Importante
Con el objetivo de cubrir los riesgos asociados a los créditos educativos otorgados por el ICETEX, el estudiante debe presentar un deudor solidario, esa persona que lo firmará con el estudiante las garantías que respaldan la obligación crediticia.
Los requisitos del deudor solidario son los siguientes:
Si es persona natural
No aplica
Etapas del crédito, iguales a las de TU ELIGES 30%, consulta aquí.
Desembolsos
Los desembolsos de los valores de matrícula se realizan directamente a tu Institución de Educación Superior (IES), si tu institución no tiene convenio con ICETEX se realizará directamente a tu cuenta bancaria.*Si desconoces si tu IES tiene convenio confirma con tu institución.
Tener en cuenta
Si actualizas tu cuenta bancaria debes volver a registrarla en ICETEX.
Si tienes un crédito de sostenimiento aprobado, debes contar con una cuenta bancaria que este activa a tu nombre para que ICETEX realice tu desembolso.
a. Matricula
Financia el 100% de tu matrícula en programas relacionados con áreas de conocimiento en Matemáticas, Geografía y Arqueología.
b. Giros adicionales
Podrás acceder a cuatro (4) giros adicionales a la duración total del programa académico por: rezago, doble titulación, opción de grado, nivelación, pérdida de créditos académicos o razones de fuerza mayor.Importante
Para el caso de opción de grado se podrá acceder solo a un (1) giro adicional por este concepto.
El crédito para el cual se soliciten los giros adicionales se debe encontrar en etapa de estudio.
El estudiante debe encontrarse al día en el pago del crédito.
Los giros adicionales podrán ser utilizados una vez se hayan agotado los giros de su crédito vigente.
La solicitud la debe efectuar el estudiante o la Institución de Educación Superior, a más tardar en el siguiente periodo académico a la terminación del crédito, dentro del calendario de renovación del ICETEX.
Los giros adicionales se deberán tomar de forma consecutiva.
No se permite registro de aplazamiento del crédito para los periodos académicos en que se autorice giro adicional
La aprobación de los giros adicionales está sujeta a la disponibilidad de recursos por parte del ICETEX.
El estudiante debe informar:
Número de giros adicionales requeridos.
Las razones por las cuales realiza la solicitud (rezago, doble titulación, opción de grado, nivelación, pérdida de créditos académicos o razones de fuerza mayor).
Presentar certificación de la Institución de Educación Superior que acredite el periodo o créditos académicos a cursar, número de periodos académicos cursados, aclarar si los periodos adicionales solicitados corresponden o no a un periodo académico ya financiado.
Tasa: IPC + 8%, que equivale al 1,39% mes vencido (18,02% efectivo anual).
La tasa efectiva anual del 18,02% es equivalente al 16,69% Nominal Anual Mes Vencido.
Para conocer la tasa nominal mensual que el beneficiario pagará de su crédito, debe dividir 16,69% en los doce meses, es decir la tasa nominal mes vencido es de 1,39%.
Con el beneficio de aporte solidario de las universidades (aplicado al giro de Matricula para las Instituciones de Educación Superior (IES) que han firmado el acuerdo estratégico Aporte en tasa IES) por el tiempo que esté vigente el acuerdo te aplicará una tasa de: IPC + 0% que equivale al 0,74% mes vencido (9,28% efectivo anual).En caso de que la Institución no suscriba el acuerdo estratégico Aporte en tasa IES, te aplicará la tasa IPC + 8%, que equivale al 1,39% mes vencido (18,02% efectivo anual) para los giros del año 2024.*Consulta aquí el listado de universidades que han firmado el acuerdo estratégico Aporte en tasa IES.
Tasa Efectiva Anual: es la tasa real del crédito durante el año.
Tasa Nominal Anual Mes Vencido: es una tasa de interés aplicada mensualmente, teniendo en cuenta el capital vigente.
Los créditos educativos que se otorgan para adelantar estudios de educación superior tienen una tasa de interés variable ajustada cada año. La base de dicha tasa de interés variable es el Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año.
El IPC certificado por el DANE para el año 2023 fue de 9,28%.
Para los créditos que contaban con el beneficio de Contribución IES esta medida cubrirá los saldos anteriores a la vigencia 2023 y para los créditos que no contaban con el beneficio de Contribución IES esta medida cubrirá los saldos anteriores al 2024, en estos casos, la tasa de interés será:
Para los beneficiarios de crédito, que al cierre del mes se encuentren al día en su crédito: será de IPC + 2% que equivale al 0,91% mes vencido (11,47% efectivo anual).
Para los beneficiarios de crédito, que al cierre del mes presenten mora en su crédito: será de IPC + 4% que equivale al 1,07% mes vencido (13,65% efectivo anual).
Nota: Los beneficiarios del ajuste de IPC + 2% que entren en mora durante el 2024 perderán el beneficio y su tasa de liquidación se ajustará a IPC + 4%. De igual manera, si un crédito se encontraba en mora al 31 de diciembre de 2023 y se normaliza durante el 2024, la tasa de liquidación se ajustará a IPC + 2%. Esta revisión y ajuste se realizará mensualmente de acuerdo con el cierre de cartera al último día del mes anterior.Una vez se termine el beneficio se aplicará la tasa: IPC + 8% puntos = 18,02% efectivo anual.*Esta tasa aplicará únicamente hasta que se realice la actualización de IPC anual, en el mes de enero de 2025; por lo que, una vez cumplido este plazo, los créditos retornarán a la tasa de contratación establecida en el momento de otorgamiento del crédito.Mas información sobre la aplicación de este beneficio en el artículo 2 del acuerdo 001 de 2024. Consulta aquí.
IPC+12% que equivale al 1,70% mes vencido (22,39% efectivo anual).
Los requisitos y condiciones se validan al momento de solicitud de la Condonación por Graduación.
* Cierre semestral se pasa al primer periodo de 2025.El viernes 11 de octubre de 2024 será el cierre semestral y pasaremos al primer semestre de la convocatoria 2025-1.