la Mano’, de Bancolombia; ‘Cuenta Express’, de Banco Popular; o ‘Nequi’, los cuales pueden descargar desde su teléfono móvil. Ingresa para mayor información.


Es el monto que se le descuenta a los beneficiarios y que va dirigido al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.

El valor del descuento a los beneficiarios del Fondo Bicentenario Distrito Cartagena es del uno punto cinco por ciento (1.5%) de los desembolsos efectuados.


Causales de suspensión definitiva 

  • Finalización de los periodos para los cual se concedió el crédito educativo.

  • Abandono injustificado del programa de estudios.

  • Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

  • Cambio de institución educativa o programa académico sin la previa autorización del Distrito de Cartagena.

  • Cambio de programas de estudios que impliquen una nivelación de más de dos periodos académicos.  

  • No suministrar información de ingresos adicionales por becas, comisión de estudios u otra clase de apoyo económico durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo.

  • No tramitar la renovación del crédito o aplazar el crédito por más de dos periodos.

  • Expresa voluntad del beneficiario.

  • Incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones, según lo establecido en el presente reglamento.

  • Utilización de los recursos para fines distintos de aquellos para los cuales fue otorgado.

  • Cierre definitivo del programa.

  • Muerte o invalidez física o mental total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario.

Causales de suspensión temporal

  • Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificados.

  • Cierre temporal de la institución Educativa.

  • No presentación de los documentos requeridos en los plazos establecidos para la renovación.

  • No cumplir con el requisito del promedio académico exigido de 3.2. 

  • Por expresa voluntad del beneficiario.


No aplica



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo



  • Reunir toda la documentación solicitada. 

  • Entregar la documentación en la Secretaría de Educación del Distrito de Cartagena dentro de los plazos establecidos.

  • Estar atento al estado de su crédito.


El crédito será condonado en un 100% si el beneficiario culmina exitosamente sus estudios, según certificación de notas expedida por la universidad en la que los realizó. Para solicitar la condonación el estudiante dispondrá de un periodo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la culminación del último semestre que fue financiado con recursos del Fondo y deberá radicar en la Secretaría de Educación los siguientes documentos:

  1. Certificado de notas expedido por la universidad.
  2. Copia de diploma o acta de grado.
  3. Copia de documento de identidad.

 


No aplica.


No aplica.