
FONDO ¿ORQUIDEA¿ MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
El Fondo Orquídea está destinado a la educación de los funcionarios de carrera administrativa, carrera diplomática y consular y provisionales del Ministerio de Relaciones Exteriores que estén admitidos o cursando un programa de especialización o maestría en instituciones de educación superior en Colombia de carácter público o privado con oferta académica en Bogotá D.C., o maestrías en el exterior que sean convalidables en Colombia de acuerdo con el proceso establecido por el Ministerio de Educación Nacional.
Con los recursos destinados al Fondo se otorgarán créditos educativos condonables destinados al apoyo económico para financiar el rubro de matricula para los periodos academicos que falten para finalizar el programa de especializacion o maestria en cualquier IES reconocida por el MEN con oferta académica en Bogotá D.C., de acuerdo con la duración oficial del Programa establecida por la Institución de Educación Superior o de maestría en cualquier IES en el Exterior cuyo titulo sea convalidable en Colombia.
Los destinatarios de los créditos condonables que se otorgarán en el marco del fondo serán funcionarios de carrera administrativa, diplomática y consular, provisionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, tanto en Colombia como en el exterior (Aplica para embajadas, Consulados, Misiones y Delegaciones Permanentes acreditadas en el exterior).
Programas financiados
Se financiarán estudios de educación superior a nivel de posgrado en Colombia y en el exterior, en los siguientes niveles de formación:
- Posgrado: Especialización y maestría en Instituciones de Educación Superior en Colombia de carácter público o privado con oferta académica en Bogotá D.C.
- Posgrado: maestría en cualquier IES en el Exterior cuyo título sea convalidable en Colombia.
Rubros financiados
Se otorgarán créditos educativos condonables destinados al apoyo económico de la siguiente manera:
Se financiará el rubro de matrícula para los periodos académicos faltantes que el aspirante diligencie en el formulario para finalizar el programa de especialización o maestría en cualquier IES reconocida por el MEN con oferta académica en Bogotá D.C., de acuerdo con la duración oficial del Programa establecida por la Institución de Educación Superior o de maestría en cualquier IES en el Exterior cuyo título sea convalidable en Colombia.
Los topes a financiar por rubro de matrícula son los siguientes:
- Especialización: Hasta $10.067.724.
- Maestría: Hasta $11.428.741.
¡Importante!
- La financiación de maestrías en el exterior no implicará el otorgamiento de comisiones de estudio. En consecuencia, los funcionarios que desempeñen sus funciones en Colombia únicamente podrán cursar programas en el exterior en modalidad virtual. Por su parte, los funcionarios de planta externa podrán cursar programas en modalidad virtual o presencial, siempre que estos se desarrollen en el país donde ejerzan sus funciones.
- Los títulos obtenidos en instituciones extranjeras deberán ser susceptibles de convalidación en Colombia.
- Cada aspirante podrá acceder al financiamiento de un (1) solo programa (ya sea de posgrado o de bilingüismo) y podrá hacer uso de este beneficio por una única vez durante toda la vigencia del Fondo Orquídea
Requisitos del Estudiante
| No. | Requisito | Medio de verificación | Responsable |
|---|---|---|---|
| 1 | Ser colombiano |
| ICETEX |
| 2 | Contar con un título de pregrado |
| ICETEX |
| 3 | No contar con título para el nivel académico al que se postula |
| ICETEX |
| 4 | Especialización o maestría en Colombia: Estar admitido, para el periodo académico correspondiente a la convocatoria, o encontrarse matriculado en un programa de especialización o maestría, en modalidad virtual (a nivel nacional) o presencial (en Bogotá), ofrecido por una Institución de Educación Superior registrada en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES) en Colombia. |
| ICETEX |
| 5 | Maestría en el exterior: Estar admitido, para el periodo académico correspondiente a la convocatoria, o encontrarse matriculado en un programa de maestría, en modalidad presencial o virtual, ofrecido por una Institución de Educación Superior en el exterior, con programas académicos convalidables en Colombia de acuerdo con la normatividad aplicable. Nota: Para los funcionarios que desempeñen sus funciones en Colombia, únicamente serán elegibles programas de maestría en el exterior ofrecidos en modalidad virtual. Para los funcionarios de planta externa, serán elegibles programas de maestría en el exterior en modalidad virtual o presencial, siempre que estos se desarrollen en el país donde ejerzan sus funciones, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Operativo. |
| ICETEX |
| 6 | No estar recibiendo financiación educativa a través de otros Fondos administrados por el ICETEX, para los mismos rubros y el mismo programa que financia este Fondo. |
| ICETEX |
| 7 | No haber sido sancionado disciplinaria o judicialmente durante el año inmediatamente anterior a la fecha de apertura de la convocatoria. |
| ICETEX |
| 8 | Ser funcionario público de carrera administrativa, carrera diplomática y consular y provisionales del Ministerio de Relaciones Exteriores con mínimo un (1) año de antigüedad previo a la fecha de apertura de la convocatoria. |
| MRE |
| 9 | Acreditar nivel sobresaliente en la más reciente calificación de la evaluación de desempeño previo a la apertura de la convocatoria. NOTA: Teniendo en cuenta que en la entidad no se evalúa a los funcionarios en provisionalidad, este requisito no aplicará para este tipo de vinculación. |
| MRE |
| 10 | No encontrarse incurso en las restricciones señaladas en el numeral 4 del ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO del Reglamento Operativo. |
| MRE |
| 11 | El programa a cursar debe encontrarse enmarcado o tener un énfasis relacionado con la misionalidad, planeación estratégica o funciones del Ministerio, de acuerdo con los núcleos básicos establecidos en la Resolución por medio de la cual se establece el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad que se encuentre vigente al momento de la convocatoria. NOTA: Consultar la resolución No. 07210 del 27 de mayo de 2026 y la resolución 00341 del 7 de enero de 2026 en el siguiente link: https://www.cancilleria.gov.co/el-ministerio/talento-humano/manual-de-funciones |
| MRE |
| 12 | No haber recibido apoyos económicos por parte de la entidad para educación formal durante los últimos dos años previos a la apertura de la convocatoria. |
| MRE |
Requisitos del Codeudor
Sí es natural
Codeudor sujeto a consulta y aprobación de CIFIN, que cumpla con los requisitos de capacidad de pago, historial crediticio y documentación establecidos por ICETEX
Sí es jurídico
No aplica
Estado de la convocatoria: Abierta
Fecha de apertura de la convocatoria: 19 de Octubre de 2026
Fecha de cierre de la convocatoria: 04 de febrero de 2027
Número de cupos:
Se financiarán 100 cupos, distribuidos de la siguiente manera:[cite: 3]
- 30 cupos para programas de maestría, de los cuales 10 cupos serán destinados a aspirantes de la planta externa y 20 cupos a aspirantes de la planta interna.[cite: 3]
- 70 cupos para programas de especialización, de los cuales 24 cupos serán destinados a aspirantes de la planta externa y 46 cupos a aspirantes de la planta interna.[cite: 3]
Los cupos serán asignados en orden descendente de puntaje, iniciando con los aspirantes que obtengan las mayores calificaciones, sujetos a la disponibilidad de cupos y recursos del Fondo, procurando en todo momento la sostenibilidad financiera de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos previamente adquiridos por este.[cite: 3]
El aspirante deberá diligenciar el formulario de inscripción ingresando al portal web del ICETEX en el enlace https://solicitudes.icetex.gov.co/solicitudes/ingres.sm, a través de la opción ¿Formulario de inscripción¿, donde deberá registrarse creando un usuario y una contraseña personal para el acceso al sistema y posteriormente diligenciar la información que allí se solicita.
Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante
Para el correcto diligenciamiento del formulario, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Verifique previamente a que convocatoria se está postulando (ORQUIDEA POSGRADOS 2027 1 0).
- Todos los campos solicitados en el formulario deben diligenciarse. Recuerde que usted podrá revisar la información las veces que requiera antes de guardar y realizar la inscripción. Al seleccionar el botón ¿Completar solicitud¿, se realizará la postulación a la convocatoria y no será posible realizar ningún cambio.
- El usuario asignado y la contraseña que registre son requeridos para el acceso al diligenciamiento del formulario, por favor guárdelos en un lugar donde los pueda consultar posteriormente.
- El programa académico para el que aspira financiación debe estar activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES). Así mismo, el aspirante debe conocer exactamente el semestre académico el cual cursará para el periodo actual de la convocatoria ¿ 2027-1
- El estrato socioeconómico del núcleo familiar ingresado en el formulario debe coincidir con la dirección registrada por el aspirante.
- Los datos de contacto (teléfonos, correos electrónicos y direcciones) deben estar correctos y vigentes
- La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si se encuentran diferencias o inconsistencias frente a los documentos cargados en la etapa de inscripción, el aspirante no podrá realizar subsanación ni continuar con la etapa de calificación y legalización de la financiación.
¡Importante!
Por favor verifique que registra todos los campos solicitados y después seleccione el botón ¿Completar solicitud¿. ICETEX no se hace responsable por postulaciones que no queden guardadas, ni por información errónea registrada en el formulario de inscripción.
Si en cualquier etapa del proceso se encuentra que algún documento cargado presenta inconsistencias o presuntas adulteraciones, dará lugar a la suspensión del proceso con el aspirante o beneficiario en particular, hasta tanto se surtan los trámites a que haya lugar, a fin de determinar la veracidad del documento, sin perjuicio de las denuncias y actuaciones legales que correspondan.
En un plazo máximo de 24 horas posteriores al diligenciamiento del formulario de inscripción, recibirá al correo electrónico a través del cual se registró, un enlace para acceder a la plataforma de cargue de documentos, en la cual deberá adjuntar los siguientes archivos, en formato pdf:
- Copia del formulario de inscripción debidamente diligenciado, a través de la Página Web del ICETEX.
- Copia del documento de identidad del aspirante.
- Diploma o acta de grado
- Constancia de admisión para el periodo de la convocatoria, recibo de matrícula de la Institución de Educación Superior u orden de pago.
- Declaración juramentada indicando que el título al que aspira es convalidable en Colombia.(aplica para las personas que estudian en el exterior)
- Certificado de antecedentes emitido por los entes de control (Procuraduría, Contraloría, Policía Nacional de Colombia - PONAL, Medidas Correctivas), con una vigencia no mayor a treinta (30) días calendario al momento de la postulación a la convocatoria. Se deberán cargar los cuatro (4) certificados en un solo PDF
- Certificación de auto reconocimiento como miembro de la comunidad Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera expedido por el Ministerio del Interior. (únicamente si aplica).
- Declaracion juramentada indicando la condicion de Padre/Madre cabeza de hogar( unicamente si aplica)
¡Importante!
El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos o indicaciones de la etapa de inscripción, no le permitirá continuar con el proceso de otorgamiento.
Tenga en cuenta que la documentación que cargue deberá corresponder y ser coherente con la información previamente diligenciada en el formulario de inscripción, de lo contrario será causal de subsanación o rechazo.
| Criterios de selección | Puntaje | |
|---|---|---|
| 1. Tipo de Vinculacion | ||
| Carrera administrativa o Diplomatica y Consular | 20 | |
| Otro tipo de vinculacion Provisionalidad | 15 | |
| Puntaje Maximo | 20 | |
| 2. Nivel academico actual | ||
| Sin Posgrado( especializacion o maestria) | 20 | |
| Cuente con algun Posgrado(especializacion o maestria) | 15 | |
| Puntaje Maximo | 20 | |
| 3. Criterio Diferencial(En el caso de cumplir simultáneamente dos o | 10 | |
| Comunidades negras, afrocolombianas, raizales o palenqueras | ||
| Pueblo ROM(Gitano) | ||
| Indigenas | ||
| Victimas del conflicto armado | ||
| Personas con discapacidad | ||
| Padre o Madre cabeza de familia | ||
| No cuenta con criterio diferencial | 0 | |
| Puntaje Maximo | 10 | |
| 4. Rango de Escala Salarial | ||
| Entre 1 y 3 SMLMV | 40 | |
| Entre 4 y 5 SMLMV | 30 | |
| Entre 6 y 7 SMLMV | 20 | |
| Entre 8 y 9 SMLMV | 10 | |
| Mayor a 9 SMLMV | 5 | |
| Puntaje Maximo | 40 | |
| 5. Ser parte de los destinos con condiciones difíciles (SE | ||
| Si | 10 | |
| No | 0 | |
| Puntaje Maximo | 10 | |
| TOTAL | 100 | |
Publicación de los resultados
El ICETEX realizará la publicación de resultados a través del siguiente enlace: https://web.icetex.gov.co/es/creditos/fondos-en-administracion/consulta-resultados
Mediante este acceso los aspirantes podrán consultar la aprobación o no aprobación de su postulación al fondo, ingresando el número de identificación.
Información importante
¡Importante!
- Criterio de desempate: En caso de presentarse empate entre dos o más aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y el número de aspirantes empatados supere los cupos disponibles, se dará prioridad a los funcionarios que acrediten derechos de carrera administrativa o pertenencia a la carrera diplomática y consular, frente a aquellos funcionarios vinculados en provisionalidad, sin perjuicio de la participación de estos últimos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
| Actividad | Concepto | Fecha de inicio | Fecha final |
|---|---|---|---|
| 1 | Publicacion de la convocatoria | 19/10/2026 | |
| 2 | Inscripcion de aspirantes | 20/10/2026 | 10/11/2026 |
| 3 | Cargue documental | 21/10/2026 | 24/11/2026 |
| 4 | Subsanacion documental | 22/10/2026 | 27/11/2026 |
| 5 | Verificacion y evaluacion de cumplimiento de requisitos | 11/11/2026 | 4/12/2026 |
| 6 | Calificacion de quienes cumplieron requisitos mínimos | 4/12/2026 | 14/12/2026 |
| 7 | Junta Administradora para aprobar beneficiarios | 15/12/2026 | |
| 8 | Publicacion de resultados | 16/12/2026 | |
| 9 | Legalizacion IES | 17/12/2026 | 28/01/2027 |
| 10 | Suscripcion de garantias | 18/12/2026 | 4/02/2027 |
El proceso de legalización Se realizara unicamente para los beneficiarios que cumplan con todos los requisitos minimos, que obtengan la mayor puntuacion en los criterios de calificacion y sean aprobados por la junta administradora
Una vez la junta administradora haya aprobado a los aspirantes que culminaron el proceso de calificación, el ICETEX pondrá en validación ante las Instituciones de Educación Superior (IES) la verificación del estado académico y/o de matrícula de cada aspirante, con el fin de garantizar la autenticidad y vigencia de la información reportada.
Para ello, el ICETEX enviará a las IES, dentro del plazo establecido en el cronograma, el listado de los aspirantes aprobados, con el propósito de que confirmen si el estudiante se encuentra admitido y/o matriculado en el programa académico registrado en el formulario de la convocatoria correspondiente al período 2027-1.
Una vez recibida la validación por parte de la IES y confirmada la información, se procederá con el registro del estado ¿Legalizado IES¿. En caso contrario, si la Institución de Educación Superior no emite respuesta dentro del término establecido, informa que el aspirante no se encuentra matriculado o se identifica que la información reportada en el formulario no coincide con la validada por la IES, se registrará el estado ¿No Legalizado IES¿.
Como consecuencia, el aspirante no podrá continuar con el proceso de suscripción de garantías, obteniendo como resultado el estado ¿No Aprobado¿.
El ICETEX y las Instituciones de Educación Superior (IES) no podrán legalizar beneficiarios de manera extemporánea, es decir, por fuera de los plazos establecidos en el cronograma oficial de la convocatoria.
Los cupos correspondientes serán reasignados a los aspirantes en lista de espera, conforme a las disposiciones delTexto de convocatoria.
Sobre las garantías
Los seleccionados recibirán a través de correo electrónico remitido por el proveedor que genera y custodia los pagarés (DECEVAL), las instrucciones para la firma electrónica del pagaré y carta de instrucciones que respaldará el crédito condonable.
La firma del pagaré electrónico se debe realizar dentro de las fechas estipuladas en el cronograma que se establece para la presente convocatoria. Los aspirantes seleccionados que firmen fuera de estas fechas no podrán considerarse como beneficiarios y, por lo tanto, no podrán continuar con el proceso de otorgamiento en el marco de la presente convocatoria.
Si durante el proceso de firma de la garantía, el aspirante presenta algún inconveniente, puede contactarse a la línea telefónica https://web.icetex.gov.co/atencion-y-servicios-a-la-ciudadania/canales-de-atencion , en donde recibirá apoyo para dicho proceso.
¡Importante!
Para acceder al crédito educativo condonable será necesario contar con un deudor solidario sin embargo el beneficiario podrá actuar como su propio deudor solidario, en caso de no ser aprobado por la central de riesgo deberá postular a un tercero para tal efecto.
| Actividad | Concepto | Fecha maxima | Fecha final |
|---|---|---|---|
| 1 | Legalización IES | 17/12/2026 | 28/01/2027 |
| 2 | Suscripcion de garantias | 18/12/2026 | 4/02/2027 |
El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para su posterior renovación.
Para la renovación de los créditos para un nuevo periodo académico, el beneficiario deberá cumplir con los siguientes requisitos y acreditar ante el ICETEX los siguientes documentos dentro de las fechas establecidas en el cronograma de renovaciones:
- Formato de actualización de datos, diligenciado a través del portal web institucional, accediendo con su usuario y contraseña.
- Certificado expedido por la IES en el que conste la aprobación del periodo académico anterior, con un promedio mínimo de 3.8 (tres punto ocho) en la escala de 1.0 a 5.0 o sus equivalentes, y en el que se evidencie que el estudiante no perdió ninguna asignatura
- Recibo de pago del periodo académico a cursar.
- No encontrarse incurso en sanciones disciplinarias, fiscales, judiciales o medidas correctivas vigentes. Para validar lo anterior, deberán cargar nuevamente los certificados de antecedentes de Policía Nacional, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República y Registro Nacional de Medidas Correctivas (RNMC)
Plazo de entrega de entrega de los documentos
El cronograma de renovación de cada periodo será propuesto por el ICETEX y aprobado por la Junta Administradora.
Cuando se cumpla con los requisitos de renovación y se surta al interior del ICETEX el procedimiento correspondiente, se girará el valor de la renovación directamente a las instituciones educativas por concepto de matrícula.
| Concepto | Fechas a ejecutar |
|---|---|
Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico.
Se financiará el rubro de matrícula para los periodos académicos faltantes que el aspirante diligencie en el formulario para finalizar el programa de especialización o maestría en cualquier IES reconocida por el MEN con oferta académica en Bogotá D.C., de acuerdo con la duración oficial del Programa establecida por la Institución de Educación Superior o de maestría en cualquier IES en el Exterior cuyo título sea convalidable en Colombia.
Los topes a financiar por rubro de matrícula son los siguientes:
- Especialización: Hasta $10.067.724.
- Maestría: Hasta $11.428.741.
¿Cúando se realizan los desembolsos?
Una vez culminado el proceso de legalización por parte de los beneficiarios, el ICETEX tramitará los desembolsos correspondientes, directamente a la Institución de Educación Superior por concepto de matrícula.
Solo se realizará el desembolso correspondiente a matrícula cuando el beneficiario cumpla con las obligaciones contempladas en el Reglamento Operativo, incluyendo la legalizacion y la renovación del beneficio en los tiempos estipulados luego de anunciada la apertura de las plataformas utilizadas para tal fin y con cada institución.
No se contemplará la financiación de la inscripción de asignaturas reprobadas.
Una vez adjudicado el crédito educativo el constituyente remitirá al ICETEX por medio
electronico un oficio con la relación de los beneficiarios, valor a desembolsar, la moneda (dólares o pesos y el periodo académico.)
El ICETEX descontará con cargo a los recursos del Fondo Orquidea el dos por ciento (2%) sobre cada desembolso que efectúe en créditos educativos, con el objeto de llevarlo al Fondo Pasivo Contingente del ICETEX para cubrir los riesgos de invalidez, muerte y demás aplicables, conforme la normatividad y procedimientos dispuestos por el ICETEX.
Los recursos que se descuenten por aporte de riesgo no constituirán cartera para los beneficiarios.
Causales de suspensión temporal
- Cierre temporal o definitivo de la Institución de Educación Superior y/o del programa académico.
- No presentación de los documentos requeridos para la renovación del crédito condonable en las condiciones establecidas en el presente reglamento.
- Serán causales de suspensión temporal aquellas conductas o situaciones descritas en el articulo vigésimo primero, conforme a las condiciones y efectos allí señalados.
Causales de suspensión definitiva
- Incumplimiento injustificado de las obligaciones establecidas en el reglamento operativo, por parte del beneficiario
- Abandono injustificado del programa academico para el cual se le otrogo el credito condonable.
- Presentación de documentos falsos (públicos y privados)
- La expresa voluntad del beneficiario.
- Cambio de la Institución de Educación Superior, sin aprobación expresa de la Junta Administradora.
- Recibir simultáneamente ingresos adicionales por el mismo rubro, a través de otro fondo administrado por el ICETEX, durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo condonable.
- No presentar los documentos requeridos para la renovación del crédito educativo
- Pérdida de la calidad de estudiante, conforme a los reglamentos internos de la IES.
- Desvinculación del beneficiario.
- Muerte o incapacidad total y/o permanente del beneficiario.
Información importante
Para las Universidades en el exterior, el ICETEX confirmará la información con cada Universidad, a través de correo electrónico y una vez se cuenta con la confirmacion se remitirá al constituyente.
Cuando el desembolso supere el valor adjudicado y/o autorizado, la Institución de Educación Superior y/o la persona beneficiaria, según corresponda, deberá reintegrar al ICETEX el excedente desembolsado, una vez este haya sido verificado por el ICETEX.
Para las Instituciones de Educación Superior en el Exterior los desembolsos serán en dólares, y se contabilizarán en pesos colombianos, para este último caso a la tasa de a la tasa de cambio representativa del mercado al momento de realizar el giro.
El proceso de condonación del crédito se iniciará una vez el beneficiario haya finalizado el último periodo financiado. A partir de dicha finalizacion, el beneficiario contara con un plazo máximo de un (1) año para radicar formalmente la solicitud de condonación, término que será contabilizado desde la fecha de culminación del último período académico financiado.
- La condonación de los créditos otorgados solamente podrá ser autorizada por la Junta Administradora, a partir de la verificación del cumplimiento de requisitos efectuado por la misma, según conste en el acta de Junta Administradora. Dicha acta indicará la relación de los beneficiarios y valores a condonar, con fundamento en la documentación entregada por el beneficiario, la cartera informada por el ICETEX y el cumplimiento de los requisitos referidos.
- La Junta Administradora del Fondo podrá estudiar y autorizar condonaciones en plazos diferentes a los establecidos en el presente reglamento, siempre que el beneficiario presente la solicitud de excepción ante dicha instancia dentro del mismo plazo de un (1) año que inicialmente estaba previsto para solicitar la condonación, y esta se encuentre debidamente sustentada en circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, con el fin de que el caso sea analizado y decidido por la Junta Administradora.
- Cuando el beneficiario no presente dentro del plazo de un (1) año establecido para solicitar la condonación la documentación exigida en el presente artículo, ni radique dentro de dicho término la solicitud de excepción ante la Junta Administradora, deberá reintegrar al ICETEX el cien por ciento (100 %) del valor del crédito otorgado, junto con los intereses estipulados en el reglamento de recuperación de cartera del ICETEX. En este evento, el ICETEX adelantará las gestiones de cobro y recuperación de la cartera, conforme a los procedimientos ordinarios vigentes para tal efecto.
- El ICETEX deberá informar a los constituyentes la relación de los beneficiarios que no cumplieron con los requisitos exigidos para la condonación del crédito educativo para que se revise y verifique previo a la autorización de la Junta Administradora el paso al cobro de las obligaciones.
¡Importante!
Condonación por prestación de servicios a la entidad: El tiempo de prestación del servicio en la entidad será equivalente al doble del período de financiación del programa académico cursado por el beneficiario. Para efectos del cómputo de dicho término, se aceptará y reconocerá el tiempo de prestación de servicios que el beneficiario acredite haber cumplido mientras se encontraba adelantando el respectivo programa académico, siempre que dicha prestación se ajuste a las condiciones, criterios y lineamientos establecidos por el Fondo.
- Se entenderá que cada período académico corresponde a un término de seis (6) meses, los cuales serán utilizados para el cálculo del tiempo total de prestación de servicios en la entidad requerido para la condonación del crédito.
- El tiempo de prestación de servicio en la entidad para efectos de la condonación deberá cumplirse de manera continua e ininterrumpida, conforme a lo dispuesto en el reglamento Operativo.
- En caso de desvinculación del servidor público sin haber cumplido la totalidad del tiempo requerido para la condonación por prestación de servicio en la entidad, la condonación correspondiente a este criterio se aplicará de manera proporcional al tiempo efectivamente servido. El valor no condonado será exigible conforme a las condiciones establecidas por el ICETEX
- En caso de desvinculación de los funcionarios vinculado en provisionalidad por provisión definitiva del cargo público sin haber cumplido la totalidad del tiempo requerido para la condonación por prestación de servicio en la entidad, la condonación correspondiente a este criterio se aplicará de manera proporcional al tiempo efectivamente servido. El valor no condonado será exigible conforme a las condiciones establecidas por el ICETEX.
Condonación por título académico: El cumplimiento del requisito de condonación por título se adelantará de conformidad con las siguientes disposiciones:
a. Programas adelantados en Colombia: Para la condonación del crédito por obtención del título del programa académico financiado, el beneficiario deberá entregar al Ministerio de Relaciones Exteriores copia del diploma o del acta de grado, una vez finalizado el programa de estudios.
El beneficiario contará con un plazo máximo de un (1) año, contado a partir de la finalización del último período académico financiado, para presentar la copia del título ante el Ministerio de Relaciones Exteriores para efectos de la condonación.
b. Programas adelantados en el exterior: Para los títulos obtenidos en el exterior, el beneficiario contará con un plazo máximo de un (1) año para presentar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores copia del título debidamente convalidado por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia, contado a partir de contado a partir de la finalización del programa financiado.