Programa Jóvenes Talentos

Jovenes talento 2024
 

Disciplinas de las artes

Fecha de actualización: 22 de noviembre de 2024


Objetivo

El ICETEX, con el ánimo de estimular la formación de artistas Jóvenes Talentos colombianos, ofrece créditos educativos 100% condonables para que jóvenes artistas adelanten estudios en el exterior, presenciales o virtuales, en los campos vinculados con el arte.

Al terminar el estudio para el cual le fue concedido el crédito condonable, las y los beneficiarios deben llevar a cabo su proceso de retribución (de acuerdo con lo presentado, evaluado y aprobado durante el proceso) convirtiéndose en agente multiplicador del conocimiento adquirido en el área de su formación artística. Se espera que a través de este proceso de retribución el estudiante pueda devolver, a partir del conocimiento adquirido durante el periodo de estudios, lo que el país le ofreció a través del otorgamiento del crédito condonable. Además, a través de la implementación de este programa se contribuye a la internacionalización de la educación colombiana.

El Comité de Selección o quien haga sus veces, tendrá la libertad de elegir y proponer mejoras al Proyecto de Retribución. La retribución podrá realizarla en instituciones, entidades u organizaciones que le certifiquen la elaboración de talleres, conferencias, seminarios o demás eventos pertinentes a su formación con una duración mínima de ciento veinte (120) horas prácticas, no remuneradas. El proyecto de retribución debe ser desarrollado con entidades u organizaciones colombianas y podrá desarrollarse de manera presencial o virtual.


El tiempo de duración de los estudios a realizar será de mínimo 2 semanas (14 días calendario) y máximo 12 meses para cursos cortos que sean considerados como educación terciaria, según lo dispuesto en el artículo 58 de la ley 1753 de 2015: "educación o formación posterior a la educación media, cuyo objeto es promover el aprendizaje a un nivel elevado de complejidad y especialización". Estos cursos deberán contribuir al conocimiento, las destrezas y las aptitudes inherentes al aprendizaje en el campo de las artes, y desarrollarse en conservatorios, academias u otras instituciones de educación que contribuyan al ciclo de educación y formación del postulante. El tiempo de duración para los estudios de maestrías será de hasta 24 meses máximo.

Cualquier tipo de formación de las anteriores (corta o larga), deben iniciar estudios en el primer o segundo semestre de 2024. Los estudios deben realizarse en instituciones extranjeras reconocidas, legalmente constituidas y certificables.

Este tipo de créditos educativos serán otorgados en las siguientes disciplinas de las artes:

  • ARTES VISUALES Y PLÁSTICAS: dibujo, pintura, escultura, fotografía, instalación, diseño para medios digitales, artes gráficas, performance.
  • ARTES APLICADAS: Diseño de interacción, joyería y trabajo en metal, orfebrería, cerámica, cestería, tejido, telares, bordados, tapicería y trabajo en fibras, forja, trabajo en madera, vidrio fundido y vidrio soplado, vitrales, trabajo en cuero y técnicas en papel.
  • ARTES ESCÉNICAS: Danza, teatro, género lírico, narración oral, teatro gestual, títeres, teatro callejero y dramaturgia, técnicas de circo.
  • MÚSICA: Interpretación de instrumentos, composición musical y canto, composición de música para cine y televisión, formación para disc-jockey y sonido.
  • CINEMATOGRAFÍA: Realización de cine, animación y creación de guiones. Producción audiovisual: Cine, televisión, video y radio.
  • LITERATURA Y EDITORIAL: Estudios en escritura creativa, en procesos editoriales, en gestión de librerías, en traducción de textos literarios y en creación en novela gráfica.
  • GESTIÓN Y PROMOCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL: promoción, conservación, visibilización del patrimonio cultural material e inmaterial.

Programa Jóvenes Talentos - Convocatoria 2024
DescripciónFechas a ejecutar
Apertura de la convocatoria5 de marzo 2024
Cierre de la convocatoria15 de julio de 2024 a las 11:59 pm (Hora de Colombia)
Notificación de resultados02 de septiembre de 2024
Inicio de actividades1º o 2º semestre de 2024 (de acuerdo con la iniciación formal del programa a cursar)

  • Maestrías presenciales: Hasta por un valor de USD 25.000
  • Cursos cortos presenciales: Hasta un valor de USD 16.000
  • Cursos virtuales: Hasta por un valor de USD 10.000

EL VALOR DEL DESEMBOLSO SERÁ EN PESOS COLOMBIANOS DE ACUERDO CON LA TRM DEL DÓLAR ESTADOUNIDENSE DEL DÍA EN QUE SE AUTORIZA EL DESEMBOLSO Y SERÁ ABONADO EN UNA CUENTA BANCARIA COLOMBIANA A NOMBRE DEL BENEFICIARIO.


El programa está dirigido a jóvenes colombianos y colombianas entre los 18 y los 35 años, que sobresalgan en algún campo artístico para adelantar estudios de formación en el área de su interés.

No podrán ser beneficiarios funcionarios o contratistas vinculados al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX


  1. El o la candidata debe tener nacionalidad colombiana. Si él o la candidata se encuentra viviendo fuera del país debe indicarlo dentro de su postulación.
     
  2. No haber sido beneficiario del programa Artistas Jóvenes Talentos en ediciones anteriores.
     
  3. Cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento de crédito educativo, en lo que corresponda a crédito exterior. El aspirante que ya tenga crédito con el ICETEX podrá aplicar a la presente convocatoria. No obstante, en el evento de resultar beneficiario deberá realizar el pago del 50% de la deuda previamente contraída y dejar inactivo el crédito antes de legalizar el crédito condonable objeto de este programa. El reglamento del crédito educativo se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://web.icetex.gov.co/documents/20122/75359/acuerdo-034-del-11-de-octubre-de-2023.pdf
     
  4. Los candidatos a maestría deben haber culminado un programa técnico o de pregrado relacionado con la disciplina bajo la que se presenta a la convocatoria y haber obtenido un promedio mínimo de 3.8 sobre una escala de 5.
     
  5. Para los cursos cortos presenciales o virtuales no es un requisito que cuente con un título de un programa técnico o pregrado. En caso de que este cursando un pregrado o un programa técnico deben haber aprobado más de la mitad de los créditos exigidos para el grado.
     
  6. El joven talento debe tener admisión definitiva por parte del centro docente donde va a realizar el programa de formación en el exterior.

    Nota: Si al momento de dar por finalizada la convocatoria el aspirante no cuenta con la admisión definitiva puede entregar una certificación de la institución donde realizará el programa, donde indique que se encuentra pendiente por ser recibida. La admisión definitiva debe ser enviada como máximo, diez (10) días hábiles después de recibir la notificación de resultados de selección del programa, de lo contrario, quedará descartado.
     
  7. El aspirante debe presentar un plan de estudios y un presupuesto total, desglosado y detallado de acuerdo con el plan presentado.
     
  8. Los estudios deben realizarse en una institución fuera de Colombia.
     
  9. El postulante debe corroborar por sus propios medios que el programa al que se presente no conduzca a la obtención de un título propio, puesto que este tipo de formación no es financiable según la normatividad vigente.
     
  10. Cumplir con los requisitos de idioma exigidos por la institución donde llevará a cabo los estudios en los casos en los que el programa no sea en español. Esto se debe ver reflejado en la admisión definitiva al centro docente sin condicionantes.
     
  11. El participante, que sea docente en servicio activo del sector oficial nacional debe contar con un responsable o representante de su institución, que presente su postulación al ICETEX, indicando que conoce de la trayectoria y calidades del joven talento (según su área de desarrollo) y que velará porque éste se convierta en agente multiplicador del conocimiento adquirido en el exterior.
     
  12. Adjuntar certificación de apoyo expedida por una institución o entidad del orden municipal, departamental, nacional, universidad, organización de la sociedad civil colombiana donde se indique que la propuesta de retribución está enfocada a desarrollar actividades pedagógicas, de divulgación, fortalecimiento de redes artísticas y/o socialización del conocimiento adquirido, entre otras, con una duración mínima de ciento veinte (120) horas prácticas, NO REMUNERADAS (sin contar la preparación de las actividades). Como resultado de esta actividad se debe hacer una presentación pública de acuerdo con las prácticas propias del campo artístico.

NOTA: UNA VEZ SELECCIONADO EL BENEFICIARIO DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO CONDONABLE DE LA ENTIDAD. ESTOS REQUISITOS SE PUEDEN ENCONTRAR EN EL SIGUIENTE ENLACE: https://web.icetex.gov.co/documents/20122/75359/acuerdo-034-del-11-de-octubre-de-2023.pdf


Los documentos mencionados a continuación deben ser cargados en la plataforma que el ICETEX indique al momento de hacer la inscripción a la convocatoria. Si por alguna razón alguno de estos documentos no se encuentra en la revisión realizada por el ICETEX, la postulación será descartada por incumplimiento de requisitos. No habrá posibilidad de hacer subsanación de documentos.

  • PROGRAMA EXPEDIDO POR EL CENTRO DOCENTE: El postulante debe corroborar, por sus propios medios, que el programa al que se presenta se ajusta a lo dispuesto la normatividad nacional vigente en lo relacionado a financiación de estudios en el exterior y convalidación de títulos otorgados en el extranjero. La única entidad competente para convalidar estudios realizados en el exterior es el Ministerio de Educación Nacional, quien tiene establecidos los parámetros y equivalencias a aplicar e incluso conserva la potestad discrecional para determinar si son o no susceptibles de reconocimiento en Colombia. Por lo anterior, previo a la solicitud del crédito condonable el solicitante deberá realizar las verificaciones a que haya lugar sobre este aspecto.
     
  • CERTIFICADO DE ESTUDIOS Y CERTIFICADO DE NOTAS: Los aspirantes a maestría deben presentar el acta de grado y el certificado de notas con el promedio acumulado del pregrado (aplica para programas técnicos en los casos en los que se cumpla con el proceso de admisión a la maestría). Los candidatos a cursos cortos, que estén cursando un programa técnico o de pregrado, deben adjuntar el certificado de notas, con promedio acumulado, el cual demuestre que ha completado más de la mitad de la carrera; así mismo debe presentar el certificado de estar matriculado. No obstante, para cursos cortos no es un requisito contar con certificación de estudios académicos profesionales o técnicos.
     
  • ADMISION DEFINITIVA AL CENTRO DOCENTE: La carta de admisión deberá ser expedida por la institución que avale dicha aceptación y contener un resumen de las condiciones de duración e intensidad horaria del programa.

NOTA: Si la carta está escrita en un idioma diferente a español o inglés, deberá ir acompañada de una traducción al español. Si al momento de dar por finalizada la convocatoria el aspirante no cuenta con la admisión definitiva puede entregar una certificación de la institución donde indique que se encuentra pendiente por ser recibida. La admisión definitiva debe ser enviada como máximo 10 días hábiles después de recibir la notificación de resultados de selección del programa, de lo contrario quedará descartado por incumplimiento de requisitos.

  • CARTA DE RESPALDO INSTITUCIONAL: La carta de respaldo institucional o reconocimiento debe ser emitida por una institución o entidad mediante la cual se reconozca la trayectoria artística del candidato. Este requisito aplica únicamente para las personas que ejerzan función docente.
     
  • CERTIFICADOS SOBRE LA TRAYECTORIA: Adjuntar certificados que le permitan demostrar trayectoria en las disciplinas de las artes estos deben estar firmados por el responsable de la institución que lo certifica.

    Nota: Sera habilitado un espacio para poder cargar un video de presentación para el candidato, en donde pueda demostrar su destreza artística.
     
  • PROYECTO DE RETRIBUCIÓN: Este proyecto dirigido a la sociedad colombiana es requisito para la condonación del crédito por lo cual el candidato debe presentar una propuesta para su desarrollo. Esta propuesta debe incluir como mínimo una descripción de las actividades que se realizarán en las diferentes instituciones colombianas, la población que se beneficiará de estas actividades, los resultados que se esperan lograr y el tiempo de duración que no puede ser mayor a un año. Este proyecto se realizará en 120 horas prácticas (sin contar horas de preparación), puede llevarse a cabo en Colombia o el exterior, siempre que las entidades beneficiarias sean colombianas y trabajen con población colombiana. NO PUEDE RECIBIR REMUNERACIÓN POR SU REALIZACIÓN.
     
  • CERTIFICACIÓN DE AUTORIZACIÓN O AVAL DE LAS INSTITUCIONES PARA REALIZAR EL PROYECTO DE RETRIBUCIÓN: Se debe anexar una sola certificación en donde se autoricen las 120 horas, pero si se realizará la retribución en 2 instituciones diferentes, se deben anexar las dos certificaciones de las entidades y así sucesivamente según el número de instituciones que avalen el proyecto. Las instituciones deben ser colombianas.
     
  • FOTOCOPIA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD.
     
  • HOJA DE VIDA: La hoja de vida debe incluir en detalle, los logros alcanzados en su disciplina artística.
     
  • PRESUPUESTO DESGLOSADO: El presupuesto debe ser factible, detallado y deberá contemplar los pagos de plan de estudios a realizar, pasajes, manutención y/o matrícula, entre otros. En el evento en el que el monto otorgado por el ICETEX no sean suficientes para cubrir la totalidad de los costos anteriormente señalados, el seleccionado debe garantizar que cuenta con recursos propios para sufragar el dinero faltante.
     
  • FOTOCOPIA DEL ACTA DE GRADO Y TÍTULO DE BACHILLER (Si aplica)

Nota: los documentos que hacen parte de los requisitos no son susceptibles de subsanación y la presentación errónea de alguno de ellos, permite al ICETEX descartar la postulación de forma definitiva.


  • Promedio académico (20)*
  • Coherencia entre el perfil del aspirante y el programa a realizar (20)
  • Trayectoria demostrada en las artes (30)
  • Viabilidad financiera (10)
  • Pertinencia de la propuesta de retribución (20)

*NOTA: En caso de aplicar a cursos cortos y no contar con estudios de pregrado el puntaje asociado al promedio académico se distribuirá de la siguiente manera: Se le suma 10 puntos al criterio de trayectoria demostrada en las artes y 10 puntos a la propuesta de retribución.*


  • Postulación de aplicante proveniente de municipio o ciudad no capital o proveniente de zonas de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET (5 puntos adicionales)
  • Docentes de establecimientos educativos públicos (5 puntos adicionales)

El ICETEX realizará un proceso de calificación cuantitativa para poder realizar un primer filtro de las solicitudes según los criterios expuestos anteriormente, asignando una puntuación para cada candidato.

Posteriormente, se realizará la evaluación por expertos en cada disciplina del arte para determinar una segunda calificación que se cotejará con la primera cuantitativa, y así establecer las puntuaciones del listado de beneficiarios.

Los candidatos que hacen parte de la lista de elegibles y hayan sido seleccionados como beneficiarios, deberán contar con un deudor solidario para respaldar financieramente el crédito condonable. En este proceso solo se pedirá evaluación de la calificadora de riesgo de crédito que defina el reglamento de crédito de la entidad, para el codeudor mas no para el estudiante.

Una vez el beneficiario sea notificado, deberá llevar a cabo el proceso de legalización del crédito de acuerdo con la reglamentación vigente. La autorización del giro está sujeta al cumplimiento del proceso de legalización en el ICETEX.

Nota: La aprobación del deudor solidario y la viabilidad de poder adelantar la legalización, es responsabilidad del beneficiario, el ICETEX no puede cambiar de vigencia del crédito condonable.
 


El plazo máximo para desarrollar los programas de estudios, completar la graduación del programa y desarrollar el proyecto de retribución e iniciar el proceso de condonación no podrá superar los 2 años para programas de corta duración y no podrá superar los 4 años para programas de Maestría, una vez cumplido el plazo mencionado el crédito-condonable podrá ser llevado al cobro sobre el 100% del capital más los intereses generados a partir del paso al cobro.

Una vez obtenido el titulo o certificado y realizado el proyecto de retribución, se debe enviar los siguientes documentos y evidencias a los correos condonaciones_jovenestalentos@icetex.gov.co con copia al correo jovenestalentos@icetex.gov.co

  • Carta dirigida al jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales solicitando la condonación de su crédito una vez cumplidos todos los requisitos.
     
  • Diploma o certificado de estudios del programa cursado en el exterior. Certificado de la o las instituciones donde realizó el proyecto de retribución presentado al momento de legalizar su crédito.
     
  • El certificado debe incluir el total de horas realizadas (mínimo 120), las actividades realizadas e información sobre la no remuneración económica por dicho proyecto.
     
  • En caso que la o las instituciones no sean las mismas que las presentadas al iniciar la legalización del crédito, el ICETEX corroborará que se haya informado sobre este cambio antes de iniciar el proceso de retribución y que esta solicitud haya sido aprobado de manera escrita.
     
  • Evidencias del proyecto de retribución (videos, listados de asistencia, fotografías, etc.).
     
  • Informe de experiencia de su proceso de formación académica y estadía en el exterior

El ICETEX podrá evaluar los casos excepcionales de beneficiarios que no hayan condonado bajos las condiciones y plazos anteriormente expuestos y decidir si se le aprueba un nuevo plazo de acuerdo con las condiciones puntuales del caso.

En el evento en que el beneficiario del crédito condonable suspenda sus estudios o no cumpla con los términos de la condonación, sin aprobación del comité del programa, el crédito pasará al cobro de acuerdo con el reglamento de cartera de la entidad y los intereses serán contados a partir del paso al cobro.


  • APLAZAMIENTOS: No se aceptarán aplazamientos anteriores ni posteriores al desembolso del beneficio. Para casos de fuerza mayor, se llevará a consideración del comité del programa y este realizará el análisis del caso y tomará la decisión de aprobar o negar la respectiva solicitud o condicionarla según el caso.
     
  • LEGALIZACIÓN: La legalización del crédito 100% condonable estará sujeta al reglamento de crédito de la entidad, el cual podrá ser consultado en: https://web.icetex.gov.co/creditos/tu-eliges/posgrado.

    Debe tener en cuenta que el valor de la prima de seguros (fondo de invalidez y muerte) se descontará automáticamente del valor del crédito aprobado a desembolsar y que en consecuencia deberá devolverlo en caso de reintegro o recaudo.

    - Aporte al fondo de invalidez y muerte (AFIM): Aporte que deben realizar los beneficiarios para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario del crédito educativo otorgado por o a través del ICETEX, el cual se cobra a todos los créditos educativos y que deberá́ pagarse una vez realizado cada desembolso. Este aporte corresponde a un porcentaje de cada desembolso, según como se determine en cada convocatoria. (Ver Acuerdo 040 del 28 de julio de 2021 o cualquier otra norma o acto administrativo que lo derogue, complemente, adicione, aclare, modifique o sustituya).
     
  • REINTEGRO: En los casos en que el ICETEX realice desembolso al beneficiario por valor mayor al aprobado, o proceda la solicitud de devolución del desembolso por detectarse y comprobarse la adulteración de documentos, o la presentación de información falsa en cualquier momento de la vigencia del crédito, los dineros desembolsados deberán ser reintegrados por el beneficiario al ICETEX dentro de los 15 días hábiles siguientes a su desembolso o la notificación de la entidad de la situación encontrada para que no se causen intereses corrientes.(IPC anual).

    En los casos en que el desembolso se efectué al beneficiario y este no haga uso del valor desembolsado por concepto del crédito educativo JOVENES TALENTOS otorgado, deberá́ reportar la no utilización de recursos y reintegrarlos a ICETEX dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha de desembolso para que no se causen intereses corrientes. (IPC anual).

    Cuando existan dineros que se giraron y no fueron utilizados por el beneficiario por negación de la visa por parte de las autoridades del país en donde se va a cursar el programa académico en el exterior o no se ha obtenido la misma dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al desembolso, este término se constituirá en el mismo plazo que tendrá para hacer la devolución del mismo, sin que se causen intereses corrientes (IPC anual) . La devolución de los recursos deberá́ efectuarse a través del mecanismo establecido por el ICETEX, en consonancia con lo dispuesto en el artículo Art. 27 del Acuerdo 76 de 2021, ““Por el cual se adopta el Reglamento de Recuperación de Cartera del ICETEX” que podrá consultar el siguiente link: https://web.icetex.gov.co/documents/20122/141657/acuerdo-76-del-30-de-diciembre-de-2021.pdf

    Una vez realizado el reintegro enunciado, podrá solicitar el paz y salvo y la devolución de garantías, constituidas dentro del proceso de legalización del crédito en consonancia con lo señalado en el Art. 34 del Acuerdo 034 de 2023 “Por el cual se actualiza, adopta y compila el reglamento de crédito del ICETEX” que establece a texto:

    ARTÍCULO 34. El ICETEX a través de la Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, una vez verificadas las obligaciones que presenten estado cancelado y con saldo cero ($0) o que registren saldo a favor del beneficiario, entregará un documento denominado certificado de paz y salvo dentro de los treinta (30) días calendario del mes siguiente a la fecha del último pago realizado por medio del cual canceló su obligación.

    Así mismo, junto con este documento se informará al beneficiario o su apoderado el trámite necesario para que se solicite la devolución de las garantías, salvo en el caso que el deudor solidario o un tercero; acrediten previamente haber pagado y en consecuencia requieran la devolución de las garantías mediante endoso “sin responsabilidad” para repetir contra el beneficiario.”

     
  • RECAUDO: En los casos, en el que el beneficiario del crédito condonable “Jovenes Talentos”, realice la devolución de los dineros desembolsados, con posterioridad a los términos establecidos para su reintegro conforme a lo explicado en Ítem de reintegros, dichos recursos ingresaran bajo el concepto de recaudo.

    Lo anterior quiere decir, que cuando el ICETEX advierta o conozca de cualquier de las situaciones enunciadas en el Ítem de Reintegros, por la cual no se agote la etapa de estudios:

    Etapa de estudios: Periodo que inicia desde el momento en el cual se adjudica el crédito y permanece durante el tiempo en el cual el beneficiario se encuentre cursando un programa académico en una institución académica nacional o extranjera, el ICETEX dará paso al cobro de la obligación.

    Traslado al cobro: Momento en que se inicia el periodo de amortización por la ocurrencia de una de las causales de terminación de los desembolsos o por la solicitud del beneficiario.

    A partir de lo cual, señor beneficiario, es preciso tenga presente que operara la liquidación de crédito, dando inicio al periodo de amortización que consiste en que el saldo del capital girado, se le calculara el IPC ANUAL(los intereses causados en la etapa de estudios) en el periodo de gracia (si lo hubo), y demás valores adeudados y al momento de pasar al periodo de amortización, conformaran el nuevo capital a pagar por el beneficiario, y sobre este se liquidaran los intereses durante el periodo de amortización conforme a lo establecido para la línea de crédito exterior, en el reglamento de crédito de la entidad.

    Una vez pagado totalmente el crédito liquidado, podrá solicitar el paz y salvo y la devolución de garantías, constituidas dentro del proceso de legalización del crédito en consonancia con lo señalado en el Art. 34 del Acuerdo 034 de 2023 “Por el cual se actualiza, adopta y compila el reglamento de crédito del ICETEX.