Llegan nuevas oportunidades de estudio para las y los colombianos que prestaron su servicio en la fuerza pública del país, cobijados por la Ley 1699 de 2013 y la Ley 1979 de 2019

28 de octubre de 2025

Imagen oportunidades de estudio para las y los colombianos que prestaron su servicio en la fuerza pública del país

  • Ya se encuentra abierta la convocatoria de crédito 90 % condonable del Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013, dirigida a ex miembros de la fuerza pública (o, en su lugar, huérfanos/as, viudas/os o padres de los de miembros fallecidos) e hijos/as menores de 25 años que cuenten con certificado de cesión. 
  • También abrió la convocatoria del Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, para veteranos/as, pensionados/as por invalidez, reservistas y víctimas vinculados o que estuvieron vinculados a la fuerza pública (así como viudas/os, huérfanos/as o padres de miembros fallecidos). 
  • Las dos convocatorias son del periodo académico 2026-1 y tienen abiertas sus respectivas etapas de inscripciones del 27 de octubre al 28 de noviembre en www.icetex.gov.co. Conozca las condiciones y los públicos a los que va dirigidos estos programas. 

 

Bogotá D.C., 28 de octubre de 2025. Dos nuevas convocatorias de los fondos para personas que brindan o prestaron su servicio a la fuerza pública, abrieron su etapa de inscripciones. Estas oportunidades son la apertura de postulaciones de los fondos en administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019, que brindan crédito condonable del 90 % para estudios de educación superior. 

Las convocatorias destinan su apoyo financiero a los nuevos beneficiarios/as a partir del primer semestre académico de 2026 y apoyará los estudios de educación superior de los colombianos/as seleccionados. 

Cada fondo cubre hasta por 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) destinados a cubrir el valor de la matrícula ordinaria por cada período académico semestral a cursar. Los beneficiarios/as también recibirán apoyo de sostenimiento por un (1) SMMLV por período académico y gastos de derechos de grado, así como una prima de garantía que ampara riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante. 

“Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”, resaltó el presidente del ICETEX, Álvaro Urquijo. 

Los dos programas y sus públicos objetivos son los siguientes

 

1. 

Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 - Ministerio de Defensa Nacional / ICETEX

Financiado por MinDefensa y administrador por el ICETEX, este fondo está dirigido a pensionados/as por invalidez y/o su hijo menor de 25 años con cesión de beneficios. También está destinado a viudas/os, huérfanos/as o padres del miembro de la fuerza pública que haya fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, ya sea en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público, o en conflicto internacional. Los aspirantes deben pertenecer a estratos socioeconómicos 1, 2 o 3. 

Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013, e los artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.

Este Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013 apoya los gastos para estudios de pregrado o educación para el trabajo y desarrollo humano en el país. 

 

2. 

Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 - Ministerio de Defensa Nacional / Ministerio de Educación Nacional / ICETEX

Es financiado por MinDefensa y MinEducación y administrador por el ICETEX. Está dirigido a veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos ocurridos en servicio activo y en razón en ocasión del mismo. También, está dirigido a viudas, huérfanos o padres del miembro de la fuerza pública que hayan fallecido o desaparecido en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate o en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional. También, los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3. 

Estas personas deben estar cobijadas por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.

El Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019 apoya los gastos para estudios de pregrado o posgrado. 

 

Condiciones para la inscripción

Los aspirantes a los dos fondos deben estar admitidos o matriculados en la institución de educación superior donde van a estudiar (y que sea reconocida por el Ministerio de Educación). Ellos deben haber presentado la prueba Saber 11 (en caso de aplicar para estudios de primer semestre académico) o haber aprobado el período académico anterior (en caso de aplicar para estudios de segundo semestre en adelante). 

 

¿Cómo se obtiene la condonación?

El beneficio de condonación es del 90% del valor del crédito educativo y se otorga luego de que el beneficiario culmine con grado su programa financiado. La solicitud de condonación (con carta), así como la certificación o copia de diploma y de acta de grado (o su certificado equivalente en el caso de haber realizado un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano). 

Conoce toda la información sobre estas convocatorias, sus requisitos y detalle de cada convocatoria en los siguientes enlaces (en los cuales también se deben hacer las correspondientes inscripciones): 

 

Oficina Asesora de Comunicaciones
ICETEX