Estudiantes con discapacidad

Estudiantes con discapacidad

Línea especial de crédito con tasa de interés preferencial, para estudios de pregrado, dirigida a los estudiantes con discapacidades físicas, síquicas o sensoriales, de carácter permanente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 361 de 1997.

Este programa fue establecido en desarrollo de la Ley 361 de febrero 7 de 1997 y regulado por el Reglamento de Crédito Educativo y demás normas expedidas por el ICETEX.

Monto y cubrimiento

Crédito paraInstituciones privadasInstituciones oficiales
Técnico profesionales, tecnológicos y universitariosEl 60% del valor de la matrícula, hasta 5 salarios mínimos mesuales legales vigentes por semestreEl 100% del total de la matrícula, hasta 5 salarios mínimos mesuales legales vigentes por semestre
Sostenimiento

Hasta 5 salarios mínimos por semestre.

Este rubro se financia exclusivamente a los estudiantes que deben desplazarse a un municipio diferente a la sede habitual de residencia de su núcleo familiar, para realizar programas de tiempo completo en la modalidad presencial, diurna.

 

* El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.

Etapas del crédito

Esta línea de crédito está compuesta por dos etapas en las que se generan intereses:

Época de estudios:

Periodo en el que se solicita un crédito educativo por uno o varios semestres.

Época de pago o amortización:

Comienza una vez se hayan culminado la época de estudios o cuando se haya pasado al cobro el crédito (por solicitud del estudiante o por mora en el crédito). Es el equivalente al periodo de la época de estudios, es decir, si el periodo de estudios financiados tuvo una duración de cinco (5) años, la época de pago o amortización equivaldrá a cinco (5) años.

- Las cuotas fijas mensuales se liquidan una vez culmine el programa académico o cuando se suspenda definitivamente el crédito, sobre el saldo consolidado de la deuda a esa fecha (valores girados, más los intereses generados, menos los pagos efectuados).

- En cualquier momento (en época de estudios o en época de amortización) se pueden efectuar abonos extraordinarios a capital.

Tasa de interés

Los créditos educativos que se otorguen para adelantar estudios de educación superior, tendrán una tasa de interés variable, ajustada cada año.

Dicha tasa de interés variable será la correspondiente al cálculo de la variación del índice de Precios al Consumidor IPC, certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año.

El IPC certificado por el DANE para el año 2014 fue de 3,66%.

Durante el periodo de estudiosDurante el periodo de reembolso o amortización
IPC (3,66% efectivo anual)IPC (3,66% efectivo anual)

 

* El Índice de Precios al Consumidor (IPC) refleja las variaciones que en conjunto sufren los precios de los bienes que adquieren normalmente los consumidores del país, es el principal instrumento para la cuantificación de la inflación y su cálculo mensual es responsabilidad del DANE.

Interés de mora:

La tasa de interés de mora será la equivalente al IPC más 12 puntos porcentuales (15,66% efectivo anual).

Prima de seguro

La prima de seguro tiene como objetivo cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el ICETEX, equivale al 2% de cada desembolso y el beneficiario la paga una vez se realice cada desembolso.

Informacion General

   Icono billetes Subsidio y condonación              Icono listaRequisitos del estudiante

  Icono cartilla Requisitos del deudor solidario    Icono reloj arenaRenovación del crédito
 

Línea especial de crédito con tasa de interés preferencial, para estudios de pregrado, dirigida a los estudiantes con discapacidades físicas, síquicas o sensoriales, de carácter permanente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 361 de 1997.

Este programa fue establecido en desarrollo de la Ley 361 de febrero 7 de 1997 y regulado por el Reglamento de Crédito Educativo y demás normas expedidas por el ICETEX.

Monto y cubrimiento

Crédito paraInstituciones privadasInstituciones oficiales
Técnico profesionales, tecnológicos y universitariosEl 60% del valor de la matrícula, hasta 5 salarios mínimos mesuales legales vigentes por semestreEl 100% del total de la matrícula, hasta 5 salarios mínimos mesuales legales vigentes por semestre
Sostenimiento

Hasta 5 salarios mínimos por semestre.

Este rubro se financia exclusivamente a los estudiantes que deben desplazarse a un municipio diferente a la sede habitual de residencia de su núcleo familiar, para realizar programas de tiempo completo en la modalidad presencial, diurna.

 

* El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.

Etapas del crédito

Esta línea de crédito está compuesta por dos etapas en las que se generan intereses:

Época de estudios:

Periodo en el que se solicita un crédito educativo por uno o varios semestres. En esta etapa se cancela el 60% del valor del desembolso de cada semestre con los intereses respectivos, en 6 ó 12 cuotas mensuales, según la periodicidad del programa académico financiado, a partir del mes siguiente en el cual se efectúe el desembolso.

Época de pago o amortización:

Comienza una vez se haya culminado la época de estudios, en esta etapa se debe cancelar el 40% del valor de los desembolsos realizados en cada semestre más los intereses respectivos, en cuotas mensuales con un plazo igual al período financiado, es decir, si el periodo de estudios financiados tuvo una duración de cinco (5) años, la época de pago o amortización también equivaldrá a cinco (5) años.

• Las cuotas fijas mensuales en la época de estudios se liquidan sobre el valor girado, más los intereses generados. Las cuotas de la época de pago o amortización se liquidan sobre el saldo consolidado de la deuda a esa fecha (valores girados, más los intereses generados, menos los pagos efectuados).

• En cualquier momento (en etapa de estudios o en etapa de amortización) se pueden efectuar abonos extraordinarios a capital.

Tasa de interés

Los créditos educativos que se otorguen para adelantar estudios de educación superior, tendrán una tasa de interés variable, ajustada cada año.

Dicha tasa de interés variable será la correspondiente al cálculo de la variación del índice de Precios al Consumidor IPC, certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año.

El IPC certificado por el DANE para el año 2014 fue de 3,66%.

Durante el periodo de estudiosDurante el periodo de reembolso o amortización
IPC (3,66% efectivo anual)IPC (3,66% efectivo anual)

 

* El Índice de Precios al Consumidor (IPC) refleja las variaciones que en conjunto sufren los precios de los bienes que adquieren normalmente los consumidores del país, es el principal instrumento para la cuantificación de la inflación y su cálculo mensual es responsabilidad del DANE.

Interés de mora:

La tasa de interés de mora será la equivalente al IPC más 12 puntos porcentuales (15,66% efectivo anual).

Prima de seguro

La prima de seguro tiene como objetivo cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el ICETEX, equivale al 2% de cada desembolso y el beneficiario la paga una vez se realice cada desembolso.

Informacion General

    Icono billetes   Subsidio y condonación             Icono lista     Requisitos del estudiante

    Icono cartilla   Requisitos del deudor solidario   Icono reloj arena   Renovación del crédito