Listado de fondos en administación

Fondo en Administración Transformando Vidas

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Para población   Dirigido a Jóvenes cundinamarqueses egresados de colegios Oficiales o Privados ubicados en alguno de los 116 Municipios del Departamento
Estado   Abierto
Constituyente   Gobernación de Cundinamarca

Fondo en Administración Transformando Vidas
Descripción del fondo

El Fondo Administración Transformado Vidas tiene como finalidad promover el ingreso y la permanencia de los Cundinamarqueses a la Educación superior, a través de la adjudicación de créditos condonables con estrategias como Gratuidad, Matricula, Excelencia académica, mérito Deportivo y Cultural. Adicional con la asignación de subsidios como sostenimiento o transporte y admisión el fondo busca la disminución de la deserción en la educación Superior.


El fondo en administración Transformando Vidas brinda créditos condonables para el acceso y subsidios para la permanencia en la Educación Superior.


Dirigido a Jóvenes cundinamarqueses egresados de colegios Oficiales o Privados ubicados en alguno de los 116 Municipios del Departamento otorgando beneficios de pagos de costos de matrícula mediante la adjudicación de créditos educativos condonables en programas técnicos, tecnológicos o profesionales.


El Fondo en Administración Trasformando Vidas, asignará beneficios de acceso y permanencia en la Educación superior, de acuerdo con las estrategias establecidas en la Ordenanza 036 de 2020, las cuales se consideran de la siguiente manera:

  • Matrícula municipios no certificados en educación (Estrategia de acceso crédito condonable).
     
  • Matrícula municipios certificados en educación (Estrategia de acceso crédito condonable).
     
  • Universidad a la Finca (Estrategia de acceso - crédito condonable).
     
  • Admisión (Estrategia de acceso-subsidio).
     
  • Sostenimiento (Estrategia de permanencia - subsidio).
     
  • Transporte (Estrategia de permanencia-subsidio).


¿CUÁLES SON LAS ESTRATEGIAS QUE SE FINANCIAN?

ESTRATEGIAS DE ACCESO

En el formulario de acceso se podrán postular a las estrategias cuya finalidad es el pago del costo del semestre, estas estrategias son denominadas créditos condonables.

Para la financiación de estas estrategias se cuenta, además del porcentaje asumido por el Fondo Trasformando Vidas de acuerdo con lo descrito en la Ordenanza 036 de 2020, con un porcentaje de descuento otorgado por las Instituciones de Educación Superior (IES) aliadas, el cual puede ser consultado en el listado divulgado en la página de la Gobernación de Cundinamarca, Micrositio Secretaría de Educación, botón Cundinamarca más profesional, botón Fondo Transformando Vidas, Universidades Aliadas.


MATRÍCULA MUNICIPIOS CERTIFICADOS EN EDUCACIÓN

El Fondo financiará a los beneficiarios de esta estrategia así:
Hasta veinte por ciento (20%) del valor de la matrícula lo asumirá el Fondo para la Educación Superior sin que este porcentaje supere los 5 salarios mínimos legales mensuales Vigentes (SMMLV) por semestre, las IES públicas o privadas asumirán de conformidad con las condiciones un porcentaje de descuento establecido en el convenio suscrito con la Secretaría de Educación de Cundinamarca, porcentaje que puede ser consultado en la página de la Gobernación de Cundinamarca, micrositio Secretaría de Educación, botón Cundinamarca más profesional, botón Fondo Transformando Vidas, Universidades Aliadas.
El valor que resulte de la diferencia, si es el caso, será asumido por el beneficiario con sus propios recursos.

Los jóvenes graduados de colegios oficiales o privados de los municipios de Zipaquirá, Chía, Mosquera, Funza, Facatativá, Soacha, Fusagasugá y Girardot, serán financiados a través de esta estrategia.


MATRÍCULA MUNICIPIOS NO CERTIFICADOS EN EDUCACIÓN

El Fondo financiará a los beneficiarios de esta estrategia así:

Hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor de la matrícula lo asumirá el Fondo para la Educación Superior, las IES públicas o privadas asumirán, de conformidad con las condiciones, un porcentaje de descuento establecido en el convenio suscrito con la Secretaría de Educación de Cundinamarca, porcentaje que puede ser consultado en la página de la Gobernación de Cundinamarca, Micrositio Secretaría de Educación, botón Cundinamarca más profesional, botón Fondo Transformando Vidas, Universidades Aliadas.

El valor que resulte de la diferencia, si es el caso, será asumido por el beneficiario con sus recursos propios.

En ningún caso, el aporte realizado por el Fondo para la Educación Superior Transformado Vidas podrá superar cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), por período académico (semestre) en cualquiera de los programas académicos en la modalidad virtual o a distancia en convenio suscrito entre la Secretaría de Educación de Cundinamarca y las IES. Si el valor de semestre supera los cinco (5) SMMLV, el beneficiario asumirá el valor restante con sus propios recursos.

Los jóvenes graduados de colegios oficiales o privados de municipios diferentes a Zipaquirá, Chía, Mosquera, Funza, Facatativá, Soacha, Fusagasugá y Girardot serán financiados a través de esta estrategia.

En el caso en que el aspirante inicie o se encuentre cursando sus estudios en una de las IES públicas aliadas al Fondo y el valor de la matrícula del período académico (semestre) no supere los cinco (5) SMMLV, el Fondo para la Educación Superior asumirá el 100% del valor de la matrícula.


UNIVERSIDAD A LA FINCA

La estrategia tiene como finalidad facilitar que los estudiantes adelanten sus estudios de educación superior cerca de su familia, comunidad y municipio. A través de esta estrategia, se podrá financiar hasta el 100% del costo de matrícula de los beneficiarios siempre y cuando sea en Instituciones de Educación Superior (IES) públicas o privadas en convenio con la Secretaría de Educación de Cundinamarca; a través de esta estrategia se financiarán programas académicos en la modalidad semipresencial, distancia o virtual.

Esta estrategia aplica únicamente para los jóvenes cundinamarqueses egresados de las Instituciones Educativas de carácter oficial o privado de los municipios no certificados en educación del departamento de Cundinamarca (diferentes a Zipaquirá, Chía, Mosquera, Funza, Facatativá, Soacha, Fusagasugá y Girardot) y en ningún caso, el aporte realizado por el Fondo podrá superar cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) por período académico (semestre), en cualquiera de los programas académicos en las modalidades de semipresencial, distancia o virtual, si el valor de semestre supera los cinco (5) SMMLV, el beneficiario asumirá el valor restante con sus recursos propios.

En el caso en que el aspirante se encuentre cursando sus estudios en una de las IES públicas aliadas del Fondo y el valor de la matrícula del período académico (semestre) no supere los cinco (5) SMMLV, el Fondo para la Educación Superior asumirá el 100% del valor de la matrícula.

 

ADMISIÓN

La estrategia tiene como objetivo ampliar el número de jóvenes cundinamarqueses con postulaciones a las IES públicas o privadas, subsidiando el costo de inscripción, adquisición de formularios, compra de pin y gastos asociados al proceso de inscripción.

La asignación de este subsidio se realiza a los beneficiarios que ingresen a primer semestre y que en el formulario de postulación a la estrategia de acceso adjunten el recibo de pago de gastos de admisión debidamente cancelado.


ESTRATEGIAS DE PERMANENCIA

En el formulario de permanencia se podrán postular a las estrategias cuya finalidad es la asignación de un subsidio como ayuda para gastos de sostenimiento o transporte en los que incurren los estudiantes para cursar su programa académico.

 

SOSTENIMIENTO

A través de esta estrategia, el Fondo asignará a los beneficiarios entre uno (1) y uno punto cinco (1.5) Salarios mínimos Legales Vigentes (SMMLV) durante el semestre; a esta estrategia podrán acceder jóvenes cundinamarqueses cuya distancia entre su lugar de vivienda y la Institución de Educación Superior o SENA sea superior a 60 Km.

El beneficio de sostenimiento no aplica para jóvenes que cursen programas en la modalidad semipresencial, a distancia o virtual.


TRANSPORTE

Mediante esta estrategia se asignará un subsidio a través del cual se cubrirá un porcentaje del pago de la tarifa del servicio público intermunicipal de transporte vigente en cada municipio para el trayecto requerido. El valor máximo a asignar por periodo académico será de hasta un (1) SMMLV.

Porcentajes por distancia: Estudiantes que se encuentren con domicilio entre 5 km., y menos de 20 km., de la IES.El 40% de la tarifa del servicio público de transporte intermunicipal.
Estudiantes que se encuentren con domicilio entre 20 km., y menos 30 km., de la IES.El 50% de la tarifa del servicio público de transporte intermunicipal.  
Estudiantes que se encuentren con domicilio entre 30 km., y menos de 45 km., de la IES.El 60% de la tarifa del servicio público de transporte intermunicipal.  
Estudiantes que se encuentren con domicilio entre 45 km., y menos de 100 km., de la IES.El 70% de la tarifa del servicio público de transporte intermunicipal.  

Para el caso de los beneficiarios que accedan a la estrategia de transporte y que su Institución de Educación Superior (IES) o el SENA estén en la ciudad de Bogotá y se haga necesario tomar un transporte adicional, además del porcentaje del costo del transporte intermunicipal, se tendrá en cuenta el costo del transporte urbano dentro de la ciudad de Bogotá dos recorridos por día. (Sistema de transporte masivo: Transmilenio o SITP).

Para calcular el valor total a reconocer se tomará como base el tiempo de estudio promedio de un semestre que equivale a 16 semanas.

Los beneficiarios que cursen programas en modalidad semipresencial o virtual, se liquidará el beneficio de transporte para los encuentros presenciales, de acuerdo con los días en que deba asistir el beneficiario a la IES o al SENA, según el caso.


¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA POSTULACIÓN?

Los postulantes deberán acreditar el cumplimiento de requisitos con la presentación de los siguientes documentos, adjuntándolos al formulario de solicitud de ICETEX lo anterior luego de contar con la aprobación de responsable solidario en los casos que aplique.

  1. Fotocopia del documento de identidad legible y ampliado al 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad, presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
     
  2. Los estudiantes menores de edad deben presentar fotocopia del documento de identidad legible y ampliada al 150% del representante legal o tutor por ambas caras.
     
  3. Para los no nacidos en el departamento de Cundinamarca, presentar certificación expedida por el alcalde municipal o su delegado, donde se evidencie un mínimo de cinco (5) años de residencia en alguno de los 116 municipios del departamento.
     
  4. Certificación de inscripción en la base de datos del SISBÉN del Departamento Nacional de Planeación, DNP, donde conste su inscripción en uno de los 116 municipios del departamento de Cundinamarca. Para el caso de personas que residan en uno de los 116 municipios del departamento y sean consideradas poblaciones especiales, deben presentar certificación expedida por la entidad responsable donde se evidencié su caracterización en uno de los 116 municipios de Cundinamarca.
     
  5. Recibo de matrícula o documento de admisión expedido por la Institución de Educación Superior oficial o privada reconocida por el Estado y que cuente con convenio vigente con la Gobernación de Cundinamarca.
     
  6. Reporte de los resultados del estudiante Saber 11 o la Prueba de Estado que la sustituya.
     
  7. Copia del acta de grado de bachiller o constancia de estar cursando grado once (11) en la vigencia aplicable a la convocatoria. En caso de anexar constancia de estar cursando grado once (11) en la etapa de perfeccionamiento del beneficio deberá anexar copia de la respectiva acta de grado.
     
  8. Para las estrategias Acceso a la educación superior(Matrícula No certificados, Matrícula Certificados y Universidad a la Finca) y Especiales (excelencia académica) el aspirante debe contar con un responsable solidario para lo cual debe realizar el pago de derechos para consulta y reporte de centrales de riesgo a través del formulario deudor solidario cuyo resultado se encuentre dentro de la convocatoria vigente, cabe mencionar que este resultado, luego del pago, tarda hasta 48 horas, por tanto se debe hacer con el tiempo prudente antes del cierre de la etapa de postulación; la persona aprobada debe tener domicilio en el país y ser mayor de dieciocho(18) años

 

Además, debe adjuntar en el formulario de solicitud los siguientes documentos.

Si es independiente deberá anexar:

  1. Fotocopia de la cedula de ciudadanía legible y ampliada 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
     
  2. Certificación de ingresos, expedido por un contador, con sus respectivos soportes y balances a corte del último trimestre. El Fondo para la Educación Superior del departamento de Cundinamarca Transformando Vidas, se reserva el derecho de solicitar documentos que permitan verificar la información presentada.
     
  3. Fotocopia de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios vigentes del Contador.
     
  4. Declaración de renta del año anterior (si declara) o certificación de no declarante.

Si es empleado deberá anexar:

  1. Certificación Laboral que indique: cargo, sueldo, fecha de ingreso y tipo de contrato.
     
  2. Desprendible de pago de nómina del último mes laborado.
     
  3. Certificado de ingresos y retenciones del año inmediatamente anterior.
     
  4. Fotocopia de la cedula de ciudadanía legible y ampliada 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El responsable solidario que sea pensionado deberá cumplir con los requisitos establecidos como si fuese una persona independiente, descritos en el presente artículo, adicionalmente deberá demostrar que cuenta con ingresos diferentes a la mesada pensional, detallados en la certificación de ingresos expedida por el contador.

Los posibles deudores solidarios que se encuentren reportados por las centrales de riesgo e información financiera reconocidas en Colombia, con calificaciones en categorías “C, D y E” o deuda “CASTIGADA no podrán ser ejercer como deudores solidarios.

 

¿CUÁLES SON LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN?

Luego de verificar el cumplimiento de requisitos y documentos aportados por los postulantes, se aplicará los siguientes criterios de selección:

  1. Población proveniente de los municipios focalizados con mayor NBI (Necesidades Básicas Insatisfechas) del departamento de Cundinamarca, de acuerdo con la información tomada del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE. Para determinar la población proveniente de los municipios focalizados con mayor NBI del departamento, se tomará como referencia el municipio de la Institución Educativa oficial o privada de donde es egresado el postulante.
     
  2. Criterio primario: mayor puntaje de resultado de pruebas Saber 11.
     
  3. Criterio secundario: menor grupo de clasificación de SISBÉN.
     

Para el caso de desempate se seleccionará el beneficiario en el siguiente orden:

A. Pertenecer a un grupo de población especial:

  1. Población infantil abandonada a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
     
  2. Menores desvinculados del conflicto armado.
     
  3. Población infantil vulnerable bajo protección en instituciones diferentes al ICBF.
     
  4. Población en condiciones de desplazamiento forzado.
     
  5. Comunidades Indígenas.
     
  6. Población desmovilizada.
     
  7. Personas mayores en centros de protección.
     
  8. Población rural migratoria.
     
  9. Población ROM (Gitanos, romaníes, cíngaros).
     
  10. Personas incluidas en el programa de protección a testigos.

En caso de que él (la) postulante pertenezca a poblaciones especiales, deberá presentar certificación expedida por la entidad responsable, a efectos de tenerse en cuenta como factor de desempate de ser necesario.
 

B. Población de enfoque diferencial:

  1. GRUPOS ÉTNICOS: pueblos indígenas, afrocolombianos, negros, palenqueros y raizales, ROM.
     
  2. GÉNERO
     
  3.  PERSONAS CON DISCAPACIDAD
     
  4. CURSO VITAL
     
  5. El orden establecido en la anterior clasificación del grupo denominado “Población de enfoque diferencial”, solo se expone de modo demostrativo, y no tiene carácter de prevalencia entre los mismos.


1. Convocatoria

Apertura: 27 de noviembre de 2023

Cierre: 16 de febrero de 2024

Número de cupos: 571



  • Convocatoria (Tiempo durante el cual se da a conocer las fechas del cronograma de la convocatoria)

  • Postulación (Tiempo durante el cual los interesados realizan la inscripción)

  • Verificación de Documentos y Requisitos (Etapa durante la cual se realiza la revisión de documentos y cumplimiento de requisitos)

  • Fechas de Publicación de Listado Inicial de Posibles Beneficiarios (Se da a conocer la lista inicial de posibles beneficiarios, de acuerdo a resultados de evaluación y aplicación de criterios de selección)

  • Fechas para registro de Reclamaciones (Tiempo durante el cual los postulados que no estén de acuerdo con el listado inicial de posibles befeciarios, podrán presentar reclamación)

  • Fechas de Respuesta a Reclamaciones (Tiempo durante el cual se da respuesta a las reclamaciones recibidas)

  • Fechas de Publicación de Listado Final de Posibles Beneficiarios (Se publicará el listado de posibles beneficiarios previamente aprobados por la Junta Administradora del Fondo)

  • Fechas para el Perfeccionamiento (Tiempo en el cual los posibles beneficiarios presentan a través de los canales estipulados por el ICETEX los documentos requeridos para generación de Títulos Valores. De no efectuarse el perfeccionamiento dentro del plazo indicado la asignación de la estrategia a financiar quedará sin efecto)


Los postulantes deberán acreditar el cumplimiento de requisitos con la presentación de los siguientes documentos, adjuntándolos al formulario de solicitud de ICETEX.
Lo anterior, luego de contar con la aprobación del responsable solidario para los postulados a las estrategias de acceso.

  1. Fotocopia del documento de identidad legible y ampliado al 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad, presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil
     
  2. Los estudiantes menores de edad deben presentar fotocopia del documento de identidad legible y ampliada al 150% del representante legal o tutor por ambas caras.
     
  3. Para los no nacidos en el departamento de Cundinamarca, presentar certificación expedida por el alcalde municipal o su delegado, donde se evidencie un mínimo de cinco (5) años de residencia en alguno de los 116 municipios del departamento, (dentro del cuerpo de la certificación debe estar especifico los años de residencia y con fecha de expedición no mayor a tres meses).
     
  4. Certificación de inscripción en la base de datos del SISBÉN del Departamento Nacional de Planeación, DNP, donde conste su inscripción en uno de los 116 municipios del departamento de Cundinamarca. Para el caso de personas que residan en uno de los 116 municipios del departamento y sean consideradas poblaciones especiales, deben presentar certificación expedida por la entidad responsable donde se evidencié su caracterización en uno de los 116 municipios de Cundinamarca.
     
  5. Recibo de matrícula o documento de admisión expedido por la Institución de Educación Superior oficial o privada reconocida por el Estado y que cuente con convenio vigente con la Gobernación de Cundinamarca.
     
  6. Reporte de los resultados del estudiante Saber 11 o la Prueba de Estado que la sustituya.
     
  7. g. Copia del acta de grado de bachiller o constancia de estar cursando grado once (11) en la vigencia aplicable a la convocatoria. En caso de anexar constancia de estar cursando grado once (11) en la etapa de perfeccionamiento del beneficio deberá anexar copia de la respectiva acta de grado. 
     
  8. Los jóvenes que pertenezcan a los consejos municipales de juventudes deben adjuntar la credencial que lo acredite como consejero.
     
  9.  resultado de evaluación se encuentre en las fechas de la etapa de postulación, cabe mencionar que este resultado, luego del pago, tarda hasta 48 horas, por tanto, se debe hacer con el tiempo prudente antes del cierre de la etapa de postulación; la persona aprobada debe tener domicilio en el país y ser mayor de dieciocho (18) años.

Para las estrategias Acceso a la educación superior (Matrícula No certificados, Matrícula Certificados y Universidad a la Finca) el aspirante debe contar con un responsable solidario para lo cual debe realizar el pago de derechos para consulta y reporte de centrales de riesgo a través del formulario deudor solidario dispuesto en el link https://web.icetex.gov.co/es/-/fondo-en-administracion-transformando-vidas botón - Formulario de deudor solidario.

Además, debe adjuntar en el formulario de solicitud los siguientes documentos.

Si el responsable solidario desarrolla una actividad económica de manera independiente deberá anexar:

  1. Fotocopia de la cedula de ciudadanía legible y ampliada 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  2. 2. Certificación de ingresos, expedido por un contador, con sus respectivos soportes y balances a corte del último trimestre. El Fondo para la Educación Superior del departamento de Cundinamarca Transformando Vidas, se reserva el derecho de solicitar documentos que permitan verificar la información presentada.
  3. 3. Fotocopia de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios vigentes del Contador.

4. Declaración de renta del año anterior (si declara) o certificación de no declarante.

Si el responsable solidario es empleado deberá anexar:

  1. Certificación Laboral que indique: cargo, sueldo, fecha de ingreso y tipo de contrato. 
  2. Desprendible de pago de nómina del último mes laborado.
  3. Certificado de ingresos y retenciones del año inmediatamente anterior.

Fotocopia de la cedula de ciudadanía legible y ampliada 150% por ambas caras. Si no tiene el documento de identidad presentar certificación original expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El responsable solidario que sea pensionado deberá cumplir con los requisitos establecidos como si fuese una persona independiente, descritos en el presente artículo, adicionalmente deberá demostrar que cuenta con ingresos diferentes a la mesada pensional, detallados en la certificación de ingresos expedida por el contador. Los posibles responsables solidarios que se encuentren reportados por las centrales de riesgo e información financiera reconocidas en Colombia, con calificaciones en categorías “C, D y E” o deuda “CASTIGADA no podrán ser ejercer como deudores solidarios.


La Secretaria de Educación elaborará un listado en orden descendente, en donde los criterios de selección serán el mayor puntaje de Prueba Saber 11 con el menor puntaje del SISBEN hasta cubrir el cupo disponible de beneficiarios definidos en la convocatoria respectiva.

Para el caso de desempate se deberá seleccionar de conformidad en el siguiente orden:

  • Poblaciones especiales oficialmente reconocidas.

  • Población de enfoque diferencial.

  • Población proveniente de los municipios focalizados con mayor índice de Necesidades Básicas Insatisfechas del Departamento, de acuerdo a la información tomada del Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE.

Publicación de los resultados

Publicación de listado inicial de posibles beneficiaros. Ingresa para más información de la publicación de resultados.


Periodo 2023-2
EtapaFecha de AperturaFecha de cierre
Divulgación y Promoción20 de noviembre de 202324 de noviembre de 2023
Postulación27 de noviembre de 202312 de diciembre de 2023
Verificación de documentos y requisitos13 de diciembre de 202321 de diciembre de 2023
Fechas de publicación de listado inicial de posibles beneficiarios22 de diciembre de 202326 de diciembre de 2023
Fechas para registro de reclamaciones y subsanaciones27 de diciembre de 202328 de diciembre de 2023
Fechas de respuesta a reclamaciones y/o subsanaciones2 de enero de 20245 de enero de 2024
Fechas de publicación de listado final de posibles beneficiarios9 de enero de 202411 de enero de 2024
Fechas para el perfeccionamiento de beneficios
Radicación de documentos para legalización Url Icetex22 de enero de 202426 de enero de 2024
*Subsanación de documentos Radicados Url Icetex29 de enero de 20242 de febrero de 2024
Suscripción de Garantías5 de febrero de 202416 de febrero de 2024

No aplica



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



Los procedimientos de legalización y renovación de los créditos se encuentran sujetos a los requisitos establecido en las Ordenanzas Departamentales de creación y reglamentación del Fondo Para la Educación Superior “TRANSFORMANDO VIDAS” y los medios electrónicos que establezca el ICETEX, y aquellas Ordenanzas que las modifiquen o adicionen serán de obligatorio cumplimiento para los beneficiarios de los créditos blandos y condonables y subsidios de permanencia.


Lugar de entrega de los documentos

Por medio de la plataforma de ICETEX enviada por correo electrónico.

Plazo de entrega de los documentos

22 de enero de 2024 al 26 de enero de 2024.

Documentos requeridos

Documentos generales

Adjuntándolos al formulario de inscripción de ICETEX:

  1. Acta de compromiso: En la cual el beneficiario y el responsable solidario expresan conocer y aceptar las obligaciones adquiridas con el fondo – ICETEX, documento que será suministrado a través de los mecanismos dispuestos por el ICETEX.
     
  2. Los demás documentos que se consideren necesarios para el perfeccionamiento del beneficio.
     

    Sobre las garantías

    Se realizará a través del mecanismo que le informe el ICETEX.

    Parámetros de la entrega

    De conformidad con las instrucciones que le de el ICETEX a través de correo electrónico.


No aplica.


Legalización periodo 2024-1
EtapaFecha de AperturaFecha de cierre
Radicación de documentos para legalización Url Icetex22 de enero de 202426 de enero de 2024
*Subsanación de documentos Radicados Url Icetex29 de enero de 20242 de febrero de 2024

No aplica.



3. Proceso de renovación

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para su posterior renovación.




Medio de entrega de los documentos

Acercase a cualquiera de las Oficinas de atención al ciudadano – CEP de ICETEX y radicar documentos de renovación en medio físico.

Plazo de entrega de los documentos

A partir del calendario que se disponga para cada periodo académico.

Documentos requeridos

El Comité Técnico Operativo fijará semestralmente las fechas para que los beneficiarios de las estrategias a financiar presenten la documentación para renovar el beneficio.  

Para renovar el beneficio, tanto el beneficiario como el Deudor Solidario, deberán cumplir con los siguientes requisitos:   

  • Tener actualizados los datos personales y académicos en la página web del ICETEX.

  • Estar cursando el programa académico para el cual se le otorgó apoyo económico de esquema blando y condonable en la Institución de Educación Superior.

  • Tener un promedio superior a tres puntos cero (3.0) en el semestre cursado inmediatamente anterior y no haber perdido materia.

    Beneficiario con materia perdida se suspende el giro y quedará en estado aplazado, hasta tanto supere la materia perdida y notifique a la Gobernación de Cundinamarca la novedad conforme al Art 30 Reglamento Operativo.

  • Para los estudiantes del último semestre académico, previo al inicio de la etapa de renovación, deberán obtener la comunicación emitida por parte de la Dirección de Educación Superior de la Secretaria de Educación de Cundinamarca, donde se avale las horas de actividades sociales, académicas y/o institucionales; esta deberá ser tramitada con anterioridad a treinta (30) días de la solicitud de renovación.

Los documentos que deberán presentar el beneficiario o su apoderado (por escrito) ante el ICETEX para renovar la estrategia a financiar, son los siguientes: 

  • Formulario de renovación ICETEX debidamente diligenciado, actualizado y firmado.

  • Recibo de matrícula, (semestre correspondiente), o documento equivalente expedido por la universidad que contenga la siguiente información: identificación del beneficiario, programa académico, modalidad académica, periodo o semestre a cursar, valor de la matrícula y sede donde adelanta el programa.

  • Certificado original de notas o documento equivalente expedido por la universidad del periodo o semestre anterior cursado, en el cual se deberá evidenciar la obtención de notas mínimas aprobatorias por materia, ciclo académico, promedio del semestre y promedio acumulado.

  • Comunicación emitida por parte de la Dirección de Educación Superior de la Secretaria de Educación de Cundinamarca, donde se informe que el beneficiario cumplió con las horas de actividades sociales, académicas y/o institucionales, la cual se expedirá previa verificación de la certificación firmada por el representante legal de la entidad pública donde realizó las horas correspondientes.

Parámetros de la entrega

En los tiempos autorizados por la junta administradora e informados por el ICETEX.


PARÁGRAFO 1. - El beneficiario del FONDO EN ADMINISTRACIÓN “TRANSFORMANDO VIDAS”, podrá solicitar cambio de programa académico dentro de la misma Institución de Educación Superior o cambio de IES, siempre y cuando sea para continuar nivelado en el mismo número de semestres del programa inicialmente inscrito, y/o en una IES aliada al Fondo. Previa autorización de la Junta Administradora del Fondo. Los costos en que se incurra para la nivelación serán asumidos en su totalidad por el beneficiario, teniendo en cuenta el plazo establecido en el artículo 30 del presente reglamento.

PARÁGRAFO 2.- En los casos en los que el estudiante habiendo cumplido requisitos no pudiere continuar sus estudios en el siguiente semestre deberá anexar todos los documentos establecidos en el presente artículo y allegar carta explicando los motivos por los cuales desea suspender la estrategia a financiar, con lo cual una vez analizado por la Junta Administradora, emitirá concepto de suspensión. En caso de no cumplir con lo aquí establecido, ni acreditar la totalidad de documentos y condiciones establecidas en el presente reglamento la estrategia a financiar quedará suspendida.
Esta suspensión solo se podrá otorgar durante un semestre o periodo académico oficial, al cabo del cual si el beneficiario no presenta la documentación para continuar con el beneficio, lo perderá automáticamente.

PARÁGRAFO 3.- Los beneficiarios deberán contribuir con horas de actividades sociales, académicas y/o institucionales en el municipio en el cual reside, las cuales se podrán iniciar semestre a semestre una vez haya cursado el 50% del programa académico y hasta un semestre anterior al último que contemple el plan de estudios, según las siguientes consideraciones:

  • Programas profesionales: 200 horas
  • Programas Tecnológicos: 150 horas
  • Programas técnicos profesionales: 100 horas

Dichas horas deberán ser certificadas por el representante legal de la entidad pública donde realice las horas correspondientes, y serán tenidas en cuenta para el proceso de renovación del último periodo académico a cursar.

PARÁGRAFO 4.- Una vez recibida y verificada la documentación, el ICETEX desembolsará a las Instituciones de Educación Superior los recursos autorizados por el supervisor del convenio.


Periodo 2023-2
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Actualización de datos web ICETEX y radicado presencial.

13 de junio de 2023 al 21 de julio de 2023


No aplica



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.




A los estudiantes o IES de acuerdo con el rubro autorizado por la Junta Administradora.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario?

Por medio de Ir a tu giro para sostenimiento CATS o cuentas bancarias.


Para cubrir los riesgos de muerte o invalidez física o mental total permanente del beneficiario, el fondo de garantías del ICETEX, reintegrará al FONDO constituido por el presente convenio, el saldo del capital girado que adeude el estudiante en el evento que se configure la siniestralidad; así mismo, se realizará el aporte del dos por ciento (2%) sobre cada desembolso, con el objeto de llevarlo al fondo de garantías, y el beneficiario pagará a ICETEX dicho porcentaje.


Causales de suspensión temporal

Son causales de suspensión de los desembolsos del crédito educativo los siguientes:

  • Promedio de notas del semestre anterior, inferior a tres puntos cero (3.0).

  • La pérdida de asignaturas del semestre inmediatamente anterior.

  • Incumplimiento en la entrega de documentos requeridos para la renovación dentro de los plazos determinados por el Fondo en Administración “Transformando Vidas”.  

  • Presentación de documentación incompleta para la renovación del apoyo económico de esquema blando y condonable.

  • Perder el período académico cursado como beneficiario de la estrategia a financiar.

  • Retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado ante la Junta Administradora del Fondo.

  • Cierre temporal de la Universidad o Institución y/o programa académico.

  • Por incapacidad física o mental del beneficiario debidamente certificada por la EPS, que demuestre que por razones de salud no puede continuar desarrollando el Programa Académico. Esta circunstancia deberá ser previamente aprobada por la Junta Administradora del Fondo.

  • Por circunstancias de fuerza mayor, debidamente justificadas y aprobadas por la Junta Administradora del Fondo.

  • Cuando se apruebe cambio de Institución de Educación Superior o del programa académico inicialmente indicado en la documentación presentada.

Causales de suspensión definitiva

Son causales de cancelación de los desembolsos del crédito educativo los siguientes:

  • Finalización de los períodos o ciclos académicos para los cuales se concedió el crédito educativo.

  • Abandono injustificado del programa de estudios, según reporte oficial de la Institución de Educación Superior.

  • Presentación de documentos adulterados o de información falsa.

  • Utilización del apoyo económico para fines distintos para los que fue concedido.

  • Cuando se realice cambio del programa académico o de Institución de Educación Superior no autorizado por la Junta Administradora.

  • Por expulsión por parte de la Institución de Educación Superior, por falta grave o cualquiera que esté en contra de los reglamentos de dicha Institución.

  • Por expresa voluntad del beneficiario presentada por escrito.

  • Por incumplimiento por parte del estudiante de cualquiera de las obligaciones de los beneficiarios, previstas en el presente reglamento.

  • No cumplir requisitos para la renovación, después de dos suspensiones de manera consecutiva.

  • No haber presentado documentos para la renovación durante dos periodos consecutivos.

  • La persona que una vez haya obtenido el beneficio del Fondo y decida no tomarlo, será bloqueado, y para poder postularse nuevamente deberá presentar solicitud por escrito a la Junta Administradora del Fondo manifestando su interés de ser beneficiario del Fondo para la Educación Superior del Departamento de Cundinamarca.

  • Solicitar más de dos (2) suspensiones durante el programa académico aprobado.

  • No informar al Fondo ingresos adicionales u otra clase de apoyo económico para el mismo fin durante el tiempo en que disfrute del crédito educativo, en concordancia a las Inhabilidades planteadas en el presente reglamento.

  • Cierre definitivo de la Institución de Educación Superior o del Programa Académico por parte de la autoridad competente.

  • Muerte o invalidez física, o mental, total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario (a), certificada por la EPS y conforme al reglamento del Crédito ICETEX.


Si no tienes cuenta bancaria puedes activar una cuenta CATS

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  • EL ICETEX dispone de las Cuentas de Ahorro de Trámite Simplificado (CATS) para uso de los usuarios que reciben el giro de sostenimiento.
  • ¿Ya tienes cuenta bancaria? ¡Regístrala!

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Tener en Cuenta

  • El registro de tu cuenta lo realizas una vez tu crédito este aprobado sujeto a verificación de requisitos.
  • Puedes activar y registrar una cuenta bancaria de la entidad financiera de tu preferencia.
  • Si actualizas tu cuenta bancaria debes volver a registrarla en ICETEX
  • Si tienes una cuenta CATS debes romper topes. Ingresa para descargar la infografía.
  • La cuenta debe estar a nombre del beneficiario del crédito.
  • Si tu número de documento cambió, actualízalo:

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Recuerda mantener tu documento de identidad actualizado en tu entidad bancaria en los sistemas de ICETEX



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



Para hacer efectiva la condonación del crédito educativo, el (la) beneficiario (a) deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Adelantar los estudios dentro del tiempo previsto en el Programa Académico y culminar satisfactoriamente los mismos

  • Obtención del título académico

Para efectos de la condonación de la obligación crediticia, el (la) beneficiario (a) deberá tramitar ante la Secretaria de Educación del Departamento de Cundinamarca, la solicitud escrita, debidamente motivada de condonación del crédito educativo, para lo cual contará con tres (3) meses, a partir de la fecha de haber obtenido el diploma o acta de grado del título, soportada en los siguientes documentos:

  • Constancia expedida por la Institución de Educación Superior en la que se especifique el tiempo de duración del Programa Académico, así como la fecha de iniciación y terminación satisfactoria de los estudios, además deberá contener el promedio académico acumulado en el programa de estudios

  • Copia del diploma y acta de grado del título obtenido.


Plazo de entrega de los documentos

Para hacer efectiva la condonación del crédito educativo, el (la) beneficiario (a) deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Adelantar los estudios dentro del tiempo previsto en el Programa Académico y culminar satisfactoriamente los mismos

  • Obtención del título académico

Para efectos de la condonación de la obligación crediticia, el (la) beneficiario (a) deberá tramitar ante la Secretaria de Educación del Departamento de Cundinamarca, la solicitud escrita, debidamente motivada de condonación del crédito educativo, para lo cual contará con tres (3) meses, a partir de la fecha de haber obtenido el diploma o acta de grado del título, soportada en los siguientes documentos:

  • Constancia expedida por la Institución de Educación Superior en la que se especifique el tiempo de duración del Programa Académico, así como la fecha de iniciación y terminación satisfactoria de los estudios, además deberá contener el promedio académico acumulado en el programa de estudios

  • Copia del diploma y acta de grado del título obtenido.

Lugar de entrega de los documentos

En la Secretaria de Educación del Departamento de Cundinamarca


Para condonar los recursos entregados a los beneficiarios de las estrategias financiadas, se aplicarán los siguientes criterios:

  • A. Para promedios iguales o superiores a tres punto ocho (3.8) se condonará el 100% del valor financiado.

  • B. Para promedios obtenidos entre tres punto seis (3.6) y tres punto Setenta y nueve (3.79), a los beneficiarios se les condonará el setenta por ciento (70%), es decir, deberán hacer la devolución al ICETEX con destino al FONDO EN ADMINISTRACIÓN “TRANSFORMANDO VIDAS” del treinta por ciento (30%) del valor financiado.

  • C. Para promedios obtenidos entre tres punto tres (3.3) y tres punto cincuenta y nueve (3.59), a los beneficiarios se les condonará el cincuenta por ciento (50%), es decir, deberán hacer la devolución al ICETEX con destino al FONDO EN ADMINISTRACIÓN “TRANSFORMANDO VIDAS” del cincuenta por ciento (50%) del valor financiado.

  • D. Para promedios obtenidos entre tres punto cero (3.0) y tres punto Veintinueve (3.29), a los beneficiarios se les condonará el treinta por ciento (30%), es decir, deberán hacer la devolución al ICETEX, con destino al FONDO EN ADMINISTRACIÓN “TRANSFORMANDO VIDAS” del setenta por ciento (70%) del valor financiado.

PARÁGRAFO 1.- Para el caso de la condonación parcial señalada en los literales B, C y D, la misma generará intereses en época de amortización, los cuales tendrán como porcentaje el IPC anual oficial que emita el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE vencido con tasa nominal según los criterios establecidos en el presente reglamento.

PARÁGRAFO 2.- Para el caso de un beneficiario que no obtenga el título dentro del término previsto en el presente reglamento, deberá hacer la devolución del (100%) del valor financiado el cual generará intereses en época de amortización y tendrán como porcentaje el IPC anual oficial que emita el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE vencido con tasa nominal según los criterios establecidos en el presente reglamento.

PARÁGRAFO 3.- La condonación del crédito será aprobada por el constituyente y posterior remisión de la relación de los beneficiarios con sus datos básicos al ICETEX, para que esta entidad, realice la liquidación del estado de cuenta de cada estudiante y le informe lo pertinente.

PARÁGRAFO 4.- El (la) beneficiario (a) deberá obtener el diploma y acta de grado del título dentro del año siguiente a la terminación de materias. En caso de requerir mayor plazo para la obtención del título académico, el mismo deberá obedecer a razones académicas o de fuerza mayor y ser manifestado y soportado mediante solicitud escrita ante la Secretaría de Educación de Cundinamarca, justificación al respecto para que la Junta Administradora del Fondo, estudie la viabilidad de prorrogar el tiempo, para lo cual la Junta del Fondo podrá autorizar hasta dos (2) prórrogas, cada una hasta por seis (6) meses.


No aplica