Listado de fondos en administación

Ricardo Borrero Álvarez

Estudio   Pregrado
Estudiar en  
Para población   Estudiantes nacidos en Neiva o que hayan residido en este municipio los últimos cinco (5) años continuos, con buen nivel académico y de escasos recursos económicos.
Estado   Cerrada
Constituyente   Municipio de Neiva

Ricardo Borrero Álvarez

Descripción del fondo

Tiene por objeto financiar parcial o totalmente estudios de formación profesional, o universitaria, a estudiantes nacidos en Neiva o que hayan residido en este municipio los últimos cinco (5) años continuos, con buen nivel académico y de escasos recursos económicos.


Brinda créditos que permita a jóvenes Neivanos sobresalientes en su nivel académico, de escasos recursos económicos para adelantar estudios de pregrado.


Estudiantes nacidos en Neiva o que hayan residido en este municipio los últimos cinco (5) años continuos, con buen nivel académico y de escasos recursos económicos.


Programas de formación profesional o universitaria.

Rubros financiados

Matricula: hasta el 100% del valor de la matricula que no supere los 5 SMMLV, por período académico de estudios. Deberá ser girado a la Institución de Educación Superior Pública o Privada, previa aprobación de los requisitos.

 


  • Formulario de inscripción de crédito “Fondo Ricardo Borrero Álvarez” debidamente diligenciado.

  • Copia del diploma y acta de grado que acredite ser bachiller egresado de cualquiera de las Instituciones Educativas Oficiales del municipio de Neiva. 

  • Presentar copia de los resultados de las pruebas saber 11 aplicadas en el año inmediatamente anterior. Y estar  dentro  de  los tres mejores resultados de la  Institución Educativa Oficial del Municipio de Neiva de donde es egresado.

  • El egresado de Bachillerato puede aspirar a cualquier universidad pública o privada que funcione en la ciudad de Neiva y debe estar admitido en una institución de educación superior, para el siguiente año o semestre a la presentación de la prueba saber 11.

  • Presentar la certificación del valor de la matrícula.

  • Acreditar las garantías que le sean exigidas por el ICETEX administrador del fondo.

  • Manifestar por escrito su voluntad de acogerse a esta opción de crédito.

Requisitos del codeudor

  • Ser mayor de edad y acreditar ingresos o en su defecto poseer finca raíz.

  • Mantener domicilio permanente en el país y que la sede habitual de sus negocios o de su actividad laboral estén dentro del territorio colombiano.

  • Poseer una actividad económica que genere alguna renta demostrable.

  • Demostrar buena moral crediticia y comercial, la cual se acreditará con la consulta a centrales de riesgo.

Sí es jurídico
  • Las personas jurídicas deberán presentar certificado de existencia y representación legal conforme a la Ley, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario de expedición y que la vida jurídica sea igual o superior al plazo del crédito solicitado.



1. Convocatoria

Apertura: 14 de diciembre de 2022

Cierre: 15 de febrero de 2023

Número de cupos: No hay límite de cupos



Diligenciamiento del formulario: recomendaciones e información importante

  • Antes de ingresar los datos, el solicitante debe leer cuidadosamente la información que debe diligenciar, ser preciso con los datos que registra ya que DESPUÉS DE ENVIADA NO SE PODRÁ MODIFICAR. 

  • La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante. Si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, DARÁ LUGAR A LA NO LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.


No aplica.


  • Mérito Académico 40 puntos

  • Estrato socioeconómico 30 puntos 

  • Carácter de la Institución Educativa 10 puntos

  • Antigüedad de permanencia en Neiva 20 puntos

  • TOTAL PUNTAJE 100 puntos

Publicación de los resultados 

11 de julio  del 2019

Información importante

Teniendo en cuenta que el puntaje máximo es de cien (100) puntos y será el resultado de la información consignada en el formulario de inscripción que se diseñe para este fin y de la documentación que se anexe como soporte.


Periodo 2023-1
Actividad ConceptoFechas a ejecutar
1Apertura de la convocatoria14 de diciembre de 2022
2Cierre de la convocatoria15 de febrero de 2023
3Aprobación de créditos17 de febrero de 2023
4Publicación de resultados23 de febrero de 2023
5Legalización de créditos28 de febrero a 14 de abril de 2023

No aplica.



2. Proceso de legalización

El proceso de legalización es el cargue de documentos únicamente de los estudiantes que fueron aprobados en la convocatoria.



  • Formulario de inscripción de crédito “Fondo Ricardo Borrero Álvarez” debidamente diligenciado.

  • Copia del diploma y acta de grado que acredite ser bachiller egresado de cualquiera de las Instituciones Educativas Oficiales del municipio de Neiva. 

  • Presentar copia de los resultados de las pruebas saber 11 aplicadas en el año inmediatamente anterior. Y estar  dentro  de  los tres mejores resultados de la  Institución Educativa Oficial del Municipio de Neiva de donde es egresado.

  • El egresado de Bachillerato puede aspirar a cualquier universidad pública o privada que funcione en la ciudad de Neiva y debe estar admitido en una institución de educación superior, para el siguiente año o semestre a la presentación de la prueba saber 11.

  • Presentar la certificación del valor de la matrícula.

  • Acreditar las garantías que le sean exigidas por el ICETEX administrador del fondo.

  • Manifestar por escrito su voluntad de acogerse a esta opción de crédito.


Lugar de entrega de los documentos

Institución de Educación Superior y/o IES

Plazo de entrega de los documentos 

28 de febrero a 14 de abril de 2023

Documentos requeridos
De orden académico:

  • Recibo de matrícula o constancia de admisión de la institución educativa, donde se especifique el período académico a cursar, duración total del programa académico y valor de la matrícula. 

  • Copia de los resultados de Pruebas Saber 11 que registren con puntaje ≥ a 323 y ≤  a 347 para el caso de colegios de ubicados en zonas urbanas.

  • Certificado de notas del año/semestre, ciclo inmediatamente anterior para estudiantes a partir de segundo semestre en adelante.

De orden general por parte del aspirante aprobado: 

  • Formulario del ICETEX diligenciado.

  • Fotocopia legible del documento de identidad del beneficiario.

  • Fotocopia legible del documento de identidad de tutor.

  • Fotocopia del carnet o certificado del SISBEN donde conste el nivel socioeconómico. 

  • Pagaré y Carta de Instrucciones debidamente diligenciados por el beneficiario y el tutor.

 

Sobre las garantías 

  • Ser mayor de edad y acreditar ingresos o en su defecto poseer finca raíz.

  • Mantener domicilio permanente en el país y que la sede habitual de sus negocios o de su actividad laboral estén dentro del territorio colombiano.

  • Poseer una actividad económica que genere alguna renta demostrable.

  • Demostrar buena moral crediticia y comercial, la cual se acreditará con la consulta a centrales de riesgo.

  • Las personas jurídicas deberán presentar certificado de existencia y representación legal conforme a la Ley, con una vigencia no superior a treinta (30) días calendario de expedición y que la vida jurídica sea igual o superior al plazo del crédito solicitado.

  • Contemplar dentro de su objeto social una actividad rentable.

  • Estar autorizado por la junta directiva de la organización para comprometer el monto y constituir garantías, cuando esta facultad no esté definida en el certificado de existencia y representación legal.

  • Las demás exigidas por el FONDO RICARDO BORRERO ÁLVAREZ E ICETEX, como administrador del Fondo, que respalden y minimicen el riesgo crediticio.


La información registrada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, así como documentación fraudulenta, con tachones, enmendaduras o en mal estado que hagan dudar su originalidad dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar. 

Una vez el crédito ha sido legalizado DE NINGUNA MANERA se puede desistir sin previa autorización de la IES o el ICETEX.


Periodo 2023-1
Actividad ConceptoFechas a ejecutar
1Apertura de la convocatoria14 de diciembre de 2022
2Cierre de la convocatoria15 de febrero de 2023
3Aprobación de créditos17 de febrero de 2023
4Publicación de resultados23 de febrero de 2023
5Legalización de créditos28 de febrero a 14 de abril de 2023

No aplica.



3. Proceso de renovación

El proceso de renovación es la actualización de datos por parte del beneficiario y trámite de la documentación requerida ante las Instituciones de Educación Superior para su posterior renovación.



  • Diligenciar el formulario de actualización datos.

  • Reunir toda la documentación y entregarla en la Institución de Educación Superior.

  • Si está completa la documentación, se actualiza el estado a RENOVACIÓN IES.

  • Desembolso de los rubros financiados.


Lugar de entrega de los documentos

Institución de Educación Superior y/0 IES

Documentos requeridos

  • Formulario de actualización de Datos.

  • Constancia u orden de matrícula donde se especifique el período académico a cursar, el programa académico y el valor de la matrícula.

  • Certificado de notas periodo académico anterior donde conste la culminación exitosa del último año/semestre, ciclo académico cursado.

Parámetros de la entrega

Se cuentan sujetos a los requisitos y medios electrónicos que establezca el administrador del Fondo para tal efecto y serán de obligatorio cumplimiento para el CONSTITUYENTE, los aspirantes y beneficiarios de los créditos.


El crédito debe renovarse cada semestre previo cumplimiento de los requisitos.


Periodo 2021-2
ActividadConceptoFechas a ejecutar
1Apertura de actualización y renovación 25 de junio del 2021
 2Cierre de actualización y renovación IES   25 de septiembre del 2021

No aplica.



5. Desembolsos

Los desembolsos son los giros del monto del crédito condonable aprobados para cada período académico de acuerdo a los rubros solicitados por el beneficiario.



Matricula: hasta el 100% del valor de la matricula que no supere los 5 SMMLV, por período académico de estudios. Deberá ser girado a la Institución de Educación Superior Pública o Privada, previa aprobación de los requisitos

¿Cuándo se realizan los desembolsos?


De acuerdo con los planes de amortización que se tengan establecidos y será para los créditos aprobados a partir de la firma del presente reglamento. Desembolsos por adjudicación: se hace una vez el estudiante haya entregado las garantías y la documentación requerida y se encuentre con el estado “CONCEPTO JURÍDICO VÍABLE”.

Caso contrario, debe repetir las garantías, para lo cual cuenta con cinco días hábiles después del concepto de éstas. Desembolsos por renovación: se realizan semestralmente cuando el beneficiario actualice sus datos y entregue todos los requisitos documentales presentados en la renovación y se encuentre con el estado “RENOVACIÓN IES”.


Se realiza de acuerdo al rubro que el beneficiario tiene aprobado por parte del Distrito, de esta manera:

  • Si es matrícula: el destino de giro es a la IES.

  • Si es sostenimiento: El ICETEX gira a la cuenta bancaria del estudiante.

¿Cuáles son los métodos de pago dirigidos al beneficiario?

  • Si es matrícula: el destino de giro es a la IES.

  • Si es sostenimiento: El ICETEX gira a la cuenta bancaria del estudiante.


EL ICETEX descontara a los beneficiarios del Fondo el uno punto cinco por ciento (1.5%) sobre el desembolso que efectué en créditos educativos, con el objeto de llevarlo al Fondo de garantías del ICETEX.


Causales de suspensión temporal

  • Haber interrumpido sus estudios hasta por dos semestres consecutivos o un año, sin justificación.

  • Cuando la universidad lo excluya del centro educativo, en aplicación de su reglamento interno.

  • Cuando el estudiante y su codeudor, voluntariamente soliciten la cancelación del crédito.

  • Por la No terminación y culminación de materias en el tiempo establecido por la Universidad.

  • Cuando se compruebe la presentación de documentación falsa.

  • Por incapacidad médica expedida por una EPS.

  • Por voluntad expresa del beneficiario.

Causales de suspensión definitiva

  • Haber interrumpido sus estudios hasta por dos semestres consecutivos o un año, sin justificación.

  • Cuando la universidad lo excluya del centro educativo, en aplicación de su reglamento interno.

  • Cuando el estudiante y su codeudor, voluntariamente soliciten la cancelación del crédito.

  • Por la No terminación y culminación de materias en el tiempo establecido por la Universidad.

  • Cuando se compruebe la presentación de documentación falsa.

  • Por incapacidad médica expedida por una EPS.

  • Por voluntad expresa de beneficiario.

La suspensión temporal del crédito, aplica siempre y cuando el estudiante justifique y demuestre buen rendimiento académico, solicitando formalmente con ello la continuación con los estudios para los cuales se le otorgó el crédito.


No aplica.



5. Condonación

En el proceso de condonación se exime del pago de la obligación siempre y cuando el beneficiario haya cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.



  • Al finalizar la carrera, debe demostrar un promedio académico para la universidad pública de 3.8 y para la universidad privada de 4.0.

  • Prestar al Municipio de Neiva, uno de los siguientes servicios:

    • Un estudio de investigación que sea de interés para el Municipio de Neiva y además que guarde concordancia con el Plan de Desarrollo Municipal y/o las apuestas productivas. El trabajo será presentado a la Secretaría de Educación Municipal, quien lo remitirá la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal para que certifique si reúne o no los requisitos establecidos. Para la presentación del estudio de investigación se otorgará un plazo máximo de (6) meses de después de haber terminado el pensum académico.

    • Desarrollar un servicio social (pasantía) por un período no mayor de un (1) año y no menor a seis (6) meses no remunerado, en cualquiera de las instituciones públicas municipales o Dependencias de la Alcaldía de Neiva, previa solicitud escrita del beneficiario del crédito y aprobación que haga la Secretaría de Educación del Municipio.


Lugar de entrega de los documentos

Secretaría de Educación Municipal de Neiva.

Lugar de entrega de los documentos

  • Al finalizar la carrera, debe demostrar un promedio académico para la universidad pública de 3.8 y para la universidad privada de 4.0.

  • Prestar al Municipio de Neiva, uno de los siguientes servicios:

    • Un estudio de investigación que sea de interés para el Municipio de Neiva y además que guarde concordancia con el Plan de Desarrollo Municipal y/o las apuestas productivas. El trabajo será presentado a la Secretaría de Educación Municipal, quien lo remitirá la Secretaria de Planeación y Ordenamiento Municipal para que certifique si reúne o no los requisitos establecidos. Para la presentación del estudio de investigación se otorgará un plazo máximo de (6) meses de después de haber terminado el pensum académico.

    • Desarrollar un servicio social (pasantía) por un período no mayor de un (1) año y no menor a seis (6) meses no remunerado, en cualquiera de las instituciones públicas municipales o Dependencias de la Alcaldía de Neiva, previa solicitud escrita del beneficiario del crédito y aprobación que haga la Secretaría de Educación del Municipio. 

PARÁGRAFO PRIMERO: Los documentos para la condonación deben ser presentados a la Secretaría de Educación Municipal de Neiva. PARÁGRAFO SEGUNDO: La no prestación del servicio social o del proyecto de investigación, se entenderá que renuncia a la condonación, por tanto deberá cancelar la obligación, el capital más los intereses de acuerdo a los planes de pago establecidos por el reglamento del Fondo, para lo cual contará con un término de un (1) año después de la obtención del título. PARÁGRAFO TERCERO: Una vez reunidos los requisitos exigidos, la Junta Administradora, analizará cada caso y de acuerdo con ellos aprobará o negará la condonación de los beneficiarios del Plan Excelencia.


No aplica.


No aplica.