Normatividad

Desiciones judiciales

Una decisión judicial está relacionada con el dictamen o resolución emitida por el poder judicial para resolver un caso determinado, esta decisión también se le conoce como sentencia, la cual busca solucionar cualquier litigio ya sea absolviendo o condenando al enjuiciado en aquellos procedimientos penales, o aceptando o ignorando lo solicitado por el demandante en los procedimientos civiles.

DocumentoProferida por:FechaDescripción
Auto avoca conocimiento 11001031500020200280300Consejo de EstadoJunio del 2020Se informa a la ciudadanía en general que, mediante auto de fecha 30 de junio de 2020 la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-02803-00, al Acuerdo 036 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 036 de 18 junio de 2020, “Por el cual se reglamenta la administración de recursos del Fondo Solidario para la Educación de que trata el Decreto Legislativo 662 del 14 de mayo de 2020”.
Auto avoca conocimiento 11001031500020200224400Consejo de EstadoJunio del 2020Se informa a la ciudadanía en general que, mediante auto de fecha 5 de junio de 2020 la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-02244-00, a la Resolución 409 de 2020 expedido por el ICETEX.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad de la Resolución núm. 409 de 15 mayo de 2020, “Por la cual se ordena incorporar recursos de unos fondos al presupuesto del ICETEX, en cumplimiento del Decreto Legislativo 467 de 2020”.
Auto avoca conocimiento 11001031500020200119900Consejo de EstadoMayo del 2020Se informa a la ciudadanía en general que, mediante auto de fecha 29 de abril de 2020 la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-01199-00, al Acuerdo 019 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 019 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX " «Por el cual se modifica el reglamento del Fondo de Garantías".
Auto avoca conocimiento 11001031500020200120200Consejo de EstadoAbril del 2020Se informa a la ciudadanía en general que, mediante auto de fecha 23 de abril de 2020 la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-01202-00, al Acuerdo 21 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 021 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX "Por el cual se suspende temporalmente la aplicación del literal b del artículo 64 y el literal e del artículo 65 del Acuerdo 025 de 2017, y del parágrafo 2 del artículo 8 del Acuerdo 020 de 2015".
Auto avoca conocimiento 11001031500020200119800Consejo de EstadoAbril del 2020Se informa a la ciudadanía en general que, mediante auto de fecha 21 de abril de 2020 la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-01198-00, al Acuerdo 18 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 018 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX "Por el cual se reglamenta la incorporación al presupuesto del ICETEX de los recursos de que trata el artículo 1 del Decreto Legislativo 467 del 23 de marzo de 2020".
Auto avoca conocimiento 11001031500020200120100Consejo de EstadoAbril del 2020"En cumplimiento de lo previsto en el numeral sexto del auto de fecha 21 de abril de 2020, expedido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, se informa a la ciudadanía en general que, frente al Acuerdo 17 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX, el Consejo de Estado adelanta el medio de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-01201-00.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 017 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX "Por el cual se reglamenta el Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19".
Auto avoca conocimiento 11001031500020200120000Consejo de EstadoAbril del 2020"En cumplimiento de lo previsto en el numeral sexto del auto de fecha 20 de abril de 2020, expedido por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, se informa a la ciudadanía en general que, frente al Acuerdo 020 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX, el Consejo de Estado adelanta el proceso de control inmediato de legalidad, con el radicado 11001-03-15-000-2020-01200-00.

En este contexto, durante el término de 10 días contados a partir de la presente publicación las personas interesadas podrán intervenir por escrito en el precitado proceso ante el Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, a través del correo secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co para defender o impugnar la legalidad del Acuerdo 020 de 2020 expedido por la Junta Directiva del ICETEX "Por el cual se implementan los criterios de asignación del Plan de Auxilios Educativos Coronavirus COVID-19".
Efectos de las sentencias de TutelaCorte ConstitucionalDiciembre del 2015Por regla general, las decisiones que adoptan los Jueces de la República al momento de proferir un fallo en el curso de una Acción de Tutela vinculan sólo a quienes fueron parte en el curso de la misma e igual suerte corren las decisiones que adopta la Honorable Corte Constitucional cuando revisa los fallos de tutela, situación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Sentencia 11001031500020120220101Consejo de Estado - Sección Primera05 de agosto del 2014No se trata de una tercera instancia, es un mecanismo excepcional a efectos de obtener la protección de los derechos fundamentales vulnerados por decisiones judiciales notoriamente identificados como “defectos” o vías de hecho y/o se observe una evidente violación del derecho a la defensa por la actuación arbitraria e irracional del Juez.
Sentencia T-1061Corte Constitucional16 de diciembre del 2011Cómo se configura la caducidad del dato negativo de obligaciones que permanecen insolutas.
Sentencia 11001020400020115264402Sala Civil – Corte Suprema de Justicia4 de abril del 2011La acción de tutela no fue establecida para sustituir o desplazar las competencias propias de los jueces en cada materia.
Sentencia 11001020400020110007201Sala Civil – Corte Suprema de Justicia14 de marzo del 2011La acción de tutela no procede contra providencias proferidas en procesos de la misma índole.