Vista aérea del campo agrícola de color verde brillante con plantas

Programa Mariano Ospina Pérez

Comisión nacional de becas:  31 de octubre de 2024
Apertura:   06 de junio de 2024
Estado de la convocatoria:   ABIERTA
Cierre:   20 de septiembre de 2024

País:   Diferentes Países
Área de estudio:   Ciencias Agropecuarias
Oferente:   Fundación Mariano Ospina Pérez - ICETEX
Duración del programa:   1 a 2 años
Fecha inicio:   Enero 2025
Título a obtener:   Título Otorgado por la Universidad Respectiva
Ciudad:   Diferentes Ciudades
Centro docente:   Diferentes Centros Docentes e Instituciones
Tipo de curso:   Presencial
Idioma:   El idioma depende del país donde se lleve a cabo el programa
Fecha final:   Enero 2027
Estudio:   Maestría

Descripción de la convocatoria

La Fundación Mariano Ospina Pérez quiere estimular respuestas innovadoras en ambiente, desarrollo agropecuario o desarrollo rural que por medio del mejoramiento en tecnologías, procesos o avances científicos hayan estructurado proyectos que sirvan para favorecer desempeños productivos del sector privado y público.


El programa está dirigido a profesionales universitarios colombianos graduados en ciencias agropecuarias o áreas afines que se encuentren desarrollando proyectos de investigación pertinentes con la convocatoria 2024: “Iniciativas en Sostenibilidad Agraria y Producción Responsable de Alimentos”.

REQUISITOS: El aspirante debe ser mayor de 22 años y menor de 65 años, tener un promedio mínimo de notas de pregrado de 3,7/5,0; contar preferiblemente con mínimo 1 año de experiencia profesional (es decir, luego de haber obtenido el título universitario) en el área del programa a realizar.

NOTAS:

  1. Los aspirantes deberán presentar un proyecto de investigación con la siguiente información:
     
    • Nombre del proyecto.
    • Cobertura y localización.
    • Objetivos general y específicos del proyecto.
    • Experiencia en la implementación de proyectos.
    • Aspectos técnicos: detallar las características físicas y técnicas del proyecto.
    • Aspectos comerciales: posibles aliados comerciales.
    • Identificación del bien o servicio que se logrará.
    • Indicadores de resultado. 
       
  2. El proceso de postulación estará vigente hasta el 20 de septiembre de 2024 a las 5:00 p.m. (hora Colombia).
     
  3. El apoyo financiero se otorgará para estudios que inicien a partir del año 2025.
     
  4. Si el solicitante ha tenido o tiene un crédito con el ICETEX, debe haber cancelado mínimo el 50% de la deuda, estar al día en los pagos y continuar amortizando la obligación de acuerdo con el plan de pagos establecido.
     
  5. La legalización del crédito 100% condonable estará sujeta al reglamento de crédito de la entidad, el cual podrá ser consultado en el siguiente enlace. Deberán tener en cuenta que, como requisito para los seleccionados se les podrá solicitar un deudor solidario.
     
  6. La condonación del 100% del crédito se realizará bajo la presentación de los documentos requeridos (Diploma de grado, acta de grado, fotocopia de la cédula del beneficiario).

Número de becasPorcentaje
2100%
Rubros que cubre el programa
  • Matrícula: Se otorgará un apoyo financiero de hasta USD $16.000 para la realización de estudios de maestría en Colombia o de hasta USD $25.000 para la realización de estudios de maestría en el exterior en un área relacionada con la temática de la convocatoria. Este apoyo financiero corresponde a un crédito 100% condonable, sujeto al reglamento de crédito del ICETEX.
     

NOTAS:

  1. No se financiará ningún ítem adicional al mencionado. Cualquier modificación de éste, deberá ser financiada por cada participante.
     
  2. En el marco de la presente convocatoria se seleccionarán 2 beneficiarios principales y 2 suplentes, estos últimos sólo podrán acceder al crédito condonable, si por razones de fuerza mayor o alguno de los impedimentos relacionados en el ítem de OBSERVACIONES, al beneficiario principal no le sea posible acceder y aceptar el crédito condonable otorgado.

Documento No.DocumentoCantidadObservaciones
1ADMISIÓN DEFINITIVA AL CENTRO DOCENTE1

La admisión definitiva deberá ser otorgada por una institución de educación superior en Colombia o en el exterior y deberá indicar la duración de los estudios y el nombre del programa a realizar.

NOTAS:

  1. Las candidaturas que NO presenten la carta de admisión definitiva SERÁN EXCLUIDAS DEL PROCESO.
2

TÍTULO UNIVERSITARIO DE PREGRADO

1 Únicamente deberán presentar el título de pregrado.
3

CERTIFICADO DE NOTAS DE PREGRADO

1El certificado de notas de pregrado debe ser con promedio acumulado ponderado de la carrera.

NOTA: LOS CERTIFICADOS DEBERÁN SER EXPEDIDOS Y FIRMADOS POR LAS UNIVERSIDADES, OTRO TIPO DE CERTIFICACIONES NO SON VÁLIDAS.
4CERTIFICADO DE EXPERIENCIA PROFESIONALSi aplica, el certificado (en español) debe ser expedido por la entidad o entidades donde haya trabajado profesionalmente, detallando las funciones desarrolladas y las que actualmente desempeña.
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN1 
HOJA DE VIDA1Debe ser máximo de 2 páginas SIN anexos. (NO ANEXAR CONTRATOS LABORALES)

NOTA: Los documentos requeridos deben ser cargados en formato PDF en la plataforma asignada por el ICETEX. Aquellos documentos que NO sean legibles, que contengan clave para ingresar o presenten errores de visualización serán descartados y NO serán tenidos en cuenta durante el proceso de evaluación de la candidatura.


Nombre del criterioPeso del criterio
Promedio Académico Pregrado25%
Experiencia Profesional5%
Lugar actual de residencia15%
Coherencia entre el perfil del aspirante y el programa a realizar20%
Proyecto de Estudio30%
Sector de Desempeño Laboral5%

A través de este Programa Crédito 100% condonable, el ICETEX apoya a la Fundación Mariano Ospina Pérez para reconocer y estimular a personas que, a través de proyectos o trabajos específicos, hayan hecho contribuciones en beneficio del país, especialmente del sector rural en aspectos como vivienda, ecología, salud educación y tecnologías sustentables.


Para más información sobre el programa, visite: www.fundmarianoospinaperez.org  o vía correo electrónico: fundmop@gmail.com ;  info@fundmarianoospinaperez.org  


La legalización del crédito 100% condonable estará sujeta al reglamento de crédito de la entidad, el cual podrá ser consultado en el siguiente enlace. Deberán tener en cuenta que, como requisito para los seleccionados se les podrá solicitar un deudor solidario.


La condonación del 100% del crédito se realizará bajo la presentación de los siguientes documentos:

  • Reporte escrito dirigido al Icetex, en el que notifique la culminación del programa académico en un plazo de hasta tres (3) años después de recibido el monto establecido.
     
  • Presentar copia del acta o diploma que dé cuenta del grado obtenido junto con una copia de la cédula de ciudadanía.

En los casos que ICETEX realice desembolsos por valor mayor al aprobado, o proceda la terminación de los desembolsos por detectarse y comprobarse la adulteración de documentos, o la presentación de información falsa en cualquier momento de la vigencia del crédito, los dineros desembolsados deberán ser reintegrados por el beneficiario al ICETEX dentro de los 15 días hábiles siguientes a su desembolso o la notificación de la entidad de la situación encontrada para que no se causen intereses corrientes.(IPC anual). En los casos en que el desembolso se efectúe al beneficiario y este no haga uso del valor desembolsado por concepto del crédito educativo otorgado, deberá reportar la no utilización de recursos y reintegrarlos a ICETEX dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha de desembolso para que no se causen intereses. (IPC anual).

Cuando existan dineros que se giraron y no fueron utilizados por el beneficiario por negación de la visa por parte de las autoridades del país en donde se va a cursar el programa académico en el exterior o no se ha obtenido la misma dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al desembolso, este término se constituirá en el mismo plazo que tendrá para hacer la devolución del mismo, sin que se causen intereses (IPC anual). La devolución de los recursos deberá́ efectuarse a través del mecanismo establecido por el ICETEX para este efecto en consonancia con lo dispuesto en el artículo Art. 27 del Acuerdo 76 de 2021.

Una vez realizado el reintegro enunciado podrá solicitar el paz y salvo y la devolución de garantías, constituidas dentro del proceso de legalización del crédito en consonancia con lo señalado en el Art. 34 del Acuerdo 034 de 2023 que establece a texto:

ARTÍCULO 34. El ICETEX a través de la Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, una vez verificadas las obligaciones que presenten estado cancelado y con saldo cero ($0) o que registren saldo a favor del beneficiario, entregará un documento denominado certificado de paz y salvo dentro de los treinta (30) días calendario del mes siguiente a la fecha del último pago realizado por medio del cual canceló su obligación. Así́ mismo, junto con este documento se informará al beneficiario o su apoderado el trámite necesario para que se solicite la devolución de las garantías, salvo en el caso que el deudor solidario o un tercero; acrediten previamente haber pagado y en consecuencia requieran la devolución de las garantías mediante endoso “sin responsabilidad” para repetir contra el beneficiario.”


En el caso en el que el beneficiario de un crédito realice la devolución de los dineros desembolsados, con posterioridad a los términos establecidos para su reintegro conforme a lo ya explicado, dichos recursos ingresaran bajo el concepto de recaudo. Lo anterior quiere decir que cuando se advierta o conozca de cualquier de las enunciadas en el ítem de Reintegros, en la cual no se agote la etapa de estudios:

Etapa de estudios: Periodo que inicia desde el momento en el cual se adjudica el crédito y permanece durante el tiempo en el cual el beneficiario se encuentre cursando un programa académico en una institución académica nacional o extranjera, el ICETEX dar paso al cobro de la obligación.

Traslado al cobro: Momento en que se inicia el periodo de amortización por la ocurrencia de una de las causales de terminación de los desembolsos o por la solicitud del beneficiario.

A partir de lo cual señor beneficiario es preciso tenga presente que operara la liquidación de crédito, dando inicio al periodo de amortización y que consiste en que el saldo del capital girado, el IPC ANUAL(los intereses causados en la etapa de estudios) en el periodo de gracia (si lo hubo), y demás valores adeudados al momento de pasar al periodo de amortización, conformaran el nuevo capital a pagar por el beneficiario, y sobre este se liquidaran los intereses durante el periodo de amortización conforme a lo establecido para la línea de crédito exterior en el reglamento de crédito de la entidad.


  1. El ICETEX no tiene intermediarios ni cobra por los trámites de los servicios que el instituto ofrece, ni por adjudicación de créditos ni becas.
     
  2. Su solicitud será excluida del proceso, si no se cargan los documentos requeridos al momento de realizar la postulación, a más tardar en la fecha límite de postulación señalada en esta convocatoria.
     
  3. Los aspirantes a becas no podrán presentarse a más de un (1) programa simultáneamente. En caso de ser preseleccionado por la Comisión Nacional de Becas, deberá esperar la decisión final por parte del oferente para volver a participar en una nueva convocatoria.
     
  4. No podrán ser beneficiarios funcionarios o contratistas vinculados al Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX.
     
  5. El promedio académico se evaluará con base en lo indicado en el certificado de notas expedido por la universidad, por lo que no se hace aproximación de este.
     
  6. Los candidatos a quienes se les haya concedido una beca a través del ICETEX -presencial o virtual- cuya duración haya sido igual o superior a 3 meses, o que decidan renunciar a la beca por razones que no se enmarquen en la fuerza mayor o caso fortuito, deberán esperar dos años, contados a partir de la fecha de finalización del programa, para solicitar de nuevo una beca nacional o internacional.
     
  7. Fuerza mayor o caso fortuito: Situaciones ajenas a la voluntad del beneficiario, que al ser imprevistas e irresistibles obligan a este a suspender temporalmente sus estudios, o a no continuarlos. Entre otras, las siguientes: (i) servicio militar, (ii) calamidad doméstica, (iii) enfermedad grave del beneficiario certificada por la EPS, (la incapacidad deberá́ ser por un periodo igual o superior a 30 días), (iv) tratamientos médicos soportados con incapacidad y/o historia clínica, (v) embarazo de alto riesgo certificado por la EPS, (vi) licencia de maternidad y/o paternidad que generé la suspensión temporal de los estudios.
     
  8. Con el objetivo de hacer seguimiento a su proceso, el aspirante acepta ser contactado por el ICETEX, desde el momento de su postulación, durante y después de los resultados de la convocatoria para compartirnos su historia o experiencia.
     
  9. Debe tener en cuenta que el valor de la prima de seguros (fondo de invalidez y muerte) se descontará automáticamente del valor del crédito aprobado a desembolsar. - Aporte al fondo de invalidez y muerte (AFIM): Aporte que deben realizar los beneficiarios para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario del crédito educativo otorgado por o a través del ICETEX, el cual se cobra a todos los créditos educativos y que deberá́ pagarse una vez realizado cada desembolso. Este aporte corresponde a un porcentaje de cada desembolso, según como se determine en cada convocatoria. (Ver Acuerdo 040 del 28 de julio de 2021 o cualquier otra norma o acto administrativo que lo derogue, complemente, adicione, aclare, modifique o sustituya).
     
  10. Toda la información suministrada por los candidatos deberá ser veraz y estará sujeta a verificación de acuerdo con lo estipulado en el Artículo No. 83 de la Constitución Nacional y en los Artículos 286 a 296 del Código Penal Colombiano relacionados con la Falsedad en Documentos; el aspirante deberá cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para este programa y deberán cargar la documentación como soporte de su aplicación, en la fecha límite relacionada en esta convocatoria.
     
  11. Si se encuentra alguna incoherencia o inconsistencia entre los requisitos exigidos en la convocatoria, los datos registrados en el formulario virtual y la documentación cargada como soporte a esta solicitud, quedará excluida del proceso y no habrá derecho a reclamo.
     
  12. En los casos en que proceda la terminación de los desembolsos por detectarse y comprobarse la adulteración de documentos o la presentación de información falsa en cualquier momento de la vigencia del crédito, el beneficiario deberá́ realizar el reintegro incluyendo el (Aporte al fondo de invalidez y muerte (AFIM), dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la fecha en la que el ICETEX le comunique la terminación. En caso tal de no realizarse el reintegro en el término establecido en este numeral, se procederá́ con el cobro acorde con lo establecido por el ICETEX en el manual de crédito acorde con lo señalado para la línea de crédito exterior.
     
  13. La devolución de los recursos deberá efectuarse a través del mecanismo establecido por el ICETEX para este efecto.
     
  14. Pasados quince (15) días hábiles posteriores a la fecha del desembolso se hará́ efectiva la causación y cobro de los intereses corrientes a la tasa de interés vigente desde la fecha del desembolso y el pago se registrará en la cartera como un recaudo.
     
  15. En los casos en que el estudiante realice el reintegro de los recursos al ICETEX con posterioridad al termino mencionado anteriormente, se considera que el crédito debe seguir su curso normal y se generará el cobro de la obligación e intereses acorde con lo establecido por el ICETEX para la línea de crédito exterior conforme lo establecido en el reglamento de crédito del ICETEX.
     
  16. Para los programas presenciales o virtuales que otorgan exención de matrícula, los porcentajes se adjudicarán con base en el puntaje final de preselección obtenido por cada estudiante de acuerdo con los parámetros y los criterios de preselección señalados en esta convocatoria.
     
  17. Los beneficiarios del crédito educativo o de fondos en administración que se encuentren en mora, no podrán participar en un programa de beca internacional.
     
  18. En algunos países los títulos de maestría otorgados a los estudiantes nacionales y extranjeros son de dos tipos:

    Título Propio: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de generar empleo a través de la constitución de una empresa o negocio o el de prestar sus servicios profesionales a empresas del sector privado donde no se le exija la convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional del título obtenido, pueden optar a este tipo de programas.

    Título Oficial: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de desempeñarse en el sector público, ascender en sus cargos o en la búsqueda del escalafón de docente o el de continuar con estudios de doctorado.

    A diferencia del título propio, el oficial es convalidado por parte del Ministerio de Educación Nacional. EL ICETEX NO OTORGARÁ CRÉDITOS PARA ESTUDIOS DE POSGRADO CONDUCENTES A TÍTULOS PROPIOS, LOS CUALES NO SON CONVALIDABLES EN COLOMBIA.
     
  19. TODOS LOS CANDIDATOS DEBERÁN APLICAR POR LA PÁGINA WEB, DE LO CONTRARIO NO SERÁN TENIDOS EN CUENTA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE BECAS.
     
  20. ES POTESTATIVO DEL OFERENTE OTORGAR O NO LA BECA PARA ESTE PROGRAMA A LOS CANDIDATOS PRESELECCIONADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL DE BECAS.
     
  21. LOS RESULTADOS DE PRESELECCIÓN SE DARÁN A CONOCER OPORTUNAMENTE LUEGO DE LA SESIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE BECAS, A TRAVÉS DEL CORREO ELECTRÓNICO REGISTRADO POR EL PARTICIPANTE AL MOMENTO DE REALIZAR EL PROCESO DE APLICACIÓN.
     
  22. POR NINGÚN MOTIVO, SE RECIBIRÁN SOLICITUDES QUE NO CUMPLAN ESTRICTAMENTE CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN ESTA CONVOCATORIA.
     
  23. NO SE RECIBIRÁN DOCUMENTOS EN FÍSICO EN NINGÚN PUNTO DE ATENCIÓN DEL ICETEX A NIVEL NACIONAL.