Hasta 8.000 dólares - Mediano plazo

Hasta 8.000 dólares - Mediano plazo


Esta línea de crédito financia estudios de posgrado en el exterior hasta por un monto de 8.000 dólares americanos en instituciones de reconocido prestigio internacional.


Está dirigido a profesionales colombianos que deseen realizar estudios de posgrado en el exterior o beneficiarios de una beca administrada por el ICETEX que requieran financiar una parte de los estudios a realizar.


Cuantía máxima de hasta US$ 8.000 (ocho mil dólares americanos) para programas de hasta de dos años de duración. El desembolso se efectúa hasta por los US$8.000, de acuerdo con los requerimientos del usuario.

El crédito financia:

- Formación avanzada o de posgrado en el exterior (especialización, maestría y doctorado).

- Se puede utilizar como complemento a becas internacionales canalizadas por el ICETEX.


Los créditos educativos que se otorguen para adelantar estudios de educación superior tendrán una tasa de interés variable ajustada cada año.

Dicha tasa de interés variable será la correspondiente al cálculo de la variación del índice de Precios al Consumidor IPC, certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año.

El IPC certificado por el DANE para el año 2014 fue de 3,66%.

Durante el periodo de estudiosDurante el periodo de amortización
IPC + 8 puntos porcentuales
(11,66% efectivo anual)
IPC + 8 puntos porcentuales
(11,66% efectivo anual)

 

* El Índice de Precios al Consumidor (IPC) refleja las variaciones que en conjunto sufren los precios de los bienes que adquieren normalmente los consumidores del país, es el principal instrumento para la cuantificación de la inflación y su cálculo mensual es responsabilidad del DANE.

Interés de mora:

La tasa de interés de mora será la equivalente al IPC más 12 puntos porcentuales (15,66% efectivo anual).


Periodo de estudios

- Se amortiza el 20% del giro más los intereses, en 24 cuotas mensuales a partir del mes siguiente de efectuado el giro.

Periodo de amortización

- Después de los 2 primeros años, o al terminar los estudios, se inicia el pago del saldo del 80% del préstamo, más los intereses, en cuotas mensuales, con un plazo de hasta 5 años.

  • Sobre el saldo consolidado de la deuda (valores girados, más los intereses y prima de seguro generados, menos los pagos efectuados) se liquidarán cuotas mensuales durante el plazo establecido.
  • Los pagos de cuotas del crédito en moneda diferente a los pesos colombianos se liquidarán a la TRM del día en que se efectúe el recaudo en las cuentas del ICETEX.

Abonos extraordinarios:

Durante el periodo de estudios o de amortización, se pueden efectuar abonos extraordinarios que disminuyen el valor de la deuda y contribuyen a la disminución en la generación de intereses.


La prima de seguro para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el ICETEX, será el equivalente al 2% de cada desembolso.

El beneficiario debe pagar con la primera cuota posterior al desembolso, que lo amparará siempre y cuando se encuentre al día con los pagos del crédito.


- Los giros se hacen exclusivamente al estudiante beneficiario del crédito o a la institución del exterior donde cursa estudios.

- Los giros de los créditos aprobados se liquidarán a la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del día en que se aplica el pago al beneficiario, para efectos de contabilizar la obligación en pesos colombianos.

- El giro (hasta US$ 8.000) se hará efectivo después de legalizados la carta de instrucciones y el pagaré respectivo, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, y cuando el beneficiario presente copia de la visa aprobada o del tiquete de viaje, cuando el país de destino no exige visa.

- Si el programa es virtual, el giro se efectúa a la Institución de Educación Superior y por el valor que esta certifique.

- El ICETEX antes de proceder a realizar el desembolso, llevará acabo la verificación de su grado como profesional con el Ministerio de Educación Nacional o con la Institución de Educación Superior que reportaste.


- Ser colombiano (se acredita con la fotocopia del documento de identidad del estudiante).

- Acta de grado o título profesional a nivel universitario, tecnológico o técnico profesional.

- Certificado de admisión o recibo de matrícula expedido recientemente por el centro docente en un programa de reconocido prestigio internacional.

- Programa de estudios a realizar expedido por el centro docente internacional (traducido al español), indicando fecha de iniciación y terminación del programa académico, así como costos totales por periíodo.

- Si el solicitante ya ha iniciado sus estudios, constancia de admisión y notas expedidas por el centro docente.

- Si tiene un crédito vigente con el ICETEX debe encontrarse a paz y salvo, también debe haber cancelado como mínimo el 50% del valor del crédito.

- Poder suscrito y autenticado por el beneficiario y el apoderado, cuando el beneficiario no pueda legalizar la carta de instrucciones y el pagaré que respaldan el crédito.

- Si el periodo de estudios a realizar es superior a dos años, se requiere una carta de compromiso suscrita por el estudiante, incluyendo dirección y teléfono de quien se encargará de cancelar las cuotas del crédito del saldo de la deuda, a partir cumplidos los dos años de aprobación el crédito mientras el beneficiario termina el programa de estudios.

- Tener historial financiero y crediticio favorable.

- No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de riesgo financiero.

- El crédito se respalda mediante una Carta de Instrucciones y un Pagaré con espacios en blanco, suscritos por el beneficiario del crédito y un deudor solidario.

- Autorizar al ICETEX para consultar, registrar y reportar antecedentes económicos del estudiante y del deudor solidario en las entidades idóneas creadas para tal fin.

- Cancelar en la CIFIN el valor correspondiente al estudio de antecedentes financieros del estudiante y del deudor solidario.

- El deudor solidario debe tener domicilio permanente en Colombia, en caso de ser extranjero y ser aceptado previamente de acuerdo con los criterios y procedimientos adoptados por el ICETEX.

Tenga en cuenta que...

- Si tú como beneficiario no pasas el estudio de antecedentes crediticios que realiza Cifin, no eres susceptible de la adjudicación del crédito.

Documentos necesarios para legalizar el crédito

Adjuntar dos juegos de fotocopias de los siguientes documentos:

- Fotocopia ampliada del documento de identidad del solicitante.

- Fotocopia ampliada de la visa si el país de estudio la exige (se debe presentar fotocopia autenticada o el original de la visa en el momento de la entrega de los documentos ante el ICETEX).

- Original del Poder autenticado en Notaría (o en el Consulado de Colombia si el estudiante se encuentra en el exterior), suscrito por el beneficiario y su apoderado, mediante el cual lo autoriza para legalizar la carta de instrucciones y el pagaré que respaldan el crédito educativo, en caso que el estudiante no lo pueda legalizar personalmente.

- Admisión DEFINITIVA al programa de estudios, señalando: nombre del programa, nivel académico, duración total de los estudios (fecha de inicio y terminación) y costos. No se admiten constancias de inscripción, admisiones condicionadas ni provisionales.

- Programa de estudios (anexar folleto).

- Copia del Diploma del título profesional o del Acta de Grado y promedio de notas del pregrado.

- Certificado de experiencia laboral e ingresos, si trabaja.

- Certificado de Cuenta Bancaria a nombre del estudiante (cuando es a distancia se debe presentar el certificado de cuenta de bancaria de la Institución Educativa).

- Carta de compromiso de iniciación de pago, firmada por la persona que se hará responsable del pago del crédito, después de los dos años de otorgado, si el programa tiene una duración superior a dos años.

- Copia del recibo CIFIN.

- Formulario de la solicitud de crédito grabada por la Web, con los documentos que en las instrucciones de legalización se le indiquen, que soportan la información grabada.

- Formulario del Deudor Solidario, grabado por la Web, con los documentos que en las instrucciones de legalización se le indiquen, que soportan la información grabada.


Importante:

El deudor solidario es la persona que avala y respalda al beneficiario de crédito, por esto mismo firma con él la Carta de Instrucciones y el Pagaré.

El estudio y aprobación del deudor solidario del crédito educativo está a cargo de la CIFIN (Central de Información Financiera), organismo que procesa y suministra al ICETEX la información relativa a los clientes y usuarios de los sectores financieros, real, solidario y asegurador. Si presentas algún inconveniente, por favor verifica con la CIFIN tu historial crediticio.

Requisitos del deudor solidario

Si es persona natural

- Tener domicilio permanente en Colombia.

- Tener capacidad legal para contraer obligaciones.

- No ser deudor moroso del ICETEX.

- No ser deudor solidario de más de dos beneficiarios ante el ICETEX.

- No ser mayor de 65 años al momento de legalizar el crédito.

- Demostrar ingresos que permitan garantizar la deuda.

- Si es pensionado, demostrar ingresos diferentes a los de la pensión.

- Tener historial financiero y crediticio favorable.

- No estar reportado con calificación negativa en ninguna central de riesgo financiero.

- Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.

- Las demás que el ICETEX considere necesario.

Si es persona jurídica

- Tener domicilio permanente en el país.

- Tener capacidad legal para contraer obligaciones.

- No ser deudor moroso del ICETEX.

- Contar con más de dos años de constitución legal.

- Demostrar un patrimonio neto superior a la obligación contraída.

- Tener una duración igual o mayor a la vigencia del crédito educativo, incluido el periodo de amortización y tres años más.

- Tener autorización por parte de la Junta de Accionistas o de Socios, según la empresa, para servir como deudor solidario con monto máximo permitido.

- Tener historial financiero y crediticio favorable.

- Obtener un puntaje de calificación superior al mínimo establecido en el modelo de estudio adoptado por el ICETEX.