Listado de fondos en administación

Fondo ATENEA Técnica y Tecnológica

Estudio   Técnico Profesional y Tecnológico
Estudiar en   Bogotá
Para población   Egresados del Sistema Educativo Oficial de Bogotá
Estado   Cerrada
Constituyente   ATENEA

Fondo SED Técnica y Tecnológica

Descripción del fondo

El fondo constituido por la Agencia ATENEA financiara para la convocatoria 2025-2 en la modalidad de subsidio educativo, los rubros de matrícula por cada periodo académico hasta por tres y medio (3,5) SMMLV y sostenimiento hasta por un (1) SMMLV por beneficiario por semestre.

* Este Fondo fue creado mediante Convenio 1619 del 28 de junio de 2011.


Subsidios educativos que financiaran hasta tres punto cinco (3.5) SMMLV para matrícula y un (1) SMMLV por semestre académico para sostenimiento.


Podrán aspirar a los subsidios educativos que se otorgarán en el marco de esta convocatoria del FONDO ATENEA T y T, los egresados del Sistema Educativo oficial distrital de Bogotá (colegios oficiales distritales, en concesión o en convenio con la Secretaría de Educación Distrital), que, habiendo presentado la prueba SABER 11 (antes ICFES), se inscriban a la convocatoria en las fechas establecidas por la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – “ATENEA”, para acceder a un programa académico presencial, virtual, o a distancia en los niveles de técnico-profesional o tecnológico.


A través de este fondo, se otorga financiación para los siguientes rubros:

a. Costo de matrícula

El valor de la Matrícula Ordinaria por cada periodo académico será hasta por 3,5 SMMLV, que se girará directamente a la Institución de Educación Superior en modalidad subsidiada.

b. Recurso de sostenimiento

El recurso de sostenimiento será hasta por 1 SMMLV, el cual se transfiere cada semestre a la cuenta bancaria registrada por el estudiante ante el ICETEX, la cual deberá estar a su título personal. En ningún caso se girará a un tercero.

El giro de los recursos de matrícula y sostenimiento está condicionado al proceso de renovación de cada periodo académico y al cumplimiento de requisitos del estudiante en el marco de la “Autonomía Universitaria”.


Los aspirantes al Fondo deberán cumplir con todos los requisitos mínimos que se relacionan a continuación:
Los aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadano(a) colombiano(a)
  2. Pertenecer al estrato socioeconómico 1, 2 o 3.
  3. Ser bachiller egresado de un colegio oficial distrital (colegios oficiales distritales, en concesión o en convenio con la Secretaría de Educación Distrital) ubicado en Bogotá y autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito y haber presentado en Bogotá la prueba de validación que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación ICFES.
  4. Haber presentado la prueba Saber 11° o pruebas ICFES en Bogotá.
  5. Tener hasta 28 años al cierre de la etapa de verificación documental de la presente convocatoria.
  6. Estar admitido o en proceso de admisión en la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de técnico profesional o tecnólogo.
  7. Si en el último año a partir del cierre de la de la etapa de verificación documental de la presente convocatoria, el aspirante se encontraba cursando un programa técnico profesional, podrá participar, previa validación de la Agencia Atenea, de haber finalizado su formación. Este requisito no aplica para los egresados o estudiantes del SENA que hayan finalizado su etapa lectiva y se encuentren en la etapa productiva.
  8. No encontrarse cursando un programa de nivel universitario en el último año a partir del cierre de la etapa de verificación documental de la presente convocatoria.
  9. No ser egresado(a) de un programa de educación superior en el nivel profesional universitario.
  10. Inscribirse a la convocatoria a través de los enlaces definidos y en las fechas que para su realización se estipulen.
  11. No haber sido beneficiario(a) del Programa “Jóvenes a la E” (antes Jóvenes a la U) en sus convocatorias previas, o de otras estrategias que adelanten Atenea o la Secretaría de Educación del Distrito para el acceso y la permanencia en educación superior, a saber: Fondo Educación Superior para Todos (FEST), Fondo Alianza Ciudad Educadora, Fondo para la Reparación de las Víctimas del Conflicto Armado, Fondo Ciudad Bolívar, Fondo Técnica y Tecnológica, Fondo Universidades Públicas (Universidad Nacional de Colombia, Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD, Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Universidad Pedagógica Nacional y Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central) y becas Universidad Libre y América. No obstante, podrán participar los beneficiarios de Jóvenes a la E de carreras técnicas profesionales que con corte al 31 de diciembre de 2024 se encuentren reportados como “graduados” por parte de las Instituciones de Educación Superior en donde adelantaron sus estudios.


1. Convocatoria

Apertura: 29 de mayo de 2025

Cierre: 11 de junio de 20255

Número de cupos: Para la presente convocatoria se financiarán aproximadamente 22 cupos, conforme la disponibilidad presupuestal, los cuales se asignarán, en orden descendente, iniciando con los aspirantes que obtengan los mayores puntajes, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el fondo.



El aspirante debe Ingresar a través del siguiente enlace: https://solicitudes.icetex.gov.co/solicitudes/ingres.sm a través de la opción “Formulario de solicitud”.

Recuerde que cada aspirante debe contar con un correo electrónico propio y de fácil acceso para el proceso de inscripción y seguimiento al avance de la convocatoria.

Para el correcto diligenciamiento del formulario, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Verifique previamente a que convocatoria se está postulando (Convocatoria FONDO ATENEA TyT 2025 2 0).
  • Todos los campos solicitados en el formulario deben diligenciarse. Recuerde que usted podrá revisar la información las veces que requiera antes de guardar totalmente el formulario. Al seleccionar el botón “Completar solicitud”, se realizará la postulación a la convocatoria y no será posible realizar ningún cambio.
  • El usuario asignado y la contraseña que registre son requeridos para el acceso al diligenciamiento del formulario, por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente.
  • El programa académico para el que aspira la financiación debe estar activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES). Así mismo, el aspirante debe conocer exactamente el semestre académico el cual cursará para el período actual de la convocatoria 2025-2.
  • El estrato socioeconómico de residencia y la dirección de residencia registrados en el formulario de inscripción deben coincidir en su totalidad con lo indicado en el recibo de servicios públicos que se adjunte al momento de realizar el cargue documental.
  • Los datos de contacto (teléfonos, correos electrónicos y direcciones) deben estar correctos y vigentes.

Nota: Por favor verifique que registra todos los campos solicitados y después seleccione el botón “Completar solicitud”. El ICETEX no se hace responsable por postulaciones que no queden guardadas, ni por información errónea registrada en el formulario de inscripción.


En un plazo máximo de 48 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace con su usuario y contraseña que le permitirán acceder a la plataforma de cargue de documentos por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente, ya que deberá ingresar de manera recurrente a validar el estado de revisión de los documentos. En este enlace deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato PDF:

  1. Copia legible del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.
  2. Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía o gas), que no supere los 6 meses de expedición, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, del lugar de residencia del aspirante al subsidio educativo, en donde se valide la dirección de residencia y el estrato socioeconómico al que pertenece, el cual debe coincidir en su totalidad con lo registrado en el formulario.
  3. SI EL ASPIRANTE INGRESA A PRIMER SEMESTRE: Copia legible del resultado de la Prueba (ICFES) SABER 11, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, código de la prueba, el cual debe coincidir con el registrado en el formulario de inscripción y el puntaje o puesto obtenido.
  4. SI EL ASPIRANTE INGRESA A SEGUNDO SEMESTRE EN ADELANTE: Certificado de notas del semestre inmediatamente expedido por la respectiva Universidad según aplique, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, nombre de la IES, programa académico, periodo, y el promedio del semestre inmediatamente anterior. Los certificados de notas deben ser expedidos por la Institución de Educación Superior, no se aceptan pantallazos del sistema.
  5. Formulario de inscripción del aspirante a la respectiva convocatoria, diligenciado en la página del ICETEX de conformidad con los términos de la convocatoria, completo y legible.
  6. Certificado de admisión emitido por la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de Técnico-profesional o tecnológico o copia de la orden de matrícula, indicando nombre e identificación del aspirante, programa académico, valor de la matricula y periodo académico 2025-2.
  7. Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación de la persona aspirante al crédito condonable. Si el beneficiario es menor de edad, deberá adjuntarse también la cédula del padre, madre o acudiente, junto con el documento de identificación del menor, igualmente legibles y por ambas caras.
  8. Carta de compromiso del posible beneficiario con el fondo Atenea TyT. (Anexo No 1), diligenciado a completitud y firmado por el aspirante.
  9. Certificación bancaria a nombre propio, con fecha máxima de expedición de 30 días calendario, al momento de realizar el cargue documental. La cuenta bancaria debe permanecer activa durante toda la participación en el Fondo, para evitar rechazos al autorizar los desembolsos. Recuerde que el certificado debe estar desbloqueado (sin claves), para que ICETEX pueda revisarlo.
  10. SI LA ASPIRANTE ES MUJER MADRE: Registro civil de hijos, para asignación de puntaje diferencial.

¡Importante! El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos o indicaciones de la etapa de inscripción y cargue documental para la calificación es causal de rechazo de la postulación.


Las postulaciones recibidas que cumplan los requisitos mínimos y carguen a completitud los documentos requeridos dentro del plazo estipulado en el cronograma de la presente convocatoria, serán calificadas a partir de la aplicación de los siguientes criterios, y serán ordenadas de manera descendente (de mayor a menor), de acuerdo con el puntaje total obtenido en el proceso de calificación. Los recursos serán adjudicados en ese mismo orden hasta agotar la disponibilidad presupuestal:

CriterioVariablePuntosPuntaje Máximo
Vulnerabilidad estructural - Acumulable hasta 15 puntosMujer715
Mujer con hijos7
Personas transgénero5
Personas con pertenencia étnica10
Víctimas del conflicto15
Víctimas de violencia de género10
Reincorporados y reinsertados10
Personas con discapacidad10
Miembro de la fuerza pública con discapacidad acreditado con el carné de beneficios según ley 1699 de 2013 (numeral 2 y 3 del artículo 2)10
Egresados colegios en la Localidad Sumapaz y colegios en zonas rurales de otras localidades a más de 3 kilómetros del perímetro urbano15
Vulnerabilidad económica - No acumulable - Hasta 40 puntosSisbén A4040
Sisbén B30
Sisbén C20
Personas sin SISBÉN egresadas de colegio oficial rural40
Personas sin SISBÉN egresadas de colegio oficial urbano15
Aspirantes con pertenencia étnica indígena sin SISBÉN30
Mérito académico - Puesto
(Hasta 40 puntos - Para quienes ingresan a primer semestre)
1 a 104040
11 a 5035
51 a 10030
101 a 15025
151 a 25020
251 a 35015
351 a 45010
451 a 4995
Mayor a 4990
Mérito académico - Percentil
(Hasta 40 puntos - Para quienes ingresan a primer semestre)
1004040
95 a 9935
90 a 9430
85 a 8925
75 a 8420
65 a 7410
50 a 645
Menor a 500
Mérito académico para continuar trayectorias
(Promedio semestre anterior - Para segundo semestre en adelante)
5,004040
4,75 a 4,9935
4,5 a 4,7430
4,25 a 4,525
4,00 a 4,2420
3,75 a 3,9915
3,5 a 3,7410
3,25 a 3,495
Menor a 3,240
Fomento a trayectorias - No acumulable
(Hasta 5 puntos)
Beneficiarios graduados del programa La U en Tu Colegio - UTC55
Beneficiarios que registren como graduados del programa Jóvenes a la E (antes Jóvenes a la U) del nivel técnico profesional hasta diciembre de 2024.5
Consejeros de juventud5
Deportista destacado IDRD5
Jóvenes participantes de la estrategia intersectorial para la inclusión social y productiva “Jóvenes con Oportunidades” o que hayan sido partícipes del programa Parceros o de la estrategia Reto SDIS5

* El puntaje de priorización para población transgénero aplicará para las personas que se auto reconocen como hombre y mujer transgénero.

Nota 1: Los criterios anteriores (a excepción de “Mujer con hijos”, “Personas Transgénero” y la pertenencia étnica) serán verificados contra los registros administrativos de entidades nacionales, del Distrito y territoriales, tal y como se explica en la sección 7.1.1 de este documento.

Nota 2: El criterio “Mérito académico-puesto” será aplicado para las personas que hayan presentado la prueba Saber 11 antes del año 2015.

Nota 3: Tabla de colegios en la Localidad Sumapaz o colegios oficiales ubicados en zonas rurales de otras localidades a más de 1.5 kilómetros del perímetro urbano.

DANE ESTABLECIMIENTOINSTITUCIÓNDANE SEDESEDELocalidad
211850001473COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)211850001473CENT EDUC DIST RURAL U.B UNIONSUMAPAZ
211850001473COLEGIO GIMNASIO DEL CAMPO JUAN DE LA CRUZ VARELA (IED)211850000833CENT EDUC DIST RURAL ERASMO VALENCIASUMAPAZ
211001076346COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)211001076346CENT EDUC DIST RURAL U.B LAS AURASSUMAPAZ
211001076346COLEGIO CAMPESTRE JAIME GARZON (IED)211850000094CENT EDUC DIST RURAL ADELINA GUTIERREZ PALACIOSSUMAPAZ
211850000876COLEGIO EL DESTINO (IED)211850000876CENT EDUC DIST RURAL EL DESTINOUSME
211001027485COLEGIO EL VERJON (IED)211001027485CENT EDUC DIST EL VERJON ALTOSANTAFE
211850001121COLEGIO RURAL PASQUILLA (IED)211850001121CENT EDUC DIST PASQUILLACIUDAD BOLIVAR
211850001171COLEGIO RURAL QUIBA ALTA (IED)211850001171CENT EDUC DIST QUIBA ALTACIUDAD BOLIVAR

Para la validación de los requisitos mínimos de participación y de aquellos que permiten el otorgamiento de puntuación, ATENEA solicitará a entidades del orden nacional o distrital la información de cada aspirante. No obstante, la Agencia ATENEA no se hace responsable por los datos verificados y entregados por parte de estas entidades:

Tipo criterioCriterioFuente Oficial de Consulta
HabilitanteSer ciudadano(a) colombiano(a)Registraduría Nacional del Estado Civil.
Ser bachiller egresado o estudiante de grado once de un colegio ubicado en Bogotá y autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito o haber presentado en Bogotá la prueba de validación que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la EducaciónMinisterio de Educación Nacional, base de datos SIMAT de la Secretaría de Educación de Bogotá y el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (para verificación de validantes). No obstante, el acta o diploma podrá ser requerido en la formalización del beneficio.
Haber presentado la prueba Saber 11° o pruebas ICFES.Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación. ICFES
Tener hasta 28 añosRegistraduría Nacional del Estado Civil.
Contar con estado “Graduado” si en el último año cursó un programa del nivel técnico profesional o tecnológico.SNIES - Ministerio de Educación Nacional
Egresado del SENA o estudiante en etapa práctica.Servicio Nacional de Aprendizaje SENA
No ser egresado(a) de un programa de educación superior en el nivel profesional universitario.SNIES - Ministerio de Educación Nacional
No haber sido beneficiario(a) del Programa “Jóvenes a la E” en sus convocatorias previas, o de otras estrategias que adelanten Atenea o la Secretaría de Educación del Distrito para el acceso y la permanencia en educación superior. No obstante, podrán participar los beneficiarios de Jóvenes a la E de carreras técnicas profesionales que con corte al 31 de diciembre de 2024 se encuentren reportados como “graduados” por parte de las Instituciones de Educación Superior en donde adelantaron sus estudiosAgencia Atenea y Secretaría de Educación del Distrito.
Criterio 1.
Vulnerabilidad estructural
MujerRegistraduría Nacional del Estado Civil
Mujer con hijosLa aspirante con hijos deberá cargar en el sistema de inscripciones de ICETEX la copia del registro civil de nacimiento de la(s) hija(s) o hijo(s) para la obtención del puntaje adicional correspondiente al criterio.
Personas transgéneroCorresponderá al autorreconocimiento del aspirante según el mandato constitucional.
Comunidades negras, afrodescendientes, palenqueros y raizales. Pueblos indígenas y Pueblo Rrom.Se valida con la base censal del Ministerio del Interior, por medio del certificado de autorreconocimiento expedido por el Ministerio del Interior.
Víctimas del conflicto armado (UARIV)RUV - Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas o Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación de Bogotá.
Víctimas de violencia de géneroSecretaría Distrital de la Mujer
Reincorporados y reinsertados (ARN)Agencia para la Reincorporación y Normalización
Personas con discapacidadMinisterio de Salud y Protección Social y/o Secretaría Distrital de Salud
Miembro de la fuerza pública con discapacidad acreditado con el carnet de beneficios de ley 1699 de 2013 (numeral 2 y 3 del artículo 2).Ministerio de Defensa Nacional
Egresados colegios en la Localidad Sumapaz o colegios oficiales ubicados en zonas rurales de otras localidades a más de 1.5 kilómetros del perímetro urbano relacionados en la tabla de la Nota 3 del Artículo 12 Capítulo 4.Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT), Directorio Único de Establecimientos de la Secretaría de Educación Distrital y cartografía Oficial de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital
Criterio 2.
Vulnerabilidad Económica
Nivel SISBEN IV y personas sin nivel SISBENDepartamento Nacional de Planeación
Criterio 3.
Mérito académico
Puesto o percentil según el año de presentación.Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación
Promedio del último semestre académico cursado (beneficiarios que ingresen del segundo semestre en adelante) y semestre académico de ingreso al fondoCertificación de notas emitido por la Universidad
Criterio 4.
Fomento a Trayectorias
Beneficiarios graduados del programa La U en Tu Colegio - UTCAgencia Atenea
Consejero de la juventudSecretaría Distrital de Gobierno
Ser deportista destacado según el listado del IDRDInstituto Distrital de Recreación y Deporte
Participantes de la estrategia intersectorial para la inclusión social y productiva “Jóvenes con Oportunidades” o que hayan sido partícipes del programa Parceros o de la estrategia Reto SDISSecretaría Distrital de Integración Social

En el evento en que se presente el mismo puntaje de selección para una cantidad de aspirantes que supere la disponibilidad de cupos, se ejecutará el proceso de desempate en el siguiente orden:

  1. Subgrupo del SISBEN IV.
  2. Poblaciones especiales señaladas en los criterios diferenciales. Se priorizará en estricto orden los criterios: 1 (Poblacional), 2 (Pertenencia étnica) y 3 (condiciones diferenciales).
  3. Resultado de la prueba de Estado para acceso a la educación superior.

Cuando no se logre el desempate por los criterios anteriores, se asignará el cupo de forma aleatoria.

Asignación de cupos:

De acuerdo con la tabla de calificación, los cupos serán asignados a las y los aspirantes que: cumplan los requisitos mínimos de participación, cumplan exitosamente con el cargue documental de los soportes en la plataforma indicada por el ICETEX en estado “Verificado” dentro de las fechas indicadas en esta convocatoria y que en la puntuación de criterios obtengan los mayores puntajes, asignando los cupos en orden estricto de mayor a menor puntaje obtenido hasta agotar los recursos disponibles.

Cada aspirante debe garantizar el cupo para iniciar sus estudios en el semestre 2025-2 ante la Institución de Educación Superior (IES) que eligió, dado que los giros se iniciarán hasta tanto las Universidades confirmen a la Agencia ATENEA que el estudiante se encuentra activo y cursando el periodo aprobado en esta convocatoria 2025-2. Ni ATENEA, ni el ICETEX, ni la IES serán responsables de garantizar el cupo al estudiante si este no realiza el trámite pertinente ante la Institución de Educación Superior elegida.


Periodo 2025-2
No.ActividadFecha
1Publicación convocatoria29 de mayo de 2025
2Inscripción de aspirantesDel 29 de mayo al 11 de junio de 2025
3Cargue documentalDel 30 de mayo al 20 de junio de 2025
4Subsanación documental*Del 30 de mayo al 25 de junio de 2025
5Verificación documental (ICETEX)Del 30 de mayo al 27 de junio de 2025
6Calificación de Aspirantes (Validación de requisitos y asignación de puntaje)Del 01 de julio al 11 de julio de 2025
7Publicación de Resultados15 de julio de 2025
8Recepción de reclamaciones ATENEADel 15 de julio al 18 de julio de 2025
9Publicación Final de Aprobados (Incluidas reclamaciones si aplica)22 de julio de 2025

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos en la plataforma indicada para tal fin, únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



De acuerdo con la calificación realizada según los criterios de calificación indicados en el Reglamento operativo Artículo 11°, proceso de inscripción y solicitud del subsidio educativo, y Artículo 12° .- criterios de selección y calificación para la adjudicación del subsidio educativo, se publicarán los resultados y se notificará a los aspirantes aprobados, los cuales continuarán con su proceso de legalización de acuerdo con el procedimiento establecido por el administrador (ICETEX) y dentro del período que se determine en la convocatoria correspondiente.


En un plazo máximo de 48 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace con su usuario y contraseña que le permitirán acceder a la plataforma de cargue de documentos. Por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente, ya que deberá ingresar de manera recurrente a validar el estado de revisión de los documentos. En este enlace deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato PDF:

  1. Copia legible del diploma de grado de bachiller o documento que lo acredite.
  2. Copia de la factura de un servicio público domiciliario (agua, energía o gas), que no supere los 6 meses de expedición, a partir de la fecha de publicación de la convocatoria, del lugar de residencia del aspirante al subsidio educativo, en donde se valide la dirección de residencia y el estrato socioeconómico al que pertenece, el cual debe coincidir en su totalidad con lo registrado en el formulario.
  3. SI EL ASPIRANTE INGRESA A PRIMER SEMESTRE: Copia legible del resultado de la Prueba (ICFES) SABER 11, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, código de la prueba, el cual debe coincidir con el registrado en el formulario de inscripción y el puntaje o puesto obtenido.
  4. SI EL ASPIRANTE INGRESA A SEGUNDO SEMESTRE EN ADELANTE: Certificado de notas del semestre inmediatamente anterior expedido por la respectiva Universidad según aplique, donde se visualice nombre y apellidos del aspirante, número de identificación, nombre de la IES, programa académico, periodo, y el promedio del semestre inmediatamente anterior.

    Los certificados de notas deben ser expedidos por la Institución de Educación Superior, no se aceptan pantallazos del sistema.
  5. Formulario de inscripción del aspirante a la respectiva convocatoria, diligenciado en la página del ICETEX de conformidad con los términos de la convocatoria, completo y legible.
  6. Certificado de admisión emitido por la Institución de Educación Superior donde cursará sus estudios de Técnico-profesional o tecnológico o copia de la orden de matrícula, indicando nombre e identificación del aspirante, programa académico, valor de la matrícula y periodo académico 2025-2.
  7. Copia legible, por ambas caras, del documento de identificación de la persona aspirante al crédito condonable. Si el beneficiario es menor de edad, deberá adjuntarse también la cédula del padre, madre o acudiente, junto con el documento de identificación del menor, igualmente legibles y por ambas caras.
  8. Carta de compromiso del posible beneficiario con el fondo Atenea TyT. (Anexo No 1), diligenciado a completitud y firmado por el aspirante.
  9. Certificación bancaria a nombre propio, con fecha máxima de expedición de 30 días calendario, al momento de realizar el cargue documental. La cuenta bancaria debe permanecer activa durante toda la participación en el Fondo, para evitar rechazos al autorizar los desembolsos. Recuerde que el certificado debe estar desbloqueado (sin claves), para que ICETEX pueda revisarlo.
  10. SI LA ASPIRANTE ES MUJER MADRE: Registro civil de hijos, para asignación de puntaje diferencial.

¡Importante! El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos o indicaciones de la etapa de inscripción y cargue documental para la calificación es causal de rechazo de la postulación.


Información importante del proceso de legalización

Importante: antes de iniciar el cargue de documentos debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cada documento debe ser escaneado en formato PDF, debido a que la plataforma no permite adjuntar documentos en otros formatos.
  • El documento cargado en PDF no debe superar 2MB.
  • No se verificarán los documentos adjuntos que se encuentren cifrados, encriptados o con contraseñas, tampoco aquellos que no estén completos o legibles.

Periodo 2025-1
No.ActividadFecha
1Calificación de Aspirantes (Validación de requisitos y asignación de puntaje)01 de julio de 2025 al 11 de julio de 2025
2Publicación de Resultados15 de julio de 2025
3Recepción de reclamaciones ATENEA15 de julio de 2025 al 18 de julio de 2025
4Publicación Final de Aprobados (Incluidas reclamaciones si aplica)22 de julio de 2025

No aplica



3. Proceso de renovación

La financiación a través de crédito educativo blando para educación superior Técnica profesional o Tecnológica a favor del beneficiario, se garantizará por el número de períodos oficiales normales certificados por la Institución de Educación Superior de acuerdo con el programa de formación que cursará el beneficiario.

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario que debe realizarse semestralmente de acuerdo con los plazos establecidos por la Secretaría de Educación del Distrito- SED y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para la renovación del crédito.



El proceso de renovación es la actualización de datos y el trámite de la documentación requerida, el beneficiario debe realizar el proceso de renovación cada semestre:

  • Semestralmente debes consultar la página WEB del ICETEX las fechas de renovación del Fondo.

  • Ingresa y registrarte para realizar consultas y procesos personales.

  • Si ya se registró realice la actualización de datos.

  • Reúne los documentos exigidos para el proceso de renovación y los radicas en la Universidad, en donde te registraran el estado de renovación de tu crédito en el aplicativo del ICETEX. 


Lugar de entrega de los documentos

INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR - IES (Universidades)

Documentos requeridos

En el proceso de renovación debe radicar los documentos para:

  • Acreditar que aprobó el período académico anterior.
  • Acreditar que ha sido matriculado para el período académico siguiente.
  • Acreditar que hizo la respectiva actualización de datos ante el ICETEX.

PARÁGRAFO: En caso de que el beneficiario del Fondo no cumpla con estos requisitos antes señalados perderá de inmediato el crédito educativo blando, al igual que el derecho de aplicar al beneficio de la condonación y se procederá al cobro de los valores del crédito, sin opción al período de gracia.


Los documentos para acreditar el cumplimiento de requisito de renovación deben ser originales y expedidos por la Entidad Competente.


Periodo 2025-2
No.ActividadFecha
1Proceso de RenovaciónDel lunes 09 de junio de 2025 al viernes 10 de octubre de 2025

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



El monto del desembolso corresponderá al valor autorizado por la Secretaría de Educación del Distrito - SED  cada período académico, para los beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo, previa validación de los reportes de notas y asistencia parcial o total presentados por las Instituciones de Educación Superior a la Secretaría de Educación del Distrito-SED.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

El ICETEX inicia el trámite de los giros una vez la Secretaría de Educación- SED, autoriza formalmente el desembolso.


Los giros para el rubro de  matrícula autorizados por la SED, será girados a la Universidad.

Los giros para el rubro de sostenimiento autorizados por la SED, serán girados con destino a la cuenta bancaria del beneficiario.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? 

El giro de sostenimiento, se realiza con destino a la cuenta bancaria a nombre del beneficiario, previamente reportada al ICETEX para éste proceso.


Es el monto que se le descuenta a los beneficiarios de créditos blandos y que va dirigido al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario, evento posterior a la legalización del crédito.  

Su valor está definido por el Reglamento de crédito del ICETEX, para el año 2019 es del 2% sobre el valor autorizado de giro.


Causales de suspensión temporal

Se suspenderán en forma temporal los desembolsos por las siguientes causas:

1) Retiro temporal del beneficiario del programa de estudios o de la IES debidamente autorizado por la Secretaría y reportado al ICETEX, previa solicitud escrita del beneficiario.

2) Cierre temporal de la IES o del programa de estudios para el cual se concedió el crédito educativo blando o subsidio.

3) Inhabilidad física o mental temporal del beneficiario, debidamente certificada.

4) Incumplimiento en la renovación o actualización de información en el aplicativo web, del crédito o subsidio según lo establecido en el presente reglamento, se considera como aplazamiento del semestre.

NOTAS:

1) La suspensión temporal (aplazamiento) de los desembolsos será máximo por un semestre académico, excepto por servicio militar obligatorio en cuyo caso se estudiará un plazo mayor de acuerdo con el tiempo requerido y el plazo de terminación del convenio entre la SED e ICETEX. En cualquier caso, la solicitud debe realizarse por escrito ante la Secretaría de Educación.

2) En caso del cierre definitivo del programa o de la Institución Educativa, el beneficiario tendrá la posibilidad de solicitar el cambio del crédito o subsidio para otra Institución de Educación Superior y programa, siempre y cuando se mantengan las condiciones de calidad y presupuesto con las que se aprobó el beneficio.

Causales de suspensión definitiva


a) Finalización de los períodos para los cuales se concedió el subsidio o crédito educativo.

b) Abandono del programa de estudios.

c) Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.

d) Cambio de institución educativa o programa académico sin previa autorización.

e) Cambio de programas de estudios que impliquen una nivelación de dos períodos académicos o más.

f) Pérdida de un período académico.

g) Suspensión del beneficio del crédito o subsidio por más de un período académico.

h) Incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones, según lo establecido en el presente reglamento, los términos y condiciones de participación y adjudicación y de la respectiva convocatoria.

i) Muerte o incapacidad física o mental total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario.

j) Expresa voluntad del beneficiario.

La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos por las causales anteriormente mencionadas, se hará mediante comunicación expedida por la Secretaría de Educación del Distrito, y, tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata del 100% de la obligación del crédito, salvo los literales a) y j).


Si no tienes cuenta bancaria puedes activar una cuenta CATS

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Tener en Cuenta

  • El registro de tu cuenta lo realizas una vez tu crédito
  • Puedes activar y registrar una cuenta bancaria de la entidad financiera de tu preferencia.
  • Si actualizas tu cuenta bancaria debes volver a registrarla en ICETEX
  • Si tienes una cuenta CATS debes romper topes. Ingresa para descargar la infografía
  • La cuenta debe estar a nombre del beneficiario del crédito.
  • Si tu número de documento cambió, actualizalo:

Recuerda mantener tu documento de identidad actualizado en tu entidad bancaria en los sistemas de ICETEX



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



Para el estudio de la condonación del crédito blando, el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito- SED, la carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo del Fondo

Toda solicitud, una vez sea estudiada por la Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito, se presentará a la Junta Administradora en los periodos establecidos para sesionar conforme al Reglamento del mismo.


Plazo de entrega de los documentos

El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED.

Lugar de entrega de los documentos

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO - SED (Dirección de Relaciones con los Sectores de Educación Superior y Educación para el Trabajo o quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito)

Para el estudio de la condonación del crédito blando el beneficiario deberá radicar en la Secretaría de Educación del Distrito carta de solicitud dirigida a la misma, con los documentos soporte del cumplimiento de los requisitos establecidos:

  • Copia del título y acta de grado académico obtenido del programa para el cual se le otorgó el crédito. 

  • Copia de la cédula de ciudadanía

  • Certificado de pasantía social, según el caso.


El beneficiario del crédito debe radicar la solicitud de la condonación con la totalidad de los documentos exigidos para tal fin en el Reglamento Operativo del Fondo en un término no mayor a doce (12) meses contados a partir del último semestre financiado por la SED. 


No aplica