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Fondo para el fortalecimiento de las TI en el estado 2018-1

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Para población  
Estado   Cerrada
Constituyente   Ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones

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Descripción del fondo

El FONDO para el fortalecimiento de las TI en el estado estará destinado a financiar créditos educativos hasta el 100% condonables para:

  • Formación del talento humano encargado de la seguridad de la información y/o TI en las entidades del estado, en capacitación diferentes a educación formal, tales como Diplomados, en temas relacionados y orientadas al desarrollo de competencias específicas y transversales requeridas para fortalecer el sector TI y la gestión de TI en el Gobierno.

  • La educación formal de postgrado en los niveles de maestría en áreas de Seguridad y Privacidad de TI, del talento humano encargado de la seguridad de la información y/o TI en las entidades del estado orientadas  al desarrollo  de competencias específicas  y transversales  requeridas  para fortalecer  el sector TI y la gestión  de TI en el gobierno.


El fondo financiará programas académicos en educación no formal y educación formal en la modalidad de postgrado (Maestrías) en áreas relacionadas con Gestión, Seguridad y Privacidad de TI, con el fin de fortalecer el talento humano encargado de la seguridad de la información y/o TI en las entidades del estado, orientados al desarrollo de competencias especificas y transversales requeridas para fortalecer el sector TI y la gestión de TI en el gobierno.


  • Profesionales titulados en pregrado con formación en áreas de TI (Tecnologías de la Información) o seguridad de la información y afines, según la ley 842 de 2003  que se desempeñen en entidades públicas como Gerentes, Directores, Coordinadores, Jefes, Lideres de calidad de software y/o TI o seguridad  de la información, desarrolladores o analistas, profesionales, profesionales especializados  y contratistas que presten sus servicios en áreas de TI o  seguridad de la información, y que cumplan  con los requisitos  para cada programa de formación académica y de capacitación.

  • Profesionales titulados con formación en núcleos básicos del conocimiento en TI o seguridad e la información, que se desempeñen en entidades públicas como Gerentes, Directores, Coordinadores, Jefes; Lideres  de calidad de software y/o TI o seguridad de la información, desarrolladores o analistas, profesionales, profesionales especializados y contratistas que presten sus servicios en áreas de TI o seguridad de la información, y que cumplan  con los requisitos para cada  programa  de formación académica y de capacitación.

  • Profesionales en general que tengan una formación posgradual titulada en áreas  de Tecnologías  de la información, que se desempeñen en el área, unidad o dirección de Tecnologías de la información en entidades  públicas como Gerentes, Directores, Coordinadores, Jefes, Lideres de calidad  de software  y/o TI o seguridad de la información, desarrolladores o analistas, profesionales, profesionales  especializados  y contratistas, y que cumplan con los requisitos  para cada programa de formación académica  y de capacitación.

  • Profesionales titulados en pregrado con formación en áreas TI (Tecnologías de la información) tales como ingeniería de sistemas y afines de acuerdo con la Ley 842 de 2003 que se desempeñen como docentes en el nivel de educación terciario en programas de formación, en temas relacionado con TI o seguridad de la información, y que cumplan con los requisitos por cada programa de formación académica y de capacitación.

  • Gerentes, Directores, Coordinadores, Jefes, Lideres de Calidad de software  y/o TI, desarrolladores o analistas, profesionales, profesionales especializado y contratistas de entidades públicas, que sean estudiantes de mínimo séptimo semestre del nivel de ingenierías en áreas de TI (Tecnologías de la información), que se encuentren con matrícula al momento de la aplicación de la respectiva convocatoria, y que cumplan con los requisitos para cada programa de formación académica y de capacitación. 

  • Servidores públicos líderes de las áreas de TI o seguridad de la información de las Entidades Públicas y profesionales que ejerzan funciones relacionadas con la gestión y/o, seguridad y privacidad de TI o seguridad de la información en el Estado, que cumplan con los requisitos para cursar postgrados.


  • EDUCACION NO FORMAL: El Constituyente informara al ICETEX, precia aprobación por parte de la Junta Administradora, el listado de programas en temas relacionados con áreas de Gestión, Seguridad y Privacidad  de TI. Las Instituciones de capacitación deben encontrarse debidamente autorizadas por la autoridad competente. Dichos programas e instituciones serán divulgados en los términos que corresponden a cada convocatoria.

  • EDUCACION FORMAL: El Constituyente informara al ICETEX, Previa aprobación por parte de la Junta Administradora, el listado de  programas de educación superior de posgrado en los niveles de Maestría en áreas de Gestión, Seguridad y Privacidad de TI. Las Instituciones de Educación Superior deben encontrarse debidamente  aprobadas por parte del Ministerio de Educación Nacional (MEN). Dichos programas  de postgrados e instituciones de educación superior serán divulgados en los términos que correspondan a cada convocatoria.

Rubros financiados

A través de FONDO y de acuerdo con la aprobación realizada por la Junta Administradora del FONDO, se financiará UNICAMENTE hasta el 100% del valor de la matricula del programa académico o capacitación seleccionado por el beneficiario, según lo definido en el plan de estudios y periodos determinados por la institución.

PARAGRAFO: Los rubros financiables sólo serán  reconocidos a partir de la  aprobación del crédito condonable y en ningún caso tendrán efecto retroactivo para los ciclos académicos que hayan sido cursados por parte del beneficiario.


Requisitos del estudiante
 

  • Ser ciudadano colombiano.

  • Cumplir con las características definidas en el artículo cuarto del presente Reglamento para ser ASPIRANTE en cada convocatoria.

  • Tener una cuenta propia de correo electrónico.

  • Inscribirse a través de la página web del ICETEX, y diligenciar el formulario dispuesto  para tal fin en cada convocatoria.

  • Tener un deudor solidario y diligenciar el formulario de deudor solidario dispuesto para tal fin a través de la página web del ICETEX y obtener aprobación del mismo.

  • En el caso de aspirar a un programa de postgrado, estar admitido en la Institución de Educación Superior.

  • Los demás requisitos específicos en cada convocatoria.

Requisitos del codeudor


Sí es natural

  • Tener domicilio permanente en Colombia.

  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.

  • No ser deudor moroso del ICETEX.

  • No ser deudor solidario de más de dos beneficiarios ante el ICETEX.

  • No ser mayor de 65 años al momento de legalizar el crédito.

  • Demostrar ingresos que permitan garantizar la deuda.

  • Si es pensionado, demostrar ingresos diferentes a los de la pensión.

  • Tener historial financiero y crediticio favorable.

  • No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de Riesgo financiero.

  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.

  • Las demás que el ICETEX considere necesario.

Sí es jurídico

  • Tener domicilio permanente en el país.

  • Tener capacidad legal para contraer obligaciones.

  • No ser deudor moroso del ICETEX.

  • Contar con más de dos años de constitución legal.

  • Demostrar un patrimonio neto superior a la obligación contraída.

  • Tener una duración igual o mayor a la vigencia del crédito educativo, incluido el período de amortización y tres años más.

  • Tener autorización por parte de la Junta de Accionistas o de Socios, según la empresa, para servir como deudor solidario, con monto máximo permitido.

  • Tener historial financiero y crediticio favorable.

  • Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.



1. Convocatoria

Apertura: No aplica.

Cierre: No aplica.

Número de cupos: N/A



EL FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS TI EN EL ESTADO estará destinado a financiar hasta treinta (30) créditos educativos condonables por el 100%  del valor de la matricula correspondiente a la Maestría en CIBERSEGURIDAD Y CIBERDEFENSA de la ESCUELA SUPERIOR DE GUERRA - ESDEGUE.

 

Nota: En caso de no adjudicarse la totalidad de los cupos disponibles, y contar con los recursos disponibles en el fondo, se procederá a realizar una nueva convocatoria  para el periodo inmediatamente siguiente 2020-2.

Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante


Los aspirantes al FONDO, deberán acreditar el cumplimiento de la totalidad de los siguientes requisitos, así como los que se determinen en los términos de cada convocatoria:

  • Ser ciudadano colombiano.

  • Cumplir con las características definidas en el artículo cuarto del presente.

  • Reglamento para ser ASPIRANTE en cada convocatoria.

  • Tener una cuenta propia de correo electrónico.

  • Inscribirse a través de la página web del ICETEX, y diligenciar el formulario dispuesto para tal fin en cada  convocatoria.

  • Tener un deudor solidario y diligenciar el formulario de deudor solidario dispuesto para tal fin a través de la página web del ICETEX y obtener aprobación del mismo.

  • En el caso de aspirar a un programa de postgrado, estar admitido en la Institución  de Educación Superior.

  • Los demás requisitos específicos en cada convocatoria.

El aspirante deberá adjuntar  los siguientes documentos en el formulario de inscripción:                                                       

  • Para el caso de quienes tengan vinculación legal o reglamentaria con la entidad pública, certificado laboral, que indique lo siguiente:   

    • Datos del aspirante (Nombres y apellidos, documento de identificación).

    • Cargo que ocupa en la Entidad Pública. 

    • Dependencia o área en la cual labora. 

    • Funciones del cargo.                                                      

    • Tiempo de vinculación. 

  • Para el caso de los docentes de educación media y superior, se debe anexar  certificación laboral, no superior a 30 días de expedición por el jefe de recursos humanos o quien haga sus veces, donde se indique, tipo de vinculación laboral, el área o facultad en la cual está asignado y la asignatura o asignaturas  que se encuentra dictando actualmente.       

  • Para el caso de quienes  tengan relación contractual con la entidad pública, se requerirá certificación expedido por la coordinación de contratación o el supervisor o quien haga sus veces, con una vigencia no superior a 30 días calendario; que contenga lo siguiente: 

    • Número de contrato   

    • Datos (Nombre y apellido, documento de identificación)     

    • Objeto contractual                                                           

    • Vigencia del contrato                                                         

    • Obligaciones contractuales


Criterios de selección

Todo proceso de selección y calificación se llevará a cabo por el CONSTITUYENTE conforme los criterios, términos y puntajes aprobados por la Junta Administradora  para el otorgamiento de los créditos condonables, publicados para cada convocatoria. Dentro del cronograma establecido en cada convocatoria y en la fecha asignada, el CONSTITUYENTE procederá a calificar las solicitudes presentadas, de acuerdo a la información suministrada por los aspirantes en el formulario de inscripción dispuesto  para tal fin en la convocatoria y remitirá  los resultados a la Junta Administradora  para su correspondiente aprobación.

La aprobación de la selección de los beneficiarios, estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo, de acuerdo con  los resultados de la calificación reportada  por el CONSTITUYENTE.

Parágrafo primero. El cumplimiento de los requisitos mínimos y criterios de selección no genera ningún derecho para el aspirante ni obligación para el FONDO, hasta tanto el posible beneficiario efectúe los trámites  de legalización del crédito  educativo y obtenga el concepto jurídico viable sobre las garantías por parte del ICETEX.

Parágrafo segundo. En caso de puntuaciones iguales en el proceso de calificación,  entre dos o más aspirantes, cuando los recursos disponibles en el FONDO no sean  suficientes para atender más solicitudes, se establecerán las metodologías de desempate definidas en los términos de cada convocatoria.

Parágrafo tercero. Los aspirantes  podrán ser beneficiarios de un sólo programa académico ya sea en la modalidad de postgrado o educación no formal.

Parágrafo cuarto. La Junta Administradora  podrá establecer condiciones particulares en los términos de las convocatorias, para otorgar el crédito educativo.


No aplica.


No aplica.



2. Proceso de legalización

El Constituyente reportará a la Junta Administradora el listado de aspirantes aprobados, el ICETEX informará del estado final del proceso a cada aspirante, a través de la página web. El proceso de adjudicación  de los créditos educativos condonables por el 100%, se efectuará como resultado de los trámites de legalización del crédito tramitados por los  aspirantes aprobados, proceso que además debe contar con el Concepto Jurídico Viable  del ICETEX sobre las garantías presentadas por el beneficiario. El proceso de gestión de los desembolsos de los créditos educativos asignados se realizarán de acuerdo a lo definido en el décimo séptimo del Reglamento Operativo del Fondo y los procedimientos establecidos por el ICETEX para tal efecto.



Los posibles beneficiarios del crédito luego de contar con el estado "Aprobado" en la página web del ICETEX y de haber obtenido la aceptación  del Deudor Solidario, deberán  realizar  la legalización del crédito en las oficinas de Atención al usuario del ICETEX o en la  Institución Educación Superior-IES para los programas de educación formal superior.

En razón de lo anterior, los posibles beneficiarios deberán radicar los documentos que para el efecto se señalen en los términos de la convocatoria publicada  en la página  web de ICETEX; dentro de los plazos establecidos para ello. La verificación  de los requisitos  exigidos para la adjudicación será  efectuada por el ICETEX.


Lugar de entrega de los documentos

Oficinas de ICETEX

Documentos requeridos

  • De orden académico:

    • Recibo de matrícula o constancia de admisión de la universidad o institución educativa, donde se especifique el periodo, semestre o anualidad a cursar, y el valor de la matricula o inscripción.

    • Documentación requerida en el numeral 11 de la convocatoria.

  • De orden general:

    • Formulario de inscripción ante ICETEX con la firma y huella debidamente diligenciado vía web (www.icetex.gov.co) link "Fondos" "Fondo para el fortalecimiento de las TI en el estado" y luego en "Formulario de inscripción".

    • Fotocopia del documento de identidad del beneficiario aprobado para la financiación.

    • Fotocopia del documento de identidad del deudor solidario.

    • Formulario del deudor solidario.

    • Carta de Certificación Laboral del Deudor Solidario con fecha de expedición  no mayor de 30 días, que incluya asignación salarial, cargo, fecha  de ingreso  y tipo de contrato.                 

    • Si es trabajador independiente Certificación  de Ingresos expedida por la autoridad competente, si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.

    • Certificado de Ingresos y Retenciones, si es trabajador dependiente y/o declaración de renta del año anterior, si está obligado a declarar.

    • Certificación de ingresos adicionales según sea el caso.

    • En caso de ser pensionado, demostrar ingresos diferentes a la pensión-adjuntar certificación de ingresos adicionales expedida por la autoridad  competente. Si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.

Parámetros de la entrega

  • PASO 1: Acercarse al ICETEX para la generación de los siguientes documentos: 

    • Un pagaré con espacios en blanco. La suscripción del pagaré implica la firma del mismo por parte del posible beneficiario y del deudor solidario, así como  la impresión de las huellas dactilares. No requiere  reconocimiento de firma  ante Notario Público.

    • Una Carta de Instrucciones en la cual el posible beneficiario expresa conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX y lo autoriza para llenar  los espacios en blanco del pagaré. Implica  la impresión de las huellas  dactilares. Requiere reconocimiento de firmas  ante Notario Público.

    • Recuerde que la generación de la garantía  (pagaré y carta de instrucciones) se hace en la oficinas de ICETEX. El deudor firma  con el beneficiario  la carta de instrucciones  y el pagaré.   

  • PASO 2. Una vez diligenciadas las garantías (pagaré y carta de instrucciones) el usuario  debe entregarlas en las oficinas del ICETEX  junto con los demás  documentos preparados y así realizar el proceso de legalización.

    El procedimiento de generación y legalización  de los pagarés y cartas de instrucción  será adelantado directamente por el ICETEX con los documentos  establecidos en el Reglamento Operativo y la presente convocatoria.

    El procedimiento de legalización culminará una vez el beneficiario entregue al ICETEX  el pagaré y la carta de instrucciones debidamente suscritos y legalizados y se cuente con el Concepto Jurídico Viable por parte del ICETEX.

    En el evento de que el beneficiario aspirante a la obligación crediticia no cumpla  con los requisitos establecidos por el ICETEX  para efectos de la legalización del crédito educativo, cesará automáticamente cualquier aspiración y se dará la posibilidad de adelantar el trámite respectivo al siguiente aspirante escogido, en orden de elegibilidad.


NOTAS ACLARATORIAS: 

Tenga en cuenta que la prima de garantía correspondiente al 1.5% de cada desembolso y correrá por cuenta del beneficiario.

Una vez  aprobada la solicitud, los seleccionados deberán adelantar el trámite para la  legalización ante las oficinas de atención al usuario del ICETEX.

Una vez el ICETEX reciba la información correspondiente a la renovación de los créditos  educativos para cada periodo, se procederá a desembolsar los recursos a partir de los rubros autorizados por la Junta Administradora del Fondo.


No aplica.


No aplica.



3. Proceso de renovación

El proceso de renovación es la actualización de datos y trámite de la documentación requerida ante el ICETEX.



El ICETEX, a partir de la verificación de los soportes suministrados por el beneficiario, procederá a presentar los resultados a la Junta Administradora  del Fondo, quien aprobará las condiciones para la renovación del caso, lo cual quedará consignado en el acta de Junta Administradora del Fondo. Una vez surtido lo anterior, el ICETEX procederá a realizar los desembolsos correspondientes.


Lugar de entrega de los documentos

Oficinas de ICETEX o en la Institución de Educación.

Documentos requeridos

  • Actualizar sus datos en la plataforma web del ICETEX.

  • Presentar ante la oficina de atención al usuario del ICETEX o en la Institución de Educación Superior y dentro de los plazos establecidos, los documentos relacionados a continuación:

    • Certificado de notas o calificaciones oficial del semestre o periodo  inmediatamente anterior cursado, expedido por la Institución de educación superior. 

    • Recibo de orden de matrícula  donde conste el periodo a cursar, el programa  académico y el valor de la matrícula ordinaria. 

    • Certificación laboral con fecha de expedición  no menor a 30 días, donde se  indique nombre del beneficiario, dependencia, cargo, tipo de vinculación, funciones y tiempo.

    • Formulario de actualización de datos (el que genera al actualizar datos a través de la página web del ICETEX).

    • Copia del recibo de pago realizado a la Institución de educación Superior  donde conste el pago por concepto de 1.5% sobre cada desembolso del valor del período del programa cursado, correspondiente a la prima de garantía. Una vez realizado ello por parte del beneficiario y posteriormente verificado por el ICETEX, se realizará los giros correspondientes, previa presentación ante la Junta Administradora para su aprobación.

Parámetros de la entrega

  • Los documentos se deben entregar de forma ordenada según el check list

  • Es necesario que estén legibles y no deben tener enmendaduras, tachaduras, anotaciones o subrayados. 

  • La documentación debe estar completa y debidamente diligenciada y entregada dentro de los plazos establecidos.


  • El crédito debe renovarse cada semestre previo cumplimiento de los requisitos.  

  • El beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del ICETEX. 

  • Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades competentes.


No aplica.


No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



Monto de desembolsos

100% del valor de la matricula.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

Desembolso de los recursos del crédito para educación No Formal: 

Una vez legalizado el crédito, el ICETEX efectuará a la Institución respectiva, el desembolso por concepto de matrícula, en un término no mayor a veinte días (20) hábiles. Dicho termino se contará desde el momento en que se termine el proceso de legalización con concepto jurídico viable o desde el momento de autorización por parte del constituyente.

El beneficiario pagará a la respectiva  institución, la suma correspondiente al 1.5%  sobre cada desembolso, correspondiente a la prima de garantía.

Desembolso de los recursos del crédito para Educación Formal:

Una vez finalizado el proceso de legalización de los créditos educativos de los programas de educación formal superior de posgrado en los niveles de Maestría, el ICETEX informará a la Junta Administradora sobre lo pertinente, para que este apruebe  la realización de los giros correspondientes, decisión  que deberá quedar consignada  en acta de reunión de la Junta Administradora del FONDO.

Una vez surtido lo anterior, el ICETEX trasladará a las instituciones de educación  superior los recursos correspondientes por concepto de matrícula.


Se realiza de acuerdo al rubro que el beneficiario escogió en la convocatoria, de esta manera:

Si es matrícula:

El destino de giro es a la IES. 


Es el monto que se le descuenta a los beneficiarios y que va dirigido al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.

El valor del descuento a los beneficiarios del Fondo para el fortalecimiento de las TI en el estado es del uno punto cinco por ciento (1,5%) de los desembolsos efectuados.


Causales de suspensión definitiva:

  • a) Adulteración de documentos o presentación  de información falsa.

  • b) Cambio de institución de educación y/o programa académico sin la previa autorización de la Junta Administradora del Fondo.

  • c) La no administración de la renovación del crédito habiendo acumulado dos periodos académicos de aplazamiento o cumplido el plazo máximo de suspensión temporal de acuerdo con el artículo anterior.

  • d) Retiro definitivo de los estudios.

  • e) Incumplimiento por parte del beneficiario de cualquiera de las obligaciones  establecidas en el presente reglamento.

  • f) Utilización de los recursos para fines distintos de aquellos para los cuales fueron otorgados.

  • g) Muerte o Invalidez física o mental total y permanente del beneficiario, que implica la realización  de los estudios por parte del mismo.

  • h) Expresa voluntad del beneficiario comunicada por escrito.

  • i) Expulsión de la institución educativa por causas disciplinarias, por inasistencia, por bajo rendimiento académico o faltas al reglamento estudiantil.

  • j) Suspender el Crédito por más de dos períodos académicos, sin previa autorización de la Juntas Administradora del fondo.

  • k) Finalización de los periodos para los cuales se concedió el crédito condonable.

Causales de suspensión temporal:

Son causales de suspensión temporal de los desembolsos para los programas de educación formal superior los siguientes:

  • a) Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado.

  • b) Cierre temporal de la institución de educación y/o del programa académico.

  • c) No presentación de los documentos requeridos en los plazos establecidos para la renovación y máximo por dos períodos académicos.

  • d) Por expresa voluntad del beneficiario y máximo por dos periodos académicos

  • e) Pérdida de un periodo académico.

  • f) La no obtención del promedio mínimo para la  renovación  del crédito, salvo autorización de la Junta Administradora.

  • g) Las demás que estime la Junta Administradora.


No aplica.



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo



De acuerdo a los establecido en el artículo Vigésimo Sexto del Reglamento Operativo "Requisitos para la condonación del crédito para educación Formal", los Superior de los créditos educativos otorgados a través del Fondo serán 100% condonables previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Obtener el título o acta de grado respectivo para el programa académico de educación superior de postgrado en el nivel de Maestría que se financió; expedido por la INSTITUCIÓN.

  • Revertir el conocimiento adquirido mediante capacitación a funcionarios de la entidad estatal en la que se encuentre vinculado, relacionada con las líneas de investigación y conforme a la temáticas vistas dentro del  programa adelantado en la institución educativa. Las condiciones y requisitos de la capacitación se definirán en los términos de cada convocatoria.


Plazo de entrega de los documentos

Un (1) año contado a partir de la terminación de materias.

Lugar de entrega de los documentos

En las Oficinas de Atención a Usuario de ICETEX.

Documentos requeridos

Para el proceso de condonación del crédito para:

  • Programa de Educación Formal Superior: Para la condonación del 100% del crédito para el programa  de educación formal superior, el beneficiario contará con un plazo máximo de DOCE (12) meses, contados a partir de la fecha de terminación del programa académico financiado para presentar los siguientes  documentos y los establecidos en cada convocatoria por el MINTIC /FONTIC: 

    • a) Copia del Diploma o Acta de Grado del programa académico de educación superior  de postgrado en el nivel de  Maestría, expedido por la Institución de educación superio.

    • b) Certificación expedida por el Jefe inmediato o quien haga sus veces que  acredite la realización de la capacitación.

    • c) Evidencia audiovisual y listados de asistencia a la capacitación.

  • Programa de Educación No Formal: Los créditos educativos otorgados a través del Fondo serán 100% condonables, previo cumplimiento de los siguientes  requisitos:

    • Obtener correspondiente certificación de terminación del programa según el caso expedida por la Institución Educativa.

Parámetros de la entrega

El CONSTITUYENTE deberá recibir y verificar el cumplimiento de los requisitos de condonación presentados por los beneficiarios del Fondo, y deberá presentarlo a la Junta Administradora para su correspondiente aprobación.


La condonación de los créditos será autorizada por la Junta Administradora del FONDO con base  en el cumplimiento de los requisitos establecidos y quedando como  constancia de ello, un acta, la cual será remitida a ICETEX en un término no mayor a 15 días hábiles siguientes a su expedición con la relación de los beneficiarios y valor a condonar. El ICETEX basado en dicha acta, emitirá un Acto Administrativo donde  formalizará las condonaciones a partir de la autorización remitida por la Junta Administradora.


No aplica.