Título de ahorro educativo - TAE

Ahorro TAE  

Apreciado usuario:

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Teniendo en cuenta la situación de emergencia que vive actualmente el país, queremos comunicarte que ahora debes realizar los procesos asociados al producto TAE (redenciones y saldos a favor) de manera digital, radicando tus documentos a través de la Ventana Digital.

Recuerda que los documentos para enviar son los siguientes:

  1. Original del cupón debidamente firmado.
  2. Formato de Redención de Título de Ahorro Educativo - TAE (Actual), debidamente diligenciado, con tu firma y huella digital como beneficiario del giro.
  3. Fotocopia del documento de identidad con su respectiva huella digital, tanto tuya como beneficiarios y, si lo hubiere, del apoderado.
  4. Fotocopia de la orden de matrícula. Si ya la cancelaste, esta orden debe tener el sello de la entidad donde pagaste, en forma clara y legible.
  5. Endoso o poder, el cual debe estar firmado por las dos personas y mencionar el título y/o cupones a tramitar o redimir.
  6. Copia del diploma. Si ya culminaste el programa académico, debes anexar paz y salvo de la Institución de Educación Superior.

¿Qué es un TAE?

Es un título valor que te permite ahorrar para asegurar total o parcialmente los costos de la educación superior en el país o en el exterior del beneficiario que elijas.

Las principales características de los títulos son:

  1. Se expresan en Unidades de Matrícula Constante (UMAC), lo que permite la valorización periódica en relación con el incremento anual de las matrículas en los centros de educación superior.
  2. El ICETEX y el ICFES regulan el incremento de las UMAC a partir del costo anual de las matrículas en las universidades públicas y privadas, así como por el número de alumnos matriculados en ellas. Legalmente se estableció que el incremento de las UMAC no podrá superar el Índice de Precios al Consumidor.
  3. Pueden adquirirse de contado o a plazos en periodos de 12 a 60 meses.
  4. Se ofrecen tres modalidades de títulos, ello depende del número de semestres que la persona desee garantizar al beneficiario: Clase A, fraccionado en 10 cupones; Clase B, fraccionado en 6 cupones; y Clase C, fraccionado en 4 cupones.
  5. Por ser un título valor, un TAE es negociable y transferible. El último tenedor o beneficiario deberá registrarse en el ICETEX.
  6. La destinación del título es únicamente para el pago de matrículas, textos y demás gastos académicos en la educación superior, formal y no formal.
  7. El plazo para el vencimiento oscila entre 2 y 24 años, según elección de la persona que lo adquiera. El primer cupón puede hacerse efectivo 6 meses después de la cancelación total del título.

Información relevante: Ir a la encuesta de Código País - AÑO 2019

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Recuerda que los documentos para enviar son los siguientes:

    1. Original del cupón debidamente firmado.
    2. Formato de Redención de Título de Ahorro Educativo - TAE (Actual), debidamente diligenciado, con tu firma y huella digital como beneficiario del giro.
    3. Fotocopia del documento de identidad con su respectiva huella digital, tanto tuya como beneficiarios y, si lo hubiere, del apoderado.
    4. Fotocopia de la orden de matrícula. Si ya la cancelaste, esta orden debe tener el sello de la entidad donde pagaste, en forma clara y legible.
    5. Endoso o poder, el cual debe estar firmado por las dos personas y mencionar el título y/o cupones a tramitar o redimir.
    6. Copia del diploma. Si ya culminaste el programa académico, debes anexar paz y salvo de la Institución de Educación Superior.

    ¿Cómo redimir un TAE?

    Para redimir tu Título de Ahorro Educativo no tienes que esperar el vencimiento del último cupón o la terminación de la carrera. Puedes presentarte ahora.

    Antes de iniciar el proceso, te solicitamos seguir las siguientes recomendaciones para garantizar total seguridad al momento de iniciar el trámite:

    • Entrega únicamente tu título físico a los funcionarios autorizados por el ICETEX. Si te encuentras en Bogotá, podrás dirigirte directamente a las oficinas ubicadas en la Carrera 3 # 18-32, piso 7, en la Dirección de Tesorería.
    • Si estás fuera de Bogotá, puedes acudir a los puntos de atención que el ICETEX tiene a nivel nacional y habla con el funcionario encargado de Atención al Usuario.

    Importante: En todos los casos te recomendamos verificar que la persona que reciba el título esté debidamente identificada como funcionario o contratista autorizado por el ICETEX. Por ningún motivo le transfieras los cupones a un TERCERO DESCONOCIDO que se ofrezca a ayudarte en el trámite de cobro, tú mismo lo puedes hacer.  

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    Teniendo en cuenta la situación de emergencia que vive actualmente el país, queremos comunicarte que ahora debes realizar los procesos asociados al producto TAE (redenciones y saldos a favor) de manera digital, radicando tus documentos a través de la Ventana Digital.

    Recuerda que los documentos para enviar son los siguientes:

    1. Original del cupón debidamente firmado.
    2. Formato de Redención de Título de Ahorro Educativo - TAE (Actual), debidamente diligenciado, con tu firma y huella digital como beneficiario del giro.
    3. Fotocopia del documento de identidad con su respectiva huella digital, tanto tuya como beneficiarios y, si lo hubiere, del apoderado.
    4. Fotocopia de la orden de matrícula. Si ya la cancelaste, esta orden debe tener el sello de la entidad donde pagaste, en forma clara y legible.
    5. Endoso o poder, el cual debe estar firmado por las dos personas y mencionar el título y/o cupones a tramitar o redimir.
    6. Copia del diploma. Si ya culminaste el programa académico, debes anexar paz y salvo de la Institución de Educación Superior.

    Emisiones y ahorradores

    Las dos emisiones realizadas del Título de Ahorro Educativo TAE, están representadas en la siguiente distribución de ahorradores:

    TAE Clase de TítuloNúmero Ahorradores Primera EdiciónNúmero Ahorradores Segunda Edición
    A 10 semestres             2.282              603
    B 6 semestres              349               63
    C 4 semestres              262                47
    Total              2.893               713

     

    Del total de la colocación de títulos TAE de primera emisión, el 80.04% de los ahorradores optaron por la adquisición de título mediante forma de amortización mensual con plazos hasta de (60) meses. El 19.96% lo hicieron de contado.

    Para la segunda emisión, optaron por la forma de amortización a plazos el 93.5% y de contado el 6.5%.

    Destino de las captaciones

    En cumplimiento de la Ley 18 de 1988, el producto de las captaciones provenientes de las colocaciones de Títulos de Ahorro Educativo TAE se destinarán así: 40% a la constitución del Fondo de Garantías y el saldo restante, 60%, se destinará a manera de capital de trabajo para que el ICETEX amplíe su capacidad de crédito, otorgando préstamos educativos y créditos a instituciones de educación superior bajo las siguientes condiciones, también establecidas en la Ley 18 de 1988 e incluidas en el ESTATUTO ORGÁNICO DEL SISTEMA FINANCIERO, Parte Décima, Capítulo X, Artículos 277 y 278.

    Préstamos educativos

    El valor de los préstamos que otorgue el ICETEX con el producto de las captaciones no podrá sobrepasar el treinta por ciento (30%) del total de las mismas.

    Estos préstamos educativos se regirán por lo dispuesto en el estatuto orgánico del ICETEX, Decreto Ley 3155 de 1968 y demás normas y reglamentos que regulen la materia.

    Créditos a instituciones de educación superior

    El valor de los créditos a Instituciones de Educación Superior que otorgue el ICETEX con el producto de las captaciones, no podrá sobrepasar el treinta por ciento (30%) del total de las mismas.

    La Institución de Educación Superior deberá destinar el producto del crédito exclusivamente a la financiación de proyectos de desarrollo. Para cumplir con este fin, la institución solicitante del crédito deberá elaborar un estudio técnico-económico de factibilidad del proyecto, el cual será evaluado desde el punto de vista técnico por el ICFES y desde el punto de vista financiero por el ICETEX.

    Las tasas de interés, el plazo y las condiciones generales de los créditos serán establecidos periódicamente por el Banco de La República.

    Los créditos serán garantizados por la pignoración, en su origen, de cualesquiera de los ingresos corrientes de la institución de educación superior, a elección del ICETEX. El monto de la prenda será determinada en cada caso por el ICETEX, sin que pueda ser inferior al ciento treinta por ciento (130%) del capital e intereses debidos en cada periodo.

    El monto máximo de las obligaciones a cargo de una misma institución de educación superior, contraídas en razón de la obtención de los créditos a que se refiere la norma, no podrá exceder del diez por ciento (10%) del total de las captaciones disponibles para este tipo de créditos, ni de una y media (1.5) veces el patrimonio neto de la institución.