Banner fondos en administración

Convocatoria Poder Pedagógico Popular Territorialización de la Formación Inicial Licenciaturas 2024-1

Estudio   Licenciaturas
Estudiar en   Colombia
Para población   Educadores del sector oficial
Estado   Abierta
Constituyente   Ministerio de Educación Nacional

banner fondo formación men bid

Descripción del fondo

La formación inicial de educadores prepara en ámbitos del conocimiento disciplinar, pedagógico, ético, estético, investigativo, comunicativo, personal, social y cultural; requeridos para asumir la labor del profesional de la educación, atendiendo a los requerimientos contextuales y poblacionales específicos del país. (MEN, 2013). En este sentido, busca fortalecer en los docentes las siguientes capacidades:

  • Desarrollar competencias básicas, disciplinares, pedagógicas y didácticas para fomentar los aprendizajes hacia el desarrollo integral y diverso de las poblaciones en diferentes niveles y contextos.
     
  • Desarrollar la comprensión analítica y reflexiva sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos - NNAJA, en reconocimiento de las diferencias.
     
  • Desarrollar el pensamiento crítico y conocimiento reflexivo de la educación, la pedagogía y los campos disciplinares de la educación.
     
  • Desarrollar la capacidad de investigación educativa para lecturas analíticas y propositivas sobre la realidad y los contextos.
     
  • Fortalecer las destrezas en tecnologías de la información y la comunicación para el diseño, desarrollo y evaluación de herramientas educativas.
     
  • Fomentar el diseño, desarrollo y mejoramiento del PEI y currículos flexibles, que se correspondan además con la educación inclusiva e intercultural.
     
  • Contemplar diferentes referentes, alternativas y modalidades de evaluación.

En la zona rural de Colombia existe un número significativo de educadores que no cuentan con nivel educativo profesional y que tienen la necesidad de avanzar en su profesionalización.

Conforme con lo anterior, el “Fondo de formación en programas de pregrado y posgrado para educadores del sector oficial, mediante el otorgamiento de créditos educativos condonables” - Contrato Interadministrativo 261 de 2019 (MEN) – 2019 0510 (ICETEX)”, abre la CONVOCATORIA PODER PEDAGÓGICO POPULAR TERRITORIALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN INICIAL LICENCIATURAS 2024-1

Estimado docente, para facilitar la comprensión de las etapas y requisitos de esta Convocatoria, además del presente documento, hemos preparado estas piezas informativas que le invitamos a revisar:

Otorgar créditos educativos 100% condonables para financiar los costos de matrícula de programas de licenciaturas, de acuerdo con los términos establecidos en la presente convocatoria del FONDO FORMACIÓN EN PROGRAMAS DE POSGRADO PARA EDUCADORES DEL SECTOR OFICIAL, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS EDUCATIVOS CONDONABLES” CONTRATO INTERADMINISTRATIVO N° 261 de 2019 (MEN)                  

Los destinatarios de los créditos condonables, que se otorgarán en el marco de este fondo son educadores en servicio del sector oficial (docentes y directivos docentes**), que se desempeñen en establecimientos educativos oficiales del país, cumplan con los requisitos mínimos y con los criterios de selección de esta convocatoria.

¡Importante!

NOTA 1: Según el Reglamento Operativo del Fondo, ARTÍCULO 3. – DESCRIPCIÓN DE LOS DESTINATARIOS DEL FONDO, con base en lo establecido en el Artículo 126 de la Ley 115 de 1994, se definen las siguientes dos categorías de destinatarios del Fondo:

  1. Docente: esta categoría hace referencia a docentes de aula, docente con funciones de orientador, docente con funciones de apoyo y docente tutor.
     
  2. Directivo Docente: esta categoría hace referencia a los coordinadores, rectores y director rural.

A través de este fondo, se otorga financiamiento únicamente y exclusivamente para el rubro de Matrícula Ordinaria: hasta por el 100% del costo que la Institución de Educación Superior determine para la matricula por período académico, del programa académico incluido en esta convocatoria, que se transfiere directamente a la Institución de Educación Superior.

Tenga en cuenta que los programas ofertados en esta convocatoria brindan la posibilidad de hacer el reconocimiento del Programa de Formación Complementaria para homologar periodos académicos de licenciatura de los educadores que cuenten con título de Normalista Superior. Esta validación es adelantada por las IES, de manera independiente y autónoma, de acuerdo con su reglamentación aplicable.

Por favor consulte el Anexo 1 Programas de Licenciatura de la presente convocatoria, para conocer detalles de la oferta de los programas académicos.
 

¡Importante!

  • NOTA 2: Se financia un (1) programa académico de nivel de Licenciatura, a partir de cualquier semestre o año y por el tiempo estipulado en el plan de estudios y el registrado en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES-, cubriendo el número de semestres del programa académico, que permitan la culminación del mismo, acorde a lo solicitado por el/la aspirante en el formulario de inscripción.
     
  • NOTA 3: El beneficio otorgado por el fondo no es retroactivo, éste iniciará exclusivamente a partir del momento en que el crédito es legalizado por el/la aspirante ante la Institución de Educación Superior o el ICETEX y dicho proceso no se podrá aplazar, es decir, la legalización se deberá realizar en el semestre para el que la Junta Administradora del Fondo adjudico el crédito condonable. 
     
  • NOTA 4: Para el caso de los aspirantes a ser beneficiario del crédito educativo y que, al momento de postularse se encuentren cursando uno de los programas ofertados en la presente convocatoria, la financiación cuenta a partir del periodo académico inmediatamente posterior a la postulación y está sujeta a la adjudicación y legalización del crédito educativo. 
     
  • NOTA 5: El crédito educativo condonable NO cubre los gastos relacionados con matrículas extemporáneas o extraordinarias, ni las referidas al pago periodos académicos en curso, ni cursados, ni periodos o créditos académicos reprobados. Tampoco cubre gastos referidos a inscripciones, habilitaciones, certificaciones o constancias, derechos de grado y demás gastos académicos o administrativos.
     
  • NOTA 6: El crédito educativo es condonable siempre y cuando se cumpla cabalmente con todos los términos y condiciones de la presente convocatoria y del Reglamento Operativo del Fondo.
  • Ser educador en servicio (Directivo docente o Docente), con nombramiento en propiedad y desempeñarse en un establecimiento educativo oficial.
     
  • Contar con la aprobación del estudio crediticio. Para ello, el educador, diligencia el formulario de deudor solidario y realiza el pago ante la central de riesgo CIFIN. Para este Fondo el educador puede ser su propio deudor solidario.
     
  • Inscribirse a través de la página web del ICETEX dentro de los plazos, términos y condiciones señalados y diligenciar el formulario de solicitud de crédito.
     
  • Comprometerse con el desarrollo de una propuesta educativa de interés y aporte significativo para el Proyecto Educativo Institucional y/o el Plan de Mejoramiento Institucional del establecimiento educativo en el cual se desempeña, como opción de grado para la obtención del título del programa de formación a cursar a través de la financiación del crédito educativo otorgado en la presente convocatoria.
     
  • Contar con la admisión al programa de formación según los requisitos establecidos en la presente convocatoria y de acuerdo con las condiciones y plazos que las Instituciones de Educación Superior (IES) participantes dispongan para tal efecto.
     
  • Contar con la adjudicación del crédito educativo aprobado por la Junta Administradora del Fondo en el marco de la presente convocatoria.
     
  • Obtener el concepto jurídico viable para el crédito educativo adjudicado, mediante el procedimiento y dentro del plazo del trámite de legalización que el ICETEX les indique a los aspirantes de la presente convocatoria.
     
  • NO tener un crédito educativo condonable con el ICETEX para la financiación de programas de pregrado o posgrado en estado activo, en etapa de estudios, en estado suspendido, en etapa de amortización, en etapa de condonación o de paso al cobro.
     
  • NO encontrarse en comisión, excepto los tutores del “Programa Todos a Aprender”.

Apertura: 27 de diciembre de 2023

Cierre: 20 de febrero de 2024

Número de cupos: 200

Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante

Los requisitos PARA SER BENEFICIARIOS DEL CRÉDITO EDUCATIVO DE LA CONVOCATORIA 2024-1 se deben certificar durante el periodo de inscripción a la convocatoria, según fechas definidas en el cronograma y mediante los siguientes documentos e información a registrar en el Formulario de Solicitud de Crédito:

Selección del programa de formación

  1. Leer detenidamente el texto de la convocatoria y el Reglamento Operativo del Fondo.
     
  2. Consultar el Anexo 1 de la presente convocatoria donde puede revisar el detalle de la oferta de especializaciones. Recuerde que solo se puede inscribir en uno de los programas de formación allí relacionados.
     
  3. Contactar a la Institución de Educación Superior -IES- que ofrecen la especialización de su interés para conocer las características de ésta, los requisitos, costos y plazos (cronograma) del proceso de admisión, así como el número máximo de solicitudes de admisión que la IES está en capacidad de recibir en el marco de esta Convocatoria.
     
  4. Revisar que la sede (municipio o ciudad donde se oferta la maestría o el doctorado), jornadas, horarios y metodología (presencial, distancia o virtual) le permita cumplir con las obligaciones académicas y la asistencia al proceso de formación.
     
  5. El beneficiario del Fondo asume sus gastos de desplazamiento hacia el lugar donde la IES prestan el servicio educativo y de conectividad para asistir a los espacios académicos desarrollados a través de herramientas virtuales.
     
  6. Programar las actividades que requiere para cumplir con todos los requisitos de la Convocatoria de acuerdo con el calendario y las etapas que aquí se determinan. No deje para último momento acciones como adelantar el proceso de admisión ante la IES o iniciar el proceso de inscripción ante el ICETEX.
     
  7. Tramitar con suficiente tiempo los documentos que se requieren para la inscripción y la legalización del crédito, por ejemplo, la certificación laboral de la Secretaría de Educación.
     
  8. Diligenciar toda la información y cargar todos los documentos que se solicitan durante el proceso de inscripción mediante el Formulario de solicitud de crédito educativo. Por favor consulte el INSTRUCTIVO PASO A PASO para la inscripción a la presente Convocatoria.
     
  9. Resolver sus dudas utilizando los canales de información y asesoría que dispone la Convocatoria.
     
  10. Estar atento a la publicación del resultado de su solicitud de crédito educativo, si es aprobada debe tramitar la legalización del crédito educativo de inmediato. De no ser aprobada su solicitud y si lo considera, puede consultar el motivo a través de los canales de información y asesoría que dispone la Convocatoria.
  1. Ser docente en servicio (Directivo docente o Docente), con nombramiento en propiedad y desempeñarse en un establecimiento educativo oficial.
     
    • Certificación expedida por la Secretaría de Educación de la Entidad Territorial Certificada a la que está adscrito el educador, en la que conste su vinculación a la misma en calidad de docente con nombramiento en propiedad.
       
  2. Contar con la aprobación del estudio crediticio.
     
    • Pantallazo del resultado del estudio crediticio cargado en el Formulario de Solicitud de crédito ante el ICETEX, de acuerdo con las instrucciones que dicha entidad indique para tal efecto.
       
    • NOTA 12: debe diligenciar el formulario de deudor solidario y realizar el pago ante la central de riesgo CIFIN. Para este Fondo el educador puede ser su propio deudor solidario. Luego de realizado el pago, debe esperar un término entre 24 a 48 horas para ver el resultado. Solo con el resultado aprobado podrá continuar con el literal b., del paso de inscripción “Formulario de solicitud de crédito educativo ICETEX”.
       
  3. Inscribirse a través de la página web del ICETEX dentro de los plazos, términos y condiciones señalados y diligenciar el formulario de solicitud de crédito.
     
    • El ICETEX verificará los aspirantes que se hayan registrado en la convocatoria mediante el formulario de solicitud de crédito educativo disponible en la siguiente web.
       
  4. Comprometerse con el desarrollo de una propuesta educativa de interés y aporte significativo para el Proyecto Educativo Institucional y/o el Plan de Mejoramiento Institucional del establecimiento educativo en el cual se desempeña, como opción de grado para la obtención del título del programa de formación a cursar a través de la financiación del crédito educativo otorgado en la presente convocatoria.
     
    • El aspirante a la convocatoria confirma que está de acuerdo con el compromiso marcando el campo que le indique el formulario de solicitud de crédito de la presente convocatoria.
       
  5. Haber sido admitido por la IES o ser estudiante activo del programa de formación para el cual se postula en la presente convocatoria.
     
    • Las Instituciones de Educación Superior participantes en la Convocatoria reportarán, en el formato que el Ministerio de Educación Nacional les suministrará:
       
      • Los aspirantes que fueron admitidos al programa académico y los que son estudiantes activos.
         
      • Sobre los estudiantes activos que se encuentran cursando uno de los programas de MAESTRÍA o DOCTORADO de la presente Convocatoria:
         
        • Vinculación a la IES como estudiante del programa académico y el periodo que está cursando.
           
        • Paz y salvo financiero con la IES por los periodos previamente cursados.
           
        • Confirmación que el aspirante NO solicita la financiación de periodos o créditos académicos reprobados y cursados.
           
  6. Contar con la adjudicación del crédito educativo aprobada por la Junta Administradora del Fondo.
     
    • La Junta Administradora del Fondo adopta las decisiones que correspondan para adjudicar o no los créditos educativos con base en la información suministrada por el Comité Técnico, de acuerdo con el proceso de verificación de requisitos que se detalla en este documento.
       
  7. Obtener el concepto jurídico viable para el crédito educativo adjudicado, mediante el procedimiento y dentro del plazo del trámite de legalización que el ICETEX les indique a los aspirantes de la presente convocatoria.
     
    • Una vez adjudicados los créditos educativos por la Junta administradora; El ICETEX informa a los aspirantes que pueden iniciar el proceso de legalización del Crédito Condonable; de acuerdo con los términos de la presente convocatoria.

Verificación de requisitos mínimos de los aspirantes.

Una vez finaliza el plazo para la inscripción de docentes aspirantes a la presente convocatoria, el Comité Técnico del Fondo 261 de 2019 verifica el cumplimiento de la totalidad de requisito mínimos para cada solicitud. El Comité Técnico realiza dicho procedimiento siguiendo lo establecido en el Reglamento Operativo del Fondo, en el ARTÍCULO 20. - SELECCIÓN DE POTENCIALES BENEFICIARIOS.

NOTA 26: La presente convocatoria no conformará un banco de candidatos elegibles, ni listas de espera. Los aspirantes que no sean seleccionados para conformar las cohortes de la convocatoria podrán presentarse para las próximas convocatorias que abra el Fondo.

Priorización de potenciales beneficiarios

La adjudicación de créditos educativos condonables a los aspirantes que hayan cumplido los requisitos mínimos señalados en Numeral 5. REQUISITOS PARA ASPIRAR AL CRÉDITO EDUCATIVO de la presente convocatoria, se priorizará de acuerdo con los siguientes criterios:

A. Vinculación como educador en servicio de un establecimiento educativo focalizado por el MEN. (Ver Anexo_2 Establecimientos Educativos Focalizados)

De acuerdo con el índice de focalización desarrollado por el MEN, 8.156 establecimientos educativos oficiales del país fueron priorizados según los siguientes criterios:

  • Ubicación del establecimiento educativo en lo rural y rural disperso
  • Nivel de formación de los maestros y maestras
  • Desempeño de los establecimientos educativos en pruebas Saber 11 2022
  • Ubicación en municipios PDET (Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial).

La calificación obtenida en este índice organiza de mayor a menor prioridad los establecimientos de cada Entidad Territorial Certificada del país.

B. Número de cupos ofrecidos por las IES para el programa al cual se inscribe el aspirante y recursos disponibles del MEN para la adjudicación de créditos educativos en esta convocatoria. La cohorte de beneficiarios se conforma dando prioridad a las siguientes condiciones:

  • Etnoeducadores: para los aspirantes que se postulen como Etnoeducadores, el Ministerio de Educación Nacional verifica su vinculación a la Entidad Territorial en calidad de Etnoeducador con base en la información que reporten las Secretarías de Educación a la cual pertenezca el aspirante.
     
  • Estudiante activo: estar cursando uno de los programas de maestría o doctorado de la oferta de la presente convocatoria) de acuerdo con la información que las Instituciones de Educación Superior reporten en la etapa de verificación de requisitos de participación.
     
  • Población registrada como víctima del conflicto armado y la población en condición de discapacidad; información que el aspirante puede diligenciar en el formulario de inscripción a crédito educativo de la página web de la convocatoria.

¡Importante!

En caso de empate para la asignación del crédito, se dirime, a partir de los siguientes criterios, en el mismo orden en que se relacionan:

  • Cuando exista más de un aspirante del mismo establecimiento educativo, se buscará incluir entre 2 y un máximo de 4 docentes (de diferentes áreas de desempeño o niveles educativos, e incluir al menos un directivo y/o un orientador cuando se presenten), con el fin de favorecer el trabajo colaborativo desde las propuestas de investigación que propongan, en función de abordar las necesidades institucionales de mejoramiento desde varios frentes.
     
  • La organización del número de docentes por establecimiento educativo se realiza atendiendo a criterios de distribución equitativa de cupos de la convocatoria entre las entidades territoriales y el número de cupos disponibles de los programas académicos.
     
  • Primero en fecha y hora de inscripción, verificado por ICETEX.
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Publicación convocatoria27 de diciembre de 2023
2Inscripción de aspirantes, cargue de documentos y subsanaciónSe mantiene cierre de inscripciones el 20 de febrero de 2024
3Ampliación plazo para cargue de documentos para aspirantes inscritos21 al 26 de febrero de 2024
4Plazo para aspirantes en proceso de subsanación y verificaciónHasta el 28 de febrero de 2024
5Verificación de cumplimiento de requisitos y calificación29 al 5 de marzo de 2024
6Comité técnico MEN-ICETEX6 de marzo de 2024
7Adjudicación créditos educativos Junta administradora MEN-ICETEX7 de marzo de 2024
8Publicación de resultados8 de marzo de 2024
9Firma de garantías9 de marzo al 30 de abril de 2024
10Inicio de clasesA partir de marzo, según calendario de cada IES

No aplica

Una vez adjudicados los créditos educativos por la Junta administradora; El ICETEX informa a los aspirantes que pueden iniciar el proceso de legalización del Crédito Condonable, de acuerdo con el paso a paso que se detalla a continuación:

Paso 1: Reunir toda la documentación solicitada.

Paso 2: Realizar el cargue de los soportes (en PDF) mediante el acceso ofrecido a los aspirantes aprobados por el ICETEX.

Paso 3: Estar atentos a la aprobación de soportes.

Paso 4: Una vez aprobado el proceso de legalización, el beneficiario deberá realizar la firma de garantías. Dicho documento se remitirá al correo electrónico registrado por el aspirante aprobado.
                     

Por parte del educador como beneficiario del crédito:

  1. Formulario de solicitud de crédito del ICETEX en PDF. El formulario debe ser diligenciado, impreso, firmado y escaneado como archivo PDF. Puede consultar y descargar el formulario en Mis solicitudes en el siguiente enlace.
     
  2. Recibo de matrícula expedido por la IES. El educador debe contactar a la universidad en la cual se inscribió, fue admitido y cuenta con crédito educativo adjudicado, para solicitar el recibo de matrícula.
     
  3. Para el caso de los aspirantes que se postularon como estudiantes activos: documento expedido por la IES donde conste 1) su vinculación al programa académico, 2) el periodo académico en el cual se matriculará tan pronto culmine y apruebe el periodo que cursa actualmente y 3) el costo estimado que tendrá la matrícula.
     
  4. Una (1) copia del documento de identidad ampliado al 150% (Adjuntar en PDF).
     
  5. Certificación laboral expedida por la Secretaria de Educación de la entidad
    territorial certificada a la que está adscrito en la que conste su vinculación a la misma en calidad de docente en propiedad.

Por parte del deudor solidario del educador beneficiario del crédito

  1. Una (1) copia del documento de identidad ampliado al 150%.
     
  2. Aprobación del estudio crediticio realizado por la central de riesgos determinada por el ICETEX. Descargar en el siguiente enlace.
     
  3. Formulario del deudor solidario. El formulario debe ser diligenciado, impreso, firmado y escaneado como archivo PDF.
     
  4. Constancia laboral del codeudor con fecha de expedición no mayor a 60 días. En caso de ser dependiente (Adjuntar en PDF).
     
  5. Si es trabajador independiente: Certificación de Ingresos expedida por la persona competente, si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador (Adjuntar en PDF).

    Para imprimir el formulario del deudor solidario debe ingresar al enlace según sea su caso:

Digite la información solicitada.

Para consultar su número de referencia CIFIN ingrese al siguiente enlace.

NOTA: El ICETEX entrega al Ministerio de Educación Nacional un reporte que dé cuenta de los créditos legalizados y los no legalizados.

No aplica

Periodo 2024-1
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Firma de ganatías1 de marzo al 30 de abril de 2024

No aplica.

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para su posterior renovación.

Para llevar a cabo el proceso de renovación del crédito, el beneficiario debe:

El beneficiario debe renovar el crédito educativo al comenzar cada periodo académico. Para lo cual, realiza las siguientes acciones, únicamente dentro del plazo que el ICETEX indique:

  • Actualizar su información a través de la página web que le indique el ICETEX, de acuerdo con las especificaciones, periodicidad y oportunidad que este defina.
     
  • Entregar los siguientes documentos a la dependencia de la IES encargada de continuar el proceso de renovación de crédito ante ICETEX:
     
    • Formato web de actualización de datos ante ICETEX diligenciado, en original firmado, para el periodo académico a renovar.
       
    • Orden de matrícula expedida por la Institución de Educación Superior (IES) donde conste el nombre, la identificación, el programa, el semestre/año a cursar y el valor de la matrícula ordinaria.
       
    • Certificación laboral expedida por la Secretaría de Educación a la que está adscrito o de la rectoría de la institución educativa oficial donde se desempeña en la que conste su vinculación a la misma en calidad de docente o directivo en propiedad. La certificación no podrá tener una antigüedad mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de su expedición.
       
  • La Institución de Educación Superior verifica que el aspirante haya entregado los documentos aquí señalados y registra la renovación en la plataforma dispuesta por el ICETEX para este trámite, colocando el estado RENOVADO IES.

NOTA: de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 11 del Reglamento Operativo del Fondo, la Junta Administradora aprueba el calendario de renovación al iniciar cada periodo académico.

Teniendo en cuenta lo anterior, el ICETEX establecerá un plazo para el desarrollo del trámite de renovación de crédito educativo coherente con los periodos de matrícula e inicio de clases que reporten las IES.

La renovación de crédito educativo es el único mecanismo que garantiza que el periodo académico a cursar será financiado, por lo tanto, el beneficiario queda matriculado y puede iniciar las actividades académicas del respectivo periodo únicamente cuando, tanto el beneficiario como la IES hayan realizado la totalidad de los pasos para la renovación de crédito educativo indicados.

Ninguna IES participante de las convocatorias del Fondo 261 de 2019 está autorizada para ofrecer los servicios educativos, ni ningún tipo de actividad académica a los beneficiarios que no hayan realizado la renovación del crédito educativo dentro de los plazos y los términos que las entidades constituyentes del Fondo establezcan.

El ICETEX realiza las siguientes actuaciones:

  • Verificar el cumplimiento de los requisitos de renovación.
     
  • Realizar las actuaciones necesarias para hacer los desembolsos por concepto de matrícula a favor de las respectivas Instituciones de Educación Superior (IES).
     
  • Entregar al Ministerio de Educación Nacional un reporte sobre las renovaciones efectuadas, relacionando los beneficiarios con renovaciones y los que no hayan sido renovados.

Lugar de entrega de los documentos

Institución de Educación Superior

No aplica

No aplica

 

No aplica

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.

¿Cuando se realizan los desembolsos?

Una vez culminado el proceso de legalización, el ICETEX realiza los desembolsos de los créditos adjudicados, de acuerdo con el listado de beneficiarios y valores indicados en el acta de reunión de la Junta Administradora en la que se adjudican los créditos educativos.

El ICETEX realiza los desembolsos de los créditos educativos para las renovaciones de cada período académico, de acuerdo con lo previsto en este reglamento, para lo cual no requiere indicaciones por parte del Ministerio de Educación Nacional ni de la Junta Administradora.

¿Cómo se realizan los desembolsos?

El ICETEX realiza los desembolsos de los créditos educativos para las renovaciones de cada período académico, de acuerdo con lo previsto en este reglamento, para lo cual no requiere indicaciones por parte del Ministerio de Educación Nacional ni de la Junta Administradora.

No Aplica

A todos los créditos que se otorguen con cargo a este fondo se les suma el dos por ciento (2%) sobre los valores aprobados, por concepto de prima de seguro para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental total y permanente del beneficiario.

Causales de suspensión temporal

Procederá la suspensión temporal de los desembolsos cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

  • Suspensión o retiro temporal del programa de estudios por voluntad propia del beneficiario, máximo por dos períodos académicos debidamente justificado.
     
  • Por expresa voluntad del beneficiario.
     
  • Cierre temporal del programa académico y/o de la institución de educación superior.

Causales de suspensión definitiva

Procede la suspensión temporal de los desembolsos cuando el beneficiario incurre en alguna de las siguientes causales:

  • Suspensión o retiro temporal del programa de estudios, debidamente justificado, máximo por un período académico.
     
  • No tramitar la renovación del crédito educativo en los términos y plazos establecidos por el ICETEX.
     
  • Cierre temporal del programa académico y/o de la Institución de Educación Superior (IES).

Procede la suspensión definitiva de los desembolsos cuando el beneficiario incurre en alguna de las siguientes causales:

  • Finalización de los periodos académicos fijados de manera regular por la IES, para los cuales se adjudicó el crédito educativo.
     
  • Abandono del programa de estudios por parte del beneficiario.
     
  • Incumplimiento de las obligaciones académicas y demás que sean previstas por la normatividad interna de la respectiva Institución de Educación Superior.
     
  • Suspensión de los estudios por más de un periodo académico.
     
  • Adulteración de documentos o presentación de información falsa.
     
  • Manifestación expresa y voluntaria del beneficiario.
     
  • No tramitar la renovación del crédito educativo en los términos y plazos establecidos por el ICETEX, por más de un periodo académico, salvo en los eventos de fuerza mayor o caso fortuito. El beneficiario deberá notificar al ICETEX de la ocurrencia de estos eventos, dentro de los siguientes tres días hábiles contados a partir de la ocurrencia del hecho, junto con la evidencia correspondiente.
     
  • Cambio de institución educativa o programa académico sin previa autorización de la Junta Administradora de El Fondo.
     
  • Cierre temporal o definitivo del programa o de la Instituciones de Educación Superior (IES), que le impida culminar el programa y el logro del título académico. Tal evento deberá ser informado por el beneficiario al ICETEX, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles, contados a partir de la ocurrencia del hecho.
     
  • Muerte o invalidez física o mental total y permanente que le impida al beneficiario la realización de los estudios. Tal evento deberá ser informado por la Instituciones de Educación Superior (IES) donde el beneficiario adelanta sus estudios al ICETEX.

NOTAS

  • El Comité Técnico del Fondo verificar los casos de beneficiarios que no tramiten la renovación del crédito educativo dentro de los términos y plazos establecidos, con el fin de validar los motivos que le impidieron cumplir con la obligación o si se deriva de una suspensión temporal de los estudios debidamente justificada.
     
  • Los casos verificados por el Comité Técnico en los cuales los beneficiarios del Fondo hayan incurrido en alguna de las causales de suspensión definitiva de los desembolsos son presentados a la Junta Administradora para que adopte las decisiones pertinentes.
     
  • La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos es autorizada por la Junta Administradora del Fondo y tiene como consecuencia la exigibilidad inmediata de la obligación.
     
  • La Junta Administradora del Fondo le comunica al ICETEX los beneficiarios a quienes se debe iniciar la recuperación o cobro de cartera.

Información importante

La declaración de suspensión definitiva de los desembolsos deberá ser autorizada por la Junta Administradora y tendrá como consecuencia la exigibilidad inmediata de la obligación la cual incluye el 100% del valor del crédito desembolsado más los intereses generados, y de las garantías.

El ICETEX realizará las actuaciones correspondientes para ejecutar el cobro de la obligación o hacer efectivas las garantías, frente a los casos con declaración de suspensión definitiva. Tales actuaciones deberán ser comunicadas y/o notificadas por el ICETEX al beneficiario, incluyendo un plan de pagos sin incurrir en capitalización de intereses.

No aplica.

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.

El beneficiario debe demostrar el cumplimiento de los siguientes requisitos establecidos, en la presente convocatoria como en el Reglamento Operativo, para solicitar la condonación del 100% del valor del crédito educativo:

  1. Obtener el título académico del programa de formación conforme al plan de estudios estipulado por la IES.
     
  2. Certificar que la opción de grado para la obtención del título del programa de formación cursado a través de la financiación del crédito educativo otorgado en la presente convocatoria consistió en una propuesta educativa de interés y aporte significativo para el Proyecto Educativo Institucional y/o el Plan de Mejoramiento Institucional del establecimiento educativo en el cual se desempeña.
     
  3. Permanecer en el establecimiento educativo oficial en el cual se desempeña durante un periodo mínimo de un (3) años posteriores a la obtención del título académico, exceptuando los casos que impliquen traslados por motivos de fuerza mayor, caso fortuito o por disposición de las autoridades competentes, los cuales deberán ser informados al ICETEX, dentro de los siguientes diez (10) días hábiles, contados a partir de la ocurrencia del hecho. En el caso de tutores del “Programa Todos a Aprender”, la duración mínima en el programa desempeñándose como tutor será de un (1) año posterior a la obtención del título académico, o hasta la terminación del “Programa Todos a Aprender” en caso de que el Gobierno Nacional decida no darle continuidad.

Plazo de entrega de los documentos

El beneficiario debe entregar al ICETEX, dentro de los siguientes seis (6) meses contados a partir del cumplimiento de la totalidad de los requisitos para solicitar la condonación del crédito educativo, los siguientes documentos:

  • Una fotocopia del acta de grado o diploma del título académico.
     
  • Una certificación en la que conste que la opción de grado para la obtención del título del programa de formación consistió en una propuesta educativa de interés y aporte significativo para el Proyecto Educativo Institucional y/o el Plan de Mejoramiento Institucional, expedida por el Rector del establecimiento educativo donde fue desarrollada. Para le caso de los rectores, esta certificación debe ser expedida por el Comité Académico o el Comité Directivo de la Institución Educativa.
     
  • Una certificación expedida por la Secretaría de Educación en la que conste:
     
    • Su vinculación a la entidad territorial en calidad de educador con nombramiento en propiedad.
       
    • La permanencia en el establecimiento educativo oficial durante el periodo de permanencia exigido en la Convocatoria de educadores FORMACIÓN INICIAL 2023-1 según el nivel de formación en el cual participó (licenciatura); periodo que rige a partir de la fecha de obtención del título académico del posgrado cursado. En el caso de ser nombrado en otra institución educativa oficial y/o Entidad Territorial Certificada durante la etapa de estudio o posterior a la titulación, se debe aportar el acto administrativo correspondiente, que permita verificar dicho cambio. La certificación no podrá tener una antigüedad mayor a sesenta (60) días calendario, contados a partir de su expedición.

No aplica

No aplica