Los créditos educativos otorgados a través del Fondo serán condonados con el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Cursar y aprobar todo el programa académico cumpliendo con todas las condiciones establecidas en el reglamento operativo.
Obtener el título o grado respectivo para el programa que se financió, expedido por una institución de educación formalmente aprobada según su nivel de formación.
Los proyectos de condonación podrán ser presentados de manera individual y/o grupal.
Revertir el conocimiento adquirido entregando un producto, previo aval del FonTIC / MinTIC, en beneficio del desarrollo de las estrategias de Gobierno en Línea en cualquiera de las entidades que conforman la administración pública de acuerdo con el artículo 39 de la Ley 489 de 1998 (aquella que la modifique, sustituya o derogue) o de una entidad particular que cumpla funciones administrativas en los términos del artículo 110 de la citada normativa, y acorde con el alcance del nivel de formación, en las siguientes opciones:
PRACTICA: Realizar una practica empresarial en una entidad de naturaleza publica o privada que cumplan con funciones administrativas (asesorias, acompañamiento o sensibilizacion) cumpliendo con el siguiente numero de horas de acuerdo con el nivel de formacion asi:
- i. Tecnico: 150 horas
- ii. Tecnologo: 200 horas
- iii. Profesional: 300 horas
- iv, Maestria: 400 horas
CAPACITACIÓN: Impartir y acreditar horas de capacitación a por lo menos 15 personas de una entidad de naturaleza pública o entidad privada que cumpla funciones administrativas en los términos del artículo 110 de la Ley 489 de 1998.
- i. Especializaciones: 200 horas
PROYECTO, ESTUDIO, INVESTIGACIÓN O DESARROLLO: Realizar proyecto, estudio, investigación o desarrollo de un aplicativo o software, que sea dirigido a una Entidad de naturaleza pública o entidad privada que cumpla funciones administrativas en los términos del artículo 110 de la Ley 489 de 1998.
PROYECTO DE GRADO DIRIGIDO POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y RECIBIDO POR LA ENTIDAD DE NATURALEZA PUBLICA O ENTIDAD PRIVADA QUE CUMPLA CON FUNCIONES ADMINISTRATIVAS: Realizar el proyecto de grado dirigido por la institucion Educativa donde se cursa el programa academico financiado a traves del FOndo y que sea recibido por la Entidad privada que cumpla funciones administrativas en los terminos del articulo 110 de la Ley 489 de 1998.
- Todas estas modalidades estaran reglamentadas en el istructivo de condonación, publico en la pagina de talento TI
Certificado del recibo de cualquiera de las líneas de condonación descritas en el numeral anterior, acorde a la Estrategia de Gobierno en Línea por parte de la entidad destinataria y obtener la aprobación de este requisito por parte de la Junta Administradora del FONDO.
Realizar la cesión de los derechos patrimoniales, en relación con la aplicación y/o software o investigación que desarrolle el beneficiario a la entidad correspondiente. (En el caso que sea aplicable).
La cesión de los derechos patrimoniales de autor, se entenderá para el cumplimiento del proceso de condonación, con la radicación por parte del beneficiario del documento de cesión de derechos de autor ante la entidad beneficiaria.
Las demás que puedan ser exigidas de acuerdo con los términos de cada convocatoria.
Plazo de entrega de los documentos
El beneficiario deberá presentar la documentación exigida al FONTIC-MINTIC, en un término máximo de Veinticuatro (24) meses contados a partir de la fecha de acta de grado de los estudios financiadas.
Lugar de entrega de los documentos
Los documentos deberán enviarse al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a traves del link: https://www.mintic.gov.co/portal/inicio/Peticiones-quejas-reclamos-sugerencias-y-denuncias-PQRSD/