* Las condiciones de crédito que se muestran a continuación estuvieron vigentes hasta el primer semestre académico del año 2015.
Características generales
El propósito del programa interinstitucional Mi PC es ayudar a través de una línea de crédito complementaria a la inicialmente asignada, para que los estudiantes beneficiarios de créditos del ICETEX de pregrado en el país puedan adquirir un computador.
Esta línea de crédito es de carácter reembolsable y permite adquirir un equipo de cómputo hasta por un monto de 82 UVT (Unidad de Valor Tributario), es decir $2.253.770 y tiene un periodo de amortización máximo de tres años. Para 2014 cada UVT equivale a $27.485, según la resolución 138 de la DIAN.
NOTA:
De acuerdo con el artículo 31 de la Ley 1111 del 27 de diciembre de 2006, los equipos de cómputo con un valor inferior a 82 UVT (Unidad de Valor Tributario) son exentos de IVA.
Condiciones de financiación
Base de liquidación:
Capital girado equivalente al valor del equipo de cómputo.
Plazo
Hasta treinta y seis (36) meses.
Tasa de interés corriente:
El crédito otorgado para financiar la compra de un computador tiene una tasa de interés corriente del 12,68% efectivo anual, equivalente al 12% nominal anual mes vencido.
Como incentivo a estudiantes registrados en niveles de Sisbén 1 y 2 o su equivalente, la tasa corriente es del 6,17 % efectivo anual, equivalente al 6% nominal anual mes vencido.
Tasa de interés de mora:
La tasa de interés moratoria será establecida para cada modalidad sin exceder el tope máximo legal permitido.
Prima de seguro:
La prima de seguro para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el ICETEX, será el equivalente al 2% del desembolso y el beneficiario la pagará por una sola vez con la primera cuota posterior al desembolso, que lo amparará siempre y cuando se encuentre al día con el Instituto.
Forma de pago
Los beneficiarios de Crédito MI PC deben iniciar el pago de las cuotas de amortización al mes siguiente de la entrega del computador, de acuerdo con las condiciones financieras establecidas para la adquisición del equipo.
- La periodicidad de pago es mes vencido.
- El beneficiario de crédito podrá efectuar en cualquier momento abonos al saldo de la deuda por sumas superiores al de la cuota.