Listado de fondos en administación

Secretaría de Educación Formación Avanzada para Docentes 2012

Estudio   Especialización, maestría y doctorado.
Estudiar en   Colombia o el exterior
Para población   Docentes y Directivos Docentes del sector oficial del Distrito nombrados en propiedad
Estado   Abierta
Constituyente   Secretaría de Educación Distrital

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Descripción del fondo

El Convenio 3334 de 2012, suscrito con el ICETEX, denominado “SED FORMACION AVANZADA PARA DOCENTES CONVENIO 2012”, es el instrumento utilizado por la SED para otorgar los créditos condonables para financiar los costos de matrícula de programas de formación posgradual en los niveles de especialización, maestría, y doctorado, de los docentes y directivos docentes nombrados en propiedad por el Distrito.

Estos recursos provienen del Proyecto de Inversión 7686 “Implementación del programa de innovación y transformación pedagógica en los colegios públicos para el cierre de brechas educativas de Bogotá D.C”


El Fondo otorga créditos educativos condonables, dirigidos a financiar la oferta formativa posgradual que se otorga a través del Fondo de Formación Avanzada para Docentes y Directivos Docentes del Distrito Capital, nombrados en propiedad en la planta docente de la SED, el cual es financiado con recursos de la Secretaría de Educación del Distrito-SED, y, en el cual El ICETEX actúa como administrador – mandatario.

A través de esta convocatoria, se financiará estudios de Educación Superior a nivel de posgrado para programas de especialización y maestría, definidos en la oferta formativa dispuesta por la SED.


A docentes, docentes orientadores(as) y directivos(as) docentes nombrados en propiedad en la Secretaría de Educación de Bogotá, interesados(as) en iniciar desde primer semestre un programa de especialización o maestría de la oferta formativa dispuesta por la SED.


A través de este fondo, se otorga financiación para el rubro de matrícula. Los aspectos a tener en cuenta son los siguientes:

  1. La financiación de los programas de formación posgradual se realiza mediante el Fondo SED-ICETEX N.º 3334 de 2012.
     
  2. A los(las) docentes, docentes orientadores(as) y directivos docentes que sean admitidos(as) en alguno de los nueve programas ofertados en esta convocatoria, se les otorga un crédito educativo condenable.
     
  3. La Secretaría de Educación del Distrito apoya a las y los docentes, docentes orientadores(as) y directivos docentes admitidos, matriculados, adjudicados y legalizados por el fondo, con la financiación y el número máximo de semestres establecidos a continuación:
     
    ModalidadN.° máximo de semestres a financiar Dos (2) Cuatro (4)Valor máximo del semestre a financiar por la SEDValor total máximo del programa a financiar por la SED
    EspecializaciónDos (2)$3.500.000$7.000.000
    MaestríaCuatro (4)$5.500.000$22.000.000
  4. El(la) docente, docente orientador(a) o directivo(a) docente asume la financiación del valor restante del programa, según sea el caso, y demás derechos pecuniarios no contemplados inicialmente en el valor de la matrícula.
     
  5. El(la) docente, docente orientador(a) o directivo(a) docente asume el uno por ciento (1%) sobre cada desembolso correspondiente a este crédito educativo, con el fin de ser enviado al Fondo de Garantías del ICETEX para cubrir sus riesgos de muerte o invalidez física o mental.

  1. Ser docente, docente orientador(a) o directivo docente con título de pregrado.
     
  2. Ser docente, docente orientador(a) o directivo(a) docente nombrado(a) en propiedad y activo en la planta docente de la SED.
     
  3. No encontrarse en comisión de estudios ni de servicios que le implique estar ejerciendo sus funciones fuera de la Institución Educativa Distrital.
     
  4. No ser beneficiario(a) activo de los Fondos de Formación Posgradual SED-ICETEX.
     
  5. No estar tramitando algún tipo de traslado a otra entidad territorial o renuncia a la planta docente de la SED.
     
  6. No haber sido sancionado por la Oficina de Control Interno Disciplinario, en los últimos dos (2) años previos a esta convocatoria.
     
  7. Inscribirse en las fechas establecidas en el formulario dispuesto por la SED.
     
  8. Estar admitido(a) en alguno de los nueve (9) programas ofertados por las cinco universidades señaladas previamente.


1. Convocatoria

Apertura: 08 de julio de 2024

Cierre: 16 de agosto de 2024

Número de cupos: 53 cupos



El proceso de postulación para los docentes y directivos docentes del Distrito Capital aspirante para ser beneficiarios del fondo es el siguiente:

  • La SED y el ICETEX, divulgarán a través de sus páginas web o cualquier otro medio, los términos de la convocatoria.

  • El aspirante debe diligenciar dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria y de manera completa, el formulario de inscripción dispuesto para tal fin en la página web de ICETEX.

  • Cumplir con todos los requisitos establecidos por la SED para cada convocatoria.

    PARÁGRAFO: El aspirante es responsable por los datos de su inscripción, así como por los errores y omisiones en la entrega de la su información que puedan generar el rechazo o demora en la atención de sus solicitudes.


Los que defina la Secretaria de Educación del Distrito.


Criterios de selección

El proceso adjudicación de los créditos educativos condonables, estará a cargo de la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas de la SED, teniendo en cuenta el presupuesto disponible del Fondo, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y los compromisos adquiridos. No obstante, dicho proceso de adjudicación y sus resultados serán informados a la Junta Administradora del Fondo.

El proceso de adjudicación de los créditos educativos condonables finalizará luego de realizar los trámites de legalización por parte de los beneficiarios, de conformidad con las instrucciones impartidas por el ICETEX.

Publicación de resultados

Parágrafo: Los resultados de la convocatoria se publicarán en las páginas de ICETEX y del Constituyente o por cualquier otro medio masivo de comunicación que este determine, de conformidad con el cronograma establecido para la convocatoria.


No. de actividadNombre de la actividadFecha de inicioFecha de finalización
1Publicación convocatoria16/05/2024 
2Inscripción de aspirantes formulario ICETEX08/07/202431/07/2024
Publicación de resultados NO APLICA
LEGALIZACIÓN
3Cargue de documentos de legalización08/07/202416/08/2024
FIRMA DE GARANTÍA
4Generación de garantías08/07/202422/08/2024

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es la entrega de la documentación únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



Por Parte del Aspirante Seleccionado

  • De orden académico (información)
  • Nombre del programa
  • Número de periodos a cursar
  • Nivel de formación (especialización, maestría o doctorado)
  • Valor total de la matrícula o del programa
  • Nombre de la IES

     

De orden General (documentos):

  1. Formulario de inscripción diligenciado a través del portal web del ICETEX.
  2. Fotocopia legible del documento de identidad de la persona beneficiaria.
  3. Fotocopia legible del documento de identidad del deudor solidario.
  4. Los demás documentos que requiera el ICETEX y/o la SED en los términos de cada convocatoria

Por Parte Del Deudor Solidario

NO APLICA


Los seleccionados recibirán al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace con su usuario y contraseña que le permitirá acceder a la plataforma de cargue de documentos (por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente, ya que deberá ingresar de manera recurrente a validar el estado de revisión de los documentos). En este enlace deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato pdf:

  1. Formulario de inscripción diligenciado a través del portal web del ICETEX.
  2. Fotocopia legible del documento de identidad de la persona beneficiaria.
  3. Fotocopia legible del documento de identidad del deudor solidario.

No aplica.


CALENDARIO DE LEGALIZACIÓN
No.ACTIVIDADFECHA
1Cargue de documentos de legalizaciónDesde el 08/07/2024 al 16/08/2024
2Generación de garantíasDesde el 08/07/2024 al 22/08/2024

No aplica.



3. Proceso de renovación

El proceso de renovación es la actualización de datos y trámite de la documentación requerida ante el ICETEX.



Al comenzar un nuevo periodo académico, el beneficiario debe realizar a través de la página web del ICETEX, la actualización de datos y tramitar ante la Institución de Educación Superior, la renovación de crédito (radicación de documentos). En los casos en los que las IES no cuenten con un punto de atención del ICETEX, los beneficiarios deberán renovar directamente ante el ICETEX, por medio de los canales que éste disponga, anexando los documentos relacionados a continuación, en las fechas establecidas en la página web del ICETEX y la de la SED:


Lugar de entrega de los documentos

Instituciones de Educación Superior o a través de las oficinas de atención al usuario en el ICETEX.

Plazo de entrega de entrega de los documentos

De acuerdo a lo establecido en calendario de la convocatoria. 

Documentos requeridos

  • Formulario de actualización de información del periodo 2022-1, descargado directamente desde el portal del ICETEX, debidamente diligenciado y firmado.

  • Fotocopia legible del documento de identidad vigente.

  • Constancia o certificado de notas, expedida por la Institución de Educación Superior, en el cual conste la culminación exitosa del último periodo académico cursado, según lo estipulado por la respectiva Instituciones de Educación Superior – IES y pénsum académico.

  • Soporte, certificado o constancia de matrícula del semestre que va a cursar y/o renovar el beneficiario, o en su defecto copia del recibo de pago.

  • Formulario de actualización de información del periodo en proceso de renovación, descargado por el portal del ICETEX, debidamente diligenciado, firmado y con huella dactilar del beneficiario.

  • Los demás que le sean solicitados por la Institución de Educación de Superior, el ICETEX y la SED.

En los casos en los que las Instituciones de Educación Superior, no cuente con punto de atención del ICETEX, los docentes y/o directivos docentes deberán radicar los documentos de renovación en las oficinas del ICETEX.

Parámetros de la entrega

  • Los documentos se deben entregar de forma ordenada según el check list. 

  • Es necesario que estén legibles y no deben tener enmendaduras, tachaduras, anotaciones o subrayados. 

  • La documentación debe estar completa y debidamente diligenciada y entregada dentro de los plazos establecidos. 


CONSTITUYENTE: SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO
FONDO NORMAL: SED FORMACION AVANZADA PARA DOCENTES 2012

Recuerde consultar el estado de su solicitud de crédito, a través de algunos de los siguientes canales: 

  • En primera instancia con el usuario que cada maestro(a) haya creado.

  • En segundo lugar, en la Universidad.

  • En tercera instancia, en las oficinas del ICETEX en la ciudad de Bogotá.


Calendario de renovación - Convocatoria 2023 - 2
Línea - Modalidad de créditoFecha de apertura Fecha de cierreMetodología

Pregrado - Posgrado País y Crédito Exterior

Lunes 15 de mayo de 2023

Viernes 13 de octubre de 2023

  • Actualización de datos estudiante.
     
  • Radicación de documentos de renovación del crédito condonable por parte de los beneficiarios ante las Universidades.
     
  • Renovación del crédito condonable en el portal del ICETEX por parte de las Universidades.

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



Una vez recibidas las autorizaciones de adjudicación y realizado el proceso de legalización de los créditos, en las cuales se incluirá el nombre y documento de identidad del beneficiario; el nombre del programa y de la Institución de Educación Superior; el valor a girar y el periodo correspondiente; el Icetex realizará el proceso de verificación de la información suministrada por la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas y por las Instituciones de Educación Superior. Surtido lo anterior, se iniciará el traslado a las Instituciones de Educación Superior de los recursos correspondientes a los costos de matrícula del periodo académico en curso y/o pendiente por desembolsar.
El Icetex girará los recursos a las Instituciones de Educación Superior correspondiente a matrícula de acuerdo con el listado de adjudicaciones remitidos por la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas, previamente aprobado por la Junta Administradora.

¿Cuándo se realizan los desembolsos?

Desembolsos por adjudicación: se hace una vez el estudiante culmine su proceso de legalización del crédito con Viabilidad Jurídica. En caso de no obtener viabilidad jurídica, debe subsanar conforme las observaciones resultado de la revisión, para lo cual cuenta con cinco días hábiles después del concepto "No viable". 

Desembolsos por renovación: se realizan semestralmente, a partir del estado “RENOVACIÓN IES” que registra la Institución de Educación Superior o el ICETEX, previa validación de la actualización de datos y entrega de los documentos requeridos para la renovación del crédito.


¿Cómo se efectúan?

Una vez se hayan adjudicado los créditos educativos condonables, la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas de la SED deberá entregar al ICETEX un listado de los beneficiarios de los créditos con oficio firmado por el Director de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas de la SED, donde se incluya los datos del beneficiario y donde se identifique el valor a girar el periodo correspondiente, una vez surtido lo anterior los recursos se trasladas a las instituciones de educación superior IES.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario? 

Para el presente Fondo, el desembolso de los recursos se efectúa directamente a la Universidad en donde se le de la autorización de giro.


El ICETEX le descuenta a los beneficiarios del crédito condonable del Fondo el uno coma cinco por ciento (1,0%) de los desembolsos efectuados, con destino al fondo de garantías del ICETEX para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.


Causales de suspensión temporal 

Son causales de suspensión temporal de los desembolsos del crédito educativo condonable las siguientes:

  • Aviso de retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado por el beneficiario y previamente aprobado por la Dirección de Formación Docentes e Innovaciones Pedagógicas de la SED.

  • Cierre temporal de la Institución de Educación Superior o del programa de posgrado en el cual se realizan los estudios.

  • No presentar los documentos de las actualizaciones de daros firmadas, las certificaciones de notas y las constancias de matrícula en los plazos establecidos para realizar la renovación de los periodos académicos.

Causales de suspensión definitiva

Las siguientes son las causales de la suspensión definitiva de los desembolsos del crédito educativo condonable:

  • Abandono injustificado del programa de posgrado. 

  • Inconsistencia o inexactitud en la información presentada por el beneficiario.

  • Cambio de institución educativa o programa académico sin previa autorización de la Dirección de Formación Docente e Innovaciones Pedagógicas de la SED.

  • La no aprobación de un periodo académico.

  • Suspensión del crédito por mas de dos periodos académicos.

  • Incumplimiento por parte del beneficiario de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente reglamento operativo.

  • Utilización de los recursos para fines distintos de aquellos para los cuales les fue otorgado. 

  • Cierre definitivo del programa o de las institución es educativa. En tal caso el beneficiario podrá solicitar la aprobación de traslado para otra institución de Educación Superior y programa, sujeto a procedimientos establecido.

  • Muerte, invalidez física o mental total o permanente, que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario, expedida por la entidad competente. 

  • Expresa voluntad del beneficiario.

  • Perdidas de la calidad de estudiante, informada por la institución de Educación Superior.

PARÁGRAFO Efectos de suspensión: La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos por laca causales anteriormente mencionadas se hará mediante comunicación dirigida la ICETEX por parte de la Dirección de Formación de Docentes e innovaciones Pedagógicas de la SED y tendrá como consecuencia, la devolución o cobro de los valores desembolsados al beneficiario mas los intereses causados. 


No aplica.



5. Condonación

Una vez finalizado el programa de estudios y obtenido el respectivo título, el beneficiario cuenta con un plazo de cinco (5) años, contado a partir de la terminación del periodo de prestación del servicio de qué trata el artículo 27, numeral 2, del presente reglamento.



No aplica.


Lugar de entrega de la documentación

Para efectuar el proceso de condonación de los beneficiarios del Fondo los documentos deberán radicar a la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas, a través del Sistema Integrado de Gestión Documental y Archivo o del Portal WEB de la SED, los siguientes documentos.

Plazo de entrega 

Una vez finalizado el programa de estudios y obtenido el respectivo título, el beneficiario cuenta con un plazo de cinco (5) años, contado a partir de la terminación del periodo de prestación del servicio de qué trata el artículo 27, numeral 2, del presente reglamento

Documentos a entregar

La condonación del crédito educativo se realizará una vez el beneficiario acredite el cumplimiento de las siguientes condiciones: 

  • Obtenga el titulo respectivo del programa financiado por e Fondo. 

  • Preste sus servicios a la Secretaria de Educación del Distrito, por un periodo de tiempo igual a la duración de los periodos financiados por el Fondo, contados a partir de la fecha de obtención del título respectivo.

  • Certificado de paz y saldo expedido por la Institución de Educación Superior

Documentos requeridos para solicitar la condonación del crédito: Una vez finalizado el programa de estudios y obtenido el respectivo título, el beneficiario cuenta con un plazo de cinco (5) años, contado a partir de la terminación del periodo de prestación del servicio de qué trata el artículo 27, numeral 2, del presente Reglamento, para radicar a la Dirección de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas, a través del Sistema Integrado de Gestión Documental y Archivo o del Portal WEB de la SED, los siguientes documentos.

a)    Carta firmada solicitando la condonación del crédito educativo otorgado, por cumplimiento de requisitos.

b)    Copia del diploma y/o acta de grado.

c)     Para los beneficiarios que estudiaron en Instituciones de Educación Superior en el Exterior, adicional a los documentos mencionados, deberán allegar copia del acto administrado de convalidación del título debidamente expedido por el Ministerio de Educación Nacional.

d)    Copia del certificado de paz y salvo expedido por la Institución de Educación Superior que le otorgó el grado.

Al momento de acreditar el cumplimiento de los requisitos consignados en Articulo 27, el beneficiario podrá acceder a la condonación del cien por ciento (100%) de los recursos aportados por el Fondo.

La Dirección de Formación de Docente e Innovaciones Pedagógicas de la Secretaría de Educación del Distrito y el ICETEX, iniciarán los trámites respectivos con el propósito de expedir la resolución mediante la cual se aprueba la condonación del crédito autorizada previamente por la Junta Administradora.

El no cumplimiento de alguno de los requisitos de condonación mencionados en el presente artículo o pérdida de calidad de estudiante por la Universidad, traerá como consecuencia que la financiación otorgada por el Fondo sea inmediatamente exigible de acuerdo con las políticas de cobranza del ICETEX y lo establecido en el presente Reglamento. Es decir, el docente deberá reintegrar al Fondo el valor total de los giros desembolsados más los intereses respectivos.


Una vez radicados lo documentos de la condonación la SED, previa autorización de la Junta Administradora del Fondo, solicitará al ICETEX  a través de un oficio, la expedición de la resolución de condonación adjuntado la relación de los beneficiarios que cumplieron con las condiciones, con fundamento en la documentación entregada por el beneficiario y demás mecanismo de verificación que determine la SED.