
Convocatoria Poder Pedagógico Popular: Territorialización de la Formación Avanzada, Cohorte 2026-1

Descripción del fondo
El Ministerio de Educación Nacional y el ICETEX invitan a los docentes del sector oficial a participar en la convocatoria "Poder Pedagógico Popular: Territorialización de la Formación Avanzada, Maestrías Cohorte 2026-1", diseñada para apoyar el desarrollo profesional docente a través de créditos educativos condonables.
La presente convocatoria es cerrada con participación exclusiva de las siguientes 46 entidades territoriales certificadas:
| Entidad Territorial Certificada (ETC) |
|---|
| 1. Secretaría de Educación Departamental de Amazonas |
| 2. Secretaría de Educación Departamental de Antioquia |
| 3. Secretaría de Educación Municipal de Apartadó |
| 4. Secretaría de Educación Departamental de Arauca |
| 5. Secretaría de Educación Departamental de Atlántico |
| 6. Secretaría de Educación Departamental de Bolívar |
| 7. Secretaría de Educación Departamental de Boyacá |
| 8. Secretaría de Educación Distrital de Buenaventura |
| 9. Secretaría de Educación Departamental de Caldas |
| 10. Secretaría de Educación Departamental de Caquetá |
| 11. Secretaría de Educación Departamental de Casanare |
| 12. Secretaría de Educación Departamental de Cauca |
| 13. Secretaría de Educación Departamental de Cesar |
| 14. Secretaría de Educación Municipal de Chía |
| 15. Secretaría de Educación Departamental de Chocó |
| 16. Secretaría de Educación Municipal de Ciénaga |
| 17. Secretaría de Educación Departamental de Córdoba |
| 18. Secretaría de Educación Departamental de Cundinamarca |
| 19. Secretaría de Educación Municipal de Facatativá |
| 20. Secretaría de Educación Municipal de Guadalajara de Buga |
| 21. Secretaría de Educación Departamental de Guainía |
| 22. Secretaría de Educación Departamental de Guaviare |
| 23. Secretaría de Educación Departamental de Huila |
| 24. Secretaría de Educación Municipal de Ibagué |
| 25. Secretaría de Educación Municipal de Lorica |
| 26. Secretaría de Educación Departamental de Magdalena |
| 27. Secretaría de Educación Municipal de Malambo |
| 28. Secretaría de Educación Departamental de Meta |
| 29. Secretaría de Educación Departamental de Nariño |
| 30. Secretaría de Educación Departamental de Norte de Santander |
| 31. Secretaría de Educación Municipal de Pitalito |
| 32. Secretaría de Educación Departamental de Putumayo |
| 33. Secretaría de Educación Municipal de Quibdó |
| 34. Secretaría de Educación Municipal de Rionegro |
| 35. Secretaría de Educación Departamental de Risaralda |
| 36. Secretaría de Educación Departamental de San Andrés y Providencia |
| 37. Secretaría de Educación Distrital de Santa Marta |
| 38. Secretaría de Educación Departamental de Santander |
| 39. Secretaría de Educación Departamental de Sucre |
| 40. Secretaría de Educación Departamental de Tolima |
| 41. Secretaría de Educación Municipal de Tumaco |
| 42. Secretaría de Educación Municipal de Turbo |
| 43. Secretaría de Educación Departamental de Valle del Cauca |
| 44. Secretaría de Educación Municipal de Valledupar |
| 45. Secretaría de Educación Departamental de Vaupés |
| 46. Secretaría de Educación Departamental de Vichada |
Información para tu fondo
Otorgar créditos educativos para el FONDO DE FORMACIÓN EN PROGRAMAS DE PREGRADO Y POSGRADO (MEN/ICETEX No. 261 DE 2019), el cual cubre el 70% del valor total de la matrícula ordinaria de cada semestre académico regular y para los docentes Etnoeducadores, el Fondo financia el 85% del valor total de la matrícula ordinaria de cada semestre académico regular, en el nivel de maestría únicamente.
Los destinatarios de los créditos condonables, que se otorgarán en el marco de este fondo son educadores en servicio del sector oficial (docentes y directivos docentes**), que se desempeñen en establecimientos educativos oficiales del país, cumplan con los requisitos mínimos y con los criterios de selección de esta convocatoria.
¡Importante!
NOTA 1: Según el Reglamento Operativo del Fondo, ARTÍCULO 3. – DESCRIPCIÓN DE LOS DESTINATARIOS DEL FONDO, con base en lo establecido en el Artículo 126 de la Ley 115 de 1994, se definen las siguientes dos categorías de destinatarios del Fondo:
- Docente: esta categoría hace referencia a docentes de aula, docente con funciones de orientador, docente con funciones de apoyo y docente tutor.
- Directivo Docente: esta categoría hace referencia a los coordinadores, rectores y director rural.
Programas financiados
Consultar la información de la presente convocatoria donde puede revisar el detalle de la oferta de programas de maestría. Recuerde que sólo puede inscribirse en uno de los programas de formación allí relacionados.
Rubros financiados
De acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 5. - CUBRIMIENTO DE LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS del reglamento operativo del fondo MEN/ICETEX No. 261/2019, para la presente convocatoria los créditos educativos condonables otorgados, cubren las siguientes modalidades de acuerdo con la oferta de la universidad:
Matrícula de periodos académicos regulares:
70% del valor total de la matrícula ordinaria, por periodo académico (semestral o anual) según la periodicidad y duración del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes no etnoeducadores de la entidad territorial.
85% del valor total de la matrícula ordinaria, por periodo académico (semestral o anual) según la periodicidad y duración del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes de la entidad territorial en calidad de Etnoeducadores.
Matrícula de créditos académicos de estudio:
70% del costo de los créditos académicos a cursar, según la organización de unidades de aprendizaje establecidas en el plan de estudios del programa ofertado, sin exceder el número de créditos académicos, ni de periodos del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes no etnoeducadores de la entidad territorial.
85% del costo de los créditos académicos a cursar, según la organización de unidades de aprendizaje establecidas en el plan de estudios del programa ofertado, sin exceder el número de créditos académicos, ni de periodos del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES) para docentes de la entidad territorial en calidad de Etnoeducadores
Reconocimiento de créditos académicos homologables:
100% del costo de homologación, fijado en $134.000 pesos colombianos por crédito académico homologado, única y exclusivamente para los programas que cobran por este concepto en el marco de esta convocatoria.
¡Importante!
NOTA 1
Este reconocimiento de créditos académicos homologables, se realizará una sola vez y la Universidad debe enviar el soporte indicando los docentes que cumplen con los parámetros de la homologación y según las siguientes condiciones:
La solicitud, por parte del aspirante, de homologación a las IES y presentación de certificaciones de estudios previamente desarrollados.
El cumplimiento, por parte del aspirante, de los requisitos y condiciones establecidas por las IES en el marco de su reglamentación.
Esta financiación no aplica para los aspirantes en la categoría de “Estudiantes de posgrado” indicada en el numeral 2.
NOTA 2
El financiamiento cubre solamente uno (1) de los programas de maestría ofertados en esta convocatoria, desde cualquier semestre o año, por el número de periodos o créditos académicos regulares necesarios para completar el programa, según su Registro Calificado y de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
El beneficio no es retroactivo. Inicia exclusivamente tras la legalización del crédito por el aspirante ante la Institución de Educación Superior y el ICETEX. La legalización no puede aplazarse, debe realizarse en el mismo semestre que es adjudicado por la Junta Administradora del Fondo.
Para los aspirantes en la categoría de “Estudiantes de posgrado”, el monto del crédito educativo se ajustará cubriendo únicamente los periodos pendientes o los créditos académicos por cursar hasta la culminación del programa, sin exceder el número de periodos o créditos académicos regulares establecidos en el Registro Calificado del programa.
NOTA 3
El crédito educativo condonable NO cubre:
Matrículas extemporáneas o extraordinarias
Pagos de periodos o créditos académicos en curso o ya cursados
Periodos o créditos académicos reprobados
Inscripciones, habilitaciones, certificaciones, constancias
Derechos de grado
Demás gastos académicos administrativos
Los aspirantes a ser beneficiarios del crédito educativo condonable deben cumplir con todos y cada uno de los siguientes requisitos:
- Ser educador en servicio (Directivo docente o Docente), con nombramiento en propiedad y desempeñarse en un establecimiento educativo oficial.
- Contar con la aprobación del estudio crediticio. Para ello, el aspirante debe diligenciar el formulario que estará disponible para este fin, ingresando la información del solicitante y del codeudor para el estudio correspondiente. Posteriormente, deberá realizar el pago para el estudio crediticio. En este fondo, el educador puede actuar como su propio deudor solidario. (Ver Numeral 6. Proceso de Inscripción).
- Inscribirse a través de la página web del ICETEX dentro de los plazos, términos y condiciones señalados y diligenciar el formulario de solicitud de crédito.
- Contar con la admisión en la universidad, al programa de formación según los requisitos establecidos en la presente convocatoria y de acuerdo con las condiciones y plazos que las Instituciones de Educación Superior (IES) participantes dispongan para tal efecto.
- Para los aspirantes a la presente convocatoria, en la línea de “créditos académicos de estudio”, en la categoría indicada en el numeral 2 como “Aspirantes a estudios de posgrado”, solicitar ante el programa de maestría para el cual fue admitido, la homologación de créditos académicos de acuerdo con los requisitos que establezca la respectiva Institución de Educación Superior (IES).
- Contar con la adjudicación del crédito educativo aprobado por la Junta Administradora del Fondo.
- Obtener el concepto jurídico viable para el crédito educativo adjudicado, según el plazo para la legalización establecido en el calendario de la presente convocatoria, trámite que culmina con la firma de garantías ante el ICETEX.
- NO contar con título de maestría o superior.
- NO tener un crédito educativo condonable con el ICETEX, para la financiación de programas de pregrado o posgrado: activo, en etapa de estudios, en estado suspendido, en etapa de amortización, en etapa de condonación o de paso al cobro.
- NO encontrarse en comisión, excepto los tutores del “Programa de Tutorías para el Aprendizaje y la Formación Integral - PTAFI”.
- Comprometerse con aplicar los conocimientos y competencias adquiridos durante su proceso de formación en el mejoramiento de la calidad educativa de la institución donde se desempeña, ya sea como docente o directivo. Esto incluye el diseño e implementación de estrategias pedagógicas, curriculares o de gestión escolar que impacten positivamente en los procesos de enseñanza-aprendizaje, contribuyendo directamente al Proyecto Educativo Institucional.
Requisitos del Codeudor
- Por parte del deudor solidario del educador beneficiario del crédito:
- Una (1) copia del documento de identidad ampliado al 150% (Adjuntar en PDF).
- Aprobación del estudio crediticio.
- Constancia laboral del codeudor con fecha de expedición no mayor a 60 días. En caso de ser dependiente (Adjuntar en PDF).
- Si es trabajador independiente: Certificación de Ingresos expedida por la persona competente, si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador (Adjuntar en PDF).
Apertura: 15 de diciembre de 2025
Cierre: 30 de enero de 2026
Número de cupos: 2473
Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante
Los requisitos PARA SER BENEFICIARIOS DEL CRÉDITO EDUCATIVO DE LA CONVOCATORIA 2026-1 se deben certificar durante el periodo de inscripción a la convocatoria, según fechas definidas en el cronograma y mediante los siguientes documentos e información a registrar en el Formulario de Solicitud de Crédito:
Selección del programa de formación
- Leer detenidamente el texto de la convocatoria y el Reglamento Operativo del Fondo.
- Consultar la información relacionada a la presente convocatoria donde puede revisar el detalle de la oferta de especializaciones. Recuerde que solo se puede inscribir en uno de los programas de formación allí relacionados.
- Contactar a la Institución de Educación Superior -IES- que ofrecen la maestría de su interés para conocer las características de ésta, los requisitos, costos y plazos (cronograma) del proceso de admisión, así como el número máximo de solicitudes de admisión que la IES está en capacidad de recibir en el marco de esta Convocatoria.
- Revisar que la sede (municipio o ciudad donde se oferta la maestría), jornadas, horarios y metodología (presencial, distancia o virtual) le permita cumplir con las obligaciones académicas y la asistencia al proceso de formación.
- El beneficiario del Fondo asume sus gastos de desplazamiento hacia el lugar donde la IES prestan el servicio educativo y de conectividad para asistir a los espacios académicos desarrollados a través de herramientas virtuales.
- Programar las actividades que requiere para cumplir con todos los requisitos de la Convocatoria de acuerdo con el calendario y las etapas que aquí se determinan. No deje para último momento acciones como adelantar el proceso de admisión ante la IES o iniciar el proceso de inscripción ante el ICETEX.
- Tramitar con suficiente tiempo los documentos que se requieren para la inscripción y la legalización del crédito, por ejemplo, la certificación laboral de la Secretaría de Educación.
- Diligenciar toda la información y cargar todos los documentos que se solicitan durante el proceso. Por favor consulte el INSTRUCTIVO PASO A PASO para la inscripción a la presente Convocatoria.
- Resolver sus dudas utilizando los canales de información y asesoría que dispone la Convocatoria.
- Estar atento a la publicación del resultado de su solicitud de crédito educativo, si es aprobada debe tramitar la legalización del crédito educativo de inmediato. De no ser aprobada su solicitud y si lo considera, puede consultar el motivo a través de los canales de información y asesoría que dispone la Convocatoria.
- Certificación expedida por la Secretaría de Educación de la Entidad Territorial Certificada sobre la vinculación como educador o etnoeducador, según corresponda.
- Para el caso de los aspirantes a la modalidad de financiación numeral 2.2 Matrícula de créditos académicos de estudio, adjuntar certificación expedida por la IES, en la que contenga el número de créditos a homologar y el número de créditos académicos de estudio, así como el valor diferenciado por homologados y de estudio.
- Orden o recibo de pago, expedida por la IES.
- Copia de Documento de Identidad legible por ambas caras.
- Formulario de Solicitud del ICETEX.
- Copia de Documento de Identidad del deudor solidario.
- Constancia laboral del codeudor con fecha de expedición no mayor a 60 días, en caso de ser dependiente.
- Si es trabajador independiente: Certificación de Ingresos expedida por la persona competente, si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.
Verificación de requisitos mínimos de los aspirantes.
Una vez finaliza el plazo para la inscripción de docentes aspirantes a la presente convocatoria, el Comité Técnico del Fondo 261 de 2019 verifica el cumplimiento de la totalidad de requisito mínimos para cada solicitud. El Comité Técnico realiza dicho procedimiento siguiendo lo establecido en el Reglamento Operativo del Fondo, en el ARTÍCULO 20. - SELECCIÓN DE POTENCIALES BENEFICIARIOS.
NOTA 26: La presente convocatoria no conformará un banco de candidatos elegibles, ni listas de espera. Los aspirantes que no sean seleccionados para conformar las cohortes de la convocatoria podrán presentarse para las próximas convocatorias que abra el Fondo.
Priorización de potenciales beneficiarios
La adjudicación de créditos educativos condonables a los aspirantes que hayan cumplido los requisitos mínimos señalados en Numeral 5. REQUISITOS PARA ASPIRAR AL CRÉDITO EDUCATIVO de la presente convocatoria, se priorizará de acuerdo con los siguientes criterios:
A. Vinculación como educador en servicio de un establecimiento educativo focalizado por el MEN. (Ver Anexo_2 Establecimientos Educativos Focalizados)
De acuerdo con el índice de focalización desarrollado por el MEN, 8.156 establecimientos educativos oficiales del país fueron priorizados según los siguientes criterios:
- Ubicación del establecimiento educativo en lo rural y rural disperso
- Nivel de formación de los maestros y maestras
- Desempeño de los establecimientos educativos en pruebas Saber 11 2022
- Ubicación en municipios PDET (Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial).
La calificación obtenida en este índice organiza de mayor a menor prioridad los establecimientos de cada Entidad Territorial Certificada del país.
B. Número de cupos ofrecidos por las IES para el programa al cual se inscribe el aspirante y recursos disponibles del MEN para la adjudicación de créditos educativos en esta convocatoria. La cohorte de beneficiarios se conforma dando prioridad a las siguientes condiciones:
- Etnoeducadores: para los aspirantes que se postulen como Etnoeducadores, el Ministerio de Educación Nacional verifica su vinculación a la Entidad Territorial en calidad de Etnoeducador con base en la información que reporten las Secretarías de Educación a la cual pertenezca el aspirante.
- Estudiante activo: estar cursando uno de los programas de maestría o doctorado de la oferta de la presente convocatoria) de acuerdo con la información que las Instituciones de Educación Superior reporten en la etapa de verificación de requisitos de participación.
- Población registrada como víctima del conflicto armado y la población en condición de discapacidad; información que el aspirante puede diligenciar en el formulario de inscripción a crédito educativo de la página web de la convocatoria.
¡Importante!
En caso de empate para la asignación del crédito, se dirime según el primero en fecha y hora de inscripción en el formulario, verificado por ICETEX.
- Nota: La presente convocatoria no conformará un banco de candidatos elegibles, ni listas de espera. Los aspirantes que no sean aprobados para la adjudicación podrán presentarse para las próximas convocatorias que abra el Fondo.
- Nota: Aspirantes que se presentaron a la convocatoria y no fueron seleccionados, podrán aplicar a nuevas convocatorias.
Publicación de los resultados
04 de marzo de 2026
| Periodo 2026-1 | ||
|---|---|---|
| Actividad | Concepto | Fechas a ejecutar |
| 1 | Envío enlace de inscripción a aspirantes | 15 de diciembre de 2025 |
| 2 | Inscripción de aspirantes | 15 de diciembre de 2025 al 30 de enero de 2026 |
| 3 | Cargue de documentos ante ICETEX – portal web | 15 de diciembre de 2025 al 6 de febrero de 2026 |
| 4 | Subsanación documental* | 15 de diciembre de 2025 al 13 de febrero de 2026 |
| 5 | Verificación de requisitos | 23 al 27 de febrero de 2026 |
| 6 | Publicación de resultados de adjudicación | 4 de marzo de 2026 |
| 7 | Legalización por parte de las IES | 4 al 18 de marzo de 2026 |
| 8 | Firma de garantías | 5 de marzo al 6 de abril de 2026 |
N/A
El proceso de legalización es la entrega de la documentación únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.
Paso 1: Reunir toda la documentación solicitada
Paso 2: Realizar el cargue de los soportes (en PDF) indicado mediante correo electronico ofrecido a los potenciales beneficiarios del fondo remitido por el ICETEX.
Paso 3: Estar atentos a la aprobación de soportes.
Paso 4: Una vez aprobado el proceso de legalización, el beneficiario deberá realizar la firma de garantías. Dicho documento se remitirá al correo electrónico registrado por el aspirante aprobado.
Los seleccionados recibirán a través de correo electrónico administrador@pagares.bvc.com.co, las instrucciones para la firma electrónica del pagaré y carta de instrucciones que respaldará el crédito condonable.
Plazo de entrega de entrega de los documentos
Según calendario establecido por el Ministerio de Educación Nacional
Documentos requeridos
- Certificación expedida por la Secretaría de Educación de la Entidad Territorial Certificada sobre la vinculación como educador o etnoeducador, según corresponda.
- Para el caso de los aspirantes a la modalidad de financiación numeral 2.2 Matrícula de créditos académicos de estudio, adjuntar certificación expedida por la IES, en la que contenga el número de créditos a homologar y el número de créditos académicos de estudio, así como el valor diferenciado por homologados y de estudio.
- Orden o recibo de pago, expedida por la IES.
- Copia de Documento de Identidad legible por ambas caras.
- Formulario de Solicitud del ICETEX.
- Copia de Documento de Identidad del deudor solidario.
- Constancia laboral del codeudor con fecha de expedición no mayor a 60 días, en caso de ser dependiente.
- Si es trabajador independiente: Certificación de Ingresos expedida por la persona competente, si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador.
Sobre las garantías
La obligación del proceso de firma de garantias es aplicable en el evento en que el beneficiario no cumpla con los requisitos establecidos para la condonación del Fondo Formacion pregrado y posgrado para educadores del sector oficial, relacionado en el Reglamento Operativo del fondo.
Las Garantias se componen de:
- El Pagaré con espacios en blanco: La suscripción del pagaré implica la firma del mismo por parte del beneficiario y la impresión de las huellas dactilares. No requiere reconocimiento de firma ante Notario Público.
- Carta de instrucciones: En la cual el beneficiario expresa conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el ICETEX y lo autoriza para llenar los espacios en blanco del pagaré que se suscriba a favor de este. No requiere reconocimiento de firma ante el notario.
Parámetros de la entrega
Los documentos deben estar debidamente diligenciados y ser totalmente legibles, sin enmendaduras, tachaduras, anotaciones o subrayados.
No aplica.
| Periodo 2025-2 | ||
|---|---|---|
| Actividad | Concepto | Fechas a ejecutar |
| 1 | Legalización por parte de las IES | 4 al 18 de marzo de 2026 |
No aplica.
El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para su posterior renovación.
Para llevar a cabo el proceso de renovación, dependiendo del cubrimiento para el cual se adjudicó el crédito educativo, de acuerdo con el calendario de la IES y el respectivo plan de estudios del programa, debe realizar los siguientes pasos:
El proceso de renovación contempla las siguientes acciones:
- Actualizar su información a través de la página web que le indique el ICETEX, de acuerdo con las especificaciones, periodicidad y oportunidad que éste defina.
- Entregar los siguientes documentos a la dependencia de la IES encargada de continuar el proceso de renovación de crédito ante ICETEX:
- Formato web de actualización de datos ante ICETEX diligenciado, en original firmado, para el periodo académico a renovar.
- Orden o recibo de matrícula expedida por la Institución de Educación Superior (IES) donde conste el nombre, la identificación, el programa y el valor según el cubrimiento solicitado: matrícula de periodos académicos o matrícula de créditos académicos de estudio.
- Certificación laboral expedida por la Secretaría de Educación a la que está adscrito donde conste su vinculación a la misma en calidad de docente o directivo en propiedad. La certificación no podrá tener una antigüedad mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de su expedición
El ICETEX realiza las siguientes actuaciones:
- El ICETEX verifica el estado de RENOVACION IES, de los beneficiarios.
- Realizar las actuaciones necesarias para hacer los desembolsos por concepto de matrícula a favor de las respectivas Instituciones de Educación Superior (IES).
- Entregar al Ministerio de Educación Nacional un reporte sobre las renovaciones efectuadas, relacionando los beneficiarios con renovaciones y los que no hayan sido renovados
Lugar de entrega de los documentos
Institución de Educacion Superior
Plazo de entrega de entrega de los documentos
Según calendario establecido por el Ministerio de Educación Nacional
Documentos requeridos
- Formato de actualización de datos debidamente diligenciado.
- Recibo y/u orden de matricula donde se observe el promedio acumulado y semestral.
- Certificación laboral expedida por la Secretaría de Educación a la que está adscrito o de la rectoría de la institución educativa oficial donde se desempeña en la que conste su vinculación a la misma en calidad de docente o directivo en propiedad. La certificación no podrá tener una antigüedad mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de su expedición
El crédito debe renovarse cada semestre previo cumplimiento de los requisitos.
El beneficiario no necesita de INTERMEDIARIOS para acceder a la información y servicios del ICETEX.
Los servicios del ICETEX no tienen ningún costo, SON GRATUITOS. Ante la actitud de terceros al solicitarle dinero por ser beneficiario del Fondo, por favor DENUNCIE ante las autoridades competentes.
| Periodo 2026-1 | ||
|---|---|---|
| Actividad | Concepto | Fechas a ejecutar |
| 1 | Renovación | 10 de diciembre de 2025 al 30 de mayo de 2026 |
No aplica
El ICETEX, después de culminado el proceso de legalización renovación de cada uno de los semestres, se ejecutará los desembolsos, de acuerdo con los paramentros establecidos en el reglamento operativo del fondo.
Este giro se realizara unicamente a la Institución de Educación Superior.
Monto del desembolso
¿Cuándo se realizan los desembolos?
Una vez culminado el proceso de legalización y renovacion el ICETEX realiza los desembolsos de los créditos adjudicados y renovados, de acuerdo con el listado de beneficiarios y valores indicados por las IES.
¿Cuando se realizan los desembolso?
El ICETEX realiza los desembolsos de los créditos educativos para las renovaciones de cada período académico, de acuerdo con lo previsto en este reglamento, para lo cual no requiere indicaciones por parte del Ministerio de Educación Nacional ni de la Junta Administradora.
Matrícula: el destino de giro es a la IES.
¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario?
De acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO 5. - CUBRIMIENTO DE LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS del reglamento operativo del fondo MEN/ICETEX No. 261/2019, para la presente convocatoria los créditos educativos condonables otorgados, cubren las siguientes modalidades de acuerdo con la oferta de la universidad:
Matrícula de periodos académicos regulares:
70% del valor total de la matrícula ordinaria, por periodo académico (semestral o anual) según la periodicidad y duración del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes no etnoeducadores de la entidad territorial.
85% del valor total de la matrícula ordinaria, por periodo académico (semestral o anual) según la periodicidad y duración del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes de la entidad territorial en calidad de Etnoeducadores.
Matrícula de créditos académicos de estudio:
70% del costo de los créditos académicos a cursar, según la organización de unidades de aprendizaje establecidas en el plan de estudios del programa ofertado, sin exceder el número de créditos académicos, ni de periodos del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES), para docentes no etnoeducadores de la entidad territorial.
85% del costo de los créditos académicos a cursar, según la organización de unidades de aprendizaje establecidas en el plan de estudios del programa ofertado, sin exceder el número de créditos académicos, ni de periodos del programa que se registra en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES) para docentes de la entidad territorial en calidad de Etnoeducadores
Reconocimiento de créditos académicos homologables:
100% del costo de homologación, fijado en $134.000 pesos colombianos por crédito académico homologado, única y exclusivamente para los programas que cobran por este concepto en el marco de esta convocatoria.
¡Importante!
Nota 1: Este reconocimiento de créditos académicos homologables, se realizará una sola vez y la Universidad debe enviar el soporte indicando los docentes que cumplen con los parámetros de la homologación y según las siguientes condiciones:
La solicitud, por parte del aspirante, de homologación a las IES y presentación de certificaciones de estudios previamente desarrollados.
El cumplimiento, por parte del aspirante, de los requisitos y condiciones establecidas por las IES en el marco de su reglamentación.
Esta financiación no aplica para los aspirantes en la categoría de “Estudiantes de posgrado” indicada en el numeral 2.
Nota 2:
El financiamiento cubre solamente uno (1) de los programas de maestría ofertados en esta convocatoria, desde cualquier semestre o año, por el número de periodos o créditos académicos regulares necesarios para completar el programa, según su Registro Calificado y de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente convocatoria.
El beneficio no es retroactivo. Inicia exclusivamente tras la legalización del crédito por el aspirante ante la Institución de Educación Superior y el ICETEX. La legalización no puede aplazarse, debe realizarse en el mismo semestre que es adjudicado por la Junta Administradora del Fondo.
Para los aspirantes en la categoría de “Estudiantes de posgrado”, el monto del crédito educativo se ajustará cubriendo únicamente los periodos pendientes o los créditos académicos por cursar hasta la culminación del programa, sin exceder el número de periodos o créditos académicos regulares establecidos en el Registro Calificado del programa.
Nota 3: El crédito educativo condonable NO cubre:
Matrículas extemporáneas o extraordinarias
Pagos de periodos o créditos académicos en curso o ya cursados
Periodos o créditos académicos reprobados
Inscripciones, habilitaciones, certificaciones, constancias
Derechos de grado
Demás gastos académicos administrativos
A todos los créditos que se otorguen con cargo a este fondo se les suma el dos por ciento (2%) sobre los valores aprobados, por concepto de prima de seguro para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.
Causales de suspensión temporal
Procederá la suspensión temporal de los desembolsos cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:
- Suspensión o retiro temporal del programa de estudios por voluntad propia del beneficiario, máximo por dos períodos académicos debidamente justificado.
- Por expresa voluntad del beneficiario.
- Cierre temporal del programa académico y/o de la institución de educación superior.
Causales de suspensión definitiva
Procederá la suspensión definitiva de los desembolsos cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:
- Suspensión o abandono del programa de estudios por más de dos periodos académicos.
- Adulteración de documentos o presentar información falsa.
- Cambio de programa académico o de institución de educación superior sin autorización de la Junta Administradora.
- Manifestación expresa y voluntaria del beneficiario.
- Incumplimiento de cualquiera de los deberes, previstos para los beneficiarios.
- Finalización de los estudios del programa académico, de acuerdo con la duración prevista por la respectiva institución de educación superior para el cual se otorgó el crédito educativo.
- Cierre definitivo del programa o de la institución de educación superior, que le impida culminar el programa y el logro del título académico. Tal evento deberá ser informado por el beneficiario al ICETEX, dentro de los siguientes veinte (20) días hábiles, contados a partir de la ocurrencia del hecho.
- Muerte o invalidez física o mental total y permanente que le impida al beneficiario la realización de los estudios.
Información importante
La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos deberá ser autorizada por la Junta Administradora y tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata de la obligación la cual incluye el 100% del valor del crédito desembolsado más los intereses generados, y de las garantías, excepto cuando ocurran las causales de los literales f), g) y h).
El ICETEX realizará las actuaciones correspondientes para ejecutar el cobro de la obligación o hacer efectivas las garantías, frente a los casos con declaración de suspensión definitiva. Tales actuaciones deberán ser comunicadas y/o notificadas por el ICETEX al beneficiario, incluyendo un plan de pagos sin incurrir en capitalización de intereses.
No aplica.
En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.
La condonación de los créditos solamente podrá ser autorizada por la Junta Administradora mediante Acta de reunión que relaciona cada uno de los beneficiarios y el valor a condonar, a partir de la verificación realizada por el ICETEX del cumplimiento de los requisitos para la condonación del crédito educativo establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo, según el nivel de formación (maestría).
El ICETEX, mediante acto administrativo, formalizará la condonación de los créditos, con fundamento en el Acta de la Junta Administradora.
Plazo de entrega de los documentos
El beneficiario debe entregar al ICETEX, dentro de los siguientes seis (6) meses contados a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos para solicitar la condonación del crédito educativo.
Lugar de entrega de los documentos
Los documentos deberán enviarse a través de los Canales Digitales - Icetex.
Documentos requeridos para el proceso de condonación
Los beneficiarios de créditos educativos adjudicados para cursar los niveles de maestría y doctorado deben entregar al ICETEX los siguientes documentos:
- Una copia del acta de grado o del diploma del título académico obtenido en el programa de formación financiado a través del crédito educativo condonable.
- Una certificación laboral expedida por la Secretaría de Educación a la cual se encuentre vinculado como educador del sector oficial.
- Una certificación del rector del establecimiento educativo oficial donde se desarrolló el trabajo de grado y en la que conste:
a. Que el proyecto de grado resolvió o abordó una problemática del ámbito escolar de un establecimiento educativo oficial.
b. El desarrollo de una o varias reuniones de socialización con la comunidad educativa para dar a conocer el diagnóstico, objetivos, metodología, avances y resultados del proyecto de grado
Los rectores deben entregar al ICETEX los siguientes documentos:
- Certificación expedida por el Comité Académico o el Comité Directivo de la Institución Educativa donde desarrolló la propuesta.
- Una certificación expedida por la Secretaría de Educación en la que conste su vinculación como educador del sector oficial y el tipo de nombramiento.
PARÁGRAFO: Las certificaciones expedidas por el rector o el consejo directivo de la institución educativa pueden tener la fecha en la que fueron expedidas. Las certificaciones expedidas por las entidades territoriales no pueden tener una antigüedad mayor a sesenta (60) días calendario, contados a partir de su expedición al momento de solicitar el trámite de condonación ante el ICETEX.
No aplica
No aplica