Programa de becas Alfonso López Michelsen 2022-2
Programa de becas Alfonso López Michelsen 2025-2
Estudio Posgrado
Estudiar en
Para población Profesionales universitarios que tengan interés en realizar estudios de posgrado en el campo del Derecho Internacional Humanitario
Estado abierta
Constituyente Ministerio de educación nacional
Descripción del fondo
La beca consiste en un crédito educativo condonable en un 100% para cursar dentro del territorio nacional programas de posgrado en el nivel de maestría afines al campo del Derecho Internacional Humanitario, en Instituciones de Educación Superior registradas en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES.
Información para tu fondo
Generalidades
CONDONABLE: El 100% del valor de la matrícula para cada semestre académico, para todos los períodos académicos del programa, previstos dentro de la duración ordinaria definida por la respectiva Institución de Educación Superior.
Apoyo económico de sostenimiento si el aspirante lo solicita, en la suma equivalente a 4 SMMLV por semestre.
El fondo esta dirigido a profesionales universitarios que tengan interés en realizar estudios de posgrado en el campo del Derecho Internacional Humanitario, en Instituciones de Educación Superior colombianas.
El 100% del valor de la matrícula para cada semestre académico, para todos los períodos académicos del programa, previstos dentro de la duración ordinaria definida por la respectiva Institución de Educación Superior.
Apoyo económico de sostenimiento si el aspirante lo solicita, en la suma equivalente a 4 SMMLV por semestre.
Rubros financiados
Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán con este fondo deberán cumplir los siguientes requisitos:
Ser ciudadano colombiano.
Estar inscrito o admitido en una Institución de Educación Superior para cursar un posgrado en el nivel de maestría, afín al derecho internacional humanitario.
Solicitar el crédito educativo diligenciando el formulario de solicitud .
No estar recibiendo beneficio por otra fuente de financiación del Estado colombiano para estudios en educación superior.
El perfil académico y profesional de los aspirantes será el que prevean las Instituciones de Educación Superior en su admisión para cursar el programa para el cual se otorga el crédito educativo condonable.
1. Convocatoria
1. Convocatoria Apertura: 21 de julio de 2025
Cierre: 28 de julio del 2025
Número de cupos: 1
Pasos de la convocatoria y diligenciamiento del formulario
Leer detenidamente los términos y texto de la convocatoria así como el reglamento operativo de la convocatoria del Convenio Interadministrativo 1462 de 2017 – FONDO PROGRAMA DE BECAS ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN – Código Contable ICETEX 121958 Convocatoria 2025-2.
Diligenciar el formulario de solicitud del crédito del beneficiario.
Estar atento a los resultados de la convocatoria . Si es elegido, proceder a la legalización del crédito en los tiempos establecidos.
Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante Antes de ingresar los datos, el aspirante debe leer cuidadosamente la información que debe diligenciar, ser preciso con los datos que registra ya que después de ser enviada, no se podrá́ modificar.
La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante. Si al momento de legalizar el crédito condonable se encuentran inconsistencias, dará́ lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.
Para participar en la convocatoria, los aspirantes deberán tramitar su solicitud, inscribiéndose a través del formulario dispuesto en el link que ICETEX disponga para el Convenio Interadministrativo 1462 de 2017 – FONDO PROGRAMA DE BECAS ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN – Código Contable ICETEX 121958 Convocatoria 2025-2
En el proceso de Convocatoria del Convenio Interadministrativo 1462 de 2017 – FONDO PROGRAMA DE BECAS ALFONSO LÓPEZ MICHELSEN – Código Contable ICETEX 121958 Convocatoria 2025-2, se les solicita a los postulantes los documentos informados en el texto de la convocatoria.
Criterios de selección y publicación de resultados
El procedimiento de selección y calificación se ejecutará de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8 del Reglamento Operativo del Fondo en el que se definen los siguientes criterios y puntajes:
Tabla de criterios de selección Criterio Puntaje máximo 1. Promedio académico acumulado del pregrado. 5 2. Inscripción en una institución o programa con acreditación de calidad vigente. 2 3. Experiencia profesional relacionada. 3 4. Población víctima del conflicto armado. 1 TOTAL 11
Se asignará como máximo 5,00 puntos al mayor promedio académico (en una escala de 0 a 5,0 o su equivalente); a los demás promedios se les asignará un puntaje directamente proporcional mediante regla de tres simple.
Se asignarán 2,00 puntos a los aspirantes que se inscriban para cursar sus estudios en instituciones de educación superior o programas con acreditación de calidad vigente. En los demás casos, no se asignará puntaje en este criterio.
Se asignará un puntaje máximo de 3,00 puntos por la experiencia profesional relacionada para quienes acrediten 4 años o más; en los casos de experiencias inferiores, se asignarán puntajes directamente proporcionales mediante regla de tres simple. No se asignarán puntajes por tiempo de experiencia adicional a los 4 años señalados para este criterio de selección.
Se asignará 1,00 punto a los aspirantes que pertenezcan a la población víctima del conflicto armado (Registrados en el RUV).
El mayor puntaje será igual a 11,00; se usarán máximo dos decimales en todos los casos.
En caso de empate, se dará prioridad a quien logre el mayor puntaje en el criterio No.1. Si persiste el empate, se dará prioridad a quien logre el mayor puntaje en el siguiente criterio y así sucesivamente. Si persiste el empate, se definirá el beneficiario mediante sorteo que se realizará en el Ministerio de Educación Nacional.
CALENDARIO 2025-2 No. ACTIVIDAD FECHA INICIO 1 Publicación convocatoria 21 de julio 2025 2 Inscripción de aspirantes 21 de julio al 28 de julio 2025 3 Cargue documental 21 de julio al 31 de julio 2025 4 Subsanación documental* 21 de julio al 14 de agosto 2025 5 Verificación de cumplimiento de requisitos y calificación 15 de agosto al 20 de agosto 2025 6 Publicación de resultados 21 de agosto 2025 7 Firma de garantías 22 de agosto al 27 de agosto 2025
Otra información de la convocatoria
2. Legalización
2. Proceso de legalización El seleccionado y el deudor solidario aprobado recibirán a través de correo electrónico remitido por el proveedor que genera y custodia los pagarés (DECEVAL), las instrucciones para la firma electrónica del pagaré y carta de instrucciones que respaldará el crédito condonable. Si el seleccionado es menor de edad, el representante legal deberá firmar de estos documentos. La firma del pagaré electrónico se debe realizar dentro de las fechas estipuladas en el cronograma que se establece para la presente convocatoria. Los aspirantes seleccionados que firmen fuera de estas fechas no podrán considerarse como beneficiarios y, por lo tanto, no podrán continuar con el proceso de otorgamiento en el marco de la presente convocatoria.
Pasos del proceso de legalización
Documentos requeridos en el proceso de legalización y parámetros de entrega
Información importante del proceso de legalización
Calendario de legalización
PERIODO 2025-2 No. Actividad Fecha Inicio 1 Firma de garantías 22 de agosto al 27 de agosto 2025
Otros proceso de legalización
3. Renovación
3. Proceso de renovación Al comenzar cada periodo académico el ICETEX renovará el crédito otorgado a cada beneficiario, siempre y cuando haya aprobado el período académico anterior, de acuerdo con el siguiente procedimiento:
El beneficiario actualizará su información académica a través de la página web que le indique el ICETEX, de acuerdo con las especificaciones, periodicidad y oportunidad que este defina, diligenciando y aportando como mínimo los siguientes documentos:
Formato de actualización de datos debidamente diligenciado. Recibo de matrícula (o su equivalente) expedido por la Institución de Educación Superior correspondiente al siguiente periodo a cursar donde se indique programa académico, período a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
El beneficiario adjuntará al formulario de actualización de datos los siguientes documentos expedidos por la Institución Educativa donde cursa sus estudios:
Certificado de notas del período inmediatamente anterior.
Recibo de pago o constancia de matrícula correspondiente al siguiente periodo a cursar donde se indique programa académico, período a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
El ICETEX desembolsará los recursos una vez se tenga culminado el proceso de renovación del crédito por parte del beneficiario:
A la Institución de Educación Superior, por concepto de matrícula.
Al beneficiario, por concepto de sostenimiento, según lo haya solicitado.
Cumplido lo anterior, se entiende culminado el proceso de renovación del crédito por parte del beneficiario.
Documentos requeridos en el proceso de renovación y parámetros de la entrega
Lugar de entrega de los documentos Institución de Educación Superior o en cualquier oficina del ICETEX a nivel nacional.
Plazo de entrega de los documentos Cuando dispongan las partes.
Documentos requeridos El beneficiario actualizará la información que se solicite en el formulario que disponga el ICETEX para tal fin en su sitio web, descargará dicho formulario, firmará y entregará en original en la Institución de Educación Superior o en cualquier oficina del ICETEX a nivel nacional.
El beneficiario adjuntará al formulario de actualización de datos los siguientes documentos expedidos por la Institución Educativa donde cursa sus estudios:
Certificado de notas del período inmediatamente anterior.
Recibo de pago o constancia de matrícula correspondiente al siguiente periodo a cursar donde se indique programa académico, período a cursar y valor de la matrícula ordinaria.
Información importante en el proceso de renovación
Otros Proceso de Renovación
4. Desembolsos
5. Desembolsos Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.
Monto del desembolso y cúando se realizan
El valor de la matrícula ordinaria para todos los períodos académicos del programa, de acuerdo con su registro en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES.
Sostenimiento equivalente a 4 SMLMV por cada período académico, en caso de que el aspirante lo solicite.
¿Cúando se realizan los desembolos? Cuando termine el proceso de renovación
El ICETEX, después de culminado el proceso de legalización, ejecutará los desembolsos de los recursos:
A la Institución de Educación Superior, por concepto de matrícula.
Al beneficiario, por concepto de sostenimiento, según lo haya solicitado.
¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? CUENTA BANCARIA -* BENEFICIARIO SOSTENIMIENTO CUENTA BANCARIA - UINIVERSIDAD - MATRICULA
¿Qué es la prima de garantías?
El ICETEX descontará con cargo al fondo, el uno coma cinco por ciento (1,5%) sobre cada desembolso que haga efectivo en virtud del crédito adjudicado a cada beneficiario para cubrir los riesgos de muerte o invalidez, física o mental, total y permanente del mismo, certificada mediante el registro de defunción o certificado de invalidez expedido por la autoridad competente, de conformidad con las normas que rijan la materia.
¿Cuáles son las causales de suspensión de los desembolsos del créditos del fondo?
Causales de suspensión temporal Causales de suspensión, máximo por un período académico:
Retiro temporal del programa de estudios
Cierre temporal del programa académico y/o de la Institución de Educación Superior.
Incumplimiento del procedimiento de renovación y de sus plazos.
Causales de terminación definitiva: Adulteración de documentos o la presentación de información falsa.
Suspender y/o abandonar los estudios por más de un periodo académico.
Por expresa voluntad del beneficiario.
Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, previstas para los beneficiarios.
Finalización de los periodos académicos del programa académico cursado con el crédito condonable, según su registro en el SNIES
Cierre temporal o definitivo del programa o de la institución de educación superior, que le impida culminar el programa y el logro del título académico cursado con el crédito educativo. Tal evento deberá ser informado por el beneficiario dentro de los siguientes diez (10) días contados a partir de la ocurrencia del hecho.
Muerte o invalidez física o mental, total y permanente, que impida al beneficiario la realización de sus estudios. Tal evento deberá ser informado por la institución de educación superior, el beneficiario o su representante legal, presentando la certificación emitida por la autoridad competente, con la cual se constate alguna de estas condiciones.
Información importante El ICETEX, en su calidad de administrador mandatario, verificará la ocurrencia de alguna de las causales de suspensión o terminación definitiva y le informará al Comité Operativo para que analice el caso particular y le informe al Ministerio de Educación Nacional las conclusiones correspondientes.
Con base en la información que entregue el Comité Operativo, el Ministerio de Educación Nacional le impartirá al ICETEX las instrucciones que correspondan.
El ICETEX le informará al beneficiario la decisión y las acciones a seguir.
Cuando se trate de terminación definitiva, tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata de la obligación por parte del ICETEX y de las garantías del crédito condonable que haya entregado el beneficiario, según corresponda, excepto cuando ocurran las causales de los literales e), f) y g) del numeral 14.2 de este artículo. Tal actuación deberá ser comunicada y/o notificada por el ICETEX al beneficiario, incluyendo un plan de pagos a cargo de este último, sin incurrir en capitalización de intereses.
Tratamiento de casos especiales: cuando un usuario presente una situación que no esté contemplada en la convocatoria ni en este reglamento, que requiera de la toma de decisiones frente a los créditos educativos de este fondo, será estudiada por el Comité Operativo conformado por las partes y le presentará un informe detallado al Ministerio de Educación Nacional o al ICETEX, para adoptar las decisiones que correspondan en cada caso.
En caso de cierre definitivo de la Universidad o del programa académico, el beneficiario podrá inscribirse y ser admitido en otra Institución de Educación Superior para cursar un programa académico que cumpla con las condiciones previstas en este reglamento, dentro del periodo académico inmediatamente siguiente, el Ministerio de Educación Nacional autorizará al ICETEX, y este procederá a solicitar la documentación pertinente. En todo caso, únicamente se harán desembolsos hasta donde lo permita la disponibilidad de recursos en el fondo.
Otros Procesos de desembolsos
5. Condonación
5. Condonación En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo .
El crédito Educativo será condonable con la obtención del título del programa académico correspondiente, en un término no mayor a un (1) año contado a partir del cumplimiento de la duración del programa según su registro en el SNIES.
Dentro del plazo antes indicado, el beneficiario deberá entregar una comunicación original impresa y firmada ante el ICETEX, manifestando expresamente su solicitud de condonación, adjuntando copias simples del acta de grado o del diploma del título obtenido.
El ICETEX elaborará un reporte de solicitudes junto con los soportes entregados por los beneficiarios, y se lo entregará al Comité Operativo, a más tardar dentro del mes siguiente a la recepción de las solicitudes.
El Comité Operativo verificará la información y el cumplimiento de los requisitos y elaborará el informe con sus conclusiones que le presentará al Ministerio de Educación Nacional, dentro de los siguientes cinco (5) días contados a partir del recibo del reporte del ICETEX, identificando claramente los beneficiarios y los valores a condonar en cada caso, según sea procedente.
El Ministerio de Educación Nacional analizará la información y conclusiones del Comité Operativo y le impartirá al ICETEX las instrucciones que correspondan para conceder o no las condonaciones frente a cada solicitud.
El ICETEX ejecutará las acciones necesarias para hacer efectiva la condonación del crédito educativo y le comunicará y/o notificará a cada beneficiario la decisión correspondiente.
Documentos requeridos para el proceso de condonación
Plazo de entrega de los documentos El crédito Educativo será condonable con la obtención del título del programa académico correspondiente, en un término no mayor a un (1) año contado a partir del cumplimiento de la duración del programa según su registro en el SNIES.
Lugar de entrega de los documentos Dentro del plazo antes indicado, el beneficiario deberá entregar una comunicación original impresa y firmada ante el ICETEX, manifestando expresamente su solicitud de condonación, adjuntando copias simples del acta de grado o del diploma del título obtenido.
Lugar de entrega de los documentos Dentro del plazo antes indicado, el beneficiario deberá entregar una comunicación original impresa y firmada ante el ICETEX, manifestando expresamente su solicitud de condonación, adjuntando copias simples del acta de grado o del diploma del título obtenido.
Información importante del proceso de condonación
Otros proceso de Condonación