Listado de fondos en administación

Fondo de Atención a Población Rrom 2023-2

Estudio   Pregrado
Estudiar en   Colombia
Para población   Personas colombianas, miembros del pueblo RROM registrados en diferentes “KUMPAÑY”
Estado   Cerrada
Constituyente   Ministerio de educación nacional

Descripción del fondo

Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán en el marco de este fondo serán personas colombianas, miembros del pueblo RROM registrados en diferentes “KUMPAÑY”, que se encuentren en el registro censal oficial del Ministerio del Interior.

Serán destinatarios aquellas personas que estén en proceso de admisión en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional y que al momento de la legalización del crédito condonable se encuentren admitidos por la IES.

Serán destinatarios aquellas personas que estén cursando un programa académico (técnico profesional, tecnológico o universitario) en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional

Cada crédito condonable que se otorgue en el marco de este fondo cubrirá los siguientes rubros sin ser retroactivo:

  • Matricula Ordinaria: Hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) por período académico que se gira directamente a la Institución de Educación Superior.

  • Sostenimiento: Dos (2) SMLMV por semestre, valor que se girará directamente a la cuenta bancaria registrada por el beneficiario.

Convocatoria 2023-2

ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Publicación de la Convocatoria19 de julio de 2023
2Inscripción de los aspirantes19 de julio de 2023 al 04 de agosto de 2023
3Verificación de cumplimiento de requisitos y calificación 08 de agosto de 2023 al 11 de agosto de 2023
4Publicación de resultados del primer corte de calificación23 de agosto de 2023
6Legalización de créditos ante el ICETEX aprobados en el primer corte de calificación23 de agosto de 2023 al 14 de septiembre de 2023
7Subsanación etapa de legalización23 de agosto de 2023 hasta el 22 de septiembre de 2023

CONDONABLE:

Cada crédito condonable que se otorgue en el marco de este fondo cubrirá los siguientes rubros sin ser retroactivo:

  • Matricula Ordinaria: Hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) por período académico que se gira directamente a la Institución de Educación Superior.

  • Sostenimiento: Dos (2) SMMLV por semestre, valor que se girará directamente al beneficiario del fondo.


Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán en el marco de este fondo serán personas colombianas, miembros del pueblo RROM registrados en diferentes “KUMPAÑY”, que se encuentren en el registro censal oficial del Ministerio del Interior a la apertura de la convocatoria. La actualización del censo es responsabilidad única del Ministerio del Interior y por ninguna razón el Ministerio de Educación Nacional tiene injerencia sobre dicho censo.

Serán destinatarios aquellas personas admitidas, en proceso de admisión o que estén cursando un programa académico (técnico profesional, tecnológico o universitario) en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia.


Cada crédito condonable que se otorgue en el marco de este fondo cubrirá los siguientes rubros::

  • Matricula Ordinaria: Hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por período académico que se gira directamente a la Institución de Educación Superior.

  • Sostenimiento: Dos (2) SMLMV por semestre, valor que se girará directamente a la cuenta bancaria registrada por el beneficiario.

El fondo financiará un (1) programa de educación superior por beneficiario en los niveles técnico profesional, tecnológico o universitario a partir de cualquier semestre o año académico y cubrirá la totalidad de los créditos del programa académico o su equivalente, teniendo en cuenta la información diligenciada en el formulario de inscripción por el aspirante y el máximo de salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) financiables por semestre.

IMPORTANTE

Tener en cuenta que en caso de que la Matricula Ordinaria supere los (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) financiables semestralmente por el crédito, el beneficiario deberá asumir el excedente con recursos propios para cubrir la obligación total semestralmente en la Universidad.

El crédito condonable que se adjudiquen no es retroactivo, este deberá ser legalizado en el periodo académico para el que fue adjudicado y es responsabilidad única del/la aspirante hacer el proceso de legalización con la herramienta web que disponga el ICETEX.

En el marco de este Fondo no se permite aplazamiento en el periodo de adjudicación, por lo tanto, el crédito condonable se debe legalizar para el periodo que fue adjudicado.

El crédito condonable no financiará gastos como inscripciones, habilitaciones, certificaciones y/o constancias, derechos de grado, materiales de estudio, materiales de apoyo, cursos de idiomas, seminarios, judicaturas, salidas de campo, preparatorios, diplomados, gastos de prácticas, pasantías, gastos para el desarrollo del proyecto social; estos gastos deberán ser asumidos por cada beneficiario.

En caso de que un beneficiario del Fondo de Atención a Población Rrom cumpla los requisitos de acceso para ser beneficiario de la Política de Estado de Gratuidad en la Matrícula de que trata el Decreto 1667 de 2021 o las normas que lo modifiquen, el costo de matrícula se cubrirá con cargo a los recursos de dicha Política, y el apoyo de sostenimiento se cubrirán con cargo a los recursos del Fondo de Atención a Población Rrom en los períodos académicos correspondientes.


Los aspirantes deberán cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos mínimos para participar en la convocatoria:

  • Ser ciudadano colombiano.

  • Hacer parte de la población RROM, para lo cual debe estar incluido en los registros censales del Ministerio del Interior. (Artículo 3 del reglamento del fondo)

  • Estar admitidos, en proceso de admisión, o estar cursando un programa académico a nivel de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario) en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en Colombia.

  • Haber presentado la prueba Saber 11 o la prueba de estado equivalente.

  • No tener título de nivel universitario.

  • El documento de identidad con el cual el aspirante se identifica al momento de hacer su inscripción a la convocatoria del Fondo debe coincidir con los registros censales del Ministerio del Interior, remitidos al ICETEX.

  • No ser beneficiario activo ni haber sido beneficiario de otro Fondo en Administración con ICETEX al momento de la legalización del Fondo Población Rrom para el mismo nivel de formación al que aplica, excepto que sea beneficiario del Fondo Solidario de Educación en la Línea de pago de auxilios para matrícula en IES públicas, conforme al Decreto 662 de 2020 o la Ley 2155 de 2021.

  • Diligenciar completa y correctamente el formulario de solicitud del crédito dispuesto en la página web del ICETEX www.icetex.gov.co como se indique en la convocatoria.

El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos excluirá al/la aspirante de participar en la respectiva convocatoria

IMPORTANTE

 

  • Aspirantes que se presentaron a la convocatoria y no fueron seleccionados, podrán aplicar a nuevas convocatorias si las hubiere.

     

     

    • Estudiantes que hayan sido beneficiarios del Fondo y hayan perdido el beneficio por alguna de las causales contempladas en el Artículo 16 del reglamento, no podrán postularse nuevamente.

    • Los créditos financiados por este Fondo se otorgan por una Única vez.

       

    • El cumplimiento de los requisitos de selección no genera ningún derecho para quien se inscribe, ni obligación de adjudicarle un crédito condonable. Solo después de surtidos los procesos de inscripción, calificación, legalización y adjudicación del crédito, el aspirante se considerará beneficiario.



1. Convocatoria

Apertura:19 de julio de 2023

Cierre:04 de agosto de 2023

Número de cupos: No aplica



Para participar en la convocatoria se deberá ingresar a través del siguiente enlace para diligenciar el formulario de inscripción: formulario de inscripción

Recuerde que cada aspirante debe contar con un correo electrónico propio y de fácil acceso para el proceso de inscripción y seguimiento al avance de la convocatoria.

Para el correcto diligenciamiento del formulario, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Verifique previamente a que convocatoria se está postulando (Convocatoria POBLACION RROM 2023 2 0).
     
  • El formulario debe diligenciarse totalmente. Recuerde que usted podrá revisar la información las veces que requiera antes de guardar totalmente el formulario. Al seleccionar el botón “Completar solicitud”, se realizará la postulación a la convocatoria y no será posible realizar ningún cambio.
     
  • El usuario asignado y la contraseña que registre son requeridos para el acceso al diligenciamiento del formulario, por favor recuérdelos.
     
  • El programa académico para el que aspira financiación debe estar activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES). Así mismo, el aspirante debe conocer exactamente el semestre académico el cual cursará para el periodo actual de la convocatoria – 2023-2
     
  • El estrato socioeconómico del núcleo familiar ingresado en el formulario debe coincidir con la dirección registrada por el aspirante.
     
  • Los datos de contacto deben estar correctos y vigentes

    Nota: Por favor verifique que registra todos los campos solicitados y después seleccione el botón “Completar solicitud”. ICETEX no se hace responsable por postulaciones que no queden guardadas, ni por información errónea registrada en el formulario de inscripción.

Los aspirantes deberán cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos mínimos para participar en la convocatoria:

  • Formulario de inscripción debidamente diligenciado a través de la Página Web del ICETEX, impreso y firmado.

  • Fotocopia del documento de identidad vigente y ampliada al 150% o constancia de trámite de este si paso de tarjeta de identidad a cédula.

  • Recibo de un servicio público domiciliario reciente (agua, luz, gas o teléfono) del lugar de residencia diligenciado en el formulario de inscripción, en caso de residencia en áreas rurales certificación por parte de la autoridad competente.

  • Carta en donde se manifieste bajo la gravedad de juramento que no recibe apoyo económico por parte de un ente nacional o extranjero.

  • Constancia de matrícula expedida por la Institución de Educación Superior donde se indique nombre del estudiante, nombre del programa académico, año /semestre a cursar. La Institución de Educación Superior debe ser reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en el SNIES. No se aceptarán cambios posteriores a la adjudicación.

El ICETEX y las Instituciones de Educación Superior no darán trámite a las legalizaciones que se presenten con documentación incompleta, inconsistente con la información registrada en el formulario de inscripción o de manera extemporánea.


CRITERIOS

PUNTAJE

Puntaje obtenido en la prueba de Estado

 

Mayor o igual al cuartil 3 del puntaje o puesto departamental

50

Igual o mayor al cuartil 2 y menor o igual al cuartil 3 del puntaje o puesto departamental

40

Igual o mayor el cuartil 1 y menor cuartil 2 del puntaje o puesto departamental

30

Menor al cuartil 1 del puntaje o puesto departamental

20

Promedio obtenido en el semestre académico inmediatamente anterior

 

4.50 - 5.00

50

4.00 - 4.49

40

3.50 - 3.99

30

3.00 - 3.49

20

Estrato socioeconómico (el nivel del SISBEN excluye el estrato socioeconómico)

 

Estar registrado en el nuevo SISBEN máximo hasta grupo C1.

 

Grupo A1 - A5

12

Grupo B1 - B7

11

Grupo C1

10

Estrato socioeconómico

 

Pertenecer a estrato socioeconómico 1

9

Pertenecer a estrato socioeconómico 2

7

Pertenecer a estrato socioeconómico 3

5

Pertenecer a estrato socioeconómico 4

2

Pertenecer a estrato socioeconómico 5

1

Pertenecer a estrato socioeconómico 6

0

Institución de Educación Superior

 

Institución de Educación Superior Acreditada en Alta Calidad

8

Programa académico con acreditación de Alta Calidad del Concejo Nacional de Acreditación -CNA-

6

Modalidad

 

Presencial

8

Distancia

2

Virtual

1

Conpes 4040 de 2021 - Procedencia del municipio

 

Puntuación por TTI y Ruralidad

1-8 *

Tipo de Institución de Educación Superior

 

Pública

8

Privada

2

Población Victima de la Violencia 
Pertenecer a la población victima (RUV)1
PUNTAJE TOTAL 


Nota: Para la calificación del criterio “Conpes 4040 de 2021-Procedencia Procedencia del municipio”, el ICETEX deberá aplicar la siguiente tabla de valoración, la cual permite asignar un puntaje en una escala de 1 al 8, como resultado de la combinación resultante entre la tasa de tránsito inmediato y la categoría de ruralidad del municipio de procedencia del aspirante.

Los criterios Estar registrado en el nuevo SISBEN máximo hasta el grupo C1 aplica únicamente para los aspirantes que se encuentren registrados y actualizados en el sistema de información DNP – Sisbén IV, entre los grupos A1 hasta C1. Para los aspirantes que no se encuentren en dicho registro, se calificará el criterio Estrato socioeconómico.

El criterio Puntaje obtenido en la prueba de Estado aplica únicamente para los aspirantes que ingresen a primer y segundo semestre en el período de adjudicación de la convocatoria, el cual se puntuará de acuerdo a la metodología del Anexo 1, tomando como referencia para cada aspirante el departamento de la Institución Educativa donde obtuvo el título de bachiller. El Promedio obtenido en el semestre académico inmediatamente anterior aplica únicamente para aspirantes que ingresan a partir de tercer semestre.

 

Tabla de valoración del criterio “Conpes 4040 de 2021- Procedencia Procedencia del municipio”

Categoría de Ruralidad

   Rural dispersoRuralntermedioCiudades y aglomeraciones
1Rango de tasa de tránsito inmediatoPuntos ->
3
2
1
0
20-19,9
5
8
7
6
5
320-39-9
4
7
6
5
4
440-59,9
3
6
5
4
3
660-79,9
2
5
4
3
2
760-79,9
1
4
3
2
1

 

Importante
Las postulaciones que cumplan los requisitos mínimos serán ordenadas de manera descendente, de acuerdo con el puntaje total obtenido en el proceso de calificación. Los recursos serán adjudicados en ese mismo orden hasta agotar la disponibilidad presupuestal.

 


Convocatoria 2023-2

ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Publicación de la Convocatoria19 de julio de 2023
2Inscripción de los aspirantes19 de julio de 2023 al 04 de agosto de 2023
3Verificación de cumplimiento de requisitos y calificación 08 de agosto de 2023 al 11 de agosto de 2023
4Publicación de resultados del primer corte de calificación23 de agosto de 2023
6Legalización de créditos ante el ICETEX23 de agosto de 2023 al 14 de septiembre de 2023
7Subsanación etapa de legalización23 de agosto de 2023 hasta el 22 de septiembre de 2023

No aplica.



2. Proceso de legalización

Los procedimientos de legalización de los créditos se encuentran sujetos a los requisitos y medios electrónicos que establezca el ICETEX para tal efecto, serán de obligatorio cumplimiento para el CONSTITUYENTE, los aspirantes y beneficiarios de los créditos educativos condonables. Para tal efecto, el ICETEX comunicará previamente al Ministerio de Educación Nacional y a los beneficiarios las modificaciones a los mismos.

Los beneficiarios de los créditos condonables, quienes respaldan las obligaciones adquiridas, no serán sometidos a estudio crediticio antes centrales de riesgo, tampoco contarán con un deudor solidario diferente a ellos mismos, esto debido a la importancia de viabilizar el otorgamiento del beneficio de créditos condonables a Población Rrom con excelencia académica, escasos recursos y con la probabilidad que no cuenten con historial crediticio.



Quienes sean seleccionados deberán realizar el cargue de los documentos de legalización en la herramienta web dispuesta por el ICETEX, únicamente en las fechas establecidas en el cronograma. Aquellos aspirantes que no realicen dicho proceso dentro del plazo hayan diligenciado información falsa en el formulario de inscripción o presentado documentación fraudulenta o inconsistente, no podrá legalizar el crédito condonable y la adjudicación será anulada.

Posterior a la entrega de documentos de legalización y una vez los mismos sean avalados por el ICETEX, los seleccionados, recibirán a través de correo electrónico y mensaje de texto las instrucciones para la para firmar electrónica el pagaré y carta de instrucciones que respaldará el crédito condonable. Si el seleccionado es menor de edad, el representante legal deberá acompañar el proceso de firma de estos documentos.

Si durante el proceso de firma de la garantía digital presentas algún inconveniente puedes contactarte a la línea en Bogotá 333 6025656 o 018000-916821 a nivel nacional, en donde recibirás apoyo para dicho proceso.

¡Importante!

Los beneficiarios de los créditos condonables serán quienes respaldan las obligaciones adquiridas, sin requerir estudio crediticio ante centrales de riesgo ni deudor solidario.

El procedimiento de legalización culminará una vez el crédito obtenga la viabilidad jurídica de las garantías.


Lugar de entrega de los documentos

Los beneficiarios contarán con una plataforma electrónica para el cargue de los siguientes documentos soporte dentro de los plazos y fechas estipulados, de acuerdo con los lineamientos expedidos por el Archivo General de la Nación.

Plazo de entrega de los documentos
Legalización de créditos ante el ICETEX:

ActividadFecha
Legalización de créditos ante el ICETEX23 de agosto de 2023 al 14 de septiembre de 2023

Documentos requeridos

Documentos generales así:

Los documentos requeridos para la legalización del crédito son los siguientes:

  1. Formulario de inscripción debidamente diligenciado a través de la Página Web del ICETEX, impreso y firmado.
     
  2. Fotocopia del documento de identidad vigente y ampliada al 150% o constancia de trámite de este, si paso de tarjeta de identidad a cédula.
     
  3. Recibo de un servicio público domiciliario, que no supere los tres (3) meses (agua, luz, gas o teléfono) del lugar de residencia diligenciado en el formulario de inscripción. En caso de residencia en áreas rurales certificación por parte de la autoridad competente.
     
  4. Carta en donde se manifieste bajo la gravedad de juramento que no recibe apoyo económico por parte de un ente nacional o extranjero.
     
  5. Constancia de matrícula o de admisión expedida por la Institución de Educación Superior donde se indique nombre del estudiante, nombre del programa académico, año /semestre a cursar. La Institución de Educación Superior debe ser reconocida por el Ministerio de Educación Nacional en el SNIES. No se aceptarán cambios posteriores a la adjudicación.

    El ICETEX y las Instituciones de Educación Superior no darán trámite a las legalizaciones que se presenten con documentación incompleta, inconsistente con la información registrada en el formulario de inscripción o de manera extemporánea.
     
  6. Los aspirantes de primer y segundo semestre del programa académico deberán allegar además la siguiente documentación:
    • Copia del resultado del examen de Estado de la educación media (SABER 11°) o de la prueba de estado equivalente.
    • Copia del recibo de matrícula.
     
  7. Para aspirantes del tercer semestre de programa académico en adelante:
    • Copia del recibo de matrícula.
    • Certificado de notas del semestre inmediatamente anterior

Los procedimientos de legalización de los créditos se encuentran sujetos a los requisitos y medios electrónicos que establezca el ICETEX para tal efecto, serán de obligatorio cumplimiento para el CONSTITUYENTE, los aspirantes y beneficiarios de los créditos educativos condonables. Para tal efecto, el ICETEX comunicará previamente al Ministerio de Educación Nacional y a los beneficiarios las modificaciones a los mismos.

Parágrafo: Los beneficiarios de los créditos condonables, quienes respaldan las obligaciones adquiridas, no serán sometidos a estudio crediticio antes centrales de riesgo, tampoco contarán con un deudor solidario diferente a ellos mismos, esto debido a la importancia de viabilizar el otorgamiento del beneficio de créditos condonables a Población Rrom con excelencia académica, escasos recursos y con la probabilidad que no cuenten con historial crediticio.


ActividadFecha
Legalización de créditos ante el ICETEX23 de agosto de 2023 al 14 de septiembre de 2023
Subsanación etapa de legalización23 de agosto de 2023 hasta el 22 de septiembre de 2023

No aplica.



3. Proceso de renovación

Al comenzar cada periodo académico la Institución de Educación Superior o el ICETEX renovará el crédito otorgado a cada beneficiario, siempre y cuando haya aprobado el período académico anterior, de acuerdo con el siguiente procedimiento.



Para la renovación semestral del crédito educativo, el/la beneficiario/a deberá realizar los siguientes pasos:

  1. Generar la actualización de datos ante la página web de ICETEX en el siguiente link: https://web.icetex.gov.co/creditos/gestion-de-credito/renovacion-del-credito
     
  2. Remitir el avance del proyecto social para su respectivo aval al Ministerio de Educación Nacional.
     
  3. Tramitar ante la Institución de Educación Superior la renovación del crédito entregando los siguientes documentos establecidos.
    • Formulario de actualización de datos generado por la página web del ICETEX.
    • Certificado de notas del periodo inmediatamente anterior, expedido por la Institución de Educación Superior en la que debe indicar el mínimo aprobado exigido por la IES y la indicación del ciclo, semestre o año al cual puede matricularse.
    • Orden y/o recibo de matrícula generada por la Institución de Educación Superior correspondiente al siguiente periodo a cursar, donde se indique programa académico, semestre y/o año a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
    • Certificado de avance del proyecto social del Ministerio de Educación Nacional.

     ¡Importante!
    El proyecto social debe ser acorde al programa de formación para el que solicito la financiación y deberá contener como mínimo la siguiente información.

    1. Título
    2. Característica de la comunidad RROM donde se ejecutará el proyecto
    3. Problema a resolver
    4. Objetivos generales y específicos
    5. Resultados esperados
    6. Actividades a desarrollar
    7. Cronograma 8. Medios de verificación
    9. Estimación de recursos necesarios para la ejecución del proyecto
    10. Evidencias de las actividades desarrolladas

Lugar de entrega de los documentos

La Institución de Educación Superior o el ICETEX 

Plazo de entrega de los documentos 

Al comenzar cada periodo académico

Documentos requeridos

Los documentos requeridos para la renovación del crédito son los siguientes:

  • Formulario de actualización de datos generado por la página web del ICETEX.
     
  • Certificado de notas del periodo inmediatamente anterior, expedido por la Institución de Educación Superior en la que debe indicar el mínimo aprobado exigido por la IES y la indicación del ciclo, semestre o año al cual puede matricularse.
     
  • Orden y/o recibo de matrícula generada por la Institución de Educación Superior correspondiente al siguiente periodo a cursar, donde se indique programa académico, semestre y/o año a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
     
  • Certificado de avance del proyecto social del Ministerio de Educación Nacional.

No aplica.


No aplica.


No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



  • Matricula Ordinaria: Hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) por período académico que se gira directamente a la Institución de Educación Superior.

  • Sostenimiento: Dos (2) SMMLV por semestre, valor que se girará directamente al beneficiario del fondo.

¿Cúando se realizan los desembolos?

Posterior al proceso de Legalizacion (concepto juridico viable) y Renovación.


  • A la Institución de Educación Superior por concepto de matrícula.

  • Al beneficiario por concepto de apoyo de sostenimiento.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario?

Cuenta bancaria


Adicionar a todos los créditos que se otorguen, el uno coma cinco por ciento (1,5%) sobre los valores aprobados, dicho valor será asumido por el Fondo, por lo que los beneficiarios recibirán el 100% del valor de la matrícula adjudicado y sostenimiento, dicho porcentaje será trasladado al fondo de garantías, para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental total y permanente del beneficiario, eventos en los cuales el fondo de garantías del ICETEX reintegrará al estado de cuenta a través del cual se administran los recursos el saldo de capital girado que adeude el estudiante.

Parágrafo 1º. El ICETEX a partir de la notificación del Ministerio de Educación Nacional, realizará el desembolso de los recursos por concepto de matrícula a las Instituciones de Educación Superior respectivas y el valor del sostenimiento al beneficiario/a.


Son causales de suspensión de los desembolsos del crédito educativo, las siguientes:

Causales de suspensión temporal

  • Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado y máximo por dos períodos académicos

  • Cierre temporal de la Institución de Educación Superior y/o del programa académico.
  • No presentación de los documentos requeridos en los plazos establecidos para la renovación y máximo por dos periodos académicos

  • Por expresa voluntad del beneficiario y máximo por dos periodos académicos.

PARAGRAFO 1° : En caso de que hubiere solicitado suspensión temporal por dos periodos académicos y posteriormente no se renueve el crédito condonable, se dará paso al proceso de cobro jurídico por parte del ICETEX

.PARAGRAFO 2° La Junta Administradora del Fondo podrá estudiar y autorizar suspensiones temporales adicionales, siempre que la solicitud este motivada en circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito.

Causales de suspensión definitiva

  • Finalización de los periodos para los cuales se concedió el crédito condonable.

  • Abandono injustificado del programa de estudios por parte del beneficiario.

  • Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

  • Cambio de Institución de Educación Superior y/o programa académico sin previa autorización de la Junta Administradora del Fondo.

  • No suministrar información de ingresos adicionales por becas, comisión de estudios u otra clase de apoyo económico estatal durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo.

  • No tramitar la renovación del crédito por más de dos períodos.

  • Expresa voluntad del beneficiario.

  • Expulsión de la Institución de Educación Superior por causas disciplinarias, por inasistencia o por bajo rendimiento académico.

  • Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del beneficiario, según lo establecido en la convocatoria y en el presente reglamento.

  • Finalización de los periodos académicos fijados de manera regular por la Institución de Educación Superior, para los cuales se concedió el crédito educativo.

  • Cierre definitivo del programa, que le impida culminarlo. Tal evento deberá ser informado por el beneficiario, dentro de los siguientes diez (10) días contados a partir de la ocurrencia del hecho.

  • Muerte o invalidez física o mental total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario.

La Junta Administradora decidirá sobre los casos especiales a los que se refiere la suspensión temporal y la suspensión definitiva.


No aplica



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



Una vez que el beneficiario/a del crédito finalice el periodo de estudios, contado a partir del último giro que realiza ICETEX, tendrá hasta tres (3) semestres para solicitar la condonación del crédito. Este término contará a partir de la finalización del último periodo académico financiado de acuerdo con los siguientes cortes:

  1. Para aquellos beneficiarios cuyo último periodo académico financiado termina durante el primer semestre del año: 30 de junio.
  2. Para aquellos beneficiarios cuyo último periodo académico financiado termina durante el segundo semestre del año: 31 de diciembre.

El procedimiento establecido para la condonación del crédito es el siguiente:

  1. El beneficiario deberá enviar al ICETEX los documentos mencionados anteriormente
  2. El Ministerio de Educación Nacional deberá certificar los beneficiarios que cumplieron con el proyecto social
  3. El Ministerio de Educación Nacional procederá a realizar el cruce con el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES- para corroborar la veracidad de los títulos y actas de grado presentados por los beneficiarios al ICETEX.
  4. ICETEX deberá presentar a la Junta Administradora los valores a condonar.
  5. La Junta Administradora aprobará la condonación de los créditos, elaborará el acta respectiva y la remitirá a ICETEX para el trámite interno correspondiente.
  6. El ICETEX notificará al beneficiario una vez se haya aplicado la condonación

    ¡Importante!

    Si excedido este término el beneficiario no ha solicitado la condonación de su crédito el ICETEX ejecutará las acciones correspondientes a fin de que este reintegre la totalidad del valor del crédito otorgado (capital e intereses). El proceso de recuperación de la cartera de los créditos de los beneficiarios que no cumplan con los requisitos de condonación estará a cargo del ICETEX.

Los documentos requeridos para solicitar la condonación son los siguientes:

  1. Fotocopia del diploma y acta de grado del programa académico que le fue adjudicado con el crédito condonable.
     
  2. Carta solicitando la condonación del crédito.
     
  3.  Copia ampliada al 150% del documento de identidad. 4. Certificación del cumplimiento del proyecto social.

  • La Junta Administradora, verificará el cumplimiento de requisitos

  • La junta Administradora autorizará o no la condonación según corresponda indicando entre otros los siguientes aspectos: Nombre del Beneficiario, título académico obtenido, institución educativa que lo tituló, fecha de grado, la fecha de cumplimiento de los requisitos y el valor a condonar.

  • El ICETEX ejecutará las acciones que sean necesarias para realizar las condonaciones y le comunicará y/o notificará a los beneficiarios lo correspondiente. En caso de no ser aprobadas, se lo informará a los beneficiarios, explicando las razones.

  • El ICETEX le entregará al supervisor del contrato el registro y/o información sobre las condonaciones una vez se hayan realizado.

  • El ICETEX le brindará a los beneficiarios toda la información que requieran y les indicará qué documentos deben entregar y en qué oportunidad, para que tramiten sus solicitudes de condonación, confirme a lo previsto en el numeral 15 de la cláusula TERCERA del contrato.


No aplica.