Fondo municipal de subsidios educativos del municipio de Palmira “Fondo Destacados”

Estudio   Pregrado
Estudiar en   Colombia
Para población   Estudiantes “destacados” que hayan realizado su formación básica secundaria (grados 6°, 7°, 8° y 9°) o su formación media (10° y 11°) en instituciones educativas oficiales o privadas ubicadas en el municipio de Palmira, y acrediten ser destacados en el ámbito académico, deportivo o cultural.
Estado   Abierta
Constituyente   Municipio de Palmira

Banner con foto de 3 estudiantes de colegio con texto Fondo destacados

Los recursos del Fondo en Administración estarán destinados al otorgamiento de apoyos educativos no reembolsables del valor de la matrícula total o parcial para los estudiantes con escasos recursos económicos, pertenecientes a los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3 y que acrediten ser destacados a nivel académico, deportivo o cultural; para acceder a programas de educación superior en los niveles técnico profesional, tecnólogo y profesional, así como en programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el nivel técnico laboral, que hagan parte del FONDO DESTACADOS; los cuales han de entregarse mediante procesos de selección dirigidos a la población objetivo que ha de delimitarse en el presente reglamento.

El programa otorga apoyos educativos no reembolsables del valor de la matricula total o parcial, en programas de educación superior en los niveles técnico profesional, tecnólogo y profesional, así como en programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el nivel técnico laboral, que hagan parte del FONDO DESTACADOS.

El fondo está dirigido a los estudiantes “destacados” que hayan completado el ciclo de formación básica secundaria para programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el nivel técnico laboral, y estudiantes “destacados” que hayan completado el ciclo de formación media para programas de educación superior en los niveles técnicos profesionales, tecnólogos y pregrados, en las instituciones educativas del Municipio de Palmira (Valle del Cauca), que pertenezcan exclusivamente a los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y que sean de escasos recursos económicos y cuenten hasta los veintiocho (28) años de edad al momento de la aplicación o presentación de la solicitud.

Programas financiados

  • Programas de Educación Superior (pregrado): Niveles Técnico Profesional, Tecnológico o Profesional.
     
  • Programas de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano: Nivel técnico laboral.

Rubros financiados

El valor total o parcial de la matrícula a través de subsidios a título de beca dentro de acuerdo a los siguientes topes:

Para beneficiarios de instituciones de Educación superior (Pregrado) que son estratos 1 y 2:

  • A nivel Técnico Profesional: Hasta 3 SMLMV por semestre o periodo académico.
  • A nivel Tecnológico: Hasta 3,5 SMLMV por semestre o periodo académico.
  • A nivel profesional: Hasta 4 SMLMV por semestre o periodo académico.

     

    Para beneficiarios de instituciones de Educación superior (Pregrado) que son estrato 3:

    Estudios de Educación Superior:

    • A nivel Técnico Profesional: 1,5 SMLMV por semestre o periodo académico.
    • A nivel Tecnológico: 2 SMLMV por semestre o periodo académico.
    • A nivel profesional: 2,5 SMLMV por semestre o periodo académico.

    Para beneficiarios de programas Técnicos laboral en Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - ETDH que son estratos 1 y 2:

    Hasta 2 SMLMV por semestre o período académico.

    Para beneficiarios de programas Técnicos laboral en Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - ETDH que son estrato 3:

    • Hasta 1 SMLMV por semestre o período académico.

Requisitos del Estudiante

  • Tener máximo veintiocho (28) años cumplidos al momento de diligenciar el formulario de inscripción, conforme a la definición de «joven» adoptada por la Ley 1622 de 2013.
     
  • Que la vivienda de sus padres, propia o aquella donde se encuentra domiciliado el solicitante corresponda al estrato uno (1), dos (2) o tres (3) del municipio de Palmira.
     
  • REQUISITOS MINIMOS ESPECÍFICOS PARA ASPIRANTES A EDUCACIÓN SUPERIOR (NIVEL: TÉCNICO PROFESIONAL, TECNÓLOGO Y PROFESIONAL)
     
  • El aspirante debe estar GRADUADO y haber cursado y aprobado los grados de la educación media (10° y 11°) en una institución educativa oficial o privada del municipio de Palmira.
     
  • El aspirante debe haber presentado el Examen Saber 11° a partir del año 2014-2 y haber obtenido un puntaje global mínimo de doscientos cuarenta (240) puntos en el caso de ASPIRANTES PRIORIZADOS y de doscientos cincuenta y dos (252) puntos para los NO PRIORIZADOS (para aquellos que hayan presentado las pruebas saber 11 en los periodos 2012-1 a 2014-1, podrán participar exclusivamente con el resultado que arroje la plataforma PRISMA de esta entidad en su opción “RECALIFICACIÓN”).
     
  • Estar admitido en una Institución de Educación Superior vinculada al Fondo Destacados, en un programa académico de los niveles Técnico Profesional, Tecnólogo o profesional aprobado por este programa de becas.

REQUISITOS MINIMOS ESPECÍFICOS PARA ASPIRANTES A EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO (NIVEL: TÉCNICO LABORAL)

  • El aspirante que NO ESTÁ GRADUADO debe haber cursado y aprobado los grados de la educación básica secundaria (6°, 7°, 8 y 9°) en una institución educativa oficial o privada del municipio de Palmira y tener un promedio académico mínimo de tres con cinco (3.5) para aspirantes priorizados y cuatro (4.0) para aspirantes no priorizados.
     
  • El aspirante GRADUADO debe haber cursado y aprobado los grados de la educación media (10° y 11°) en una institución educativa oficial o privada del municipio de Palmira y tener un promedio académico mínimo de tres con cinco (3.5) para aspirantes priorizados y cuatro (4.0) para aspirantes no priorizados.
     
  • Estar admitido en una Institución que ofrezca educación para el trabajo y el desarrollo humano vinculada al Fondo Destacados, en un programa del nivel técnico laboral aprobado por este programa de becas.
     

    IMPORTANTE: Los aspirantes que ya se encuentren cursando programas de ETDH o educación superior en instituciones y programas vinculados al Fondo; podrán ser beneficiarios del Fondo Destacados, siempre y cuando al momento de la postulación no hayan cursado más del 50% de la carrera.

Abierta

Apertura: 10 de mayo de 2023

Cierre: 22 de mayo de 2023

Número de cupos: Hasta agotar recursos

Pasos de la convocatoria

Para participar en la convocatoria de fondo MUNICIPAL DE SUBSIDIOS EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO DE PALMIRA “FONDO DESTACADOS” los aspirantes deberán tramitar su solicitud, inscribiéndose a través del sitio web que se informe en la convocatoria, diligenciando el formulario Inscripción registrando allí todos los datos que le sean solicitados.

Recuerde hacer la lectura de los términos y condiciones del proceso de selección antes de realizar la inscripción.

Por favor antes de ingresar y registrar datos, lea cuidadosamente la información que se solicita, sea preciso con los datos que registra, despues de tocar el botón de “completar solicitud” "guardar formulario”.

Información general a tener en cuenta

  • Sus datos de contacto deben ser veraces.
  • Cada aspirante debe tener “cuenta de correo electrónico PROPIA”, de fácil acceso para el proceso de inscripción (activación de usuario). El usuario asignado y la contraseña que registre son para su único acceso al diligenciamiento del formulario, por favor memorícelos.
  • Ingrese el número de su documento de identidad en forma correcta, completa y actualizada, así como el tipo de documento Cédula o Tarjeta de identidad.
  • Verifique previamente a que convocatoria se está postulando (Convocatoria 2023-2 -Fondo Destacados).
  • El formulario debe quedar totalmente diligenciado, este le permitirá revisar la información cuantas veces le sea necesario antes de guardarlo totalmente.
  • Por favor tenga la información que vaya a registrar de forma actualizada, el incluir datos errados en el formulario no serán sujetos de corrección.
  • Una vez registrados los datos de su postulación/solicitud, verifique toda la información registrada en los módulos del formulario y de clic en el botón completar solicitud.
  • Los aspirantes menores de Edad deben registrar los datos de su representante legal (papá o mamá o quien haga sus veces).
  • Los aspirantes menores de Edad deben registrar los datos de su representante legal (papá o mamá o quien haga sus veces).

    PARÁGRAFO 1: Se entenderán como válidos, los formularios que sean diligenciados en su totalidad y remitidos por medio de la plataforma establecida para ello y en los tiempos dispuestos en el cronograma de la convocatoria. No serán tenidos en cuenta formularios que se remitan por un medio distinto al indicado y/o en fechas diferentes.

    PARÁGRAFO 2: El cumplimiento de requisitos mínimos para pertenecer a la población objetivo del Fondo Destacados, seran definidos conforme a lo señalado en el reglamento operativo.

Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante

La Secretaría de Educación de Palmira y el ICETEX, estarán a cargo de revisar esta documentación y verificar la información reportada en el formulario de inscripción. Vale señalar que no se tendrán en cuenta las solicitudes de legalización que se presenten con documentación incompleta o con inconsistencias con la información registrada en el formulario de inscripción o de manera extemporánea. La veracidad de la información suministrada en el registro y los documentos soporte allegados para el proceso, serán unica y exclusivamente responsabilidad de los aplicantes.

La Junta de Administración actuará conforme al principio de buena fe, sin perjuicio de las verificaciones que pueda realizar en cualquier momento para corroborar la información en caso de sospechar falsificaciones o inexactitudes. En ningún caso la Junta Administradora realizará la consulta o verificación respecto de criterios que no han sido acreditados por el aplicante. Se puntuará con cero (0) los ítems de “Premios y Reconocimientos” que hayan reportado tener los aplicantes, mas no alleguen documentación válida que permita certificar las calidades informadas. Por no ser criterios de selección mínimos, no excluirán al aspirante del proceso de selección.

No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas.

  • No se entregan documentos durante el proceso de inscripción.

Criterios de selección

ARTÍCULO 23. Criterios de selección de aspirantes del reglamento operativo.

Publicación de resultados

LISTADO DE INSCRITOS PRESELECCIONADOS Y NO PRESELECCIONADOS: Verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos por parte del ICETEX, basado única y exclusivamente en lo reportado por el aspirante en el formulario de inscripción, el mandatario presentará el LISTADO DE INSCRITOS PRESELECCIONADOS y NO PRESELECCIONADOS a la Junta Administradora para su aprobación y publicación, junto con el instructivo para el proceso de entrega de documentación, Secretaría de Educación Municipal (Palmira) procedera a realizar la publicación de los resultados correspondientes.

LISTAS DE ELEGIBLES. Con base en los resultados del proceso de calificación de las postulaciones, se elaborarán cuatro (4) listas de elegibles ordenados de forma descendente por cada nivel de formación objeto de este Fondo así: a. Listado de beneficiarios, opcionales y rechazados de Educación Superior - Nivel Profesional; b. Listado de beneficiarios, opcionales y rechazados de Educación Superior - Nivel Tecnólogo; c. Listado de beneficiarios, opcionales y rechazados de Educación Superior - Nivel Técnico Profesional y d. Listado de beneficiarios, opcionales y rechazados de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - Nivel Técnico Laboral. En las mismas se indicará las siguientes calidades:

  1. BENEFICIARIO: EBENEFICIARIO: El aspirante que logre obtener un puntaje que le permita estar en el grupo de becados según los cupos asignados por la Junta Administradora en cada nivel.
     
  2. OPCIONAL: OPCIONAL: El aspirante cuyo puntaje no le permita estar en el grupo de becados según los cupos asignados por la Junta Administradora en cada nivel. En caso de renuncia o exclusión de alguno de los que ostenten el título de “BENEFICIARIO”, será llamado el opcional siguiente en estricto orden descendente.
     
  3. RECHAZADO: El aspirante que no haya entregado la documentación, que no haya certificado las calidades para ser parte de la población objetivo o que no cumpla con los supuestos definidos para los estudiantes destacados.

Las listas de beneficiarios solo serán usadas para efectos de cada convocatoria y solo serán beneficiarios quienes ocupen los primeros lugares en lista que, conforme a los parámetros señalados, puedan obtener un cupo sin poner en peligro la sostenibilidad del Fondo. Estas son presentadas por el municipio a la Junta Administradora para su aprobación previo a su publicación.
 

Información importante

el evento que el aspirante seleccionado no cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria para efectos de calificación de la postulación y la legalización del posible apoyo educativo, será el único responsable de esta situación y exonera al Constituyente y al ICETEX de cualquier responsabilidad.

Una vez completada su solicitud, los datos registrados no pueden ser modificados o corregidos. El aspirante es responsable enteramente por la información suministrada. Ni la Secretaría de Educación, ni el ICETEX responderán por formularios que no se hayan completado, así como tampoco por la veracidad de la información consignada; no obstante, se reserva el derecho de reportar a las autoridades competentes en caso de identificar posibles irregularidades o falsedades.

El ICETEX y la Secretaría de Educación de Palmira brindarán a los posibles beneficiarios del Fondo, asesoría oportuna en aspectos básicos referentes al proceso de inscripción, legalización, así como información de las condiciones para mantener el apoyo educativo.

 

CRONOGRAMA CONVOCATORIA 2022-2
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1APERTURA inscripciones convocatoria 2023-210 de mayo de 2023
2Cierre de la Convocatoria22 de mayo de 2023
3Periodo de evaluación de cumplimiento de requisitos mínimos.Desde el 23 hasta el 26 de mayo del 2023
4Publicación del listado de aspirantes preseleccionados y no preseleccionados por parte de la Secretaría de Educación Municipal.29 de mayo de 2023
5Inicio del periodo de radicación de documentos de soporte ante ICETEX. (Los preseleccionados deberán llevar sus documentos presencialmente en la Secretaría de Educación de Palmira)Desde el 01 hasta el 15 de junio del 2023
6Periodo de valoración de antecedentes a partir de los soportes presentados por los aspirantes.Desde el 01 hasta el 27 de junio del 2023
7Publicación de listas de elegibles de beneficiarios por cada nivel de formación y listado de rechazados por parte de la Secretaría de Educación Municipal.29 de junio del 2023
8Periodo de notificación de actos administrativos para la adjudicación de beneficios por parte de la Secretaría de Educación Municipal.Entre el 18 y 28 de julio del 2023

No aplica.
 

Descripción

El proceso de legalización, es la entrega de la documentación únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.

Posterior al diligenciamiento del formulario de inscripción, y una vez validado el cumplimiento de los requisitos minismos basado única y exclusivamente en lo reportado por el aspirante en el formulario de inscripción , el mandatario presentará el LISTADO DE INSCRITOS PRESELECCIONADOS a la Junta Administradora para su aprobación , para que los potenciales beneficiarios - candidatos procedan con el proceso de entrega de documentación, de acuerdo con el procedimiento establecido.

Para esto contarás con una plataforma electrónica en la que debes realizar el cargue de los documentos conforme a lo estipulado en la convocatoria. A continuación, te indicamos los pasos a seguir:

  • Si eres preseleccionado te enviaremos un correo electrónico que contiene los documentos a digitalizar, el enlace para carga de documentos (usuario, contraseña y verificación acceso),
     
  • El estudiante debe validar que sus datos estén correctos. Luego de ello, podrá generar el cargue de los documentos requeridos por el fondo.
     

Importante: Antes de iniciar el cargue de documentos debes tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF, debido a que la plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.
     
  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.
     
  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas.
     
  • Una vez ingreses, debes realizar el cargue de los siguientes documentos, según el calendario.

Información importante del proceso de legalización

Si usted fue PRESELECCIONADO en la Convocatoria 2022 del Fondo Destacados para formación en el nivel TÉCNICO PROFESIONAL, TECNÓLOGO O PROFESIONAL

Documentos requeridos:

Documentos comunes a todos los aspirantes

  • Copia del formulario de inscripción diligenciado que puede descargar de la plataforma ICETEX.
  • Si el aplicante es mayor de edad, aportará fotocopia legible del documento de identidad: cédula de ciudadanía, contraseña u otro válido como identificación.
  • Si el aplicante es menor de edad, aportará fotocopia legible de su tarjeta de identidad o su contraseña, además deberá presentar copia simple de su registro civil y copia legible del documento de identidad de su representante legal.
  • Fotocopia legible del acta y/o diploma de grado de bachiller obtenido en una Institución Educativa de Palmira.
  • Copia del resultado de las PRUEBAS SABER 11.
  • Recibo del servicio público de energía, acueducto o gas, de la vivienda en dónde reside (debe coincidir exactamente con lo registrado en el formulario).
  • Certificado del cupo o prueba sumaria del trámite de admisión en la Institución universitaria donde adelantará sus estudios.
  • Si el aplicante presenta alguna discapacidad, deberá aportar certificado médico de la EPS que indique el tipo de discapacidad y porcentaje de la misma.
  • Si el aplicante pertenece a algún grupo étnico, adjuntará certificado de autorreconocimiento expedido por Ministerio del Interior.
  • Si el aplicante es víctima del conflicto armado, deberá aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido exclusivamente por la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral a Victimas, UARIV.
  • Si el aplicante se encuentra vinculado a la estrategia PAZOS de la Alcaldía Municipal, deberá adjuntar la certificación expedida por la gerencia de la estrategia.
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO en EVENTOS ACADÉMICOS de orden municipal, regional, nacional o Internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o primer puesto por rendimiento académico en las instituciones).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en EVENTOS DEPORTIVOS de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola participación en el evento).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en EVENTOS CULTURALES de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola asistencia o participación en el evento).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en CONCURSOS LITERARIOS de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola asistencia o participación en el evento).
  • Si el aplicante ha participado como PONENTE en eventos académicos de orden nacional o internacional, deberá adjuntar el certificado correspondiente (no son válidos los certificados donde solo se le mencione como asistente, logística u otros.)
  • Si el aplicante tiene artículos científicos publicados en revistas indexadas como AUTOR o COAUTOR, deberá adjuntar el soporte correspondiente.

Si usted fue PRESELECCIONADO en la Convocatoria 2022 del Fondo Destacados para formación en el nivel TÉCNICO LABORAL, deberá aportar los siguientes documentos:

  • Copia del formulario de inscripción diligenciado que puede descargar de la plataforma ICETEX.
  • Si el aplicante es mayor de edad, aportará fotocopia legible del documento de identidad: cédula de ciudadanía, contraseña u otro válido como identificación.
  • Si el aplicante es menor de edad, aportará fotocopia legible de su tarjeta de identidad o su contraseña, además deberá presentar copia simple de su registro civil y copia legible del documento de identidad de su representante legal.
  • Para aplicantes que se hayan graduado de bachiller deberá aportar los certificados de notas o boletines definitivos de los grados 10° y 11°.
  • Para los aplicantes que aún no hayan culminado su bachillerato, deberán aportar el certificado de notas o boletín definitivo de los grados 6°, 7°, 8°, 9°.
  • Recibo del servicio público de energía, acueducto o gas, de la vivienda en dónde reside (debe coincidir exactamente con lo registrado en el formulario).
  • Certificado del cupo o prueba sumaria del trámite de admisión en la Institución de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano donde adelantará sus estudios.
  • Si el aplicante presenta alguna discapacidad, deberá aportar certificado médico de la EPS que indique el tipo de discapacidad y porcentaje de la misma.
  • Si el aplicante pertenece a algún grupo étnico, adjuntará certificado de autorreconocimiento expedido por Ministerio del Interior.
  • Si el aplicante es víctima del conflicto armado, deberá aportar certificado de inclusión en el Registro Único de Víctimas expedido exclusivamente por la Unidad Administrativa para la Atención y Reparación Integral a Victimas, UARIV.
  • Si el aplicante se encuentra vinculado a la estrategia PAZOS de la Alcaldía Municipal, deberá adjuntar la certificación expedida por la gerencia de la estrategia.
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO en EVENTOS ACADÉMICOS de orden municipal, regional, nacional o Internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o primer puesto por rendimiento académico en las instituciones).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en EVENTOS DEPORTIVOS de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola participación en el evento).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en EVENTOS CULTURALES de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola asistencia o participación en el evento).
  • Si en los últimos DOS (2) AÑOS el aplicante tiene premios donde haya sido declarado como GANADOR, VENCEDOR, PRIMER PUESTO, SEGUNDO PUESTO o TERCER PUESTO, en CONCURSOS LITERARIOS de orden municipal, regional, nacional o internacional, deberá aportar el certificado o diploma correspondiente (no son válidas las menciones de honor, méritos o la sola asistencia o participación en el evento).
  • Si el aplicante ha participado como PONENTE en eventos académicos de orden nacional o internacional, deberá adjuntar el certificado correspondiente (no son válidos los certificados donde solo se le mencione como asistente, logística u otros.)
  • Si el aplicante tiene artículos científicos publicados en revistas indexadas como AUTOR o COAUTOR, deberá adjuntar el soporte correspondiente.

IMPORTANTE: La no entrega de documentos por parte del aspirante será causal de rechazo definitivo de la postulación.

Parámetros de la entrega

Los documentos deben estar debidamente diligenciados y ser totalmente legibles, sin enmendaduras, tachaduras, anotaciones o subrayados.

No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas.

EEn el evento que el aspirante seleccionado no cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria para efectos de calificación de la postulación y la legalización del posible apoyo educativo, será el único responsable de esta situación y exonera al Constituyente y al ICETEX de cualquier responsabilidad.

Será obligación del aspirante a programas de ETDH gestionar ante la Institución educativa las respectivas certificaciones de notas o boletin de calificaiones definitivas en el que se indique el promedio de cada uno de los grados requeridos así:

  • Estudiantes no graduados: Certificado de notas o boletín de calificaciones definitivo expedido por la Institución Educativa en donde se indique el promedio académico definitivo obtenido en los grados 6°, 7°, 8° y 9°.
  • Estudiantes graduados: Certificado de notas o boletín de calificaciones definitivo expedido por la Institución Educativa en donde se indique el F36promedio académico definitivo obtenido en los grados 10° y 11°.

Las Instituciones Educativas que empleen escalas de valoración cualitativas o escalas numéricas diferentes al cero (0) a cinco (5), expedirán certificados de notas ajustados a la escala cuantitativa de cero (0) a cinco (5), lo cual podrá ser solicitado por la Secretaría de Educación de Palmira al establecimiento educativo que corresponda.

ActividadFechas a ejecutar
LEGALIZACIONES plazo legalización ante Icetex.Desde el 01 hasta el 27 de junio de 2023

No aplica.

Al comenzar un nuevo periodo academico, el beneficiario deberá realizar a través de la página web del ICETEX, la actualización de datos y tramitar la renovación del subsidio educativo ante el ICETEX por los canales dispuestos.

  • El estudiante que va a renovar su crédito, debe actualizar sus datos en la página web del ICETEX.
     
  • Reunir toda la documentación y entregarla a las oficinas, o canales virtuales del ICETEX.
     
  • Si está completa la documentación, se actualiza el estado a RENOVACIÓN IES.

Lugar de entrega de los documentos

Oficinas, o canales virtuales del ICETEX

Plazo de entrega de entrega de los documentos 

Según calendario semestral, establecido por la convocatoria.
Conoce los pasos para realizar la renovación del crédito

Documentos requeridos

Deberá entregar los siguientes documentos:

  1. Formulario de actualización de información del periodo en proceso de renovación, descargado por el portal del ICETEX, debidamente diligenciado y firmado por el beneficiario.
     
  2. Orden de pago o recibo de matrícula del semestre que va a cursar.
     
  3. Certificado de promedio definitivo del semestre o periodo académico correspondiente, expedido por la Institución donde curse estudios.

Parámetros de la entrega

DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS DEL SUBSIDIO EDUCATIVO POR RENOVACIÓN. Una vez el ICETEX reciba la información correspondiente a la renovación de los apoyos educativos para cada periodo, pondrá en conocimiento y para aprobación de la Junta Administradora la relación detallada de beneficios a renovar, detallando la institución a la que pertenecen, el programa académico, el periodo académico a cursar y el valor a subsidiar. Una vez aprobados, la Junta Administradora autorizará al Secretario de Educación, quien a su vez puede designar al supervisor del convenio él envió de la comunicación vía electrónica al ICETEX de lo decidido y este efectúe el desembolso a cada Institución de Educación Superior e Institución para el Trabajo y el Desarrollo Humano según sea el caso, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la comunicación.

Los beneficiarios del Fondo tendrán derecho a permanecer en el programa o a la renovación de sus apoyos educativos, siempre y cuando conserven las condiciones para ser parte de la población objetivo, y cumplan con las siguientes condiciones:

  1. BENEFICIAROS NO PRIORIZADOS BECADOS DESDE EL PRIMER SEMESTRE O PERIODO ACADÉMICO. A los beneficiarios que hayan ingresado a la educación superior o a la ETDH desde el primer semestre o periodo académico, para efectos de la renovación en el SEGUNDO SEMESTRE O PERIODO ACADÉMICO de sus respectivos programas, se les exigirá un promedio académico al menos de TRES PUNTO CINCO (3.5) en una escala de cero a cinco (0.0 a 5.0) o su equivalente. Esto considerando que la transición de la educación media a la educación superior o a la educación para el trabajo y el desarrollo humano puede ser difícil para los estudiantes. A partir del segundo semestre estarán sujetos a cumplir los supuestos para beneficiarios no priorizados con estudios avanzados.
     
  2. BENEFICIAROS NO PRIORIZADOS BECADOS DESDE SEMESTRE O PERIODO ACADÉMICO DIFERENTE AL PRIMERO. A los beneficiarios que hayan obtenido la beca pero ya se encuentran en curso en el programa de educación seleccionado en semestre o periodo diferente al primero, para efectos de la renovación en el SEMESTRE O PERIODO ACADÉMICO SIGUIENTE, se les exigirá un promedio académico al menos de CUATRO (4.0) en una escala de cero a cinco (0.0 a 5.0) o su equivalente. En caso de que el promedio en el semestre inmediatamente anterior haya sido inferior a cuatro (4.0), tendrán derecho a la continuidad del apoyo educativo siempre que logren acreditar que el PROMEDIO ACUMULADO en el programa es igual o superior a CUATRO CON CINCO (4.5).
     
  3. BENEFICIARIOS PRIORIZADOS. Los beneficiarios que se encontraban comprendidos dentro de la definición de aplicantes priorizados tendrán derecho a la renovación del beneficio, siempre y cuando conserven las condiciones para ser parte de la población objetivo y en el semestre inmediatamente anterior hayan tenido un promedio académico al menos de TRES CON CINCO (3.5) en una escala de cero a cinco (0.0 a 5.0) o su equivalente, o en caso de que el promedio en el semestre inmediatamente anterior haya sido inferior a 3.5, logren acreditar que el PROMEDIO ACUMULADO en el programa es igual o superior a CUATRO (4.0) en la escala ya señalada.

En el caso de los beneficiarios con discapacidad, que no hayan obtenido el puntaje requerido para continuar con la beca o tener derecho a su renovación, la Junta Administradora deberá tener en cuenta las condiciones del estudiante, sus progresos y guiados por la equidad, los conceptos o informes que considere necesarios para tomar una decisión, podrán obviar el requisito del puntaje para dar continuidad al apoyo educativo, esto como forma de adoptar acciones afirmativas que materialicen la igualdad real, estableciendo en cada caso particular las condiciones para la permanencia del beneficio.

No aplica

No aplica

Los desembolsos son los giros del monto del apoyo educativo aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.

ModalidadNivelEstrato SocioeconómicoMonto máximo en SMMLV por semestre o periodo académico
Educación SuperiorTécnico profesional1 y 2Tres (3)
3
Uno y medio (1,5)
Tecnólogo1 y 2Tres y medio (3,5)
3Dos (2)
Profesional1 y 2Cuatro (4)
3Dos y medio (2,5)
Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - ETDHTécnico laboral1 y 2Dos (2)
3Uno (1)

 

Rubro Matrícula: Desembolso directo a la institución educativa.

No aplica

Causales de suspensión temporal

Son causales de suspensión temporal de los desembolsos las que se indican a continuación:

  1. Aplazamiento del período académico.
  2. No renovación del apoyo educativo.
  3. Aplica para máximo un (2) períodos académicos, durante la totalidad del programa.
     

Causales de suspensión definitiva

Los beneficiarios del Fondo Destacados perderán el derecho al apoyo educativo (beca) en cualquier momento y de pleno derecho, en alguno de los siguientes casos:

  1. Cuando al momento de la aplicación el beneficiario allegó información falsa, inexacta, documentos falsos u omitió información en las declaraciones o incurrió en falsedad en estas.
  2. Faltar a los compromisos unilaterales realizados al momento de la aplicación.
  3. Cuando el valor de la matrícula o costo del programa inicialmente reportado por la Institución vinculada difiera del cobrado, por cualquier circunstancia o motivo y, el beneficiario no accede a asumir la diferencia o el mayor valor existente.
  4. No conservar las condiciones que lo hicieron parte de la población objetivo, o las condiciones que lo hicieron beneficiario del fondo, con excepción de las personas a las que se refiere el parágrafo 2 del artículo 29 del presente reglamento.
  5. No obtener el promedio académico en el semestre inmediatamente anterior o el promedio acumulado requerido para efectos de la renovación de la beca.
  6. Cuando la Junta Administradora tenga conocimiento que el beneficiario no está asistiendo a clases sin la debida justificación o se informe que el mismo ha desertado. Se entenderá que ha desertado cuando no ha asistido a cinco (5) clases consecutivas sin presentar justificación alguna a la Institución donde cursa estudios o a la Alcaldía de Palmira, ya sea personalmente o por medio de sus padres o familiares indicados en la aplicación o informados con la actualización de datos personales. Si posteriormente se acredita que ello obedecía a fuerza mayor o caso fortuito, la Junta Administradora decidirá acerca de la permanencia o restablecimiento del apoyo.
  7. Cuando el beneficiario haya decidido unilateralmente no continuar sus estudios en el semestre inmediatamente siguiente, sin solicitar previamente el aplazamiento del apoyo educativo ante la Junta Administradora.
  8. Cuando se tenga conocimiento que el beneficiario cuenta con otro recurso económico otorgado por Gobierno Nacional o Departamental para financiar o pagar sus estudios, sea cual sea la denominación que se otorgue al mismo. La presente causal NO APLICARÁ cuando el beneficiario adquiera créditos con la finalidad de financiar los costos no cubiertos por el apoyo educativo otorgado por el Fondo o cuando lo que recibe el beneficiario de beca es solo un apoyo o subsidio de sostenimiento por parte de otra entidad del Estado u organización. Asimismo, quedan exceptuados los beneficios entregados directamente por las Instituciones de Educación Superior – IES o Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano – IETDH a los estudiantes con rendimiento académico destacado o por otras actividades institucionales, que generen descuentos parciales o totales por sobre el valor de matrícula de los beneficiarios de Fondo Destacados. Los casos en que el estudiante reciba beneficios del 100% de matrícula entregados por las IES e IETDH, se sostendrá el apoyo educativo sin desembolso alguno, hasta que dejare de recibir el beneficio externo.
  9. Cuando el beneficiario decide cambiar de carrera o programa para el cual solicitó inicialmente el apoyo educativo, sin autorización previa de la Junta, esto siempre y cuando ya haya iniciado el primer semestre y el Fondo ya haya desembolsado el dinero. La autorización de la Junta en estos casos solo será posible cuando se realice la solicitud antes de la finalización del segundo (2) semestre, caso en el cual la autorización consistirá en un aplazamiento del apoyo educativo hasta por el término de dos (2) semestres o periodos académicos, durante los cuales el beneficiario deberá asumir por su cuenta los costos de los dos (2) semestre iniciales de la nueva carrera o programa seleccionado, los cuales deberá aprobar para efectos de que se reanude el apoyo educativo a partir del tercer (3) semestre. En los casos de que el beneficiario no cumpla los requisitos para reanudar el apoyo al vencimiento del término de aplazamiento, se producirá la pérdida del apoyo educativo. Solo habrá lugar al cambio de programa o carrera por una sola vez, so pena de pérdida del apoyo.
  10. Cuando el beneficiario para un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano, decide cambiar a un programa de educación superior.
  11. Cuando el beneficiario no reanude sus estudios al vencimiento del plazo de aplazamiento otorgado. La Junta Administradora del Fondo podrá autorizar el aplazamiento del apoyo educativo hasta por Un (1) Semestre o Período Académico cuando así lo solicite el beneficiario por circunstancias de índole personal (por ejemplo, necesidad de cuidar familiares enfermos, pérdida del empleo o fuente de recursos económicos). En los casos de embarazo, secuestro, incapacidad médica, enfermedad grave del beneficiario o se trate de otras causas extraordinarias, que no permitan al beneficiario continuar sus estudios por un período prolongado o puedan afectar su rendimiento, el Comité podrá de oficio o por solicitud del beneficiario o en su defecto, por solicitud de sus padres o familiares, autorizar un aplazamiento mayor a Un (1) Semestre o Período Académico basándose, según el caso, en concepto médico, opinión de expertos o en defecto de estos, conforme a lo que su prudente juicio considere plausible.
  12. Cuando la circunstancia extraordinaria que dio lugar al aplazamiento no ha desaparecido al vencimiento del plazo y en virtud de concepto solicitado a la Institución vinculada sobre su Reglamento se pueda concluir que el beneficiario ya no podría continuar en el semestre en que se encontraba y debería reiniciar los mismos desde el principio, la Junta Administradora podrá dar por ocurrida la causal de pérdida del apoyo educativo por no reanudar los estudios.
  13. Cuando el estudiante sea sancionado con suspensión de la matrícula o expulsión de la Institución vinculada conforme a las disposiciones y procedimientos de su Reglamento. La responsabilidad sobre la pérdida del apoyo por procedimientos ilegales adelantados por la Institución vinculada corresponderá a esta, razón por la cual el FONDO MUNICIPAL DESUBSIDIOS EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO DE PALMIRA “FONDO DESTACADOS estará indemne y no tendrá responsabilidad alguna sobre el procedimiento adelantado.
  14. El incumplimiento de cualquier obligación o deber a cargo del beneficiario descrito en este reglamento operativo.

Información importante

La pérdida del apoyo educativo será decidida por la Junta Administradora, sin necesidad de surtir previamente actuación adicional. Las comunicaciones se realizaran por los medios definidos por el ICETEX.

No aplica.